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Información elaborada por el Instituto Nacional de Meteorología, para acceder pincha en el logo El Fuero del Baylío, en su origen fue una Carta Puebla o conjunto de normas fijadas por el rey, señor o propietario de un lugar, en las que se
determinaban las condiciones, principalmente económicas, a las que habrían de quedar sujetos quienes poblaran o vinieran a poblar tierras que le pertenecían.
El origen de los Fueros y las Cartas Pueblas está en el intento de atraer, durante la Reconquista, a zonas despobladas o fronterizas a personas que sólo accederían a ello si se les concedieran determinados privilegios.
Los orígenes del Fuero del Baylío, que ha estado en vigor desde el siglo XIII, son desconocidos, se sabe que fue ratificado por Alfonso Téllez a
Alburquerque y por el Gran Maestre de la Orden del Temple a Jerez de los Caballeros y otros pueblos de la zona. En cuanto al ámbito personal el Fuero acompaña a las personas allí donde se encuentren, salvo que se
otorguen capitulaciones matrimoniales.
El primer texto legal sobre el Fuero del Baylío, o Carta a Mitad, data de 1.778 cuando el Rey Carlos III, como respuesta de una petición realizada por la villa de Alburquerque en el
sentido de que aprobara la observancia de este fuero en dicha villa, ya que algunos tribunales se negaban a reconocerle fuerza legal, dictó una Real Cédula con fecha de 20 de Diciembre aprobando la observancia del
Fuero del Baylío en la villa de Alburquerque, ciudad de Jerez de los Caballeros y demás pueblos donde se ha observado. La Real carta fue recopilada, por Carlos IV, en la Novísima Recopilación de 15 de
Julio de 1.805 (Ley XII, título IV, libro X).
El Código Civil fue promulgado el 24 de julio de 1.889 y entró en vigor el
día 27 del mismo mes y año. Su promulgación está regulada por la Ley de Bases de 1.888, Gaceta núm. 143, de 22 de mayo de 1.888, autorizando
al Gobierno para publicar un Código Civil, con arreglo a las condiciones y bases que se establecen en esta Ley. Es importante el artículo 5. de la Ley de Bases "Las provincias y territorios en que subsiste derecho foral, lo
conservarán por ahora en toda su integridad, sin que sufra alteración su actual régimen jurídico por la publicación del Código, que regirá tan solo como supletorio en defecto del que lo sea en cada una de aquellas por sus leyes
especiales. El título preliminar del Código, en cuanto establezca los efectos de las leyes y de los estatutos y las reglas generales para su aplicación, será obligatorio para todas las provincias del Reino.
También lo serán las disposiciones que se dicten para el desarrollo de la base 3ª relativa a las formas del matrimonio"
Desde entonces ha sido reformado en numerosas ocasiones, la primera por Ley 21 de julio de 1904 (Gaceta núm. 206 de 24 de julio), con las sucesivas modificaciones, el matrimonio se rige por el art. 9.2. Los contrayentes
que no quieran quedar sometidos a sus efectos pueden otorgar capitulaciones matrimoniales haciendo renuncia al régimen económico que establece el fuero.
En 1.972 el Fuero del Baylío pudo tener configuración escrita, pero el proyecto compilador al final no paso de mero proyecto. Lo mismo que en 1.978,
cuando se elaboró un anteproyecto que tampoco llegó a convertirse en ley. En Noviembre de 1.998 se celebraron en Olivenza, organizadas por la Asamblea de Extremadura en colaboración con el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura,
unas jornadas en las que se intentaron plasmar por escrito nuestro Fuero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, Ley Orgánica
1/1983, de 25 de febrero BOE 26-02-1983, modificado por la Ley Orgánica 12/1999, de 7 de mayo, de Reforma del Estatuto
de Autonomía de Extremadura, establece en su artículo 11.1: "Corresponde a la Comunidad Autónoma la conservación, defensa y protección del
Fuero del Baylío y demás instituciones de Derecho consuetudinario". Y en el artículo 42: "La competencia de los juzgados y tribunales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
será la establecida en las leyes orgánicas y procesales del Estado. No obstante, en materia civil, se extenderá a todas las instancias y grados, incluidos los
recursos de casación y revisión en cuestiones relacionadas con el Fuero del Baylío y las demás instituciones de Derecho consuetudinario extremeño"
Pinchando sobre el Mapa del Fuero del Baylio, se entra en la información del mismo facilitada por Manuel Trinidad Martín de la Universidad de Extremadura. Es el último reducto del derecho
Foral en Extremadura, de origen templario, están incluidos en este Fuero los siguientes términos: Alburquerque, Alconchel, Atalaya, Bazuna, Brovales, Burguillos del Cerro, Cheles, Fuentes de León,
Higuera de Vargas, Jerez de los Caballeros, La Codosera, Oliva de la Frontera, Olivenza, San Benito, San Jorge, Santo Domingo,
San Francisco de Olivenza, San Rafael de Olivenza, Taliga, Valencia de Mombuey, Valencia del Ventoso, Valle de Matamoros, Valle de Santa Ana,
Valuengo, Valverde de Burguillos, Villanueva del Fresno, Villareal, Zahinos, y como curiosidad Ceuta (en esa época pertenecían al Obispado de
Ceuta Olivenza, Ouguela y Campo Maior, hasta 1512 en que se traslado la Diócesis a Olivenza).
Enclaves Templarios de Extremadura
DATOS del MUNICIPIO 40° 11 ' 10"N 006° 47' O2 " W Hoja MTN 573 TIPO DE ENTIDAD:
Villa SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 73 ALTITUD:
750 m POBLACIÓN: 660 DISTANCIA CÁCERES: 115 km. PARTIDO JUDICIAL: Coria MANCOMUNIDAD: Sierra de Gata COMARCA AGRARIA: Coria
GENTILICIO: Guritos villamiengos, villamelanos PEDANÍAS: Trevejo Situación geográfica 40º10'22" N 006º45'44" W. Elevación 708 m. Villa enclavada en el termino municipal de Villamiel
de donde la separan 2 kilómetros. Con 98 habitantes de hecho (106 de derecho) en 1981. El terreno es muy accidentado, alcanzándose los alturas
superiores a los 1.000 metros. Es indudable que el lugar estuvo poblado desde los tiempos más remotos, por la indiscutible situación estratégica de la que
goza, de auténtico privilegio y por la fácil defensa que propicia la naturaleza. Esta aldea nació posiblemente a finales del siglo XII, a la sombra del soberbio
baluarte, que le proporcionaba segura defensa, relación de ayuda mutua frecuente en nuestra Edad Media. Trevejo incoado por la Junta de
Extremadura como “Bien de Interés Cultural”, con categoría de “Conjunto Histórico”, conserva inalterable su esencia medieval.
BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA: Villamiel, rodeado de huertos familiares, viñas y olivos es el municipio mas alto de la comarca gateña, emplazado en
un quebrado valle al suroeste de la sierra de Jálama. Sin embargo, esta localidad no conserva la fala , el
habla característica de tres pueblos del valle. El término municipal se extiende por las
estribaciones meridionales del Sistema Central y presenta un relieve de características serranas (el 30 por 100 presentan pendientes superiores al 20
por 100). Los puntos culminantes se localizan en las sierras de Albilla, Cachaza y Santa Olalla, en el monte Jalama. y en los cerros Barrito. Blanco y Garduño.
Se distinguen en esta localidad los conjuntos urbanos de Villamiel, propiamente dicho, y el de Trevejo, caserío dependiente del primero, situado a 3
km. de distancia pero con una gran belleza, en las abruptas estribaciones suroccidentales del impresionante macizo de Jálama.
Forma parte de la Comunidad de Sierra de Gata, que engloba a 20 municipios: Acebo, Cadalso,
Cilleros, Descargamaría, Eljas, Gata, Hernán Pérez, Hoyos, Moraleja, Vegaviana, Perales del Puerto, Robledillo de Gata, San Martín de Trevejo,
Santibáñez el Alto, Torrecilla de los Ángeles, Torre de Don Miguel, Valverde del Fresno, Villamiel (Trevejo), Villanueva de la Sierra y Villasbuenas de Gata.
Se localiza en extremo noroeste de la provincia de Cáceres. Extensión: 1.211 km2. Límites territoriales: Provincia de Salamanca al norte,
comarca de Alagón y Alcántara al sur, las Hurdes al este y Portugal al oeste. Los rios son los principales protagonistas de esta zona: El Eljas corre fronterizo con Portugal. regando núcleos de población
importantes como Valverde del Fresno, Eljas, Trevejo, San Martin de Trevejo y Villamiel. La cuenca del rio Eljas limita con la del Rivera de Gata que da
vida al embalse de su nombre. El otro río importante de la Sierra de Gata es el Árrago. alrededor del que nacieron las poblaciones de Robledillo de Gata,
Descargamaria. Santibañez el Alto, Torre de Don Miguel y Cadalso, y cuyas aguas se detienen para formar el embalse de Borbollon: igualmente vierte aguas el rio
Tralgas, que pasa cercano a Torrecilla de los Ángeles y Hernán Pérez. Pequeños embalses en zonas mas necesitadas de agua, como son el de Árrago. el de Perales del Puerto o el de Atalaya.
Durante siglos estas tierras pertenecieron al partido judicial de Alcántara o al de Coria, incluso a finales del siglo XVIII muchas poblaciones de la
Sierra de Gata estaban fuera de la jurisdicción de la Real Audiencia de Extremadura. La artesanía es muy variada en toda la zona, forjados de
hierro y labrados en oro en la localidad de Gata. El trabajo de la madera es el que mas artesanos tiene en estas tierras, destacando las tallas y fabricación de
sillas en Gata e instrumentos musicales y otros propios de la vida cotidiana. Mención especial merecen algunas labores como los encajes de bolillos
y ganchillos en Acebo y Hoyos, famoso igualmente por sus bordados. También se conservan algunos oficios tradicionales como el de los herreros y guarnicioneros
que, fieles a la tradición, elaboran con sus manos piezas y objetos útiles y hermosos. Las fiestas no faltan por estas sierras. donde los carnavales y la
Semana Santa tienen un sabor especial. Con respecto a la gastronomía son dignos de mencionar los platos que dependen del cabrito y del cerdo. Celebres
son sus matanzas y sus embutidos de un sabor serrano muy particular, de los que cabe destacar los chorizos y morcillas de calabaza, asi como lomos y jamones. El
aceite de Sierra de Gata es muy apreciado dentro y fuera de estas comarcas y aliño capital para muchos de sus sabrosos platos. Muchos y viejos son los olivos
que se deslizan por las laderas de una sierra salpicada de antiguas construcciones dedicadas a almazaras o molinos de aceite que certifican su
abundancia. Apreciados son los vinos de pitarra y aguardientes de Robledillo de Gata, Cilleros. San Martín de Trevejo, Villamiel y Valverde del Fresno, guardados
en bóvedas y bodegas de las viviendas serranas, bien de piedra o entramado que aun se conservan en muchos domicilios. Los platos de habichuelas y ollas con
"asaura" son famosas en esta comarca, asi como los platos realizados a base de peces. Las naranjas de Sierra de Gata son conocidas y apreciadas. Tienen fama
los roscones de Santibáñez el Alto, las perrunillas y las roscas de huevo en Descargamaria, asi como las roscas de pan, bollos, bizcochos de parias en San Martín
de Trevejo, canas en Villamiel, flores y tiroletes. En este rincón de Extremadura pervive un dialecto "A Fala" ,
Bien de Interés Cultural desde 2001, que llaman varnedeiru en Valverde del Fresno, mezcla de portugues, gallego y leones. En San
Martin de Trevejo lo conocen como manegu y en Eljas, lagarteiru. Al parecer su origen data de los tiempos de la Reconquista, en los que algunos asturianos que
bajaron hasta estas tierras se instalaron en las sierras. En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en
Madrid, se refiere de la siguiente manera. Gata ( Sierra de) Cordillera, de Estremadura que se estíende desde el
punto en que se toca la frontera de Leon y Estremadura y propiamente lo que se llama la sierra de Gata, que forma la falda y valles intermedios de los espresados
cerros, es muy fertil y de escelente clima, particularmente las cercanías de los pueblos de Gata, Perales, Acebo, Hoyos, Villamiel,
San Martin de Trebejo, Eljas y Valverde, todos cercanos a la sierra. Y disfrutan de un aire puro, escelente agua y la inmensa variedad de vegetales, cm la ventaja de
ser abrigada de los aires frios. En fin, es un pais muy delicioso y ameno, abundantisimo de todo genero de frutas. Para la comunicacion de Castilla a la Estremadura,
en la estension de unas 6 leguas, hay seis puertos, el mas inmediato á la frontera es el de Valverde, y siguiendo á este el de Eljas, San Martin de Trebejo,
Villamiel, Perales y Gata, el mas frecuentado es el de Perales, por ser la comunicacion mas directa de Ciudad-Rodrigo a Alcántara.
GATA, Rio de España en la provincia de Estremadura; nace junto á la villa de
este nombre de varias gargantas considerables de la sierra de Gata, Jalama, Moncayo etc. , que se reunen totalmente en la inmediacion del molino llamado del
Infierno, en el camino que va desde las Piezas de la Moraleja al puerto de Perales antes del vado de Pavía se une al Arrago, y corren juntos a desaguar en
el rio Alagon, 1 legua mas abajo del pueblo de Casíllas. Su curso es de 10 leguas en direccion oblicua de N. a S., conservando su
corriente en todo tiempo; y es vadeable en invierno y verano en las mismas circunstancias que el Arrago. Por el puente de la Moraleja
no es considerado este rio de temor alguno, pues reune en si y sin gran rodeo todas las Comunicaciones; y ias pocas que hay en su nacimiento ó la pillan dividido,
ó la pasan por ios puentes del pueblo de Gata, y ademas todos sus vados son de piso salido y llano, aunque con algunas piedras Despues de Gata baña los términos de Torre de San Miguel. Villasbuenas,
Huelaga y Moraleja. Según Pascual Madoz, en el año 1848 en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, en su Tomo
VIII era: "GATA (SIERRA DE): es una continuación de las cordilleras setentrionales de la Estremadura, aledaño con Castilla la Vieja, que entra inmediatamente después de las elevadísimas y peladas de las Hurdes,
y se enlaza con la sierra de la Estrella en Portugal, en dirección de E. á O.: este espacio entre unas y otras sierras se compone de varias montañas y picachos que reciben los nombres de los pueblos. escepto el llamado sierra de Jalama,
que es el morro mas elevado del pais, y la de los Angeles, que todas se comprenden bajo el nombre genérico de Sierra de Gata, y abraza todo el partido judicial de
los Hoyos Villanueva de la Sierra, en el partido judicial de Granadilla, se ha comprendido también en el territorio de Sierra de Gata; pero su situacion meridional, muy fuera de las montañas, debe escluirse de esta comarca, como
lo está por la división territorial vigente. Los pueblos de Robledillo, Descargamaria y Cadalso forman una especie de cuenca con las montañas que los rodean , que se denomina Val-de-Arrago, por la que se precipita este rio á cuyo
lado está igualmente la Torre de D. Miguel; pero estas montañas se aplanan al S. ó sea antes de llegar á Santibañez: Gata, Acebo, Hoyos y Perales forman otra cuenca por la que corre la ribera de Gata ; la montaña que divide el Acebo, de San Martin ,
Villamiel y demás pueblos occidentales, corre de N. á S., y de la parte O. forman las sierras del N., y las que confinan con Portugal otra cuenca por la que corren diversos arroyos que mueren en el rio Eljas; en ella
se encuentran los pueblos de San Martin,Trebejo, Eljas y Valverde: Villasbuenas, Perales y Cilleros, siendo de los mas meridionales, parece que se escapan de la sierra y están en terreno bastante aplanado; otro tanto sucede á
Hernán Pérez y Torrecilla por la parle del E., á cuyo lado corre el rio Trasgas. descendiendo el terreno al S. en donde concluyen las montañas. La Sierra de Gata es una de las comarcas mas fértiles de la provincia de Cáceres; la
abundancia y escelencia de sus aguas, sus esquisitos frutos, la división inmensa de la propiedad, y la laboriosidad de sus habitantes son circunstancias que mantienen el pais, si no con riqueza y lujo, al menos con desahogo y comodidad. (V. HOYOS, Partido Judicial.)"
Según Pascual Madoz, en el año 1847 en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, en su Tomo VIII era:
"Gata: ribera en la provincia de Cáceres: se forma de las fuentes que se desprenden de las montañas al N. de la villa de su nombre pasa á la inmediación de la misma y corriendo al O. por único paso que dejan las sierras, se le reúne la rivera del Acebo, entra por los términos de Villasbuenas que deja á su izquierda y Perales á la derecha, llega al de Moraleja, partido de Coria, baña sus vegas y las del inmediato
lugar de Casillas, y entra en el rio Arrago en las inmediaciones del santuario de Ntra. Sra.de la Vega, en cuyo ángulo se encuentran las ruinas de la anterior poblacion llamado
hoy Torremilanera: á poco de su nacimiento tiene un pontón para su paso, á las 500 varas un puente de piedra da un solo arco, á 100 varas y al O. de la villa de Gata, 1/2 legua después, 4 pontones de madera, y tocando á las murallas de la villa de Moraleja, otro puente de piedra de 14 arcos de 6 á 8 varas de elevación, y de 2 1/2 de ancho: no pierde su corriente, se destinan sus aguas al riego de las heredades
que se hallan en sus márgenes, y cria truchas, anguilas y barbos." Ayuntamiento de Villamiel DOE núm. 11, SÁBADO, 27 DE ENERO DE 1996 AYUNTAMIENTO DE VILLAMIEL Escudos Heráldicos.-- Edicto de 29 noviembre de 1995, sobre aprobación del proyecto de
Escudo Heráldico y Bandera Municipal. Aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de 2 de noviembre de 1995 el Proyecto de Escudo Heráldico y Bandera Municipal, y de conformidad con lo que determina el Art. 4 del Decreto 13/1991 de 19 de febrero por el que se regula el
procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudo y Bandera de las Entidades Locales, se expone al público por
plazo de 15 días al objeto de que se formulen las reclamaciones pertinentes.
En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones el expediente referenciado se entenderá definitivamente aprobado. Villamiel a 29 de noviembre de 1995.–EL ALCALDE.
DOE núm. 31, JUEVES, 14 DE MARZO DE 1996 CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO Escudos Heráldicos.- Orden de 26 de febrero de 1996, por la que se aprueba el Escudo
Heráldico y la Bandera Municipal para el ayuntamiento de Villamiel. El Ayuntamiento de Villamiel ha instruido el expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico y Bandera Municipal.
Dicho expediente fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesión de 2 de noviembre de 1995, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón y enseña.
Consta en dicho expediente informes del Consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura emitido con fecha 16 de febrero de 1996.
Considerando que la sustanciación del citado expediente se ha ajustado en todo a lo preceptuado en el Decreto 13/1991, de 19 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la
adopción, modificación o rehabilitación de Escudos y Banderas de las Entidades Locales; y en uso de las atribuciones conferidas por referido Decreto,
D I S P O N G O Artículo 1.–Se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de Villamiel cuyo diseño se recoge en el anexo I, con la siguiente
descripción: «Escudo partido. Primero de gules, dos montañas de plata surmontadas de Cruz de Malta, de plata. Segundo, de sinople,
castillo de plata mazonado de sable y aclarado de sinople. Al timbre Corona Real cerrada». Artículo 2.–Se aprueba la Bandera del Municipio de Villamiel,
cuyo diseño se recoge en el anexo II, con la siguiente descripción: «Bandera rectangular, de proporciones 2/3, formada por dos
franjas horizontales iguales, verde la inferior, roja la superior, cargada con una cruz llana blanca». Mérida, 26 de febrero de 1996.
El Consejero de Presidencia y Trabajo, Victorino Mayoral Cortes
Los primeros vestigios aparecidos por la zona
corresponden al Paleolítico inferior. En la Edad de Bronce aparece ya una importante actividad ya que han aparecido estelas o losas de piedra con grabaciones.
A finales del último milenio antes de Cristo, se desarrolla la industria metalúrgica de bronce y oro. Se confirma la existencia de un importante flujo
humano en las zonas próximas a Moraleja, sobre todo siguiendo el curso del río Alagón. Los primeros restos arqueológicos hallados en la sierra
proceden del 3.000 a.C., aunque nómadas cazadores y recolectores debieron utilizar Sierra de Gata como paso entre ambas mesetas. Posteriormente, se produjo la ocupación de
varias zonas elevadas, dado que permitían un mejor control del territorio. Así, en lugares como Santibáñez, Dehesa Alta de Perales, Sierra de Santa Olalla o San Martín,
se han encontrado menhires y estelas funerarias. La extracción de oro y estaño permitió el establecimiento definitivo de algunos pueblos que
diseñaron enterramientos en dólmenes, como los de Hernán Pérez, y poblados amurallados como El Castillejo, en Villasbuenas de Gata. La Edad del Hierro consolidó los castros, donde vivían
pueblos pastoriles y guerreros, como lusitanos y vetones. De esta etapa protohistórica se detecta una importante actividad en
zonas próximas a Moraleja, precisamente en los términos de San Martín de Trevejo y Hernán Pérez, donde se han hallado varias estelas funerarias en las que aparecen
cinceladas representaciones esquemáticas de un posible guerrero rodeado de su ajuar. Estos restos arqueológicos pueden asimilarse a la Edad del
Hierro I. Se han encontrado numerosos restos: grabados rupestres en Villamiel y Valverde del Fresno, restos de los periodos neolítico y
megalítico en Cilleros, dólmenes en Hernán Pérez, ídolos y estelas en Robledillo de Gata, losas sepulcrales en San Martín de Trevejo, Decargamaría
y Hernán Pérez, castros amurallados situados en lugares estratégicos como el de la Edad del Hierro que subyace bajo las ruinas de Salvaleón en Valverde
del Fresno, otro situado en el término de Villasbuenas de Gata de la misma época, y el que probablemente hubo bajo el castillo de
Santibáñez el Alto, ya que tiene valor estratégico de primer orden y defendía uno de los pasos más importantes de la sierra. En el castillo de Trevejo se han hallado
restos prerromanos y romanos, y en Eljas, cuyo nombre es de origen céltico, es probable que también existiese un castro. Vetones y lusitanos se distribuían el territorio en tiempos prerromanos, no se sabe muy bien los ámbitos territoriales de ambas etnias, aunque parece que en la Sierra
de Gata los lusitanos ocuparían la zona occidental, mientras que los vetones estarían en la parte oriental. Ambos pueblos ofrecieron gran resistencia a la
penetración romana, cesando tras el asesinato de Viriato (139 a.C.), época en la que las tierras se suman al proceso. En el museo de
Cáceres se encuentra depositado un cincel de fibrolita perteneciente a la edad de bronce, procedente de Cilleros. Herencia celta son los abrigos o chozos conocidos en la zona
como sajurdones, que recuerdan los castros La zona ampliamente romanizada en sus tiempos, algunos investigadores
citan a esta localidad como el antiguo Cellarium romano. El nombre de cillirium (Cilleros) aparece ya en el itinerario de Antonino, por lo que hace sospechar que el
poblamiento tiene sus orígenes en la época romana. cellarium o cillirio surgió, bien para reunir a los poblados vettones dispersos de la zona noroeste de la
Sierra de Gata, bien para granero en el que los pueblos serranos entregaban sus cosechas para posteriormente y a través del camino que lo unia por Hoyos o por
Perales con la Via Dalmacia, bifurcacion de la Ruta de la Plata que pasaba por Coria, Hoyos y el Puerto de Perales para luego internarse por tierras de
Salamanca. Siendo posible que los restos romanos hallados en Cilleros consistentes en trozos de tegulas y de ceramica muy fragmentados, pertenezcan a este posible asentamiento de la época
romana. En un paraje de Moraleja conocido como El Ladrillar se han hallado los restos de otra villa, empleándose un nuevo topónimo que
delata los vestigios romanos por los fragmentos de tegulae, y otros hallazgos de recipientes de esta época en las cercanías del llamado Arroyo de la
Tinaja, también del término de Moraleja. En la época romana hubo villas en Villamiel como las de Villalba y Nava del Rey,.Sepulcro
del Moro y La Berenguilla de este término municipal proceden varias inscripciones romanas publicadas por Berjano en la Revista de Extremadura, así como un altar dedicado al dios Salamati (Jálama).
En tiempos de Augusto, con la división administrativa de la Hispania Ulterior, la comarca de Moraleja se incluye en la provincia de Lusitania, y más concretamente en el Conventus Emeritensis, destacando en
el área de la Sierra de Gata las ciudades de Mirobriga (Ciudad Rodrigo), Caurium (Coria), Capera (Caparra). Precisamente Coria, vecina de Moraleja,
ofrece monumentos tan singulares como su magnífica muralla romana, así como un buen número de inscripciones funerarias y algunos restos
escultóricos. Si bien Moraleja no conserva restos romanos de carácter monumental, al menos existen algunos testimonios epigráficos que informan
de un cierto grado de actividad en época romana, aunque no podemos saber si se trata de un núcleo con vitalidad propia o bien correspondiente al
área de expansión de la ciudad romana de Coria. Así podemos ver cómo en la época romana la zona de
Moraleja experimente un progresivo poblamiento, con asientos estables, al menos en el ámbito rural, determinado posiblemente por la explotación
agrícola de su tierra. Además, hemos de tener en cuenta que posiblemente por las inmediaciones del asentamiento actual de Moraleja transcurriría la
calzada romana que iba desde Alconétar hasta Caurium y desde allí, atravesando la Sierra hasta Mirobriga. Esta calzada es más conocida en su
etapa medieval, identificándose entonces con el nombre de vía Dalmacia. Con la construcción de la carretera de Moraleja a
Zarza, se encontraron restos de un asentamiento romano, cercano al río Árrago, que es la villa romana El Ladrillar, encontrándose diversos
materiales, entre los que está una hidra o tinaja para el agua, que se encuentra en el Museo Histórico Provincial de Cáceres. También se han encontrado en el
mismo sitio restos de una instalación termal Los restos de esta época son muy numerosos en la comarca desde Valverde del
Fresno hasta Robledillo de Gata. Prueba del gran interés que tuvieron los romanos en la comarca son las importantes vías de comunicación
complementadas con algunos puentes y construcciones hidráulicas, abundancia de inscripciones funerarias con nombres indígenas, también epígrafes
votivos dedicados a divinidades indígenas y romanas, así como numerosos yacimientos donde aparecen restos arquitectónicos, cerámicos y de otro tipo,
como monedas. En Torre de Don Miguel se han encontrado piezas numismáticas en los alrededores del pueblo y en algunas viviendas al acometer su reforma, y los cuatro epígrafes funerarios descubiertos.
En la época visigoda creció la importancia del mundo rural y se fundaron aldeas como Villamiel, fundada quizás en esta época con el nombre de "Lamasso"
(miel, en gótico) Al comienzo del siglo V los suevos, vándalos y alanos invadieron el territorio extremeño, siendo reemplazados posteriormente por los suevos, y
finalmente, por los visigodos, que extendieron sus dominios por toda Extremadura, Se han hallado inscripciones junto a un petroglifo en
las cercanías de Torrecilla de los Ángeles. En Robledillo de Gata, la ermita de San Miguel de la Viña se cree que se alza sobre un primitivo templo visigótico
del que no permanecen restos visibles. Además, numerosas tumbas antropomorfas de probable origen altomedieval y luego reutilizadas, han aparecido en la
región. Esta civilización culminó con la invasión berebere a partir del 750 con la toma de Coria, tribus beréberes que dejaron su saber en las
técnicas de cultivo con dedicación a la huerta y al olivo, oro de las planicies de este valle junto con la vid. Es muy probable la existencia de un núcleo urbano en
Torre, al menos así lo indican los abundantes topónimos de esta naturaleza así el moro, el salto del moro y la fuente mora, el desarrollo de algunos cultivos (citrico
y olivos) y sistemas de riegos que se conservan y utilizan aun hoy en día como las albercas y canales, los restos arqueológicos (piedras de molino) y
fundamentalmente la toponimia urbanística. Tras casi cinco siglos de dominación musulmana, de la que no existen documentación, lentamente fue reconquistada esta comarca.
En su libro “Castillos de Extremadura”, Gervasio Velo cuenta, que en los años 736, llega a la sierra un grupo numeroso de franceses buscando refugio.
La expedición la encabeza el caballero francés Teobaldo de Montesinos y su madre la Condesa Teodosinda huyendo de su tío Carlos Martel. Teobaldo sirve al rey Don
Pelayo y a su muerte, al rey Alfonso I, su yerno, al que ayudó con éxito en sus campañas de Salamanca, Ledesma y Ciudad Rodrigo año 744. Esta última y sus tierras
le son entregadas por Alfonso I como recompensa. En el 812 deciden fundar un pueblo sobre una llanura conocida como "La Majada del Espino" que llegó a
censar 42 vecinos. En un principio el pueblo se llamó “Santi Joanes” en honor a la ermita que fundó la Condesa para enterrar las cenizas de su esposo el Conde
Grimaldo, después "San Juan de Máscoras o Santibáñez de Mascules" y, por último, cuando el pueblo se ubicó definitivamente 1574, sobre una colina
cercana por razones defensivas, "Santibáñez el Alto". Fue visitada a lo largo de su historia por los reyes Alfonso VI el Bravo, de
León y Castilla (1.074), Fernando II de León (1.166) y Alfonso IX (1.212) El rey leones Alfonso VI, conquistó Coria, que en 1110 volverá a ser reconquistada por el califa Ali ben Yusuf. Posteriormente los almohades volverían a tomar casi
toda la Transierra y bajo el mandato de Abu Yacub Yusuf en el último tercio del siglo XII caen en su poder Alcántara, el Castillo de Milana y otras fortalezas de la Sierra de Gata, hasta su reconquista definitiva por Alfonso IX a comienzos del siglo XIII.
monarca que definitivamente aseguró toda la llamada Transierra desde el año 1213, aprovechando el éxito de Alfonso VIII en las Navas de Tolosa. En 1142 el monarca Alfonso VII conquista Coria de nuevo, y la utiliza como base de nuevas incursiones por la sierra de Gata. Con la muerte de Alfonso VII, su reino
se reparte entre sus hijos Sancho y Fernando; Castilla será gobernada por Sancho III, mientras que León, reino en el que se integra esta
comarca, lo será por Fernando II. El nuevo rey leonés cuenta con un territorio que se extiende desde Galicia hasta el río Tajo. En su área más meridional, la
zona comprendida entre la Sierra de Gata y el citado río Tajo, denominada la Transierra. Restos de esta época son las numerosas fortalezas
dispuestas para vigilar y defender el paso por el territorio: Salvaleón, Eljas, Rapapelo, Trevejo, Almenara, Santibáñez el Alto y otras fortificaciones menores que ya
desaparecieron. Fernando repobló la comarca, de Ciudad Rodrigo hasta la Sierra de Gata, tras esto, vinieron a repoblar las tierras tomadas
gentes del antiguo reino de León y del de Galicia, y con aquellas gentes llegó la lengua, su lengua, que se asentó aquí para siempre y que ha sobrevivido a lo
largo de los siglos y hasta ahora ha perdurado el "Mañego", que ha seguido adelante gracias al aislamiento que este rincón serragatino
ha tenido a lo largo de su historia; este dialecto ha llamado la atención a numerosos estudiosos del tema. Existe la versión de
que a San Martín, Eljas y Valverde llegaron gentes procedentes de El Bierzo, en León, quienes aportaron posiblemente muchas de las raíces de la actual "Fala", mezclada
con vocablos del extremeño-portugués , creando un dialecto aún muy vivo en estos tres lugares, mientras que a Villamiel llegaron gentes de Asturias y Cantabria. En esos años se
comienzan a construir los castillos de Trevejo, Eljas, Salvaleón, Torres de Hernán Centeno (Rapapelo) y se reconstruye el castro viejo, llamado "a ermita" actualmente en total
ruina en las laderas del Jálama. La reconquista del territorio cacereño comprendido entre la Sierra de Gata y el río Tajo propicio la creación de las Órdenes Militares de Alcántara y Santiago,
que tanta trascendencia tuvieron para la reconquista del país en la Edad Media, y posteriormente para el Gobierno de gran parte de Extremadura
hasta los tiempos contemporáneos. Tras la Reconquista, la mayor parte de la comarca pasó a depender de la
poderosa Orden Militar de Alcántara. Es el caso de Valverde del Fresno, Eljas , Cilleros. Gata,
Torre de Don Miguel, Santibáñez el Alto, Torrecilla de los Ángeles, Villasbuenas de Gata, Cadalso y Hernán Pérez. El caso de Acebo, Hoyos y Perales del Puerto es especial porque formó parte
del señorío de los Duques de Alba, marqueses de Coria. Villanueva de la Sierra también es un caso particular ya que dependiendo en el siglo XIII de
la Orden de Alcántara, pasó después a la jurisdicción del obispo de Coria, siendo cámara del prelado, que veraneaba en la localidad, por esto se
denominó durante algún tiempo Villanueva del Obispo. San Martín de Trevejo, dependió al igual que Eljas, Trevejo y Villamiel hasta 1958 de la Diócesis de Ciudad Rodrigo, pasando luego a
depender de la de Coria. Ya desde el siglo XII , San Martín fue sede de la Encomienda de Trevejo, perteneciendo ésta a la orden de San Juan de Jerusalén y siendo residencia habitual de los comendadores. San Martín de Trevejo
fue la población de más importancia e influencia de la sierra de Gata, desde el Renacimiento hasta bien entrado el siglo XIX,
debido a su importancia administrativa y político-religiosa, atrayendo culturalmente a todas las poblaciones de alrededor, sobre todo tras la
construcción del convento franciscano. En la primera conquista del rey Fernando II de León (1137-1188), el
territorio de Trasga es entregado con Santibáñez a los Templarios. En el año 1163 Torrecilla puede que fuera un punto de delimitación entre el territorio
templario y el del conde Armengol al que se le entregaron los castillos de Almenara y Santa Cruz. Torrecilla volvió a caer en manos de los musulmanes en
1172 hasta 1212, que volvió a recuperarse por Alfonso IX. En 1184 pertenecía a la Aldea de Trasga, (trasga significa “trasgata”, detrás de gata y
gata significa en ibérico agujero, cueva, oquedad, entradas de minas que los tartesios y fenicios habían dejado en la búsqueda de minerales). En 1166 Fernando II de Leon decide conquistar Alcántara, pero antes envia parte
de su ejercito por la zona de sierra de Gata al objeto de preparar las posteriores acciones. Reunido de nuevo todo el ejercito en
Coria prosiguió su marcha hacia Alcántara, que conquista ese mismo año. sin embargo una expedición almohade sale de Sevilla en 1174 y conquista todas las plazas cristianas de Sierra de Gata,
que quedarían en poder de los moros hasta que en 1213 el rey leones Alfonso IX conquistó definitivamente la comarca. Torrecilla tuvo su origen, como otras localidades de la Sierra de Gata, entre
1157 y 1188, aunque no se tiene constancia de ello. Torrecilla de los Ángeles se llamó “Torre de Trasga”, nombre más antiguo por el que se la conoció,
según informó el clérigo Gabriel Martín, en la “Relaciones topográficas” mandadas hacer por Felipe II en el siglo XVI, aunque cuando se llevó a cabo el
interrogatorio, Torrecilla de los Ángeles se llamaba Torrecillo El rey leonés Alfonso IX entregó la Aldea de Trasga al obispo de Coria en 1184 para cámara episcopal, junto con Santa Cruz y Ahigal, pero el obispo quería
también una residencia veraniega y se trasladó a la sierra de Dios Padre. El obispo, consiguió del rey más territorio en 1188 con la concesión y delimitación de Aldenueva (Villanueva de la Sierra) y abandonó Aldea de Trasga, en éste nuevo territorio está incluido el actual de Torrecilla. En 1212 cuando se recupera
Torrecilla definitivamente a los almohades Alfonso IX aldea ésta que fue donada a la actual Santibáñez el Alto que tenía Encomienda por ser plaza fuerte defensiva, juntamente con otras:
“…Gata, Fernán Pérez, el Campo, la Torre de D. Miguel, Cadahalso, Villanueva de la Sierra, aldeas las de Torrecilla, el Fresno y Pozuelo …”. Pasa desde esa fecha
a depender económica, administrativa y judicialmente de la Orden del Perero (o Pereyro) que asociada con la Orden de Calatrava en 1218 se establece en Alcántara
Después de vencer el rey Don Fernando II de León a Don Sancho, hijo del Rey de Portugal, en Argañan;
éste se decidió a combatir a los moros pasando por el puerto del Perosin, tomando las villas y fortalezas de Santibáñez y Milana el día 24 de
junio de 1185. Estas poblaciones y Balderrago se lo dio a la Orden del Temple, además de Trevejo, Almenara y Coria.
Mientras que la villa de Alcántara se la donó al conde Armengol de Urgel. Los caballeros catalanes que acompañaron al conde Armengol de Urgel en la conquista de estas tierras fueron: Arnal de Ponte, Berenguel Arnal, Arnal de
Savangia, Beltrán de Tarascun, Pedro de Belvis, Bernal de Midia, Remon de Villalta. Mas tarde la fortaleza fue recuperada por las tropas musulmanas. hasta que el rey don Alonso IX cuando
volvía de tomar la villa Alcántara por Sierra de Gata vio en lo alto de un monte el edificio de la fortaleza y de la villa de
Santibáñez (fortaleza con su muralla, foso, y barbacana que la hacían inexpugnable) y se decidió a combatirla, ya que consideraba que no era bueno
dejar esta fortaleza a sus espaldas y como anteriormente había sido de su padre y sus soldados tenían ganas de demostrar su valor. La combatió hasta que
la tomó dejando salir a los moros que se encontraban en su interior. Posteriormente se la entregó al maestre D. Benito Suárez y a su orden,
confirmándoselo al maestre D. Arias Pérez. En esta época Santibáñez incluía Gata, Villasbuenas, Fernán Pérez, Torre D.
Miguel Cadalso, Villanueva de la Sierra, y las aldeas de Torrecilla y el Fresno, y Pozuelo. El maestre formaría una encomienda y un priorato con título de
comendador y prior de Santibáñez después de las Navas de Tolosa 1212. Esta encomienda era tan rica que el emperador Carlos V hizo de ella tres.
A esta encomienda se le dio una serie de privilegios con el fin de que se poblase. A medida que la población aumentaba, comienzan a surgir las reclamaciones ante los
distintos reyes y ante los diferentes maestres de la Orden de Alcántara para que a algunas aldeas de su jurisdicción se las exima del pago de ciertos impuestos;
y a la vez para que no tengan que aportar hombres para la defensa del castillo, salvo en periodos de guerra. A comienzos del siglo XIII el proceso de individualización del espacio reconquistado
se inicia con mas profusión. En 1203, se procede al cambio del castillo de Milana por el de San Pedro de Tarace realizado entre el monarca y los templarios, se alude de
forma indirecta a la existencia de términos. El deslinde posiblemente se realizó mucho antes, ni siquiera se conocen los términos con exactitud hasta 1226, cuando se delimitan
con los de la aldea de Moraleja. En la segunda década del siglo XIII los asentamientos son más numerosos.
De esta época son las dos villas fundadas por Alfonso IX, son Salvaleón y Galisteo, ambas con una función establecida: la custodia de la frontera. Otro
asentamiento a la postre importante, es el de la villa de Moraleja, aparece como villa de Coria en las fuentes, pero es probable que se tratara de un pequeño
asentamiento rural, así se deduce del deslinde que realizó el monarca en 1226 entre Milana, que pertenecía a la orden de Alcántara, y la citada Moraleja.
La Orden Militar de Alcántara es muy importante para Moraleja y el área de su entorno. El antecedente de la misma es la Orden
de San Julián de Pereiro, surgida en la segunda mitad del siglo XII junto al río Coa, en el obispado de Ciudad Rodrigo. Esta Orden y, sobre todo, la Orden de
Calatrava desarrollarán una tarea importantísima en la reconquista de la Transierra en las campañas emprendidas por Alfonso IX entre la Sierra de
Gata y el río Tajo, singularmente hasta 1213, que recupera Alcántara, siendo entregada en 1217 a la Orden de Calatrava con objeto de asegurar
la defensa de la frontera y permitir la repoblación del territorio. El proceso de poblamiento desarrollado en torno al valle medio del Alagón y sus prolongaciones en los valles del Gata-Arrago, se lleva a
cabo una de las más importantes delimitaciones realizadas en esta zona pues afectaba de lleno al territorio de Coria: el castillo de Santibáñez el Alto. La donación de Santibáñez en 1220 a la orden de Alcántara no llevó parejo la consiguiente
delimitación, quizá debido a que el asentamiento respondía en un primer momento a funciones exclusivamente militares, pero a partir de 1227 (sólo un año después del conflicto con el concejo de Coria sobre Milana y Moraleja), los
alcantarinos reclamaban la donación de términos que obligaba de alguna forma a desligar definitivamente el castillo de la influencia de Coria.
En 1220 la Orden del Temple y su maestre Pedro Alviti entablaron pleito contra la Orden de Alcántara por el control del castillo de San Juan de Mascoras. El origen del mismo data de la conquista por el rey Fernando II de León de dicho castillo que
fue entregado a la Orden del Temple. Posteriormente se volvió a perder la fortaleza tras un ataque almohade y transcurridos unos años; es en
1212 cuando Alfonso IX recupera San Juan de Mascoras que lo da al Perosin, debido al pacto que la Orden del Temple tenía con la monarquía lusa y a la fuerte
expansión de ésta por la Beira Baixa. La reclamación se extendió durante mucho tiempo hasta que los templarios decidieron desistir de su posesión A comienzos de 1221 se procede a un nuevo deslinde de términos entre Granadilla y Palomero supervisado
por el mismo Alfonso IX Del mismo modo, la intervención real solventó la disputa entre el concejo de Coria y la orden de Alcántara sobre dos
poblaciones ubicadas en los valles del Arrago y Gata. La contienda llegó a su fin en 1226, cuando el monarca supervisó los límites de los lugares de Moraleja, aldea de
Coria y Milana, castillo y posterior villa, que los alcantarinos recibieron de manos del monarca tras la renuncia de los templarios a mantenerla bajo su dominio En 1227 le
dio el Rey al maestre Arias Pérez el derecho a poblar Salvaleón y al deslinde igual que se hizo con el deslinde de Santibáñez. Por lo que hemos de tener en cuenta que todo lo concerniente a la fortaleza y
encomienda de San Juan de Mascoras servía de modelo para ordenar futuras conquistas. Este castillo era una de las paradas obligadas que tanto reyes como maestres
utilizaban siempre y cuando realizaban el trayecto Ciudad Rodrigo-Coria-Valencia de Alcántara. Los conflictos con el Obispado de Coria por el control de estas tierras, así como
por el cobro de impuestos como: diezmos, martiniegas, caloñas, etc se extiende a lo largo de los siglos. Hasta que se dictamina en 1233 que el obispo de Coria se
lleve la tercera parte de los diezmos de todas las iglesias, lleve también el obispo un ducado de oro cada año por catedrático de cada una de las iglesias y
otro por la procuración salvo de la iglesia de San Juan de Mascoras, de donde se ha de llevar tres ducados de procuración de la de Milana dos y de Moraleja dos
Siendo Maestre de la Orden de Alcántara D. Gonzalo Núñez de Oviedo, íntimo amigo del Rey D. Alfonso de Castilla. Este Rey apreciaba especialmente la amistad y el valor de
su Maestre cediéndole todos los derechos y rentas del reino. Hasta que debido a las intrigas palaciegas cuyo origen eran los intereses de Dª Leonor de Guzmán,
con quién el Rey tenía varios hijos. Esta dama junto con otros caballeros indispuso al Rey con el Maestre, debido a que éste se oponía a que hermano de Dª
Leonor, D. Alonso Meléndez de Guzmán, fuese Maestre de la Orden de Santiago. El Rey llamó a la corte al Maestre pero éste avisado por algunos amigos de lo que Soberano
pretendía huyó con algunos fieles suyos. Mientras otros se apartaron de su servicio, mandándoles el rey que eligiesen un nuevo Maestre. Para este nuevo
cargo propuso al Comendador de Santibáñez D. Nuño Chamizo. Cuando D. Gonzalo Núñez de Oviedo se enteró de la nueva elección de Maestre avisó al Rey de
Portugal solicitándole ayuda para poder mantener bajo control los castillos en los que tenía acantonadas tropas a cambio le cedería el castillo de Valencia de
Alcántara, Piedrabuena, Santibáñez y algunos otros. En el momento en el que el Rey de Castilla se enteró de los tratos que mantenía el anterior Maestre
con el rey de Portugal partió para Extremadura cercando al D. Núñez de Oviedo en una de las fortalezas que tenía bajo su control hasta que en 1338 sería
capturado y juzgado por traición imponiéndole la pena de muerte (degollándolo y quemando su cuerpo)
La repoblación de Cilleros cristiana debió ser tardía, ya que cuando en 1227 Alfonso IX
le concedió a Salvaleón el mismo fuero que a Coria, su termino estuvo formado por Cilleros, Valverde de la Sierra ( luego del Fresno ), la Genastrosa y Navasfrias.
Coleccion de Fueros y Cartas Pueblas de Extremadura por la Real Academia de la Historia publicado en Madrid en 1852: Coria ciudad de la provincia de Caceres, Partido Judicial de su nombre. Esta
poblacion tenia fuero que fue otorgado en 1227 por el rey D. Alfonso IX de Leon a los de Salvaleon. El rey D. Alfonso X les dio tambien fuero, segun
consta del privilegio de confirmacion que de el hizo el rey D. Sancho IV en Sevilla a 21 de noviembre de 1292. Citalo Ortiz de Zuñiga, Anales de
Sevilla, edic. de 1677, pagina 149 Cilleros fue aldea de Salvaleón hasta que el 20 de octubre de 1306 el
10 Maestre de la Orden de Alcántara frey Gonzalo Pérez Gallego la convirtió en villa, anteriormente en 1267 el 7 Maestre de la Orden frey Garcia Fernandez, habia favorecido a los vecinos de
Cilleros con el beneficio de que todas las tierras que desmontasen fueran heredad propia de los desmontadores y de sus descendientes. Las primeras noticias sobre Moraleja se remontan a mediados del
siglo XIII, poco después que la tierra fuera reconquistada por Alfonso IX, pasando de inmediato a integrarse en la jurisdicción de la Orden de
Alcántara. La localidad se erige en cabeza de Encomienda, figurando como tal, al menos desde 1335, desbancando en importancia a la
vecina y antigua villa y fortaleza de Milana. De acuerdo con el rango que ostentaba la población se levantaría una Casa de Encomienda fortificada, de cuya consistencia son
buena muestra una de sus torres y los restos del recinto amurallado, además de otras dependencias residenciales y domésticas conservadas en la
actualidad. Como consecuencia de las guerras de los Comuneros, en 1520-1521, fue destruida
la fortaleza de Salvaleón, por atrincherarse en ella los comuneros. A las villas leales al Rey Carlos V como Gata, San Martin y Villamiel se les otorgaron títulos y privilegios, como el de
poder lucir el escudo de las armas imperiales en las edificaciones oficiales. A algunos religiosos serranos del siglo
XVII, como Fray Cipriano de Villamiel se le atribuyen hechos milagrosos, muriendo con fama de santidad.
En el año 1640 estalló la guerra con Portugal, por los deseos de independencia de este reino. Los saqueos y pillajes se sucedieron en los pueblos de
una y otra parte de la frontera, Villamiel y Valverde fueron saqueados en 1665.
El acontecimiento más importante que vive la Tierra de Coria en el siglo XVII fue la guerra contra Portugal; Guerra de Restauração (1640-1668). Aprovechando la revuelta de Cataluña contra Felipe IV y la guerra que España mantenía con Francia, la nobleza y la alta burguesía
portuguesas expulsaron del país a la regente Margarita de Saboya y proclamaron rey al Duque de Braganza (Juan IV).
El hecho de que Coria fuera una importante plaza amurallada y que estuviese próxima a la frontera atrajo desde el inicio del conflicto el interés de los
portugueses por conquistarla, con el fin de que sirviera como cabeza de puente para nuevos ataques. La Ciudad, no obstante, nunca fue tomada, pero sus
campos sufrieron continuos saqueos que se tradujeron en el empobrecimiento económico general de la región, incrementado además por la necesidad de mantener y avituallar compañías de hombres armados
y reforzar las defensas, entre las que se encuentran sus murallas. Los pueblos de esta zona quedaron desguarnecidos, por lo que tuvieron que organizarse milicias populares,
constituidas por campesinos inexpertos, para defender los pueblos. En 1642
el valle del Jálama sufrió un ataque en varios puntos los portugueses entran por Valverde y se apodera de la fortaleza de Eljas. como era un punto estratégico se decidió su recuperación, por lo que el duque de Alba envió tropas desde Ciudad Rodrigo a las que se unieron las
reclutadas en los demás pueblos de la sierra de Gata. Los portugueses acudieron en ayuda de Eljas, obligando a las tropas del duque de Alba a retirarse hasta
San Martín de Trevejo. En un ataque posterior las tropas castellanas, con ayuda de los lugareños, lograron reconquistar Eljas. siendo repelidos
los portugueses finalmente hacia Penamacor. En 1652 los portugueses vuelven a asolar la región, quemando los arrabales de Coria y robando el ganado, acción que
se repite en Noviembre de 1661 cuando 4500 infantes y 1500 jinetes portugueses llegan hasta las murallas de Coria, y varias villas de la zona como Cilleros,
Moraleja y Perales son saqueadas. Las exiguas defensas de Moraleja son reforzadas por la Orden de Alcántara. Este periodo histórico fue quizás uno de los más sangrientos para esta zona,
con abundantes pérdidas humanas y materiales en unas guerras que ocasionaron mucho desgaste en todos los órdenes hasta el 1668 en que terminaron, no
recuperándose la zona de estas penurias hasta mucho después. Los años comprendidos entre esta fecha y las guerras napoleónicas los
habitantes de Sierra de Gata sufrieron una vez más del secular abandono autoabasteciéndose a duras penas. Aún así, se afanaban elaborando aceite en
almazaras rudimentarias que aprovechaban la fuerza de los arroyos, cambiandolo por trigo en tierras castellanas. Se potencia el cultivo de
viñedos y nacen pequeñas industrias artesanales llegándose finalmente a una humilde pero cierta estabilidad económica.
La Sierra de Gata sufrió las consecuencias de la Guerra de la Independencia Española en 1808, por ser el Puerto de Perales paso obligado de
las tropas napoleónicas. Pronto se formó un frente de oposición al invasor, desplazándose muchos gateños a Ciudad Rodrigo, donde lucharon en las trincheras de esta ciudad sitiada. En Villamiel se estableció una división, estableciéndose en San
Martín de Trevejo el cuartel general del ejército y dos batallones en Eljas. Después de la guerra de la independencia española se convirtió en el refugio de los afamados bandoleros extremeños conocidos por el nombre de los Muchachos de
Santibáñez; los cuales extendieron el terror por todas estas tierras que permanecieron al margen de la ley durante años. En 1789 el Conde de Floridablanca publica una relación de las 38 provincias de España, entre ellas
la de Extremadura, dividida en ocho partidos: Alcántara, Badajoz, Cáceres, Llerena, Mérida, Plasencia, Trujillo y Villanueva de la Serena. Entre la
división de 1789 y la actual había tan sólo 20 poblaciones de Cáceres que pertenecían aún a otras provincias: El Gordo, Berrocalejo, Bohonal de Ibor y
Talavera la Vieja a Ávila. San Martín de Trevejo, Villamiel, Descargamaría, Robledillo de Gata, Baños, La Garganta y Hervás
a Salamanca. Castañar de Ibor, Peraleda de San Román, Garvín, Valdecasa de Tajo, Villar de Ibor, Carrascalejo, Guadalupe y Alía a Toledo. De igual modo, eran siete las poblaciones no incluidas
entonces en Extremadura y que hoy pertenecen a Badajoz: Valdecaballeros y Castilblanco, asignados a Toledo. Higuera la Real, Fregenal de la Sierra y
Bodonal de la Sierra a Sevilla. Olivenza y Táliga que por entonces eran portuguesas. La villa ha pertenecido desde su inicio a la Jurisdicción y obispado de Salamanca, Partido de Ciudad-Rodrigo, hasta el Reinado de Isabel II y bajo la Regencia de su madre la Reina Gobernadora María
Cristina de Borbón por Real Decreto R.O. 4570 de 23 Julio 1835 dado en San Ildefonso, para el arreglo provisional de los Ayuntamientos de la
Península é Islas adyacentes, publicado el martes, 4 de agosto de 1835 en el nº 65 del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
En 1822 se establecen las provincias de Cáceres y Badajoz. En esta división, muy similar a la actual, aún quedaban poblaciones fuera de las provincias de Cáceres (Casares de las Hurdes, Ladrillar, Nuñomoral,
Pinofranqueado, Caminomorisco, Descargamaría, Robledillo de Gata, Casar de Palomero, La Pesga, Valdelacasa del Tajo, Villar del Pedroso, Carrascalejo y
Alía) y Badajoz (Valdecaballeros, Castilblanco, Herrera del Duque, Helechosa, Tamurejo, Fuenlabrada de los Montes, Villarta de los Montes, Garlitos, Baterno,
Peñalsordo, Capilla, Azuaga, Puebla del Maestre, Fuente del Arco, Valverde de Llerena, Malcocinado, Higuera la Real y Fuentes de León. En el territorio extremeño las
reformas políticas-administrativas introducidas por Javier Burgos en 1833 determinaron su organización de acuerdo con una estructura biprovincial, fragmentándose el espacio correspondiente a la antigua "provincia de
Extremadura" en las actuales demarcaciones de Cáceres y Badajoz. El Real Decreto del 30 de Noviembre de 1833 firmado por la Reina Regente María Cristina fue el
definitivo que acabó con los viejos reinos españoles sustituyéndolos por provincias. En la provincia de Cáceres, pasaron pueblos como Villamiel, Descargamaría, Robledillo
de Gata, San Martín de Trevejo y Trevejo, dependientes antes de la provincia de Salamanca. Ya antes no habían sido duraderas las medias tomadas por el rey José
I Bonaparte en 1810 que había dividido los reinos en prefecturas al estilo francés, la efímera Constitución de Cádiz de 1812 que abolía los reinos
españoles y los sustituía por provincias, y la ley del Trienio Liberal en 1822 que las llevó a la práctica brevemente. Durante el Reinado de Isabel II y bajo la Regencia de su madre la Reina Gobernadora María
Cristina de Borbón por Real Decreto R.O. 4570 de 23 Julio 1835 dado en San Ildefonso, para el arreglo provisional de los Ayuntamientos de la
Península é Islas adyacentes, publicado el martes, 4 de agosto de 1835 en el nº 65 del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Durante el Reinado de Isabel II y bajo la Regencia de su madre la Reina Gobernadora María Cristina de Borbón por Real Decreto R.O.4570 de 23 Julio 1835 dado en San Ildefonso, para el arreglo provisional de los Ayuntamientos de la
Península é Islas adyacentes, publicado el martes, 4 de agosto de 1835 en el nº 65 del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, accedieron a la condición de
contar con Ayuntamiento propio las poblaciones extremeñas que aún no lo tenían. El Decreto firmado por la Reina Regente María Cristina en 1833 fue el
definitivo que acabó con los viejos reinos españoles sustituyéndolos por provincias. Ya antes no habían sido duraderas las medias tomadas por el rey José I Bonaparte en 1810 que había dividido los reinos en prefecturas al estilo
francés, la efímera Constitución de Cádiz de 1812 que abolía los reinos españoles y los sustituía por provincias, y la ley del Trienio Liberal en 1822 que las llevó a la práctica brevemente.
El nuevo decreto que surge al amparo de las medidas liberalizadoras que siguen a la muerte del absolutista Fernando VII, describió detalladamente los
nuevos límites provinciales, y causó fuertes cambios en Andalucía. Gaceta de Madrid Publicación: 03/12/1833, nº 154 Páginas: 657 - 657
Real decreto sobre la división civil de territorio español en la Península e islas adyacentes en 49 provincias. ARTICULO DE OFICIO. La Reina nuestra Señora Doña ISABEL II y S. M. la REINA
Gobernadora, siguen sin novedad en su importante salud. Del mismo beneficio disfrutan SS. AA. RR. los Sermos. Sres. Infantes.
Reales decretos. Persuadida de que para que sea eficaz la acción de la administración debe ser rápida y simultánea; y asegurada de que esto no puede
suceder, cuando sus agentes no están situados de manera que basten á conocer por sí mismos todas las necesidades y los medios de socorrerlas, tuve á bien, al
confiaros por mi Real decreto de 21 de Octubre el despacho del ministerio de Fomento, encargaros que os dedicaseis antes de todo á plantear y, proponerme, de
acuerdo con el consejo de Ministros, la división civil del territorio, como base de la administración interior, y medio para obtener los beneficios que meditaba
hacer á los pueblos. Así lo habéis verificado después de haber reconocida los prolijos trabajos hechos antes de ahora por varias comisiones y personas sobre
tan importante materia; y conformándome con lo que en su vista me habéis propuesto de acuerdo con el expresado Consejo, y oído el
dictamen del de Gobierno, he venido, en nombre de mi muy cara y excelsa Hija la REINA Doña ISABEL II, en mandar lo siguiente: Artículo 1. El territorio español en la Península é islas
adyacentes queda desde ahora dividido en 49 provincias, que tomarán el nombre de sus capitales respectivas, excepto las de Navarra,
Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, que conservarán sus actuales denominaciones: Art. 2.° La Andalucía, que comprende los reinos de Córdoba, Granada, Jaén y Sevilla, se divide en las ocho provincias siguientes: Córdoba,
Jaén, Granada, Almería, Málaga, Sevilla, Cádiz y Huelva. El Aragón se divide en tres provincias, á saber, Zaragoza, Huesca y Teruel. El principado de
Asturias forma la provincia de Oviedo. Castilla la Nueva continúa dividida en las cinco provincias de Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca y
Guadalajara. Castilla la Vieja se divide en ocho provincias, á saber, Búrgos, Valladolid, Palencia, Avila, Segovia, Soria, Logroño, Santander. Cataluña se divide en cuatro provincias, á
saber, Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona. Extremadura se divide en las de Badajoz y Cáceres. Galicia en las de Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra. El
reino de León en las de León, Salamanca y Zamora. El de Murcia en las de Murcia y Albacete. El de Valencia en la de Valencia, Alicante y
Castellón de la Plana. Pamplona, Vitoria , Bilbao y San Sebastián en las capitales de las provincias de Navarra, Álava, Vizcaya y Guipúzcoa. Palma la de las islas Baleares. Santa Cruz
de Tenerife la de las Islas, Canarias. Art. 3.° La extensión y límites de cada una de dichas provincias son los designados á
continuación de esta ley. Sin embargo, si un pueblo situado á la extremidad de una provincia tiene una parte de su término dentro de los limites de la provincia contigua, este territorio pertenecerá á
aquella en que se halle situado el pueblo, aun cuando la línea divisoria general parezca separarlos. Con respecto a los límites señalados á las provincias que
confinan en cualquier punto con Francia y Portugal, se entienden en conformidad de los tratados existentes, y sin perjuicio del resultado de las rectificaciones
sobre limites o derechos de pasos en varios puntos de una ú otra frontera (I). La demarcación de límites de las provincias que expresa este artículo, no se
Inserta en la Gaceta por ser demasiado voluminosa, pero se hallará desde mañana en el despacho de la Imprenta Real. Art. 4.° Esta
división de provincias no se entenderá limitada al orden administrativo, sino que se arreglarán á ella las demarcaciones militares, judiciales y de Hacienda. Art. 5.°
Ínterin se promulga la ley, que he mandado formar sobre acotamientos y cerramientos de heredades, no perjudicara la nueva división territorial los derechos de mancomunidad en pastos, riegos y otros
aprovechamientos, que los pueblos ó los particulares disfruten en los territorios confinantes á los suyos. Art. 6.° Los subdelegados de Fomento harán demarcar los
confines de sus provincias respectivas, reunirán todas las observaciones que se les dirijan sobre la agregación ó separación de los pueblos, que deben hacer ó
dejar de hacer parte de una provincia, y las trasladarán al ministerio de vuestro cargo; é instruido en él un expediente general me
propondréis al cabo de un año las modificaciones de esta especie que deban hacerse en la nueva división. Art. 7 ° Entre tanto los dichos subdelegados cuidarán de
hacer levantar planos topográficos exactos de sus provincias respectivas, con presencia de los cuales haréis levantar una nueva carta general del reino.
Tendreislo entendido, dispondréis lo necesario á su mas pronto y puntual cumplimiento, y lo haréis imprimir, publicar y circular, comunicándolo desde
luego á todos los demás Ministerios.=Está rubricado de la Real mano de S. M.=En Palacio á 30 de Noviembre de 1833 =A D. Javier de Burgos
PROVINCIA DE BADAJOZ. SU CAPITAL BADAJOZ. Esta provincia confina por el N. con la de Cáceres, por el E. y S.. E. con las de Ciudad Real y Córdoba, por el S. con las de Huelva, y
Sevilla. y por el O. con el Reino de Portugal. Su límite O. empieza en la orilla derecha del rio Ardila, en la raya de Portugal, la cual sigue hasta la
Sierra de San Mamed. El límite N. principia en esta Sierra, y sigue por el N. de Mayorga, castillo de Azagala, sierra de Leon y de los Santos, S, de Arroyomolinos y de Almoharin,
N. de Miajadas, S. del Escorial, Alcollarín, Zorlta, Logrosan y Cañamero, desde donde sigue á buscar el Guadiana, donde corta el antiguo límite de Extremadura y
la Mancha a donde termina. Su limite E. empieza aquí, y sigue por el 0. de Helechosa y de Fuenlabrada, E. de Herrera y Garbayuela, dirigiéndose por el O.
de Siruéla y Risco á cortar los rios Guadalema y Zuja al O. de Capilla y Peñalsordo; continúa luego por el S. de Zarza Capilla á la Sierra del Pedroso, y
sigue el antiguo límite de Córdoba y Extremadura, hasta cerca de Cuenca, donde termina. El límite S. empieza, en este punto, se dirige por el S. de Azuaga,
de Valverde de Llerena, de Fuentes del Arco, de Pallares, de la Puebla del Maestre, de Uña y de Montemolin ; S. de Monasterio y Cabeza de la Vaca, Fuentes
de Leon, de Bodonal y Frejenal é Higuera la Real, quedando estos pueblos, que eran de la provincia de Sevilla, para esta hasta encontrar el rio Ardila , donde
le corta el antiguo límite de Extremadura y Sevilla, cuyo curso sigue hasta Portugal. PROVINCIA DE CÁCERES. SU CAPITAL CÁCERES. Esta provincia confina
por el N. con la de Salamanca, par el E. con las de Avila, Toledo y Ciudad. Por el S. con la de Badajoz, y por el 0. con el reino de Portugal. Su
limite N. empieza en la raya de Portugal por encima de las vertientes al rio Eljas y por el S. de Navafrias: sigue al N.E. por la sierra de Gata, por
la divisoria de aguas al Tajo y al Duero. hasta cerca del Casar de Palomero; continua por el O. de este pueblo, O. de Pino, N. de Nuñomoral, de
Caminomorisco, de Abadía y puerto de Lagunilla á buscar los puertos de Baños y Tornavacas por el origen del rio Jertes, desde donde sigue por la sierra hasta
el nacimiento de la laguna de las Covachas: El limite E. empieza aqui y va a buscar el rio Tietar, entre él Madrigal de la Vera y Candeleda ; atravesando
este rio sigue por el O. de la Calzada de Oropesa y Valvedeja á buscar el Tajo en el Puente del Arzobispo y continua luego por el E. de Villar del Pedroso,
Carrascalejo y Navaentresierra, y va por el O. del Puerto de San Vicente, dirigiéndose a la margen derecha del Guadarranque, la cual sigue hasta el
Guadiana. El límite S. empieza aqui, y va por el N. de Castiblanco y de Valdecaballeros : S, de Cañamero y de Logosan, de Zorita, de Alcollarin, el
Escorial, Almoharin, Arroyomolinos y sierra de los Santos: continua por la sierra de León, castillo de Azagala, N. de Mayorga, á la raya de Portugal.
Gaceta de Madrid Publicación: 15/05/1834, nº 84 Páginas: 386 - 386
España.- Madrid 14 de Mayo.-
Lista de los pueblos cabezas de partido de las provincias de España según la división judicial aprobada en Real decreto de 21 de Abril de 1834. Badajoz: Almendralejo,
Badajoz, Castuera, Fregenal de la Sierra, Fuente de Cantos, Herrera del Duque, Jerez de los Caballeros, Llerena, Mérida, Olivenza, Puebla de Alcocer, Villanueva de la Serena, Zafra.
Cáceres; Alcántara, Cáceres, Coria, Garrovillas, Gata, Granadilla, Jarandilla, Logrosan, Montanchez, Navalmoral de la Mata, Plasencia, Trujillo, Valencia de Alcántara
"Trevejo, Villa de España en Castilla la Vieja, en la provincia de Salamanca, corresponde al Partido de
Ciudad Rodrigo: es Pueblo de las Ordenes Militares, con Alcaldes Odinarios. Villamiel. Villa de España
en Castilla la Vieja, en la provincia de Salamanca, corresponde al Partido de Ciudad Rodrigo: es Pueblo eximido de la Jurisdicion de Partido, y de las Ordenes
Militares, que pertenece a la Encomienda de Trevejo: tiene Alcaldes Ordinarios"
En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico Tomo IX, publicado en
Madrid, se refiere de la siguiente manera. Villamiel, Villa Ordenes de España, provincia de
Salamanca, partido y obispado de Ciudad Rodrigo. Alcalde 0rdinario, 349 vecinos, 1202 habitantes, 1 parroquia, y administracion subalterna de loteriae. Este es
el ultimo pueblo de la provincia por la parte de la sierra de Gata ; situada a la falda de una sierra entre S. y O. Tiene comunidad de pastos con Trebejo, y
con Son Martin de Trebejo, eon quienes confina. Produce aceite, vino, algunas frutas y hortalizas, pocos granos. Dista 9 leguas de Ciudad -Rodrigo.
Contribucion 9.966 rs. 9 mrs." Trevejo, Villa Ordenes de España, provincia de Salamanca, partido y obispado de Ciudad-Rodrigo.
Alcalde Ordinario, 88 vecinos, 330 habitantes, 1 parroquia. Situada sobre una sierra al S. y a 1/4 de legua de Villamiel, con un castillo inhabitado que le
domina, cuya sierra se une con la de Gata, Produce algun aceite y vino, muchas frutas y hortalizas; poco centeno. Dista 9 leguas de la cabeza de partido, 3 de
Moraleja. Contribucion 969 rs. 20 maravedises." Según Pascual Madoz, en el año 1848 en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, en su tomo XV, era:
Trevéjo: villa con ayuntamiento en la provincia y audiencia territorial de Cáceres (16 leguas), partido judicial de Hoyos (1), diócesis de Ciudad Rodrigo
(9), capitania general de Extremadura (Badajoz 30); Situada en un cerro que se eleva casi perpendicular en uno de los valles que forman las sierras de Gata ; es de Clima templado; reinan los vientos N. y S. y se padecen intermitentes y catarrales. Tiene 60 Casas; en los afueras 200 pasos al O., la iglesia parroquial (San Juán Bautista) con curato de entrada y
provisión apostólica y ordinaria; á su inmediación un fuerte castillo de piedra sillar de 32 varas de altura y en estado ruinoso: en una de sus habitaciones bajas hay una portada que comunica á un largo subterráneo llamado
Lapa de la Sierpe, el cual tiene su salida al E. de la villa, después de haber cruzado por debajo de ella, y al mismo lado una ermita pequeña. Se surte de aguas potables en 2 fuentes, una dentro de la villa y otra fuera de ella, ambas de buena
calidad. Confina el Termino por N. con el de Villamiel; E. Hoyos y Acebo; S. Cilleros; O. San Martin y Valverde, á distancia de
1/2 leg. á 1 y comprende de 13 á 14,000 fanegas de tierra, pertenecientes en su mayor parte á los vecinos de los pueblos inmediatos. Le baña una rivera, que toma el nombre del pueblo y da movimiento á varios lagares de aceite. El Terreno
es escabroso, de valle y sierras , y de mediana calidad : los Caminos vecinales: el Correo se recibe en Perales por
balijero dos veces á la semana, Produce. vino, centeno, castañas, lino, fruta, legumbres y aceite, Poblacion: 100 vecinos, 547
almas Capital Productivo. 315,645 rs. Impuestos. 25,211. Contribucion:
3,517 rs. 26 maravedís. En el castillo de esta villa sostuvo el Gobierno un destacamento de inválidos hasta fines del siglo pasado, que lo abandonó, quedando á la intemperie."
Villamiel: villa con ayuntamiento en la provincia y audiencia territorial de Cáceres (17 leguas.), partido judicial de Hoyos (1 legua), diócesis de
Ciudad-Rodrigo (9), capitania general de Estremadura (Badajoz 25): Situada á la falda S. de la sierra de Barito blanco dependiente de la de Jalama, es de clima
bastante frió; reinan los vientos E. N. y S. y se padecen catarrales é intermitentes: tiene 350 casas apiñadas, en 2 plazas, varias plazuelas y
calles estrechas de piso incómodo y empedradas: hay casa de ayuntamiento, cárcel, escuela dotada con el producto del peso de la harina, 200 rs por el
régimen del reloj y la corta retribución de los 50 niños de ambos sexos que concurren ; iglesia parroquial (Sta. Maria Magdalena), curato de segundo ascenso
y provisión ordinaria; 2 ermitas Ntra. Sra. de la Piedad y de la Soledad, y en los afueras 2 cementerios; uno al S. para adultos, y otro al O. para párvulos.
Se surte de aguas potables en 4 fuentes dentro del pueblo y otras muchas en las inmediaciones todas ricas, frias y saludables. Confina el termino por N. con el
de Payo (Salamanca); E. Acebo; S. Trevejo; O. San Martin de Trevejo, estendiéndose á 1/2 leg. por la parte mas lejana, y comprende 750 fan. de labor;
y muchas heredades de castaños, olivos, viñas, huertos y frutales, le bañan muchos arroyos que bajan de la sierra. El terreno es muy quebrado: en los altos
algún tanto estéril; en las bajadas mucho mejor, y pantanoso en los llanos á propósito para prados. Los CAMINOS son vecinales, y aunque escabrosos
admiten carros del pais: el CORREO se recibe en Perales por balijero dos veces á la semana, Produce: aceite, vino, algunos cereales, mucha
legumbre, patatas, castañas, lino y frutas; se mantiene ganado cabrio, lanar y vacuno, y se cria caza mayor y menor, Industria y Comercio 11
molinos de aceite, 7 harineros, 7 telares de lienzo, 2 lagares de vino; se importan los granos, y se esporta el vino, aceite y legumbres, Poblacion:
340 vecinos, 1,862 almas. Capital Productivo: 2.889,500 rs.Impuestos:144,475. Contriibucion, 21,192 rs. 1 maravedí, Presupuesto
Municipal 6,000 del que se pagan 2,200 al secretario, y se cubre con los fondos de propios que consisten en 2 hornos de pan, el canon de varias
posesiones roturadas, pastos del ejido, arrendamiento del matadero y peso de carne, el de pesos y medidas y repartimiento vecinal."
Colección de Fueros y Cartas Pueblas de España por la Real Academia de la Historia publicado en Madrid en 1852:
"Salvaleón, villa, hoy despoblado en la provincia de Cáceres, partido judicial de Hoyos. Privilegio del rey D. Alfonso IX de Leon concediendo á sus pobladores términos y
el fuero de Coria : su fecha en esta última villa á 15 de Noviembre de 1227. Bulario de la Orden de Alcantara , fól. 35.
Trevejo. Creemos que sea la villa de este nombre en la provincia de Cáceres, partido judicial de Hoyos. Fuero de poblacion otorgado á este lugar por la Orden del Hospital en el año de 1230. Original en el archivo de la Orden de San Juan en
Consuegra." Gaceta de Madrid núm. 73, de 11/09/1789, página 620.
Madrid, 11 de Septiembre de 1789.- Errata en la Gaceta del 28 de Agosto, número 69, en el nombre del gobernador del castillo de Trevejo recién empleado. Extravío de vales
reales remitidos por Ignacio García Diego. En la Gaceta del 28 de Agosto numero 69, se dixo que S. M. habia nombrado,
para el Gobierno del Castillo de Trevejo al Capitan D. Miguel Calderon ıle la Barca: debio decirse D.Manuel. Gaceta de Madrid núm. 301, de 28/10/1929, Departamento: Ministerio de la Gobernación
Dirección general de Administración.- Anunciando haber quedado constituido el nuevo Ayuntamiento de Villa de Trevejo, por segregación del de Villamiel, partido judicial de Hoyos, provincia de Cáceres.
El Gobernador civil de la provincia de Cáceres, en oficio de 8 del actual, participa que con fecha de 30 de septiembre ultimo ha quedado constituido el nuevo Ayuntamiento
de Villa de Trevejo, por segregación del de Villamiel, partido judicial de Hoyos, ambos de la citada provincia Teniendo en cuenta que la Real orden circular de 9 de Julio de 1924 dispone que con el fin de que las variaciones de
términos municipales acordadas con arreglo a las prescripciones del Estatuto municipal y del Reglamento correspondiente tengan la
debida publicidad, se inserten en la GACETA DE MADRID, para que llegue a conocimiento de los Centros oficiales a quicnes pueda
interesar tales modificaciones, se publica el presente anuncio a los efectos prevenidos en la mencionada Soberana disposición Madrid, 22 de Octubre de 1929. El Director general, Emilio Vellando
Gaceta de Madrid: Diario Oficial de la República núm. 170, de 19/06/1934, Departamento: Ministerio de la Gobernación
Orden disponiendo se cumpla en sus propios términos la sentencia dictada por la Sala correspondiente del
Tribunal Supremo en el recurso promovido por el Ayuntamiento de Trevejo contra la Orden de este Ministerio de 11 de Junio de
1930. Ilmo. Sr.: En el recurso Contencioso Administrativo número 10.951, promovido por el Ayuntamiento de Trevejo, contra la Orden de este
Ministerio de 11 de Junio de 1930, mediante la que se resolvió el expediente de deslinde entré los términos municipales de Trevejo y de Villamiel; ambos
de la provincia de Cáceres. La Sala correspondiente del Tribunal Supremo de Justicia. ha dictado con fecha 19 de Abril último sentencia con
el siguiente fallo: Fallamos que debemos declarar y declaramos nula y sin valor ni efecto la Real orden
dictada por el Ministerío de la Gobernación en 11 de Junio de 1930, fijando los términos municipales de Trevejo
y de Villamiel y el expediente que le sirvió de base, el que debera tramitarse con sujeción a lo prevenido en los articulos pertinentes del
capitulo 2, del titulo 1 de la vigente ley Municipal En vista de dicho fallo, he dispuesto que la expresada sentencia se cumpla en sus propios términos,
Lo que comunico a V. 1. para su conocimiento y demas efectos. Madrid. 18 de Junio de 1934. RAFAEL SALAZAR ALONSO Señor Director general de Administración.
Gaceta de Madrid: Diario Oficial de la República núm. 296, de 23/10/1934, Departamento: Ministerio de Agricultura Dirección general del Instituto de Reforma Agraria.- Aprobando los Estatutos para explotación
colectiva de predios rústicos y autorizando para concertar contratos de arrendamiento colectivos, con las ventajas legales, a las Secciones filiales de
las Sociedades obreras de Villamiel (Toledo) y de Navalvillar (Cáceres). Gaceta de Madrid: Diario Oficial de la República núm. 261, de 18/09/1935,
Departamento:
Ministerio de la Gobernación Dirección general de Administración.- Poniendo en conocimiento de los Centros y Corporaciones interesados que
los Ayuntamientos de Trevejo y Villamiel (Cáceres) han tomado el acuerdo de que quede suprimido el primero para agregarse al
segundo, con capitalidad y nombre de Villamiel. Habiendo comunicado el Gobernador civil de Caceres el acuerdo firme de los Ayuntamientos
de Trevejo y Vil1miel en el sentido de quedar suprimido el primero para agregarse al segundo, con capitalidad y nombre en
Villamiel, se pone en conocimiento de todos los Centros y Corporaciones interesados a los efectos oportunos y en cumplimiento de la Real
orden-circular de 9 de Julio de 1924. Madrid, 11 de Septiembre de 1935. El Director general, J. Marti de Vese.
Boletín Oficial del Estado núm. 135, de 15/05/1954, Departamento: Ministerio de
Educación Nacional Orden de 21 de diciembre de 1953 por la que se aprueba el proyecto de obras de reparación del edificio en el que están instaladas las
Escuelas de Villamiel (Cáceres). Ilmo: Sr.: Visto el proyecto de obras de reparación del edificio en que estan instaladas las Escuelas unitarias de Villamie!
(Cáceres), formulado por el Arquitecto escolar de dicha. provincia., don Fernando Hurtado Collar: Teniendo en cuenta que la Oficina Técnica. de Construcción de Escuelas informa favorablemente
y que en igual sentido lo hace la Sección de Contabilidad. tomando razón del gasto a realizar en 10 de los corrientes,
y en 14 del mismo mes es fiscalizado por el Delegado de la Intervención Generol de la Administración del Estado,
y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 13 del articulo 57 de la Ley de 20 de diciembre de 1952, Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
l." Aprobar el proyecto de referencia por un presupuesto, total de 110.619.06 pesetas, de las que corresponden al Estado, con cargo al capitulo cuarto, artículo primero: grupo segundo, concepto primero, 94.193.07 pesetas,
y con cargo al Municipio 16.425,99 pesetas. con la siguiente distribución: por ejecución material; pesetas 50.906,24; pluses de carestía de vida
y cargas familiares 14.648,43 pesetas; 15 por 100 de beneficio industrial, pesetas 12.135.91; honorarios de formación de proyecto. 1.112,46 pesetas; honorarios de
dirección. 1.113,46, y honorarios del Aparejador; 667.48. y que dichas obras se realicen, de conformidad con la Ley de 20 de diciembre
de 1952: por contrata directa del Estado y, de conformidad con la propuesta del Arquitecto Director de dichas obras. las ejecute el contratista don José Serra Sabater.
2." Se concede un plazo de treinta días para que el Ayuntamiento de Villamiel (Caceres) ingrese la aportación metalica de 16.445.09
pesetas, en la. Sucursal de la Caja General de Depósitos para las mencionadas obras. Lo digo a V.I. para su conocimiento y
demás efectos. Madrid, 21 de diciembre de 1953,
Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento
administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.
Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la
población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó
las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que
componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley
Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la
Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del
municipio. La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y
Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el
carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de
bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones
derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.
En la actualidad es Ayuntamiento de la Provincia de Cáceres, Partido de Coria y de la Audiencia Territorial de Cáceres, en lo
eclesiástico la parroquia de Santa María Magdalena (Villamiel), San Juan Bautista (Trevejo) , del Arciprestazgo del Sagrado Corazón de Jesús", Hoyos Diócesis de Coria-Cáceres y Archidiócesis de Mérida-Badajoz
Declaración genérica del Decreto de 22 de abril de 1949. Ley 16/1985 sobre el Patrimonio Histórico Español.
Ley 2/99 Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura BIBLIOGRAFÍA ESPECIFICA Fuerte de Villamiel . Planos del Teniente Coronel Juan de Landaeta Gobernador del Castillo de
Alconchel año 1724 SHM
Plano de 9,8 x 13,8 centímetros, dibujado a pluma y tinta marrón, con lavis de tinta china, sin fecha precisa, con título rotulado “Fuerte de
Villamiel”. El plano no indica orientación, aunque comprobamos que está en sentido norte, ni la escala utilizada. En el plano se puede observar “Parte
de la villa de Villamiel”. El recinto del Fuerte traza una estrella de cinco baluartes: cuatro medios y un lleno. En el interior se identifican varios
recintos o edificios. El acceso al Fuerte se realiza entre los dos baluartes que protegen la zona sur, cuya entrada aparece protegida por una estacada o
empalizada de madera. En las zonas norte y este de la fortaleza aparece dibujado el foso, y en esta última además, una estacada que cierra el fuerte con una de
las calles de la villa. El 16 de diciembre de 1665 los portugueses con 2300 hombres llegaron hasta Villamiel, población defendida por una compañía de caballería en el
reacondicionado Fuerte. Ante la llegada de las tropas portuguesas, los de caballería abandonaron el Fuerte y se guarnecieron en el castillo de Trevejo, la
población se refugió en la iglesia; aprovechando la situación los portugueses para dinamitar el Fuerte.
Este se situaba en la parte alta de la población,
junto a las actuales calles del "Fuerte" y de la "Muralla", ocupado en la actualidad por viviendas y huertos de particulares; no queda más rastro en la
actualidad que el baluarte situado al noroeste, construido mediante mampostería de granito con algún sillar en el vértice.
Castillo de Trevejo moi Antico sobre un çero (Trevejo) Plano de 10,2 x 29,8 centímetros, dibujado a pluma y tinta
marrón, con lavis de tinta china, sin fecha precisa, con título rotulado “Castillo de Trevejo moi antico sobre un çero”. En el plano no se indica la
orientación, aunque comprobamos que el autor enfocó sentido noroeste. Si se indica la escala utilizada, 200 pies geométricos. En el plano se puede observar
la totalidad del castillo de Trevejo, medieval en sus orígenes (de posible
origen musulmán y construido en el siglo XII) y compacto con refuerzos de elementos abaluartados realizados para adaptarlo a la época moderna.
En el interior de castillo podemos observar algunos de los recintos que lo conformaban
(torre del homenaje, cisterna, etc). Extramuros se encuentra la iglesia de San Juan y la población o “lugar” de Trevejo.
Las principales cualidades defensivas del castillo de Trevejo se fundamentan en la orografía elevada del terreno y en la robustez de su torre del Homenaje,
aunque en el siglo XVII se le consideraba mal situado para el conflicto con Portugal. Aun así, en el siglo XVIII se elaboraron varios proyectos de
construcción de baluartes, tal y como consta en los archivos militares españoles. Actualmente, el estado de conservación es malo, encontrándose derruidos gran parte de los lienzos y con la amenaza de caerse la propia torre del Homenaje.
El castillo de Trevejo se alza majestuoso en un elevado picacho rocoso de la Sierra de Gata. junto al
caserío de este nombre, termino municipal de Villamiel, y data de los tiempos de la Reconquista. Es el monumento más importante y que ha
dado fama a la aldea, enclavado en lo alto de un agudo picacho. El paisaje que se divisa desde la altura es impresionante y delicioso por su belleza.
Son muy antiguas las referencias y citas sobre Trevejo y su castillo, mezclándose frecuentemente historia y leyenda. La obra anterior ha sido
borrada totalmente por la actual fábrica, de la que no existen testimonios del pasado. Por este castillo tuvo que pasar Ibri Marwan al-Djilliqi y su inseparable Sadun.
durante sus correrias por Idaña la Vieja (Portugal), y no desaprovecharían el ventajoso fuerte de Trevejo. En sus cabalgadas llegarían hasta Granadilla, donde Marwan nos dejó su nombre en la Cabeza de Maruan
en Miranda del Castañar (Salamanca), que tan citada fue por los monteros de Alfonso XI. Alfonso III vino a Extremadura con Marwan y Sadun, cruzó el Tajo por Trujillo,
vadeó el Guadiana a diez millas de Mérida y llegó hasta Hocxiferium (¿Hornachos''), <<lugar al que nadie de los nuestros se había acercado antes». Y sigue la
crónica: -Tomó el castro de Lenza, y se adueñó pacíficamente del de Anteza.- Anteza o Antenaia que suele ser identificada con Idaña la Vieja,
cercana a Cilleros. Desde Gata atacó a Coimbra el año 885, en coalición con los hermanos del rey. Ya
antes habían acogido Ibn Marwan y Sadun a enemigos de Alfonso, como su hermano Vermudo, que se refugió entre los musulmanes de la frontera del Mondego. Ante el
cerco de Coimbra Alfonso acude a socorrerla, y posteriormente Alfonso III manda matar a Sadun al-Surimbaqi. Estas tierras de ambos lados de
la frontera, entre Plasencia, Llerena, Evora y, Coimbra, vivieron por entonces una larga década de plena autonomía y agitacion guerrera. El prestigio militar,
político y humano; éste sobre todo de Marwan y Sadun pudo limar toda la desconfianza de nuestra gente. Convivieron entonces en entusiasta fiebre de rebeldía
las más opuestas banderías. las tribus del Mogreb con sirios. árabes y yemeníes, y, con ellos los mozárabes. Cuando Idaña se rinde pacíficamente a Alfonso y
Marwan, no lo hace de seguro por miedo; la decisión de la plaza sólo fue debida a la confianza y amistad que sentían por Marwan. Durante la segunda mitad del siglo XII los enfrentamientos entre cristianos y musulmanes son muy intensos en
esta zona de la sierra de Gata, y aunque en 1142 Alfonso VII conquista Alcántara, hasta 1213 que Alfonso IX recupera definitivamente esa villa no se
consigue la suficiente estabilidad en la zona de la Transierra. No obstante el castillo de Trevejo aparece citado en 1184 con motivo de la donación que hace
Fernando II a don Pedro Arías, prior de la Orden del Hospital de San Juan de Jerusalén. Desde entonces la fortaleza y su tierra pasarán sucesivamente a manos
de la Orden de Santiago y a la de Alcántara, y también a manos privadas, aunque por poco tiempo, volviendo a la de San Juan de Jerusalén, en la cual figura
todavía en el siglo XVIII.
Su castillo arruinado desde la primera mitad del XIX, en que fue hospital de inválidos, es el testimonio de un viejo esplendor que se remonta. probablemente, a los Caballeros del Temple.
Es el único ejemplar extremeño de los Hospitalarios, después Orden de San Juan de Malta. nombre efectivo hasta que Napoleón les quitó la isla de Malta, y esto lo hizo por los mismos años en
que también les volaba este castillo de Trevejo. Sus sillares se dispersaron junto a sus muros y hasta un
escudo de armas yace olvidado entre el amasijo de los escombros. De la vieja fortaleza musulmana, anterior al siglo XII, apenas hay recuerdo. Sobre un primitivo castillo medieval se reconstruiría
totalmente esta nueva fortaleza a finales del siglo XV, y primeros años del XVI con obras de reforma y añadidos, añadiendo otros dispositivos en el siglo XVIII.
configurándose la fortaleza con el estado que hoy tiene, si bien los desperfectos son cuantiosos. Trevejo,
es un altísimo cueto adosado en saledizo sobre la sierra de Gata, está defendido en tres de sus caras por pendientes muy abruptas. Tan sólo hacia la
villa, donde el cueto enlaza con la sierra, la pendiente hace fácil el acceso y es allí por donde pasa el enlosado camino de herradura hacia el castillo, que
pudo ser carrozable y que aún hoy cruza la villa. En defensa de esta desguarnecida entrada se alza la gran torre pentagonal del
Homenaje, construida íntegramente con sillería muy bien escuadrada, El conjunto fortificado está integrado por un recinto amurallado en lo más alto, con el que se asocia la gran torre que
constituye el castillo propiamente dicho, y a cota inferior una barrera que a modo de barbacana circunda la anterior en todos sus lados, aunque actualmente
sólo se conserva parte de la zona meridional, donde se abre la puerta de acceso al recinto. Todavía contaba con una tercera cerca situada en la zona
nororiental, hacia el caserío, pero éste sólo puede apreciarse en los planos del Servicio Geográfico del Ejército, realizados en los años
centrales del siglo XVIII, cuando se redactan varios proyectos por los ingenieros militares Antonio de Gaver, en 1750, y Martín Gabriel en 1765, con
objeto de reforzar la capacidad defensiva del enclave. Lo más interesante es la torre del Homenaje, aunque lamentablemente ha desaparecido su
mitad oriental, fue volada por el ejército francés durante la guerra de Independencia, pero aún así puede apreciarse todavía la monumentalidad de la
edificación; en cuyos muros aun puede verse un monumental escudo del comendador Juan Pineiro, de finales del siglo XV.
Tiene planta pentagonal construida con sillería muy bien labrada y escuadrada. La
entrada se abre en alto. sobre el lado de poniente, siendo necesario el empleo de un puente levadizo. Sobre esta planta se alza otra
mas alta, aunque con los forjados ya arruinados. mas una tercera que serviría de terraza, a cuyo nivel se destacan unas características torrecillas volando sobre
ménsulas, las cuales junto con las troneras horizontales que perforan varios muros, son propias de los ultimos años del siglo XV. Su interior está distribuido en varios niveles, a partir de un sótano con bóveda de cañón, desde
donde se suceden varios pisos hasta la terraza del coronamiento, con numerosas habitaciones donde se conservan algunos de los elementos que definen la historia
y función del inmueble, desde troneras y cañoneras de gran formato, que recuerdan la guerra de artillería moderna, pasando por los fuertes matacanes,
ladroneras y muy destruidas las garitas de escalonados soportes qie coronaban su cornisa, que se adelantan en lo alto de las esquinas y sobre la puerta: avanza
un poderoso matacán. En la parte baja de la torre se combinan grandes troneras con derrame exterior, de uso obviamente castrense. con las dependencias de uso
domestico y residencial, como lo atestiguan unos aposentos con desagües, propios del posible uso como letrinas cocinas, chimeneas, etc., ademas de una cámara
subterránea que bien pudo ser utilizada como mazmorra o aljibe. El matacán es pieza muy representativa de la comarca de Gata, allí sus iglesias
montan los más potentes y bien labrados matacanes, muy característicos del XIV sobre sus torres campanarios. Así vemos los templos de Valverde, Perales. Villamiel, Gata, Acebo
y varios mas. Rodeando a la torre y protegiendola, un recinto o cerca
exterior, el cual se adapta a la topografía del terreno, aprovechando en su sinuoso recorrido los despeñaderos y acantilados naturales que ofrece el lugar. Dentro
del mismo, se aprecia un largo y estrecho patio de armas, lo que no sorprende ante la escasez de suelo de la aguda cumbre. El recinto exterior o cerca envolvente es mas fuerte cuanto mas
vulnerable es el terreno, y por el contrario, cuando se cuenta con defensas rocosas naturales prácticamente es inexistente. Cuenta en primer lugar con un
primer recinto inmediato, a cota tan elevada como la torre, mas un segundo recinto a cota inferior, en el cual se abre una portada con baquetones
góticos, restos de su primitiva fisonomía. en la que se añadió un dintel con una inscripción. Por el tipo de sillería. los garitones escalonados y, las troneras, el castillo es
de finales del XV. Sobre la torre de¡ homenaje, entre los escombros de poniente. y en el interior, están las armas de los Piñeiro. Bajo el escudo de la puerta
leemos en caracteres góticos: -ARMAS DEL COMENDADOR JUAN PIÑEIRO GALLEGO-. Según Edgard Couper, J. Piñeiro fue comendador de Trevejo, al menos desde 1492 hasta 1520. En el exterior se conserva
un gran escudo heráldico labrado en la sillería del muro, con las armas del comendador Juan Piñeiro, las cuales también se presentan en un bonito escudo
sobre la puerta principal y en otro ejemplar más sencillo situado en el interior, aunque carente del yelmo, banderas y cruz de San Juan de Jerusalén que
acompañan a los de fuera. En torno a la puerta de la barrera, junto al vértice meridional de la torre del Homenaje debieron hacerse algunas obras a
comienzos del siglo XVIII, aunque de estas sólo queda la huella del arquitrabe monolítico que se colocó sobre la portada, en el cual se hizo grabar toscamente
la fecha 1706 y la indicación de haber realizado obras entonces, en tiempos de Enrique IV, aunque la parte inferior de esa puerta todavía conserva el
abocinamiento característico del gótico, cuando debió ser construida, probablemente a mediados del siglo XV, como todo lo demás.
Del primitivo castillo alto-medieval, se conserva parte de los muros de mampostería, que actuaban a un tiempo como
murallas y como muros de contención, adaptándose a la topografía del terreno. Se trata de un tipo de fortificación de origen árabe de irregulares y complejas
plantas. Dispersas por los alrededores del castillo se encuentran, talladas en la roca, varias tumbas antropomorfas. Las ruinas
que aún hoy día pueden verse corresponden al castillo erigido a finales del siglo XV y principios del XVI, con algunas reformas en los siglos siguientes, y que
fue construido sobre una vieja fortaleza musulmana anterior al siglo XII de la que apenas queda el recuerdo. Fue ocupado por los caballeros de San Juan de
Jerusalén (con fugaces ocupaciones de las Órdenes de Santiago y de Alcántara). El castillo alto-medieval de Trevejo es una fortificación de origen árabe
con plantas complejas e irregulares. Quedan la Torre del Homenaje y un largo recinto irregular con dos líneas exteriores. Se conservan parte de los
muros de mampostería, que actuaban al mismo tiempo como murallas y como muros de contención, adaptándose a la topografía del terreno.
Cerca de la fortaleza se halla la pequeña iglesia de San Juan Bautista y varias tumbas antropomorfas excavadas en
la roca. DOE núm. 136, SÁBADO, 22 DE NOVIEMBRE DE 1997 CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO Contratación.- Resolución de
13 de noviembre de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se declara desierto el concurso de redacción del proyecto de intervenciones
diversas en los Cascos Históricos de la comarca de Sierra de Gata (Gata, Robledillo de Gata, Trevejo, San
Martín de Trevejo y Hoyos). DOE núm. 126, MARTES, 28 DE OCTUBRE DE 1997 CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO Concurso.-
Resolución de 21 de octubre de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de Redacción del Proyecto de Intervenciones diversas en los Cascos
Históricos de la Comarca de Sierra de Gata (Gata, Robledillo de Gata, Trevejo, San Martín de Trevejo y Hoyos).
DOE núm. 49, SÁBADO,30 DE ABRIL DE 1994 CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO Interés
Cultural.- Orden de 15 de abril de 1994, por la que se ha acordado tener por incoado el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría
de Conjunto Histórico, a favor de la pedanía de Trevejo.
Seguido expediente en la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Patrimonio de la Junta de Extremadura, a efectos de la posible Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico, a favor
de la pedanía de Trevejo. Vistos los artículos diez y once de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el artículo 12.1 del
Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 111/86, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, y demás disposiciones de general aplicación.
Esta Consejería de Cultura y Patrimonio en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas, HA ACORDADO :
PRIMERO.— Tener por incoado expediente de Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico,
la localidad de Trevejo. SEGUNDO.— La descripción del Bien objeto de este expediente figura como Anexo de la presente disposición.
Se ha delimitado la zona afectada por el expediente incoado, en cuanto que puede repercutir en la contemplación y puesta en valor del posible Conjunto, cuyos límites figuran en el Anexo
de la presente disposición. TERCERO.— Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.
CUARTO.— Notificar el presente acuerdo a los interesados y al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su
anotación preventiva. QUINTO.— Hacer saber al Ayuntamiento de Villamiel que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, anteriormente citada, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de
los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales precisarán, en todo caso, autorización de esta Consejería de Cultura y Patrimonio.
SEXTA.— Publíquese esta Orden en el B.O.E. y D.O.E.; y, una vez completo el expediente que se abra un período de información pública.
Mérida, 15 de abril de 1994.El Consejero de Cultura y Patrimonio Antonio Ventura Diaz Biaz. Ilmo. Sr. Director General de Patrimonio Cultural
ANEXO QUE SE CITA DESCRIPCIÓN DEL CONJUNTO HISTÓRICO DE TREVEJO Es probable la existencia de un núcleo árabe en la actual
Villa de Trevejo, algunos autores, entre ellos Publio Hurtado afirman que la plaza fue reconquistada por el Rey Fernando II de León y que en determinados documentos pontificios del siglo XII denomina «Trevellio». Tras su toma a los musulmanes fue donado a la Orden del Temple
y tras la extinción de ésta pasó a de San Juan de Jerusalén transformándose en Encomienda de la misma.
CARACTERÍSTICAS URBANÍSTICAS El nacimiento del núcleo urbano tiene como generador la existencia de un castillo, hecho común en la Edad Media. A los pies de la fortaleza y en la zona de menor pendiente se agrupan las primeras viviendas alrededor de un espacio libre. La disposición de las viviendas no sigue más orden que el marcado por las necesidades agropecuarias y la convivencia vecinal.
En los siglos XV y XVI se produce el desarrollo de otro mininúcleo que se alinea a lo largo del camino que conducía a Villamiel.
Las calles y las reducidas aceras se conforman a base de la piedra granítica de los berrocales circundantes.
ARQUITECTURA VERNACULA Los matices, terminaciones, disposición de metales y adaptación al entorno son exclusivos de esta localidad, pudiéndose hablar de una arquitectura propia, vernácula y de valores históricos y artísticos muy altos.
MATERIALES El medio físico condiciona el tipo de material básico para las construcciones, ya que los afloramientos de granito proporcionaron piedra gratis para edificar. En ocasiones la
piedra se labra para obtener sillares, jambas, dinteles, y umbrales, pero lo más corriente es trabajarla «gajada» según término al
uso en los siglos XV y XVI, es decir, troceada tal como queda al ser partida a golpes. La piedra gajada, el sillarejo y los sillares se montan, en
muchos casos, sin otro material que los una aunque también se pueda observar lienzos de muro en que la piedra es rejuntada con mezcla de cal morena y arena procedente del
desmoronamiento del granito. La teja árabe proporciona con su vejez un ténue color rojo perfectamente armónico con el caserío y el entorno matizado en los aleros y cumbreras por hilados. La piedra que ejercen paso para que el viento no levante las tejas que, casi
sin excepciones, no van cogidas con mezclas. La madera es utilizada para puertas y ventanas. SOPORTES
Los muros de carga son los elementos dominantes en cuanto soportes, aunque en algún caso pueden contemplarse «pies derechos» a base de sillares de granito.
VANOS Los tipos más frecuentes son: el rectangular vertical y el cuadrado, todos con jambas y dinteles de piedra; amplios en las puertas y ventanas principales y reducidos en los bajo-cubierta
y auxiliares. ACABADOS Los acabados están proporcionados por la piedra y el tiempo ha creado la típica «pátina» en calles y edificios. En pocos
casos se han recercado algunos vanos con cal blanca que también se ha utilizado en alguna pequeña superficie de un par de fachadas configurando un toque airoso dentro del conjunto.
EL CASTILLO Se alza en lo que debió ser una impresionante mole hoy en avanzado estado de ruina. Se emplea como material básico el sillar bien escuadrado, utilizándose también el sillarejo y la
piedra gajada. Algunos detalles arquitectónicos hacían referencia a
los siglos XV y XVI. Es muy probable que tras su función puramente defensiva pasara a desempeñar otra de carácter residencial y administrativa al final de la Edad Media. Debió contar con barrera perimetral defensiva. En el costado oriental se halla
una portada cuyo dintel contiene una inscripción con la fecha 1706, significando que en la etapa barroca el castillo aún cumplía determinadas funciones.
IGLESIA PARROQUIAL Pequeña construcción rectangular de una nave con cuatro tramos sobre arcos de medio punto que cargan directamente en los muros. Sillares en esquinas y vanos, sillarejo y mampostería en
el resto. El acceso principal, a los pies, es un arco de medio de medio punto con impostas que lo separan de las jambas. Se cubre a dos aguas con teja árabe. En el interior se aprecian algunos lienzos de muro de sillares y el resto rejuntado en
falsa sillería. En el altar mayor una piedra labrada con relieves de jarrones, tallos carnosos y cáliz denota el gusto renacentista.
Separada del templo a escasos metros, se alza una espadaña de base cuadrada con dos arcos de medio punto de los que hoy cuelga una sola campana.
TUMBAS ANTROPOMORFAS Alrededor del templo se distribuyen una docena de tumbas antropomorfas escabadas en el granito. Son rectángulos que se ensanchan hacia la cabecera en la que se ha practicado un semicírculo para el cráneo del difunto. No son uniformes en cuanto a medidas y perfección de acabado.
— Delimitación del Entorno Afectado Dada la ubicación del núcleo urbano basta con una zona de protección de 100 metros a partir de cualquier edificación hoy existente, en todos los puntos cardinales.
DOE núm. 93, JUEVES, 11 DE AGOSTO DE 1994 CONSEJERÍA
DE CULTURA Y PATRIMONIO Interés Cultural.- Orden de 29 de julio de 1994, por la que se abre período de información pública en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, a favor del Conjunto Histórico de Trevejo. TREVEJO
Conjunto urbano originario del siglo XII, declarado monumento de interés turístico, que se conserva con toda su fuerza y estructura medieval.
En el caserío vecino de Trevejo, pedanía del ayuntamiento de Villamiel destaca el castillo, así como el propio trazado urbano del pueblo
organizado en torno a una calle principal donde se abren otras calles angostas. Es muy característico el uso de escaleras desde la misma calle, para acceder a
las respectivas viviendas, algo elevadas respecto al nivel del suelo. Se conservan aun muchos edificios con sus primitivos vanos y dinteles graníticos,
así como con sus muros de piedra bien concertada. El urbanismo de Trevejo,
consiste en viviendas en dos y tres plantas, levantadas a base de mampostería granítica, reforzada con
sillarejo en los ángulos y las cubiertas de madera con teja árabe ejecutándose a dos vertientes. En el ensanchamiento que existe a mitad de la calle principal,
presidido por una fontanilla hay una pintoresca casa con soportal de madera apoyado en un rústico y berroqueño pilar prismático, otra vivienda se fecha en
el año 1824 según el epígrafe existente en la misma. Otros monumentos de interés son la Parroquia de San Juan Bautista
de Trevejo; situada al pie de la fortaleza por lo que ha de pensarse en su primitiva función auxiliar de carácter religioso. . El edificio, de una nave con cabecera
cuadrada y modernas cubiertas –las antiguas eran de madera– se construyó durante el siglo XVI, como prueba la inscripción del año 1576
visible encima de la cegada puerta de la Epístola. No obstante, el ábside, alzado íntegramente con piedra sillar, es producto de las reformas realizadas
durante el siglo XVIII. Destaca la soberbia cruz procesional de plata, apreciable gótico-renacentista s. XVI, una custodia salmantina de mediados del siglo XVIII y sobre todo, una
cruz procesional de metal
siglos XIII-XIV custodiadas en el Museo Provincial de Cáceres. Excelentes son las dos cruces procesionales de la parroquia, una de metal, del
siglo XIII, y otra de plata del siglo XVI. También permanece una custodia del siglo XVIII fabricada en talleres salmantinos Interesante es la granítica
torre-espadaña aneja a la iglesia y que sería parte de las defensas del castillo: muestra un escudo, posiblemente de
uno de los comendadores de la fortaleza y se elevaría en el siglo XVI sobre un torreón precedente.
Construido a base de piedra, bien labrada la de la espadaña, mientras que la de la iglesia es de mampostería y sillarejo.
La Ermita del Cristo de la Salud edificio rectangular, de una nave, construida a base de mampostería.
Tumbas funerarias, excavadas en la piedra, con forma de persona, un cubículo en forma de persona, con hueco de cabeza.
VILLAMIEL Nuevas inscripciones romanas de Extremadura
Obras de Solano Gálvez de San Pelayo y Villalpando, Mariano Carlos, Marqués de Monsalud, 1858-1910
—322-
"1) Ara
de granito de 0,54
m. de altura total, con base N coronamiento. La inscripción oculta una de las caras del neto, siendo las dimensiones de éstas 0,20
m. de ancho por 0,30
m. de alto. Letras altas de 0,04
m. Siglo I. A · CLA/D · M · F
A(ppius) Claud(ius) M(arci) f(ilius) Mailonus,
L(aribus) Turi(brigensibus) a(nimo) p(osuit)
l(ibens) m(erito).
Apio Claudio, hijo de Marco, Mailono, erigió de
buen grado el momumento á los lares
Turibrigenses.
Hallóse éste en la finca de Nava del Rey, perteneciente á dicho término municipal de Villamiel, en la provincia de Cáceres, por
D. Daniel Berjano, nuestro correspondiente en aquella capital, —323- habiendo el mismo descubridor dado cuenta del hallazgo en la Revista de Extremadura
copiando algunas de las letras del epígrafe, sin intentar su interpretación. Últimamente, y con plausible desprendimiento, lo ha cedido con destino al naciente
Museo de la Comisión provincial de monumentos, según consta en el acta de la sesión celebrada por la misma en 6 de Junio próximo pasado. Esperemos, que pronto ocuparán á su lado los lugares que les corresponden las lápidas de Ibahernando, conforme al
vehemente deseo de aquella celosa y dignísima Comisión Madrid, 22 de Junio de 1900." Epígrafes romanos. Son muy importantes los vestigios romanos que se han descubierto en
la zona, epígrafes, estelas funerarias o el ara votiva dedicada al Dios Salamati, máxima divinidad venerada por los
habitantes de aquella época. En el mismo museo se custodia otro epígrafe votivo que quizás date de los últimos años del siglo I. Otra de las inscripciones es funeraria
y va culminada por el típico creciente lunar, se trata de una lápida granítica realizada en los años finales del siglo II, otros fragmentario y del siglo III,
parece dedicado a Júpiter con advocación indígena. Un crecido número de inscripciones latinas halladas en Villamiel, algunas con un importante componente
indígena, hace pensar que en las cercanías de esta localidad existió un destacado núcleo de población desde los tiempos prerromanos. A lo largo del pueblo se conservan diversas
muestras de arquitectura popular de la Sierra de Gata, con sus balcones de madera, solanas o secaderos en voladizo. Villamiel resurge durante el siglo XIII al resguardo de
la encomienda del castillo de Trevejo, pedanía que aún se conserva. Presenta un notable interés el urbanismo de la villa, sus casas apiñadas en dos plazas, varias plazuelas y calles estrechas,
guarda rincones bellos y sorprendentes para el visitante. En calles como Soledad, Colón o Muralla, se observa el encanto popular del municipio. Fachadas de viviendas con interesantes escudos heráldicos.
En la Plaza Mayor, se encuentra el Ayuntamiento, con sus poyos bajo los soportales, el caserón de la familia Guillén también con poyos, el restaurado edificio
de la biblioteca, la torre de la iglesia y la cabecera de ésta. Asimismo pueden apreciarse algunas muestras de arquitectura señorial, entre las que destaca el llamado
palacio del Deán José de Jerez edificio de planta cuadrangular, con su fachada principal a base de sillería con vanos rectangulares con sus recercos resaltados,
y un escudo en lo alto con las armas del citado José de Jerez. Junto al carácter nobiliario de esta fachada principal, se puede
contraponer el aspecto popular que ofrece la fachada opuesta. orientada a los corrales de la casa. donde destaca una galería o mirador dispuesto sobre
columnas. En su conjunto el edificio data del siglo XVII. Casi enfrente de la fachada Oeste de la iglesia parroquial está el palacio del
Deán, postherreriano. En el vestíbulo hay unas muy bien conservadas laudas sepulcrales romanas. El deán don José de Jerez,
lo era de Ciudad Rodrigo, también catedrático de la Universidad de Salamanca, miembro del Consejo Real y hermano de la Cofradía del Santísimo Sacramento de Villamiel. Está
cofradía se fundó en 1610 y al año siguiente el papa le concedió una bula otorgándole un sinfín de indulgencias (esta bula se encuentra
enmarcada en el interior de la iglesia). La cofradía sigue existiendo. Sus componentes, graves y solemnes, acuden vestidos con capa española a
las ceremonias litúrgicas en honor al Santísimo. La más notable y la de mayor significado y profundidad teológica es la del Santo Encuentro el
Domingo de Resurrección. Mientras en todos los lugares del mundo cristiano tal encuentro se realiza entre sendas imágenes de la Dolorosa
y Cristo resucitado, en Villamiel, por un privilegio especial, se hace entre la Virgen del Rosario vestida de luto y, por un privilegio
especial, el Cristo vivo, real y verdaderamente presente en la Hostia consagrada que se lleva en la custodia.
El deán don José de Jerez, fue el primero de una larga serie de sacerdotes villamelanos que desde entonces ha tenido la dignidad de canónigo bien fuera en la
diócesis de Ciudad Rodrigo (a la perteneció Villamiel hasta 1958) o en la de Coria-Cáceres; estas canonjías además de los méritos personales de
quienes son elevados a esa dignidad, vienen a ser el reconocimiento de la Iglesia a un pueblo profundamente religioso, que en proporción a
sus habitantes ha dado y da a la Iglesia un número de sacerdotes difícilmente superable. Un poco más debajo de la iglesia parroquial
se encuentra la la casa del párroco; en una ventana se ve empotrado en la pared un Cristo románico que en el interior de la casa es una imagen de la Virgen; procede de un antiguo crucero.
En el dintel de la puerta de la bodega está grabado (en letras bocabajo): Felicis fecit:
lo hizo Félix. La siguiente casa o caserón, es la de los Fabián; salvo el volumen de la edificación lo curioso, casi lo morboso, es una gran piedra que
hay bajo una ventana; si el viajero tiene paciencia y curiosidad puede leer: “Aquí yace el licencia do...”
Al pasar bajo el arco del ayuntamiento y a unos diez metros mirar hacia atrás y hacia arriba a la izquierda. Encima de
una ventana verá un curioso relieve de un San Sebastián, románico, rodeado de un obispo y de un ciervo. Son restos de una desaparecida
ermita de San Sebastián que ya no existe más que en el recuerdo y la toponimia local. Iglesia de Santa
María Magdalena de Villamiel levantada a finales del siglo XVI y principios del XVII se construyó el templo, posiblemente, sobre uno primitivo; levantado a base de mampostería y sillería, con añadidos posteriores. Son muy curiosas las inscripciones que se pueden leer en uno de los muros laterales del exterior de la
iglesia. La cabecera o ábside, presenta un buen escudo del Emperador Carlos V al exterior
fue colocado allí como premio a la fidelidad de los villamelanos durante la guerra de los Comuneros 1520-1522. y al interior con una atractiva bóveda de crucería. De planta rectangular
y una sola nave formada con cuatro tramos, y la cabecera poligonal; la nave se cubre con estructura moderna que reemplaza
la antigua techumbre de madera, mientras que la cabecera tiene con una atractiva bóveda de crucería del siglo XVI. También la fábrica de muros acusa similares diferencias, mientras que la
cabecera esta constituida por sillería bien escuadrada. los muros de la nave se levantan con mampostería, de aspecto mucho más modesto En
ese interior destaca la capilla mayor, gótico tardío, con un notable Retablo Mayor de estilo barroco que ocupa todo el testero del ábside; obra realizada
entre los años 1695-1697 por el escultor de Garrovillas Juan García. Posee una notable magnitud y ornamentación vegetal muy recargada se organiza en banco, dos cuerpos
y ático. Gran riqueza decorativa tiene el entablamiento, cuya cornisa sostienen bonitos modillones curvilineos En la predella resaltan
cuatro grandes mensulones ( soportes de las columnas del primer nivel ) y paneles intermedios adornados con abultados roleos vegetalizados.
Seis columnas salomónicas (las cuatro centrales pareadas y todas coronadas por capiteles del orden corintio) separan las tres hornacinas de medio punto que
abren en el primer piso: el nicho central, mas esbelto, contuvo el antiguo manifestador ( hoy sustituido por uno metálico y
neobarroco desprovisto de interés ), y los dos laterales cobijan esculturas modernas y carentes de valor.
El segundo cuerpo es parecido al primero, pero su modulo es menor, dos huecos de medio punto acompañan un vano central rectangular y
sobreelevado, elementos estos flanqueados por seis columnas salomonicas, pareadas y de mayor altura las cuatro centrales. Preside este piso
una imagen lignaria policromada de la patrona del templo, Santa Maria Magdalena con una copa en la diestra que hace a modo de bote de perfumes; la escoltan San Juan Bautista (citada en 1727) y Santa
Bárbara, esta ultima con su torre simbólica. Dichas efigies, de carácter popular y ampulosos ropajes barrocos, se fabricaron a fines del siglo XVII o ya en el
XVIII y es posible que fueran labradas por Juan Garcia el autor de la arquitectura del retablo, que también era escultor. Conforma el ático un
edículo semicircular que enmarca un auto relieve del Padre Eterno, habitual en el coronamiento de los retablos españoles. Barrocas cornucopias vegetalizadas se
disponen por encima de la cornisa del entablamento sobre las columnas La ornamentación de este retablo mayor es muy abultada y barroca, llega a ser
agobiante y se observa un tímido intento de movimiento de planta, dado que las columnas centrales están retranqueadas para permitir una mejor adaptación al
ábside parroquial que tiene la peculiar estructura ochavada del gótico tardío del siglo XVI, en cuyos años centrales se terminó.
Este interesante retablo mayor se asentó en el año 1694, tiempo en el que se abonaron 34,5 reales que costó la madera que se trajo para aserrar el
retablo y unas piedras que se pusieron en la capilla. Sin duda labró el pedestal de canteria en el que apoya el retablo, además del altar, el maestro Andrés
Hurtado, al que se entregaron en el expresado año de 1694 160 reales "que pago a
Andrés Hurtado, maestro de canteria, por los pedestrales y altar que hizo en
dicha yglesia" El escultor Juan Garcia fue también el autor del importante Retablo Mayor de la parroquia cacereña de Ahigal, terminado a
comienzos de la decada de 1680 en cuanto a arquitectura y escultura se refiere. No obstante. el retablo de Ahigal carece de la colnmnas salomonica, sustituidas
por otras de orden gigante pero de carácter mas clasicista. Es también interesante un pequeño retablo barroco
dispuesto en la nave, que contiene una pintura con el tema americanista del Cristo de la Encina: se fabricó el retablo a mediados del siglo XVIII
y se doró en 1822. En el interior de la iglesia hay también una gran imagen de Sn Pedro Celestino (papa Celestino V)
con un pequeño relicario en la mano; patrón del pueblo desde el año 1707. en agradecimiento porque en 1699, libró a los villamelanos de una enfermedad intestinal
que causo la muerte de la quinta parte de la población. Se puede ver un Cristo Negro del gótico tardío y de historia curiosa. En el siglo XIX una dama pía y adinerada debió enternecerse del mucho tiempo
que llevaba Cristo en la cruz y se empeñó en dejarlo reposar dentro de una urna. El Cristo se bajó de la cruz, se le serraron los brazos para
dejárselos caídos, se le pintarrajeó una corona de espinas y sangre esparcido por su cuerpo; cuando se le quiso
introducir en la urna se vio que se habían tomado mal las medidas y el Cristo resultaba demasiado largo; solución: se le
cortaron los pies. Y así estuvo hasta que en época reciente; los clerigos nacidos en Villamiel, decidieron pagar
de su propio peculio una adecuada restauración. Hoy hay una lucida cofradía del Cristo Negro que en Semana Santa lo saca en procesión al son rítmico de un
tambor entre dos filas de nazarenos con sus capirotes y todo. Destacar por su belleza el cristo
negro crucificado, de madera de ébano. Cuentan también en el interior de la iglesia con unas buenas imágenes de la Inmaculada
(siglo XVII) recientemente restaurada con acierto y un Niño Jesús, muy parecido al de Praga,
Conserva la parroquia importantes piezas de platería, entre las que destacan: la custodia siglo XVII,
varios cálices siglos XVI al XIX y la tiara de filigrana de San Pedro Celestino, la imagen del Niño y la Bula sobre el Altar Mayor; y el retablo de la Sagrada Familia, en el
que está guardada una astilla original de la cruz donde murió Jesucristo Nuestro Señor. Destacar finalmente la Virgen de la Soledad, la Virgen de la
Piedad, el difunto, el Cristo crucificado y el Nazareno como cinco imágenes religiosas, cuya infraestructura y vestimenta
característica no deja a nadie indiferente. La fachada Oeste de la iglesia, la principal, está restaurada, trabajo que también se repite en
parte del interior. De las dos portadas, la más relevante es la de los pies, con un arco de medio punto y decorado con molduras y pilastras toscanas, datable en el siglo XVII.
En el lado del mediodía, junto a la cabecera. se alza la torre, también fabricada con sillería, dividida en dos cubre plintos. Tiene unas esbeltas proporciones prismáticas, rematada con una espadaña clásica de cantería y un vano de medio punto con frontón triangular.
La torre, del siglo XVII, tiene una buena traza, es un magnífico ejemplo de los buenos
canteros y maestros de obras u obregones que siempre fueron los villamelanos; el máximo exponente de estos artistas del granito fue Francisco Hernández quien en
ese mismo siglo dejó muestras de su destreza en la sacristía de la iglesia de Robleda (Salamanca) o en la iglesia mayor de Olmedo (Valladolid).
Hacia el año 1580 intervenía en la fábrica el maestro
cantero Francisco Hernández y la esbelta torre, alzada sobre la sacristía, se terminó en el año 1603. Entre los años 1685-1694 se ultimaba el último tramo de la nave y la portada
clasicista de los pies del templo se labró en el año 1731. La Ermita de la Piedad. En la calle del mismo nombre, en lo alto de la
localidad. quizá la fue la primitiva parroquia de San Sebastián. Sus orígenes datan del siglo XV, como atestiguan los arcos
apuntados que compartimentan el interior de la nave, de planta cuadrangular
cubierta mediante cúpula. En los siglos XVI y XVII se completaría la edificación mediante añadidos, como la Capilla del Cordero,
cuyo espacio se cubre con un bóveda de ladrillo dispuestos de acuerdo con el sistema popular de espina de pez.
Consta de una nave alargada configurada por cuatro tramos mediante la disposición de arcos transversales, apuntados. En el
lado del evangelio se dispone la llamada capilla del Cordero, cubierta con una bóveda de arista, con ladrillos dispuestos en espina de pez, sistema popular de
gran atractivo. Aloja la imagen barroca del Santo Cordero; escoltado por San Sebastián y San Roque.
Aunque el edificio ha sufrido diversas alteraciones pueden verse sus elementos más antiguos, propios del siglo XV, más añadidos del XVI y
posteriores Su pétreo retablo mayor es puramente clásico del siglo XVIII. La Virgen de la Piedad está guardada en un
camarín En el exterior se levanta una espadaña de cantería granítica. La ermita de Ntra. Sra. de la Soledad
data del siglo XVIII. edificio sencillo de planta cuadrangular, levantada en mampostería con sillares en las esquinas. Se cubre con cúpula sobre pechinas y
sobre la puerta de acceso se alza una pequeña espadaña de cantería granítica. Guarda una imagen de candelero de la Virgen
de la Soledad y una efigie del Cristo Yacente. Una ermita del siglo XIX en el Caserío de Fuente Arcada. La curiosa capilla neogótica de Nuestra Señora de la Oliva que se levanta en la finca Nava del Rey de finales del siglo XIX. Don Daniel Berjano era paisano y amigo del arzobispo de Toledo don Victoriano Guisasola y Menéndez a quien invitaba a pasar largas temporadas en la finca
situada en el paraje villamelano llamado la Nava del Rey dentro de la cual había levantado la hermosa ermita dedicada a Nuestra Señora de la Paz ( homenaje a su
esposa de ese nombre ) en la cual el Cardenal oficiaba misa. Parte de los ornamentos empleados por el cardenal se encuentra en la iglesia parroquial de Villamiel. En su término municipal abunda el roble, junto a encinas y alcornoques,
el fresno y el brezo, los helechos y la jara. Muchos pinos y sobre todo enormes extensiones de olivos, de donde sale uno de sus tesoros, el aceite de oliva, que
cuenta con la denominación de origen Gata- Hurdes, producto que llaman aceite de oro y que obtienen de la variedad manzanilla cacereña. Su verdadera comercialización se ha iniciado hace poco tiempo, ganando cuotas de
mercado por ser una aceite muy apreciada por sus características organolépticas de frutados, dulces y almendrados con un color entre amarillo verdoso claro al
amarillo pardo más apagado. El vino, la miel, el cabrito, el queso de cabra, los productos del cerdo de la matanza familiar, las castañas, las verduras cultivadas
en las propias huertas, han sido y siguen siendo elementos fundamentales de la gastronomía serragatina. La Sierra de Gata es un
paraíso micológico y los cocineros de la zona preparan suculentos platos con las setas. Además, el cabrito es la carne ideal para los guisos y platos
tradicionales. Otras productos son los embutidos, los quesos, las rocas de huevos, bizcochos de parias, y los aguardientes.
Además de la clásica explotación del olivo, la ganadería y la huerta, Villamiel es uno de los polos turísticos de la región, por
lo que no es de extrañar que su amplio y precioso término municipal de cabida a seis alojamientos rurales, un camping, un par de
restaurantes y varios bares. La actividad inmobiliaria también empieza a tener su cabida con una cierta oferta de venta y
rehabilitación de inmuebles a buen precio y con mejor entorno. Para saber mas acerca de las Marcas de Calidad de la región extremeña, pinchar aquí
Para conocer la normativa de las Matanzas Caseras, pinchar aquí
Está incluido dentro de la zona
Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí
Está incluido dentro de la zona Vino de la Tierra de Extremadura, para conocer mas sobre el
vino de la Tierra, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí
Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en
establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí
Para conocer el Registro de Envasadores y Embotelladores de aceite de oliva virgen extra y aceite de
oliva virgen con designación de origen de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pinchar aquí.
Su quieres conocer el panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen y la regulación de las organizaciones de operadores del sector oleícola,
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Está incluido dentro de la Denominación de Origen Aceite de Gata, para conocer mas sobre este aceite, pinchar aquí
Para conocer la Calidad de las Aguas potables, pinchar aquí
Si quieres saber sobre el Registro de Derechos de Replantación de Viñedos,
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Destaca la Semana Santa por sus procesiones, y en especial por ser sumamente conocido, el Cristo Negro. Según cuenta la leyenda, fue
traído por un soldado de la guerra de los 80 años de Flandes en el siglo XVII. Durante la invasión francesa del siglo XVIII con el objeto de proteger el Cristo fue pintado de blanco, desmembrado y
camuflado en el interior de una urna mortuoria, escondiéndose sus brazos en un doble fondo. En la década de los 80 del siglo XX, se
procedió a restaurarlo. Es este proceso se descubrió el actual Cristo tallado en madera de ébano, de un gran valor artístico y económico. La procesión del Cristo Negro
se realiza el Jueves Santo posteriormente a una misa en su honor, Plaza de Villamiel - Plazas de Toros de Cáceres Categoría de esta plaza de toros: 3º
Categoría - 1500 espectadores Inaugurada el año 1996 Av Plaza de Toros, s/n - 10893
Si quieres mas información sobre las Fiestas de Extremadura, pincha aquí
Si
te interesan las Plazas de Toros de Extremadura y la Normativa sobre espectáculos taurinos, pincha aquí
Villamiel, como el resto de la comarca de Gata, invita a sus visitantes a realizar senderismo y conocer sus bellos
paisajes y recursos naturales. Asimismo, les invita a degustar sus excelentes productos típicos, que algunos
cuentan con la denominación de origen, como el aceite de oliva virgen extra "Gata- Hurdes". Virgen de
Navelonga - Embalse de Abastecimiento - Cáceres Desde Trevejo y Villamiel, por la carretera local que une estos pueblos con San
Martín de Trevejo, entre frondosos bosquetes de robles y castaños. Desde lo alto avistamos el paraje conocido por "Val de Xálima" o de "Os Tres Lugaris". Sa
Martín de Trevellu, As Ellas y Balberdi do Fresno es como denominan a las localidades de este valle sus habitantes en el dialecto de la Fala. Sus orígenes, hoy todavía discutidos, emanan del Galaico-Portugués o Astur-Leonés. Lengua transmitida de forma oral de generación en generación, se
encuentra hoy plenamente viva entre los habitantes del lugar. Hay incluso matizaciones entre la forma de hablar de unos pueblos y otros; así en Sa Martín
se fala "manhegu", en Eljas "lagarteiru" y en Valverde del Fresno "balberdeiru".
DOE num. 233 lunes, 05 de diciembre 2016 Corredores Ecológicos y de Biodiversidad.-
Decreto 190/2016, de 29 de noviembre, por el que se declara el Corredor Ecocultural "Camino de Trevejo a Jálama".
Con fecha 11 de febrero de 2015 y con fecha 5 de marzo de 2015, el Ayuntamiento de San Martín de Trevejo y el Ayuntamiento de Villamiel, respectivamente, solicitan
la declaración de la calzada empedrada que une Trevejo con el Puerto de Santa Clara y desde allí a la subida al Pico Jálama como Corredor Ecocultural.
Este antiguo camino histórico, empedrado en largos tramos y en su totalidad de carácter público, enlaza la pedanía de Trevejo con las localidades de Villamiel
y San Martín de Trevejo y continúa su recorrido hasta la cima del Pico Jálama, atravesando en casi todo su recorrido territorios incluidos dentro de la Red
Natura 2000, concretamente en la ZEPA “Sierra de Gata y Valle de las Pilas” y el ZEC “Sierra de Gata”. También merece destacar que tanto Trevejo como San Martín de Trevejo cuentan con
la declaración de Bien de Interés Cultural con la categoría de Conjunto Histórico. Casi la totalidad del recorrido discurre por caminos empedrados de origen
medieval con un elevado riesgo de deterioro por el acceso de vehículos rodados. Su anchura, en muchos de los tramos se reduce a 2,5 metros, una tipología de
calzada casi inexistente en el resto de la región. Al principio de su recorrido atraviesa una de las formaciones de roble melojo o
rebollo (Quercus pyrenaica) que caracterizan los bosques del Sistema Central, alternando con paisajes antrópicos muy ligados a la cultura local, especialmente
en las inmediaciones de los núcleos urbanos, como es el caso de bancales bien conservados de huertos, olivares, viñas y praderas. El ecoitinerario continúa hacia el Castañar del Soto, “O’Soitu”, en el término de San Martín de Trevejo, el castañar más representativo de Sierra de Gata de más
de 100 hectáreas, donde se encuentran además los Castaños del Cobijo o de Ojesto, incluidos en la Red de Áreas Protegidas de Extremadura como Árboles Singulares.
En particular atraviesa rodales de acebo, de mostajo o de olmo de montaña, pudiéndose observar también numerosas herbáceas de interés o protegidas como
Paradisea lusitanica, Narcissus pseudonarcissus o Lilium martagon. El verdadero protagonista de la cumbre del Jálama es el piorno serrano (Cytisus
oromediterraneus sin. C. purgans), junto a elementos significativos como Viola langeana, definidor de la influencia occidental-oceánica en estas sierras, o
Hispidella hispanica, ambas incluidas en la categoría “De interés especial” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. No es raro tampoco,
junto al camino y cercano a los arroyos que lo atraviesan, observar al lagarto verdinegro, la salamandra y la rana patilarga o ibérica, además de otras
especies faunísticas como el halcón abejero, el trepador azul o el pico picapino. Finalmente, enlaza con la cima del Pico Jálama, área donde se extienden amplias
manchas del característico matorral almohadillado denominado “cambrión” (Echinospartium ibericum). La incorporación de este Corredor Ecocultural dentro de la Red de Áreas Protegidas
de Extremadura permitirá potenciar la conservación de los valores naturales y paisajísticos, a la vez que revalorizar los valores culturales y patrimoniales de los lugares por
los que transita. En la disposición adicional única se autoriza la inclusión en la Red de Áreas Protegidas de la Reserva de la Biosfera Transfronteriza Tajo-Tejo Internacional cuya declaración
fue aprobada durante la 28.ª Sesión del Consejo Internacional de Coordinación del Programa El Hombre y la Biosfera (MaB) de la UNESCO (CIC-MAB), celebrada en Lima, Perú, los
días 18 y 19 de marzo de 2016 y publicada en el Boletín oficial del Estado núm. 198, de 17 de agosto de 2016. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas
Agrarias y Territorio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de noviembre de 2016,
DISPONGO : Artículo 1. Declaración. Se declara el Corredor Ecocultural “Camino de Trevejo a Jálama”, que une las
localidades de Trevejo, Villamiel y San Martín de Trevejo y continúa hasta la cima del Pico Jálama.
Artículo 2. Ámbito territorial. El Corredor Ecocultural “Camino de Trevejo a Jálama” tiene una longitud de 14,75 kilómetros que
se corresponden con las referencias indicadas en el Catálogo de Caminos Públicos de Extremadura de 2005 y el sendero de subida al pico Jálama que se detallan en el
Anexo I del presente decreto. El mapa de su delimitación geográfica se recoge en el Anexo II del presente decreto. Disposición adicional única. Red de Áreas Protegidas
de Extremadura. De acuerdo con lo previsto en el artículo 30.3 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura, se autoriza
la inclusión en la Red de Áreas Protegidas de los siguientes espacios: — El territorio español incluido dentro de la Reserva de la Biosfera
Transfronteriza Tajo-Tejo Internacional. Disposición final única. Entrada en vigor. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura. Mérida, 29 de noviembre de 2016. El Presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernandez Vara
La Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, Begoña García Bernal ANEXO I Relación de tramos del corredor identificados en orden partiendo desde Trevejo y
llegando a Jálama. Se incluye el numero de matrícula del tramo del camino, de acuerdo al Catálogo de Caminos Públicos de Extremadura de 2005. Las coordenadas
están referidas al sistema de referencia ETRS89 en H30. Término Municipal de Villamiel
Orden Matrícula X Y Término Municipal de San Martín de Trevejo Orden Matrícula X Y ANEXO II MAPA DEL CORREDOR ECOCULTURAL “CAMINO DE TREVEJO A JÁLAMA”
D.O.E. Nº 168 de 29/08/2008 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Vías pecuarias.-Anuncio de 22 de agosto de 2008 sobre exposición pública del comienzo de operaciones de deslinde
de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de Salamanca", en los términos municipales de San Martín de Trevejo y Villamiel
DOE núm. 85, Miércoles, 6 de mayo de 2009 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Vías pecuarias.- Anuncio de 16 de abril de 2009 sobre exposición pública de comienzo de
operaciones de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de San Blas" en la divisoria de los términos municipales de Hoyos y Villamiel.
Vías pecuarias.- Anuncio de 16 de abril de 2009 sobre exposición pública de comienzo de operaciones de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de San Blas"
en la divisoria de los términos municipales de Acebo y Villamiel. DOE Núm.: 113 Lunes, 15 de junio de 2009 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Vías pecuarias.- Resolución de 21 de mayo de 2009, del Consejero, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de Salamanca", tramo: todo
su recorrido por la divisoria de los términos municipales de San Martín de Trevejo y Villamiel. La Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural en virtud de las
atribuciones conferidas en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, y el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y el Decreto
195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior, ha llevado a cabo el procedimiento de deslinde de la vía pecuaria denominada “Cañada Real de Salamanca”. Tramo: Por
la divisoria de los términos municipales de San Martín de Trevejo y Villamiel. Provincia de Cáceres.
Examinado el expediente de deslinde instruido y tramitado por la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, se procede con arreglo a
los siguientes: HECHOS Primero. El expediente de deslinde de la vía pecuaria mencionada fue iniciado por acuerdo de 22 de agosto de 2008, y se ha seguido por los trámites
oportunos, hasta llegar a la propuesta de resolución. Segundo. Los trabajos materiales del deslinde, previos los
anuncios y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron con fecha 30 de septiembre de 2008. Tercero. Redactada la propuesta de deslinde por el Representante
de la Administración, ésta se somete a información pública durante el plazo de treinta días, previamente anunciada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 29, de 12 de febrero de
2009. En el plazo establecido al efecto, se presentaron escritos de alegaciones por parte de Tesorería General de la Seguridad Social, D. Juan Ignacio de Torres-Peralta García, D. Francisco
Javier Hernández Galván, D. Jesús Asensio Baile, D.ª Felipa Bermejo Ladero, D.ª Petra González Ladero, D.ª Purificación Ladero Ladero y D.ª Vicenta Magro Teniente; a quienes se informó
desfavorablemente. En sus alegaciones indicaban, de forma resumida: Por parte de la T.G.S.S. — Las parcelas 396 y 398 del polígono 3 del término de San
Martín de Trevejo, se ven invadidas por el nuevo trazado de la Cañada y del término municipal, que no se corresponde con el que figura en catastro. No se ha encontrado documentación
en el expediente que ampare la modificación. Por parte de D. Juan Ignacio de Torres-Peralta García. — El eje de la vía (linde de los términos municipales), está
determinado con el punto de referencia n.º 10.027; no constando su existencia, habrá de modificarse el eje de la Cañada, tomando como tal el punto resultante de la unión en línea recta de los
puntos 10.026 y 10.028. — La mayoría de las estacas que figuran en el plano, no existen sobre el terreno.
Por parte de D. Francisco Javier Hernández Galván. — Que en el croquis que se le adjunta, la Cañada absorbe su
propiedad totalmente; no está de acuerdo porque desde donde se encuentra el mojón únicamente se toma su propiedad, debiendo coger a las dos partes.
Por parte de D. Jesús Asencio Baile, D.ª Felipa Bermejo Ladero, D.ª Petra González Ladero, D.ª Purificación Ladero Ladero y D.ª Vicenta Magro Teniente.
— Que no se encuentra de acuerdo con la modificación de la delimitación de la Cañada, pues antes era otro trazado.
Cuarto. Las operaciones de deslinde se han ajustado estrictamente a los Proyectos de Clasificación de las vías pecuarias de los correspondientes términos
municipales. A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes: FUNDAMENTOS DE DERECHO 1.º. En la tramitación del procedimiento se han observado todos
los preceptos legales que le son de aplicación según lo previsto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Reglamento de Vías Pecuarias incluido en el Decreto 49/2000,
de 8 de marzo, y la demás de la legislación que le resulta aplicable. 2.º. La vía pecuaria denominada Cañada de Salamanca, se describe
en el Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de San Martín de Trevejo, aprobada por Orden Ministerial de 29 de julio de 1969, la cual fue publicada
en el BOE de 27 de agosto de 1969. Y la vía pecuaria denominada Cañada Real de Salamanca, se describe en el Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de
Villamiel, aprobado por Decreto de 4 de abril de 2000, el cual fue publicado en el DOE de 11 de abril de 2000.
3.º. En cuanto a la justificación de la desestimación de las alegaciones: Las presentadas por la T.G.S.S.
El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo que trata del inventario de la riqueza territorial y no da fe del dominio y demás derechos reales
inmobiliarios. Es habitual que aparezcan parcelas catastrales a nombre de desconocidos, o basadas en la apariencia física, sin investigación alguna acerca de su configuración jurídica.
Así mismo, la extensión de una finca en catastro no es prueba, conforme a Derecho, de la realidad de su cabida, y por tanto de sus verdaderos lindes.
Las presentadas por D. Juan Ignacio de Torres-Peralta García. El punto 10.027 es tomado como referencia, al observar sobre el
mismo, las mismas señales en forma de cruz que en el resto de las piedras que fueron marcadas históricamente para determinar el límite entre términos municipales. Dicho mojón fue
examinado por los ingenieros encargados de efectuar el deslinde, por los topógrafos encargados de realizar la labor de estaquillado, así como por los prácticos del lugar que acudieron
con los mismos y que conocían la existencia de dicho hito. Las presentadas por D. Francisco Javier Hernández Galván:
El mojón aludido en el escrito de alegaciones no es hito histórico, careciendo de la homogeneidad encontrada en la totalidad de los que determinan el límite de
términos, encontrándose en dicho elemento únicamente marcas recientes. Los puntos tomados como referencia, además se encuentran en
límite de vertientes, línea que marca la divisoria de términos; de otra manera el eje se desplazaría hacia la ladera, penetrando en el término municipal de San Martín de Trevejo o de
Villamiel. Las presentadas por D. Jesús Asencio Baile, D.ª Felipa Bermejo Ladero, D.ª Petra González Ladero, D.ª Purificación Ladero Ladero y D.ª Vicenta Magro
Teniente: El trazado de la Cañada viene establecido en los proyectos de clasificación; Orden de fecha 29 de julio de 1969 (San Martín de Trevejo); Decreto de fecha 4 de
abril de 2000 (Villamiel); como disponen los artículos números 7 respectivamente, de la Ley de Vías Pecuarias 3/1995, como del Decreto 49/2000, por el que se aprueba el Reglamento de
vías pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al establecer que la clasificación es el acto administrativo, de carácter declarativo que determina, entre otras
características de la vía, el trazado. Al existir hitos que marcan la divisoria de ambos términos, son éstos los que referencian el eje del camino, en consonancia con lo establecido en los actos
de clasificación, sin perjuicio de que la pared de piedra referida continúe en la situación marcada en el proyecto.
Se ha tomado la división de términos como eje de la Cañada, de conformidad con la documentación que obra en el expediente y con el examen directo del terreno,
por los técnicos, asistidos de prácticos del lugar. El acto administrativo de deslinde debe ajustarse por imperativo
legal a lo establecido en el acto de clasificación. Vista la propuesta de resolución de deslinde de la “Cañada Real
de Salamanca”, en el recorrido descrito, elevada por el Representante de la Administración. En su virtud, y en uso de mis atribuciones legales,
DISPONGO : Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada “Cañada Real de Salamanca”.
Tramo: Por la divisoria de ambos términos municipales de San Martín de Trevejo y Villamiel. Provincia de Cáceres.
Frente a este acto, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Agricultura y
Desarrollo Rural, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación conforme
al artículo 116 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a partir del día siguiente
a la publicación en el DOE. Mérida, a 21 de mayo de 2009. El Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural, Juan Maria Vazquez Garcia
DOE núm. 5 Lunes, 11 de enero de 2010 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Vías pecuarias.- Resolución de 1 de diciembre de 2009, del Consejero, por la que se
aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de San Blas", tramo: divisoria de los términos municipales de
Acebo y Villamiel. La Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, y el Reglamento de Vías Pecuarias de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y el Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior, ha llevado a cabo el
procedimiento de deslinde de la vía pecuaria denominada “Cañada Real de San Blas, tramo: divisoria de términos municipales de Acebo y Villamiel (Cáceres).
Examinado el expediente de deslinde instruido y tramitado por la Dirección General de Desarrollo Rural, se procede con arreglo a los siguientes:
HECHOS Primero. El expediente de deslinde de la vía pecuaria mencionada fue iniciado por acuerdo de 16 de abril de 2009, y se ha seguido por los trámites oportunos,
hasta llegar a la propuesta de resolución. Segundo. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron con fecha 9 de junio de 2009.
Tercero. Redactada la propuesta de deslinde por el Representante de la Administración, ésta se somete a exposición pública durante el plazo de treinta días,
previamente anunciado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 156, de 13 de agosto de 2009. En el plazo establecido al efecto no se presentaron alegaciones.
Vista la propuesta de deslinde de la Cañada Real de San Blas, tramo: en el recorrido descrito, elevada por el Representante de la Administración.
En su virtud y en uso de mis atribuciones legales, y a propuesta del Representante de la Administración,
RESUELVO : Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada “Cañada Real de San Blas, tramo: divisoria de términos municipales de Acebo y Villamiel (Cáceres).
Frente a este acto que pone fin a la vía administrativa puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Agricultura y
Desarrollo Rural, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 116 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el
Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación en el DOE.
Mérida, a 1 de diciembre de 2009. El Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural, Juan Maria Vazquez Garcia
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Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables: DOE núm 52 MARTES, 7 DE MAYO DE 1996 CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA
Minas.- Anuncio de 19 de abril de 1996, por el que se convoca concurso de terrenos francos de la provincia de Cáceres.
9.637-2.-«Mercedes V», Sección C, 190 cuadrículas y 4 demasías, Eljas, Villamiel y Valverde del Fresno;
9.637-3.-«Mercedes VI», Sección C, 108 cuadrículas y 4 demasías, Valverde del Fresno y Villamiel;
Mérida, 19 de abril de 1996.–El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso Perianes Valle.
DOE núm 117 MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 1996 CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA Minas.- Anuncio de 20 de septiembre
de 1996, por la que se declaran terrenos francos y registrables. La Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas de la Junta de Extremadura hace saber:
Que como consecuencia del Concurso de Registros Mineros convocado por resolución de esta Dirección General de fecha 19 de abril de 1996, publicado en el D.O.E.
N.º 52, de 7 de mayo, y resuelto por el Servicio de Administración Industrial, Energía y Minas en Cáceres, con fecha 9 de julio de 1996, han quedado francos y
registrables, en la superficie que se indica, el terreno afectado por los dominios mineros que a continuación se relacionan, con expresión de número,
nombre, superficie, recursos y términos municipales: 9.637-2.-«MERCEDES V», Sección C, 190 cuadrículas y 4 demasías, Eljas, Villamiel y Valverde del Fresno;
9.637-3.-«MERCEDES VI», Sección C, 108 cuadrículas y 4 demasías, Valverde del Fresno y Villamiel; Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el art. 73 del Reglamento General para el
Régimen de la Minería (BOE n.ºre de 1978), declarando francos y registrables los terrenos antes indicados, admitiéndose nuevas
solicitudes sobre los mismos, a partir de los ocho días siguientes al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura. Mérida, 20 de septiembre de
1996.–El Director General, Alfonso Perianes Valle APATITO, pertenece a la clase de los fosfatos, su nombre
se deriva de la palabra griega "engañar" pues las variedades gemas fueron confundidas con otros minerales. Los primeros ejemplares de apatito
en los que se detectó la presencia de fluor (Fluorapatito) procedían de Logrosán (Cáceres) y fueron descritos por Proust y posteriormente por
Pelletier y Donadieu como "piedra fosfórica de Extremadura".
Su color es de tonalidades verdosas o pardas, también azul, violeta o pardas. De transparente a traslúcido y su brillo es vítreo a céreo
Forma de presentarse: En cristales de hábito marcadamente prismáticos, cortos o tabulares, terminados a veces en pirámides. También en masas granulares o compactas.
Empleo: Como fertilizante sobre todo cuando aparece como Fosforita (roca en forma de masas terrosas o reniformes criptocristalinas concrecionadas,
constituida por Carbonoapatito y Francolita, con formas coloidales de Colofana).
Su formula quimica es: Ca5(PO4)3(F,Cl,OH)
JAMESONITA, nombre en honor del mineralogista inglés Robert Jameson (1774-1854). Pertenece a la clase de los
sulfosales, color gris de acero y brillo metálico.
Habito o presentación: En cristales aciculares o en forma de capilares. Fibroso o macizo y compacto.
En Villamiel se presenta como fragmentos exfoliados fibrosos Utilización: Mena de plomo y antimonio
Su formula química es: Pb4FeSb6S14
MALAQUITA, deriva de la palabra griega "malache"
que significa malva, por alusión a su color verde. Pertenece a la clase de los carbonatos
Su color es de distintas tonalidades de verde y su brillo es sedoso, diamantino o mate
Habito, se presenta en masas botroidales y estalactíticas o en costras de color débil, con estructura fibroso radiada o capas concéntricas.
Estalactítica o compacta terrosa. Muy rara vez en cristales. En Villamiel se presenta asociada a la galena Empleo Como mena de cobre. Ciertas variedades
han sido empleadas como material ornamental y mineral gema.
Su formula quimica es: Cu2+2(CO3)(OH)2
RESTAURANTES
Situación del Municipio
Datos del Ayuntamiento
Historia
Recinto amurallado
Monumentos
Gastronomía
Fiestas
Turismo
Minerales
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927 51 30 55
927 14 40 70
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M A I L O
NVS · L · T
VRI · A · P
L · M
Tipo: Coto Consorciado
Término municipal : Villamiel
Especies principales : ciprínidos
Cupo de capturas : 25
Periodo : todo el año
Días hábiles : todos
Permisos para socios y ribereños : ilimitados
Permisos resto de pescadores : ilimitados
Centro de expedición : Bar Las Conchas, Villamiel