Bienes Culturales Extremadura VII

 

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D.O.E. Nº 25 de 04/04/1991

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Resolución de 12 de marzo de 1991, por la que se ha acordado tener por incoado expediente de declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico a favor de la localidad de San Martín de Trevejo (Cáceres).

Seguido expediente en la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura, a efectos de la posible Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico, a favor de la localidad de San Martín de Trevejo (Cáceres).

Vistos los art. diez y once de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el artículo 12.1 del Real Decreto 111/86, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y demás disposiciones de general aplicación.

Esta Consejería de Educación y Cultura, en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas, HA ACORDADO:

Primero.-Tener por incoado expediente de Declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Histórico, a favor de la localidad de San Martín de Trevejo (Cáceres).

Segundo.-La descripción del Bien objeto de este expediente figura como anexo de la presente disposición.  Se ha delimitado la zona afectada por el expediente incoado, en cuanto que puede repercutir en la contemplación y puesta en valor del posible Conjunto, cuyos límites figuran en el anexo de la presente disposición.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de San Martín de Trevejo que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, anteriormente citada, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales zonas precisarán, en todo caso, autorización de esta Consejería de Educación y Cultura.

Quinto.-Publíquese esta Resolución en el B.O.E. y D.O.E.; y una vez completo el expediente, que se abra un período de información pública.

El Consejero de Educación y Cultura, Jaime Naranjo Gonzalo

Ilmo. Sr. Director General de Patrimonio Cultural.

ANEXO QUE SE CITA

Descripción del Conjunto Histórico de la localidad de San Martín de Trevejo (Cáceres)

La localidad de San Martín de Trevejo, se encuentra al N.O. de la provincia de Cáceres, en la Comarca de Gata, junto a la Sierra del Jalama.

Existen vestigios romanos dispersos en su término municipal, habiéndose encontrado una estela funeraria de la Edad del Bronce, lo que atestigua un cierto florecimiento cultural en tiempos prehístóricos, teniendo esta zona notable importancia durante los siglos XII y XIII con ocasión de la Reconquista de la Alta Extremadura, pasando la mayor parte del territorio a manos de la Orden Militar de Alcántara.

Arquitectura popular

A lo largo y ancho de todo el casco antiguo de San Martín de Trevejo y dada la topograña del terreno, pueden verse calles empinadas con los lógicos escalonamientos de muros, balconadas y tejados. Por el medio de sus calles pueden verse las «regateras», por donde se canaliza el agua.

La arquitectura popular, suele caracterizarse por la disposición generalizada de fachadas con muros de piedra en su parte inferior, dos pisos altos en voladizo sobre fuertes canecillos de madera, con sus paredes revocadas y encaladas o de adobes con entramado de madera.

Las calles disponen de elevadas escalinatas graníticas para acceso al primer piso, adentrándose hacia el medio de la vía pública con sus peldaños. Desde el primer piso la fachada se adelanta, sosteniéndose sobre fuertes mensulones de madera, con sus bordes labrados, formando modillones y otras figuras, como pueden ser cabezas y rostros humanos, como ocurre en la calle José Antonio. El piso más alto, suele contar con balcón corrido con balaustres de madera; en lo más alto se enmarca la casa con un pronunciado alero formado por tablas y maderas.

La proporción entre las casas con sus fachadas revocadas y las que tienen entramado de madera, se halla muy igualada, siendo las más atractivas las de madera; utilizándose adobe o ladrillo para conformar los muros entre los cuarterones y torna­puntas de madera. Junto a las puertas de acceso a las viviendas, suelen abrirse grandes portalones que comunican con alguna dependencia agropecuaria.

Arquitectura religiosa

Cabe destacar la Iglesia Parroquial de San Martín de Tours, edificio del siglo XVIII, que se constituye por tres naves con muros de sillería y sillarejo. En las afueras del pueblo se halla la Ermita del Nazareno, obra del siglo XVIII; y algo más alejada la Ermita de la Cruz, de los siglos XVII y XVIII, obra popular en la que destaca su pórtico, de columna granítica cubierto con estructura de madera. Algo alejado de la población, puede verse el gran volumen del antiguo convento de San Miguel, del siglo XV, aunque sus restos mejor conservados pertenezcan al período comprendido entre los siglos XVI y XVIII.

Otros edificios singulares

Existe gran concentración de muestras de arquitectura popular, y algunos edificios de relativa monumentalidad y refinamiento, entre los que se destaca: En la calle José Antonio, n.°- 7, una portada de atractivo destacado, constituido por piezas de granito muy bien labradas, con un perfil moldurado y casetones con veneras rehundidas; la Casa Rectoral, en la calle Batueca, constituida con sillares bien labrados, abriéndose una portada con un gran dintel sobre zapatas, en el que se halla labrado un arco conopial con venera en el vértice e inscripción de CASA RECTORAL, en el centro; mayores proporciones tiene el edificio situado en la calle General Mola, con gran fachada de sillería, ventanas y balcones adintelados, pronunciada cornisa y escudo en el centro, en el que se presentan las armas de la familia. En la calle 18 de julio se alza una gran mansión con llamativas balconadas en sus tres pisos altos, por debajo de los cuales transcurren sendos frisos de granito. Pero la mayor concentración de edificios de estas características y el mayor atractivo ambiental radica en la Plaza Mayor, de trazado cuadrangular; en dos de sus lados se abren amplios soportales constituidos por estructuras adinteladas, de madera en su mayor parte, descansan sobre fuertes y recios pilares graníticos con grandes zapatas del mismo material. En el medio de la plaza existe una fuente pilar, grabada en 1888; un ángulo de la Plaza está ocupada por una torre granítica, del siglo XVI, que hace las veces de campanario para los oficios religiosos y símbolo del viejo poder municipal; un alfiz quebrado recorre su parte media, debajo del cual, figura un escudo con las armas de Carlos V Muy atractivo es también el edificio conocido como Casa Residencial de los Comendadores, situada frente a los soportales de la Plaza Mayor, con ventanas adinteladas y puertas de medio punto con largas dovelas, todo ello abierto en su dilatada fachada de sillería.

Delimitación del entorno afectado

Forman el conjunto los inmuebles (calles, edificios, solares, etc., privados y públicos) comprendidos en el interior del pavimento trazado por las calles que se relacionan a continuación, así como los que den fachada a cualquier lado de ellas.

Al Oeste. La calle General Mola, calle Capitán Luna y la llamada Entrada del Fuerte y calle Barrionuevo.

Al Norte. Avenida de Portugal, calle San Sebastián, el tramo final de la calle de la Fuente, calleja del Puerto y el tramo final de la calle Héroes del Alcázar.

Al Este. Calle Millán Astray y calle de la Guardia Civil.

Al Sur. Calle José Antonio, calle General Yagüe y calle Concepción.

D.O.E. Nº 36 de 27/03/2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Decreto 45/2001, de 20 de marzo, por el que se declara Bien de Interés Cultural la "A Fala".

La Consejería de Cultura mediante Orden de 14 de junio del 2000 (D.O.E. n.º 125, de 28 de octubre), resolvió la incoación del expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural a favor de la «A Fala».

Solicitados informes de dos de las Instituciones consultivas de la Comunidad de Extremadura (Real Academia de las Letras y las Artes y Departamento de Artes de la Facultad de Filosofía y Letras, de la Universidad de Extremadura, según se establece en el art. 4 de la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, Ley 2/1999, antes mencionada); publicada y notificada la Orden por la que se acuerda la incoación del expediente a los Ayuntamientos interesados y al Registro de Bienes de Interés Cultural, y abriéndose un periodo de información pública, mediante Orden de 30 de octubre del 2000 (D.O.E n.º 133, de 16 de noviembre). Cumpliéndose, por tanto, todos los trámites preceptivos en la instrucción del expediente.

De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Extremadura, y en la Sentencia n.º 17, de 31 de enero de 1991, emitida por el Pleno del Tribunal Constitucional, corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia para emitir la Declaración formal como Bien de Interés Cultural.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1, apartado 13, del Estatuto de Autonomía de Extremadura; artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura; a propuesta del Consejero de Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 20 de marzo del 2001.

D I S P O N G O

ARTICULO ÚNICO.–Se declara Bien de Interés Cultural la «A Fala», habla viva que existe en el Valle de Xálama y más en concreto en las localidades de San Martín de Trevejo, Eljas y Valverde del Fresno como se describe:

Habla viva que es preciso promover, intensificando su conocimiento tanto en la vertiente histórica como en la de su actualidad.

Desde el punto de vista histórico, «A Fala» se relaciona con la diversidad de dialectos románicos peninsulares que, a través de los sucesivos fenómenos migratorios, constituyeron este riquísimo tesoro patrimonial.

Hace falta seguir insistiendo, sin apasionamientos apriorísticos alejados de toda discusión científica, en sus orígenes y en el diverso acarreo cultural que condujo a la actual situación (la influencia medieval, la astur-leonesa, la del portugués dialectal convecino y la del castellano). Para ello siguen resultando necesarios estudios parciales de los que hoy en buena medida carecemos, ya que, si bien podemos decir que una localidad como San Martín de Trevejo es relativamente bien conocida, no ocurre lo mismo con Eljas y Valverde del Fresno.

En este plano histórico sería fundamental acometer, por poner un ejemplo, un análisis detallado de la toponimia menor.

Pero aunque resulte muy importante conocer los orígenes y las distintas etapas históricas, no podemos ceñirnos a considerar «A Fala» como una reliquia exclusiva de la Arqueología Lingüística. Si hemos de destacar un aspecto, es precisamente el de su supervivencia frente a las dificultades históricas y su afán actual de persistir en armónica convivencia con la lengua común de todos los españoles.

En este sentido, «A Fala» forma parte del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, siendo necesario que las distintas Instituciones y Administraciones Públicas coordinen sus actividades para garantizar su defensa y protección de modo que «Lagarteiru», «Mañegu» y «Valverdeiru» sigan siendo una realidad mientras sus hablantes así lo quieran. Y se han citado precisamente las tres modalidades, porque es preciso ser conscientes de que, aún teniendo un mismo tronco lingüístico, encierran diferencias que en ningún momento impiden, sin embargo, la intercomunicación entre los hablantes.

Las lenguas no deben imponerse ni restringirse en su uso desde los poderes políticos o culturales, pese a que haya sido una constante tentación en todos los momentos de la historia.

Por el contrario, las Instituciones han de tener como única misión el velar por su mayor conocimiento y por facilitar su libre difusión.

La lengua pertenece a los hablantes, «A Fala» pertenece a los habitantes de estas tres localidades y han de ser ellos los que digan cómo desean practicarla, en qué medida y con qué limitaciones.

Y no puede dejar de reconocerse en este ámbito la gran importancia e influencia que las diversas Asociaciones que existen en la zona, llenas de dinamismo y entusiasmo, han ejercido con el fin de proteger el Patrimonio Lingüístico y en suma el Patrimonio Cultural.

DISPOSICIÓN ADICIONAL.–Comuníquese el presente Decreto al Ministerio de Cultura, a efectos de su anotación definitiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.

DISPOSICIÓN FINAL.–El presente Decreto entrará en vigor al mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 20 de marzo de 2001. El Presidente de la Junta de Extremadura, Juan Carlos Rodriguez Ibarra

El Consejero de Cultura, Francisco Muñoz Ramirez

D.O.E. Nº 125 de 28/10/2000

CONSEJERÍA DE CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Orden de 14 de junio de 2000, por la que resuelve incoar el expediente para declaración de "A Fala" como bien de interés cultural.

Es necesario destacar la existencia de una realidad cultural de Extremadura tan innegable como «A Fala», el habla viva que existe en el Valle de Jálama y más en concreto en las localidades de San Martín de Trevejo, Eljas y Valverde del Fresno.

Como habla viva es preciso posibilitar la intensificación de su conocimiento tanto en la vertiente histórica como en la de su actualidad.

Es evidente que desde un punto de vista histórico, «A Fala» se relaciona con la diversidad de dialectos románicos peninsulares que, a través de los sucesivos fenómenos migratorios, constituyeron este riquísimo tesoro patrimonial. Hace falta seguir insistiendo, sin apasionamientos apriorísticos alejados de toda discusión científica, en sus orígenes y en el diverso acarreo cultural que condujo a la actual situación (la influencia gallega medieval, la astur-leonesa, la del portugués dialectal convecino y la del castellano). Para ello siguen resultando necesarios estudios parciales de los que hoy en buena medida carecemos. Sí podemos decir que una localidad como San Martín es relativamente bien conocida, no ocurre lo mismo con Eljas y Valverde. En este plano histórico sería fundamental acometer, por poner sólo un ejemplo, un análisis detallado de la toponimia menor.

Pero aunque resulte muy importante conocer los orígenes y las distintas etapas históricas, no podemos ceñirnos a considerar «A Fala» como una reliquia exclusiva de la arqueología lingüística. Si hemos de destacar un aspecto es precisamente el de su supervivencia frente a las dificultades históricas y su afán actual de persistir en armónica convivencia con la lengua común de todos los españoles. Por eso su necesidad de defensa y de protección, de modo que lagarteiru, mañegu y valverdeiru sigan siendo una realidad mientras sus hablantes así lo quieran. Y he citado precisamente las tres modalidades porque es preciso ser conscientes de que aun teniendo un mismo tronco lingüístico, encierran diferencias que en ningún momento impiden, sin embargo, la intercomunicación entre los hablantes.

Las lenguas no deben imponerse ni restringirse en su uso desde los poderes políticos o culturales, pese a que haya sido una constante tentación en todos los momentos de la Historia. Por el contrario, las Instituciones han de tener como única misión el velar por su mayor conocimiento y por facilitar su libre difusión. La lengua pertenece a los hablantes, «A Fala» pertenece a los habitantes de estas tres localidades y han de ser ellos los que digan cómo desean practicarla, en qué medida y con qué limitaciones. No puede dejar de reconocerse, en este ámbito, la gran importancia que las diversas asociaciones que existen en la zona, llenas de dinamismo y entusiasmo, han ejercido con el fin de proteger el patrimonio linguístico y en suma, el patrimonio cultural.

Por ello el Consejero de Cultura, en base a las atribuciones concedidas por el art. 7.2 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

RESUELVE

Reconocer y proteger como bien relevante del Patrimonio Histórico y Cultural Extremeño a «A Fala». Y en consecuencia incoar el correspondiente expediente para su declaración como Bien de Interés Cultural.

La presente Resolución deberá ser remitida a los Organos Asesores correspondientes previstos en el art. 4 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a fin de que emitan el correspondiente informe y al Diario Oficial de Extremadura y al Boletín Oficial del Estado para su publicación y apertura del correspondiente plazo de información pública.

Mérida, a 14 de junio del 2000. El Consejero de Cultura, Francisco Muñoz Ramirez

D.O.E. Nº 133 de 16/11/2000

CONSEJERÍA DE CULTURA

Información pública.- Orden de 30 de octubre de 2000, por la que se abre periodo de información pública, en el expediente de declaración de bien de interés cultural a favor de la "A Fala".

En cumplimiento de lo establecido en la Orden de 14 de junio del 2000, por la que se resuelve la incoación del expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural a favor de la «A Fala» habla de valor lingüístico, histórico y cultural relevante para Extremadura, de las localidades de San Martín de Trevejo, Eljas y Valverde del Fresno todas ellas comprendidas en el Valle del Jálama de la Provincia de Cáceres.

D I S P O N G O

Abrir un periodo de información pública en expediente de declaración del referido Bien de Interés Cultural, a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y aducir lo que estimaren oportuno durante el plazo de un mes, según se establece en el art. 7.4 de la Ley 2/1999 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, en la Oficina de la Consejería de Cultura, Dirección General de Patrimonio Cultural, sita en la calle Almendralejo n.º 14, de Mérida (Badajoz), de 9 a 14 horas.

Mérida, a 30 de octubre de 2000.–El Consejero de Cultura,Francisco Muñoz Ramirez

D.O.E. Nº 26 de 03/03/2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Orden de 22 de enero de 2001, por la que se pone fin al expediente administrativo, acordando la procedencia declaración como bien de Interés Cultural a favor de la "A Fala".

En virtud de las competencias en materia de Patrimonio Cultural, Histórico-Arqueológico, Monumental, Artístico y Científico de interés para la región, recogidas en el art. 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, así como en el art. 7.1 apartado 13 del Estatuto de Autonomía.

Cumplimentados todos los trámites preceptivos tanto para la Incoación, como para la Instrucción, establecidos en la Ley 2/1999, de 29 de marzo, antes citada, y en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y su Real Decreto de desarrollo parcial R.D. 111/1986, ambas con carácter supletorio en lo no regulado expresamente por la Comunidad Autónoma, y ante la necesidad irrenunciable de protección, defensa y difusión de la «A Fala», habla viva, propia de las localidades de San Martín de Trevejo, Eljas y Valverde del Fresno, de la provincia de Cáceres.

Vistos los artículos recogidos en el Título Preliminar y en el título Primero de la Ley 2/1999 de 29 de marzo, relativos al objeto, clasificación de los bienes y procedimiento a seguir para la declaración de los mismos.

En virtud de las competencias legalmente conferidas,

RESUELVO:

Acordar la procedencia de la declaración como bien de Interés Cultural a favor de la «A Fala», para lo cual se someterá a la consideración del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, la declaración formal, como corresponde de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía, en la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y en las demás disposiciones aplicables.

En Mérida a 22 de enero del 2001. El Consejero de Cultura, Francisco Muñoz Ramirez

D.O.E. Nº 140 de 02/12/1997

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Bienes de Interés Cultural.- Orden de 19 de noviembre de 1997, por la que se incoa expediente para la declaración de la Vía de la Plata, a su paso por la Comunidad Autónoma de Extremadura, como Bien de Interés Cultural con categoría de Sitio Histórico y se concreta su delimitación.

A través de Extremadura discurre buena parte de la que fuera la columna vertebral del sistema hispanorromana de caminos y que no es otro que el eje Sur-Norte constituido por las vías XXIII (Iter ab Ostio Fluminis Anae Eméritam Usque) y XXIV (Iter ab Emérita Caesaraugustam) del Itinerario Antonino que unían la desembocadura del Guadiana con Asturica Augusta a través de Augusta Emérita ciudad que ostentaba la capitalidad de la Lusitania y, como tal, actuaba como nudo de conexión entre las calzadas que unían las ciudades lusitanas con las del resto de la Península.

Pero aún antes hay que destacar la presencia de una red de caminos naturales condicionados y favorecidos por la dirección de los distintos accidentes topográficos. Extremadura contó en época prerromana con unos caminos que permitieron los contactos sociales y culturales de Andalucía con la Meseta Norte y de la Meseta Sur con el Atlántico; caminos cuyo trazado va a estar determinado desde los primeros momentos por la personalidad morfológica de nuestra Comunidad Autónoma.

Desde la Edad Media se viene denominando convencionalmente Camino de la Plata al tramo de calzada romana que coincide con la vía XXIV del Itinerario Antonino. Sin embargo, y a pesar de que para muchos especialistas sólo se puede considerar como tal el tramo comprendido entre Augusta Emérita y Asturica Augusta, es deber de este órgano dispensar el máximo nivel de protección y tutela a este meridiano imaginario capaz por sí solo de vertebrar la Comunidad Autónoma ofreciendo a todo aquel que la recorra un amplio abanico de paisajes ecológicos, así como un rico y diverso patrimonio monumental, etnográfico y arqueológico. Aun siendo conscientes de que el tramo meridional del trazado de la Vía no está todavía suficientemente resuelto en su trazado, específicamente en el trayecto comprendido entre Monesterio y Los Santos de Maimona, resulta preciso concretar su delimitación, incluso convencionalmente, ya que no por menos estudiado tiene que ser privado de protección apoyados en el mayor rigor científico que evidencian los restos arqueológicos y los testimonios que aportan las fuentes escritas.

La evolución histórica nos presenta a la Vía de la Plata, desde época protohistórica, como eje natural de comunicación, consolidándose este aspecto en época romana, las comunicaciones medievales la utilizaron para unir en pocas jornadas de viaje las diferentes fortificaciones construidas en ese momento y que marcaban una especial defensa del territorio y de sus recursos. Será en este momento cuando se consolida la denominación de «plata» a partir del término árabe de «balata», que define la tipología del camino enlosado con grandes lajas de piedra. Sirvió de entrada a las tropas reconquistadoras de los reinos cristianos. El ferrocarril es un elemento cuya introducción ha sido relativamente reciente en Extremadura y también efímero para ciertas líneas, pero la configuración de la red ferroviaria responde al primitivo trazado axial de la Vía de la Plata. Otro tanto podría decirse del transporte por carretera de la N-630.

El Patrimonio en torno a la Vía de la Plata se nos muestra como un «museo abierto» exponiéndonos desde Conjuntos Monumentales (Cáceres, Galisteo, Granadilla, Mérida, Plasencia, Zafra) hasta elementos de la arquitectura civil (palacios, castillos, casas solariegas), la arquitectura religiosa (iglesias parroquiales, ermitas, monasterios), la arquitectura popular (almazaras, molinos, fuentes) pasando por las grandes obras públicas (acueductos, puentes, presas, termas...) todo ello en unos variados espacios naturales.

Por tales motivos,

Se estima acertada la categoría de Sitio Histórico para la declaración de la Vía de la Plata como Bien de Interés Cultural porque la misma es fiel reflejo de la superación del concepto puramente estético del Patrimonio Histórico; porque refleja la tendencia a considerar dignos de protección y tutela espacios no necesariamente «bellos» desde una perspectiva clásica, pero que han de ser conservados por su relación con lo histórico en su más amplio sentido, tanto referida a hechos del pasado como a las manifestaciones populares de las raíces culturales de una comunidad, encarnación de su espíritu social.

Vista la propuesta formulada por el Consejo Asesor de Bienes de Interés Cultural de Extremadura, creado por Decreto 86/1997, de 17 de junio, en su sesión de 19 de noviembre de 1997.

A tenor con lo establecido el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, y artículo 12.1 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de ésta, la Consejería de Cultura y Patrimonio acuerda:

PRIMERO: Incoar expediente para la declaración de la Vía de la Plata como Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, a su paso por la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya delimitación se concreta en el Anexo I de la presente Orden y la documentación complementaria que consta en el expediente de su razón. A los efectos de la referida delimitación se establece una anchura para toda la Vía de siete metros en todo su trazado; además, en virtud de lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, se define un entorno de protección de otros seis metros más a cada uno de los lados de la propia Vía en aquellos tramos en los que ésta se conserva identificable y que son precisados en el Anexo I anteriormente citado.

SEGUNDO: Definir el recorrido según la descripción formulada en el Anexo II de esta Orden.

TERCERO: Reconocer como elementos funcionales de la Vía de la Plata toda la relación de milarios que figuran en el expediente de su razón, así como los puentes históricos que se detallan en el Anexo III de esta Orden. Unos y otros se entenderán como partes integrantes, pertenecientes y accesorios de la propia declaración.

CUARTO: Seguir la tramitación del expediente según las disposiciones vigentes.

QUINTO: 1. Hacer saber a los ayuntamientos afectados que la incoación del expediente de declaración determinará la aplicación provisional del régimen de protección previsto para tal efecto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, a cuyo fin se relacionan en el Anexo IV de la presente los términos municipales con los núcleos urbanos, lugares y vías por los que discurre el trazado. En los tramos urbanos de la Vía, los instrumentos de ordenación urbanística deberán someterse a las normas específicas de planeamiento previstas en el artículo 20 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.

2. Igualmente, las administraciones locales cooperarán con la Consejería de Cultura y Patrimonio en la conservación y protección de los tramos de la Vía que discurran por sus respectivos términos municipales, adoptando las medidas oportunas que eviten su deterioro o destrucción. En todo caso, los Ayuntamientos notificarán a la Consejería de Cultura y Patrimonio cualquier peligro de daño que se produzca en la Vía de la Plata.

SEXTO: Hacer público el presente acuerdo a los interesados y notificar al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

SEPTIMO: Promover la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59 apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

OCTAVO: Disponer la apertura de un periodo de información pública y de audiencia a los ayuntamientos interesados, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural (C/ Almendralejo, 14 de Mérida) y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

NOVENO: Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, contados a partir de su publicación en el D.O.E.

En el caso de interponer el mencionado recurso se deberá, con carácter previo, efectuar la comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Mérida, 19 de noviembre de 1997.

El Consejero de Cultura y Patrimonio, Francisco Muñoz Ramirez

A N E X O I

A) DELIMITACION DE LA VIA DE LA PLATA

B) ENTORNO PARA TRAMOS CONSERVADOS

– Desde el Km. 381 de la N-630, término de Villafranca de los Barros, hasta Torremegía.

– Tramos conservados en las fincas del El Berrocal, La Fernandina, La Dehesilla y el Polígono de CEPANSA (Mérida).

– Puente Albarregas al Puerto de las Herrerías (Término Alcuéscar).

– Desde la Dehesa de la Pared (Término de Casas de D. Antonio) al cruce de la Vía con la Ctra. de Miajadas, en su Km. 2 (Término de Cáceres).

– Barrio de Aguas Vivas (Término de Cáceres) hasta Cantalobos (Término de Garrovillas).

– Cerro del Garote (Término de Garrovillas) hasta Caparra (Término de Oliva de Plasencia y Guijo de Granadilla).

– Caparra hasta El Verdugal, La Olivilla y El Batán (Término de Baños de Montemayor).

– Ascenso al puerto de Béjar hasta el límite con la provincia de Salamanca (Término de Baños).

– Se incluyen como Bienes de Interés Cultural todos los puentes y miliarios recogidos en el presente expediente.

A N E X O I I

DELIMITACION DEL RECORRIDO

1.–PROVINCIA DE BADAJOZ

Término de Monesterio:

– La vía XXIII del Itin. Ant. entraría en la provincia de Badajoz y cruzaría el término de Monesterio a través de Santa Olalla, en la Rivera de Cala, en el límite de la provincia de Huelva. Seguiría su curso bajo la carretera Gijón-Sevilla hasta Monesterio para lo cual se ve obligada a superar el Puerto de Las Marismas.

Desde este punto se dirige hacia la Venta del Culebrín, situada en el punto en el que calzada y carretera cruzan el Arroyo de Culebrín y confluyen con la carretera comarcal de Puebla de Alcocer a Sta. Olalla. A partir de aquí y hasta Monesterio en un recorrido de aproximadamente 9 kilómetros, cruzaría por tierras de La Matrera, La Nava y Hoya Vaquera.

– En Monesterio (38º 4’ N - 6º 16’ W) se localiza tradicionalmente CVRIGA, la primera “mansio” de la vía XXIII del Itin. Ant. en Extremadura, situada entre las Mansio MARMORVM MONS (Almadén de La Plata), en la provincia de Sevilla, y LACVNIS (Fuente de Cantos). Se conoce en base a las referencias de Plinio y Ptolomeo, ya que no se han localizado restos romanos en la propia Monesterio. En un principio parece ser que dependió de “Contributa” y llegó a alcanzar la categoría de municipio con Vespasiano.

– Sale de Monesterio con la N-630 que abandona inmediatamente y se identifica con la Vereda de la Plata (Véase Toponimia IV.3.5), situada a la izquierda de la carretera y realiza una amplia curva a través de la dehesa de Los Nazarenos. En este tramo la vía se sitúa entre la N-630 y el Arroyo de la Dehesa que cruza más adelante en el cortijo del Chaparral del Hospital y sigue camino dejando a su derecha Las Caballeras, El Cerrillo, Cerro Tambor y el vértice geodésico de Caballera.

Término de Fuente de Cantos:

– Sigue su trayectoria confundida con la Vereda de la Plata, más o menos paralela al curso del río Bodión, que permanece a su izquierda hasta el cruce de la carretera comarcal de Valencia del Ventoso a Fuente de Cantos. En este tramo después de haber sido cruzada por la Cañada Real Leonesa que se dirige a Fuente de Cantos atraviesa por Crespillos, que permanece a su izquierda, y por Huerta Sevilla, el cortijo Los Naranjos y Las Matanzas, que se localizan a su derecha. A partir de aquí y hasta La Molineta en donde cruza de nuevo el río Bodión situándose a su izquierda discurre por tierras, que unas veces cruza y otras se sitúan a uno u otro lado, de La Amarilla, El Cerro de los Lagartos, La Quintería, la dehesa de La Pajarera, La Molineta, La Argamasa, Los Llanos del Campillo, El Palacio y El Tomillar, en donde es atravesada por La Cañada Real.

El trazado comprendido entre la Cañada Real Leonesa y la carretera comarcal a Fuente de Cantos tendría una distancia aproximada de 4 Km. Desde aquí y hasta el punto en el que cruza el río Bodión en La Molineta la vía recorre aproximadamente a 6 km. Esta misma distancia es la que corresponde al tramo comprendido entre el cruce con el río Bodión y el cruce de La Cañada Real.

– Es posible que LACVNIS segunda mansio de la vía XXIII del Itin. Ant. de localización incierta, situada entre Curiga (Monesterio) y Contributa (Medina de las Torres), se sitúe en Fuente de Cantos (38º 11’ N - 6º 15’ W) o en el poblado indígena romanizado (finales del s. IV o principios del s. III a.C - s. I d.C) de Los Castillejos 2 (38º 12’ N - 6º 19’ W) que se situaría a la derecha de la vía.

Término de Medina de las Torres:

– Ambas, Vereda de La Plata y Vía de La Plata, continúan unidas hasta Medina de las Torres. A ellas se suma la carretera local de Fuente de Cantos a Medina de Las Torres, poco antes del kilómetro 12, después de haber cruzado la Cañada Real. En este tramo de poco más de tres kilómetros cruzan, aproximadamente a la altura del Km. 13 de la misma carretera, el Río Atarja y más adelante la carretera a Huelva.

– En la Dehesa de Castillejo (38º l9’ N - 6º 21’ W), situada a la derecha del trazado de la vía, se localiza teóricamente CONTRIBUTA IVLIA VGVLTUNIA, “mansio” de localización incierta situada entre Lacvnis (Fuente de Cantos) y Perceiana (Villafranca de los Barros), de la que dista 24 m.p. (mil pasos = milla romana que tiene 1.480 metros), según testimonian las fuentes.

Es muy posible que correspondan a Contributa los hallazgos arqueológicos (inscripciones, fragmentos escultóricos, cerámicas, monedas) y arquitectónicos que ocupan una extensa superficie en el yacimiento denominado Los Cercos, situado entre los arroyos Palancares y Castillejos. También se ha querido ubicar, por parte de diferentes autores, en otras localidades como Llerena, Fuente de Cantos o Villafranca de Los Barros.

A partir de Contributa sale un ramal de esta vía o vía X según el Itin. Ant. (414.4-515.2) hacia Astigi e Hispalis.

– La vía abandona el término por tierras de Casa Blanca. Término de Puebla de Sancho Pérez:

Desde Contributa y hasta Los Santos de Maimona a través de los términos de Puebla de Sancho y Zafra el recorrido de la vía resulta difícil de identificar.

– En su trayectoria atravesaría La Dehesilla, dejando a su derecha el núcleo urbano de Puebla de Sancho Pérez.

– A su paso por la divisoria de los términos de Puebla de Sancho Pérez y Los Santos de Maimona se atestigua la existencia de un miliario, inédito.

Término de Zafra:

– Poco después de entrar en el término de Zafra cruzaría el ferrocarril de Zafra a la frontera portuguesa. A partir de este punto se situaría a la derecha de la carretera nacional de Badajoz y de este modo tras recorrer 3 km. aproximadamente entraría en Zafra.

– La vía que teóricamente atravesaría por el sector oriental del núcleo urbano saldría por el camino de Zafra a Los Santos de Maimona a través de Huerta Plata.

Término de Los Santos de Maimona:

– Procedente de Zafra y tras recorrer 4 km. aproximadamente entraría en el pueblo de Los Santos de Maimona por su lado suroeste una vez superada la Sierra de los Santos.

– Desde que abandona el núcleo urbano la vía se sitúa a la izquierda de la N-630 y del ferrocarril, permaneciendo de este modo incluso una vez abandonado el término. En su recorrido quedarían a su izquierda El Cerro Villalba, El Monte, El Romeral y San Jorge.

Término de Villafranca de Los Barros:

– Desde su entrada en el término de Villafranca la vía se sitúa a la izquierda y paralela a la carretera N-630. De este modo atraviesa el actual cortijo de Las Bodegas, La Zarcita, El Artesón, La Solana, Las Garbanceras, La Cañería y El Pato, para perderse durante dos kilómetros bajo la carretera, apenas 500 metros después de Perceiana, y poco antes del kilómetro 381. Desde este punto la vía se separa de la carretera N-630 y se sitúa a su derecha y paralela al Arroyo Bonhabal a través de Las Vegas, Dehesa de Villargordo y El Pilón.

– En La Piedra del Término (38º 32’ N - 6º 21’ W) en las proximidades de la margen izquierda de la vía se encontró un miliario anepígrafo.

– En El Artesón (38º 33’ N - 6º 21’ W) se conservan restos de la vía en dirección a la mansio Perceiana que se encuentra en las proximidades.

– En La Cañería (38º 34’ N - 6º 21’ W), y a no mucha distancia de El Artesón, se sigue la pista de la vía a través de los restos que de ella se conservan ya en las inmediaciones de Perceiana.

– La ubicación exacta de PERCEIANA mansio ubicada, según las fuentes, entre Contributa (Medina de las Torres) y Avgvsta Emerita (Mérida) de las que dista 24 m.p. respectivamente es incierta, aunque posiblemente se sitúe en la localidad de Villafranca de los Barros (38º 36’ N - 6º l9’ W) o en sus proximidades, acaso en el cortijo de La Vega del Conde.

Término de Almendralejo:

La vía que en este tramo, comprendido entre los términos de Villafranca de los Barros y Torremegía, se denomina con el topónimo Calzada Romana está perfectamente identificada aunque al parecer no tuvo originariamente enlosado. En este trayecto discurre en línea recta dejando a su izquierda el pueblo de Almendralejo, la carretera N-630 y el ferrocarril que discurren paralelos entre sí. A su derecha se sitúa el Camino de la Reyerta que, paralelo a la Calzada Romana, atraviesa el término.

La Calzada Romana discurre por el término de Almendralejo entre olivos y viñedos por tierras de la Dehesa de Arriba, en donde cruza la carretera de Don Benito desde Almendralejo a la altura del kilómetro 17, El Rozo y Taldarroba.

Término de Torremegía:

– Antes de llegar a Torremegía y a la altura del kilómetro 19 del ferrocarril de Mérida a Sevilla la vía pasa bajo un viaducto donde se producen frecuentes balsas de agua que la convierten en intransitable por el nulo drenaje del terreno.

Desde la Dehesa de Villargordo, en el término de Villafranca de los Barros, hasta este punto en el que es cruzada por el ferrocarril discurren 16 km. aproximadamente.

– Poco después de cruzar el puente la vía se adentra en Torremegía.

En un principio ésta se mantenía fuera del núcleo urbano, pero su desarrollo urbanístico ha propiciado el que en la actualidad haya quedado englobada entre sus calles con el nombre de «calle de la Vía de la Plata».

– Una vez abandonado el pueblo, desde donde se pierde su trazado.

La vía reaparece paralela a la carretera N-630 y de este modo abandona el término.

Término de Guareña:

– En Olivar de la Calzada (38º 58’ N - 6º 9’ W), en la finca de Torrecaños, situada al este de la calzada, aparecen restos del ramal que compartía recorrido común hasta San Pedro de Mérida con las vías XXV (Toletum) y XXIX (Titulcia).

Término de Mérida (A):

– Procedente de Torremegía y una vez rebasado el Puerto de Sevilla y durante tres kilómetros aproximadamente discurre la vía confundida con la N-630 a través de la Dehesa de Areitio y del Cortijo de Galán. A partir de entonces se separa de la carretera N-630 y toma el Camino de la Calzada en dirección a Emerita a través de las fincas El Berrocal, La Fernandina y La Dehesilla.

– A la altura del kilómetro 345 de la N-V, procedente de Badajoz, la vía realiza un giro brusco hacia el este y enfila hacia Emerita entrando en la ciudad a través del puente romano sobre el Río Guadiana, después de haber atravesado el polígono industrial de Cepansa oculta bajo sus construcciones.

– En la actual Mérida (38º 55’ N - 6º 20’ W) y en la margen derecha del Guadiana se localiza AVGUSTA EMERITA, mansio final de la vía XXIII del Itin. Ant. (Item ab ostio fluminis Anae Emeritamusque) procedente de la desembocadura del río Guadiana (Ayamonte, Huelva) punto de partida y mansio inicial de la vía XXIV que unía Emérita a Caesaraugusta por Lusitania. Se encuentra situada entre Perceiana (Villafranca de Los Barros), mansio de la vía XXIII del Itin. Ant. de la que dista 24 m.p. y a 26 m.p. de Ad Sorores (Casas de Don Antonio) primera mansio de la vía XXIV.

Colonia fundada por Augusto en el 25 a.C. para los soldados de las legiones V Alaudal y X Gemina se convirtió en la capital de la Lusitania y del Convento Emeritense y, como tal, es la única mansio del camino con ceca propia.

Como capital de la Lusitania dispone de un importante nudo de comunicaciones terrestres origen o destino final de otras vías importantes. De Emérita parten, a su vez, con destino a Caesaraugusta la vía XXV en dirección NE hacia Toletum, y la XXIX que se dirige hacia el E en dirección Metellinum, y es el destino final de las vías procedentes de Hispalis (X), Corduba (XI) y Olisipo (XII, XIV, XV)

– La vía perfectamente identificada y designada todavía con el topónimo Calzada Romana sale de Mérida por el Cementerio Municipal tras cruzar el puente sobre el Arroyo Albarregas (Véase Puentes III.1). A partir de aquí la carretera N-630 se desvía hacia la izquierda y la vía sigue en línea recta dejando a su derecha La Romera, La Godina, La Pernosa, Terrón Blanco, lugar en el que cruza el Arroyo de Las Arquillas, y Las Laderas, y a su izquierda, El Sapo y Val de los Hitos, en donde es cortada por el Cordel de Ganados. La distancia recorrida por la Calzada Romana en este trayecto equivale a 5.500 metros aproximadamente.

– En El Mármol (38º 57’ N - 6º l9’ W) a 600 o 700 metros desde que la Calzada Romana sale de Mérida a través del puente romano sobre el Arroyo Albarregas y a su izquierda se conserva in situ, e hincado en el suelo, un miliario anepígrafo que debe corresponder con la milla IV. En este punto se conservan evidencias materiales de la vía.

– Un poco más adelante del punto en el que supera el Arroyo de Las Arquillas cruza el acueducto de Rabo de Buey - San Lázaro (38º 57’ N- 6º 20’ W) que permanece a su izquierda. La vía todavía conserva en este tramo su lecho empedrado, refuerzos laterales para protegerla del arroyo, así como los pozos de registro del acueducto.

– Desde la N-630 se accede al Embalse de Proserpina, que se sitúa a la izquierda y fuera del trazado de la vía pero que es de vital importancia para el abastecimiento de Emerita a través del acueducto de Los Milagros.

– En la margen derecha de la vía, en el Royanejo, a la altura del kilómetro 273 de la carretera Mérida-Cáceres, se localiza in situ un miliario de Claudio I que indica la milla VI desde Mérida. Está reaprovechado para hacer de poste de una cancela. A su alrededor hay restos de, al menos, otro miliario.

Término de Mirandilla:

– La vía a su paso por la finca de Los Arenales (39º 0’ N - 6º l9’ W) no está en muy buen estado pero conserva restos de su empedrado y presenta su típico perfil alomado.

– Al pie del Cerro del Moro (39º 1’ N - 6º 19’ W) situado en el límite de los términos de Mérida y Mirandilla cruzaba la vía el puente sobre el Río Aljucén. «A 100 m. hacia el norte del último pilar del puente aparecen restos del empedrado de la calzada, de su “statumen”, bastante bien conservado, aunque en un pequeño trecho, con refuerzos laterales y una anchura de seis m.

Más adelante, a 300 m., encontramos algún resto de los refuerzos laterales y las piedras de su firme amontonadas formando villares. Más adelante se pierden ya sus restos y continúa como camino».

– La vía sigue su curso a través de las fincas El Bonalillo (39º 5’ N - 6º 18’ W) que conserva en la puerta de la casa que lleva su mismo nombre un fragmento de miliario, y Mirazorras, por la que abandona el término.

Término de El Carrascalejo:

– La vía que cruza por El Chaparral sirve de límite entre el término de Carrascalejo y el de Mirandilla. Sin embargo, los últimos trabajos de identificación realizados del trazado de la vía en el tramo Plasencia-Cáceres, motivados por la construcción de la autovía de la Plata, la sitúan cruzando el término por su interior sin ceñirse estrictamente a la línea divisoria de términos como se localiza habitualmente. Esta nueva ubicación del trazado contempla asimismo el cruce por El Chaparral.

Término de Aljucén:

– La vía serviría de límite respecto al término de Mirandilla a través de las fincas de Tres Mojones, Las Zorreras y La Dehesa y saldría del término tras cruzar el puente sobre el Río Aljucén.

– A la salida del pueblo de Aljucén por su lado norte, y fuera del trazado de la vía, se ha encontrado un miliario inédito, que a pesar de haber sido ahuecado para ser utilizado como abrevadero y pila de comer conserva todavía las letras PE y el numeral X. Hay fragmentos de un segundo miliario.

Término de Mérida (B):

– En La Raposera, en el tramo comprendido entre los puntos kilómétricos 259 y 258 de la N-630, y como consecuencia de su construcción, así como por las tareas agrícolas, el trazado de la vía resulta impreciso, hasta el punto de haberse perdido su evidencia material en un tramo de más de 500 metros, aunque su trazado se reconstruye uniendo los extremos de los restos conservados.

– En la finca de La Raposera de Abajo (39º 5’ N - 6º 15’ W), entre Mirazorras y el Cerro de La Raña, a la derecha de la calzada, a la altura del kilómetro 259 de la carretera N-630, han sido localizados restos de una cantera romana para la extracción de granito destinado, muy probablemente, a las obras de infraestructura de la vía. Allí mismo, en el Regato de las Pilas, se encontró un miliario que permanecía todavía a pie de obra.

En este mismo punto kilométrico 259 la vía cambia su disposición respecto a la N-630, situándose a su izquierda.

II. PROVINCIA DE CACERES

Término de Montánchez:

– A lo largo del Valle de Las Ventas (39º 9’ N - 6º 16’ W) se conservan restos de la vía cuyo trazado en los aproximadamente cuatro kilómetros que discurren a través del término hasta adentrarse en el término de Alcuéscar, se mantiene en todo momento a la izquierda y paralelo a la carretera N-630. En este tramo conserva su perfil alomado y restos del empedrado aunque disperso por los alrededores como consecuencia de las labores agrícolas.

En la zona comprendida entre La Raposera y la del Valle de Las Ventas la calzada ha sufrido notoriamente las consecuencias de la construcción de la N-630 y las actividades agrícolas.

– En el Cortijo de Valdemantilla (39º 8’ N - 6º 16’ W), situado a la izquierda de la vía, se encontró la base de un miliario muy desgastado.

Término de Alcuéscar:

– La vía, que en su recorrido hacia la mansio Ad Sorores continúa todavía paralela y a la izquierda de la carretera N-630 atraviesa La Torrecilla y la Dehesa Bonilla, viéndose obligada a superar el denominado Puerto de Las Herrerías (39º 9’ N - 6º 15’ W) situado entre los Cerros de Peña Flor y Carbonera. En este lugar apareció un miliario de Claudio en el que se lee el numeral X y que debe corresponder a las XX millas desde Mérida que en la actualidad está empotrado en una casa de Alcuéscar, así como restos de un asentamiento rural a juzgar por los restos que se aprecian en superficie.

– Una vez superado el Puerto de Herrerías y para evitar el Puerto del Trampal, la calzada que continúa paralela y a la izquierda de la N-630 realiza una amplia curva.

En el tramo que transcurre entre el Puerto de Las Herrerías y Cáceres, a través de los términos de Alcuéscar, Casas de Don Antonio, Cáceres y Aldea del Cano, no se conservan restos del empedrado de la vía que, sin embargo, puede seguirse a través de los miliarios y puentes que la jalonan. Por otra parte, las fotografías aéreas ponen de manifiesto que, aunque en algunos trechos prácticamente ha desaparecido, en otros tramos todavía se conserva como simple camino o cañada ganadera e incluso confundida con la carretera.

Término de Casas de Don Antonio:

– El tramo de vía que discurre por la Dehesa de la Pared se utiliza como camino ganadero. En este trecho la vía se mantiene a la izquierda de la N-630, para cruzarla más adelante, a la altura del kilómetro 243’5 y dirigirse a través de la Dehesa Boyal a Casas de Don Antonio.

– Junto al actual pueblo de Casas de Don Antonio (39º 12’ N - 6º 16 W), y en las márgenes del Río Ayuela que la vía cruza gracias a un puente romano, se localizaría teóricamente AD SORORES primera mansio de la vía XXIV del Itin. Ant. situada entre Augusta Emérita, de la que dista 26 millas, y a 20 de Castra Caecilia.

Apenas quedan unos pequeños restos de edificaciones pertenecientes, con toda probabilidad, a la mansio pegados a la calzada y a la derecha de la carretera N-630 a la altura del km. 240, en un prado llano rodeado de encinares por los lados oeste, sur y este y abierto al norte en un extenso calvero.

Desde que la vía supera el Cerro Carbonera, en el término de Alcuéscar y hasta que cruza el Río Ayuela en el de Casas de Don Antonio, en un recorrido en el que se sitúa a la izquierda o a la derecha de la N-630 la vía recorre 10 km. aproximadamente.

Término de Cáceres (A): entre Casas de Don Antonio y Aldea del Cano.

Desde Casas de Don Antonio en donde cruza el Río Ayuela y hasta que entra en el término de Aldea del Cano el trazado de la vía es recto y perfectamente visible por estar utilizado como cañada ganadera.

Este tramo se mantiene en todo momento paralelo a la carretera N-630. A partir de aquí «atraviesa la carretera hacia el oeste, para dejar en el lado opuesto a Aldea del Cano y continuar a tramos bajo o junto a la comunicación actual». La presencia de la calzada a su paso por la Dehesa de Santiago de Bencáliz, a pesar de no conservar en superficie restos constructivos, es evidente debido a una marcada depresión producida por el uso.

– En la Dehesa denominada La Dehesilla apareció un miliario que conserva únicamente parte del numeral XX.

– En la margen derecha de la calzada se documenta in situ el miliario XXVI hincado verticalmente formando parte de una tapia de piedra. Está localizado aproximadamente a 1.500 metros del pueblo de Casas de D. Antonio, a la altura del kilómetro 239’500 de la N-630. Apenas a 40 metros del anterior se encuentra otra posible basa de miliario.

– En la Dehesa de Santiago de Bencáliz, en el kilómetro 238’500 de la carretera N-630, se localiza un miliario desplazado de su lugar de origen con una oquedad rectangular, que al parecer fue utilizado como buzón de correos. Un kilómetro más adelante se encuentra in situ, hincado de pie junto a la calzada, el miliario correspondiente a la milla XXVIII.

También en la misma dehesa y sosteniendo la arcada central del portal del Castillo de Santiago de Bencáliz, se localiza un segundo miliario que corresponde a la milla XXVII. Obviamente no se encuentra in situ, pero su situación original, de donde fue trasladado para su posterior reaprovechamiento, debía estar situado al norte de la mansio Ad Sorores. Exactamente una milla antes respecto al anteriormente citado.

– En Santiago de Bencáliz se han sacado a la luz los restos de una villa romana (s. I-IV d.C) reutilizada como ermita que debió verse favorecida en su desarrollo y en la difusión de sus productos por la vía y por su proximidad a la mansio Ad Sorores.

– Al norte de Santiago de Bencáliz, en el límite entre la dehesa que lleva su mismo nombre y la de La Atalaya, la calzada cruza el Arroyo de Santiago mediante un puente en origen romano (véase puentes). Apenas han transcurrido 5 km. desde que la vía cruzara el puente anterior a éste, sobre el Río Ayuela, en el término de Casas de Don Antonio.

Al norte del Arroyo de Santiago, a su paso por la Dehesa de la Atalaya y en las proximidades de la vía, se encuentran restos de una construcción cuadrada, posiblemente pertenecientes a una torre o atalaya que pueden ser la causa del topónimo con el que se ha bautizado al lugar que se recoge en el Fuero de Cáceres.

– En la Dehesa de la Atalaya (39º 15’ N - 6º 16’ W) se conservan restos de la vía, así como un miliario fragmentado in situ en el punto en el que se cumple la milla XXIX desde Emérita.

Término de Aldea del Cano:

– En el kilómetro 237 de la N-630 la vía cruza de nuevo la carretera para colocarse a su izquierda y alejarse de ella. A partir de este punto la vía entra en el término de Aldea del Cano (39º 17’ N - 6º l9’ W) por el que cruza en un trayecto de apenas tres kilómetros para entrar de nuevo en el término de Cáceres.

– Una vez atravesado el Arroyo del Verdinal, y aproximadamente a 500 metros antes de llegar al pueblo, se hallaron dos miliarios.

Uno de ellos ilegible se encuentra in situ, en el punto en el que se cumple las XXX millas desde Emérita. El otro, de época de Trajano, se halla en paradero desconocido.

Término de Cáceres (B): entre Aldea del Cano y Casar de Cáceres Desde la Dehesa de Garabato hasta la Dehesa de la Zafra en donde cruza el Río Salor la vía discurre entre la cañada y la carretera a través de las Dehesas de La Cervera y Las Herguijuelas, en dirección al pueblo de Valdesalor.

– En la Dehesa de Garabato (39º 18’ N - 6º 20’ W) y a la izquierda de la calzada, de la que quedan restos, se encuentran tendidos dos miliarios, uno de los cuales corresponde a la milla XXXII.

– En la Dehesa de La Cervera (39º 20’ N - 6º 20’ W), situada a la derecha de la carretera N-630 que en este punto corre paralela a la calzada, y aproximadamente a la altura de los kilómetros 231-230 se aprecian en superficie restos arqueológicos, muros y pavimentos correspondientes a un asentamiento rural.

En las cercanías de la Casa de La Cervera fueron hallados dos miliarios que podrían corresponder a las millas XXIV y XXV desde Mérida. En la actualidad están semienterradas en el patio.

– En la Dehesa de Las Herguijuelas (39º 21’ N - 6º 21’ W) y al borde de la calzada se localizaron una serie de miliarios con las inscripciones muy deterioradas relacionadas con la milla XXXVI desde Emérita. Aparecieron a una distancia aproximada de 1.200 metros al sur del puente de origen romano sobre el Río Salor, conocido como Puente Mocha, situado ya en la vecina Dehesa de la Zafra (39º 22’ N - 6º 21’ W).

– A partir de Valdesalor la calzada y la carretera N-630 permanecen unidas y en línea recta en su ascenso al Puerto del Trasquilón.

– En la Casa del Trasquilón (39º 24’ N - 6º 22’ W), situada a la altura del kilómetro 222 de la N-630 y a la izquierda de la calzada, se localizaron siete miliarios reutilizados entre los que se encuentra el correspondiente a la milla XXXIIX. Cuatro de ellos sirven como columnas para soportar el techo de un establo.

– Desde aqui la via, convertida en camino ganadero, sigue paralela a la carretera N-630 para separarse de ella más adelante en el km. 219, siguiendo en línea recta en dirección a Matamoros.

– Aproximadamente 6 kilómetros más adelante la vía cruza la carretera de Miajadas a la altura del kilómetro 2.

– En el cruce con la carretera que conduce a Medellín, llamado Camino de Mérida o Camino de San Francisco, apareció un miliario que pudiera corresponder a la milla XLIV. La vía que se dirige en línea recta hacia Cáceres a través de este camino deja, a su izquierda, las instalaciones de la Ciudad Deportiva y la Residencia Sanitaria de la Seguridad Social y, a su derecha, el Convento de San Francisco.

– En el Puente de San Francisco se halló la base de un miliario que indica la milla XLV desde Emérita.

– Para entrar en Cáceres la vía sigue el antiguo Camino Real de los siglos XVII y XVIII.

– En la actual Cáceres se localiza NORBA, identificada con la colonia mencionada por Plinio y Ptolomeo. Aunque su localización actual no es definitiva, se atribuyen a ella los restos arqueológicos localizados en la actual ciudad de Cáceres (39º 27’ N - 6º 21’ W) que corresponden a una estructura de planta cuadrangular con foro central resultado del cruce de sus dos vías principales y el recinto amurallado del que apenas se conservan unos pocos restos, entre los que cabe mencionar la Puerta Este en forma de arco de medio punto construida con grandes sillares de granito.

El trazado seguido por la calzada a su paso por la zona este de la ciudad de Cáceres no está todavía definitivamente resuelto y se barajan varias hipótesis al respecto. Se considera la zona del Paseo Alto, espacio de la Facultad de Filosofía y Letras - Seminario Diocesano y el casco antiguo de la ciudad.

– La vía desde su salida de Cáceres por el barrio de Aguas Vivas en dirección a Casar de Cáceres realizaría un recorrido en línea recta prácticamente paralelo a la carretera local entre Cáceres y Casar de Cáceres que en todo momento permanece a su izquierda.

Según este trazado extraído de los últimos trabajos de actualización realizados con motivo de los proyectos de construcción de la autovía de La Plata, la vía dejaría a su derecha el camino identificado con el topónimo Calzada Romana-Camino de La Plata, que sale de Cáceres realizando una amplia curva hacia el este.

Antes de alcanzar el Km. 6 de la mencionada carretera local entre Cáceres y Casar de Cáceres, que discurre paralela a la vía, ésta cruzaría el camino tradicionalmente identificado como Calzada Romana. A partir de este punto la vía quedaría situada a su derecha, permaneciendo de este modo hasta alcanzar el núcleo urbano de Casar de Cáceres que abordaría por su lado noreste.

– De Norba arrancan otros caminos secundarios respecto a la Vía de la Plata: hacia el NO, en dirección al puente de Alcántara y Portugal y, desde el Oeste hacia Scallabis (Santarem).

– A la derecha de la calzada y en las proximidades de Norba, se localizaría CASTRA CAECILIA, mansio que se identifica con Cáceres el Viejo (39º 29’ N - 6º 21’ W). Según atestiguan las fuentes está situada entre las mansio Ad Sorores (Casas de Don Antonio) y Turmulos (Garrovillas), de las que dista 20 m.p. respectivamente y a 46 millas desde el punto de partida en Mérida. Fue además campamento legionario de época republicana fundado por Q. Metellus durante la campaña contra Sertorio. En las excavaciones realizadas en 1910, 1927-8 y 1930 fueron sacadas a la luz la muralla provista de seis puertas y doble foso, tres calles, el foro con sus tabernae, un templo y el praetorium, sin embargo en la actualidad sólo pueden apreciarse en superficie la muralla y el foso.

Término de Casar de Cáceres:

– Desde Castra Caecilia la calzada permanece a la derecha de la carretera de Cáceres y se dirige en línea recta al Casar de Cáceres por las fincas La Dehesilla y Cañada Alta.

– La vía alcanzaría el pueblo de Casar de Cáceres (39º 33’ N - 6º 24’ W) por su lado noreste o bien lo atravesaría por su calle principal, aunque también hay quien considera que no pasa por medio del citado pueblo y confundida con el Camino de las Barcas sigue camino a través de las fincas El Olivar, Arenal del Espino y Arenal de la Atalaya. En este tramo se la denomina Camino de la Plata.

Desde que abandona el núcleo urbano de Casar de Cáceres y hasta el vado de Alconétar, en el término de Garrovillas, el trazado de la vía se aprecia perfectamente sobre el terreno.

– Al borde de la vía, una vez superado el núcleo urbano apareció un miliario de Septimio Severo con los ordinales LII que pudieran corresponder con la milla MLIIX desde Emérita.

– En el Sitio de Pedro Hurtado (39º 34’ N - 6º 26’ W) apareció un miliario de Trajano.

– En Arenal de La Atalaya (39º 37’ N - 6º 26’ W) se conservan restos evidentes de la vía. En la pared de la finca que lleva su mismo nombre y que se sitúa a unos 6 kilómetros al norte del Casar de Cáceres hay un fragmento de miliario que conserva el numeral LIIX.

A la derecha de la calzada y a cierta distancia del anterior se encuentran tirados en la cuneta dos miliarios con basa y fragmentos pertenecientes a otros dos.

Término de Cáceres (C): entre Casar de Cáceres y Garrovillas La vía penetra nuevamente en el término de Cáceres por espacio de 1.500 metros.

– En La Higuera (39º 38’ N - 6º 27’ W) se documentan restos materiales de la vía, así como nueve miliarios de los cuales dos conservan, al parecer, los numerales LIX y LVIII.

Término de Garrovillas:

En su discurrir por el término de Garrovillas a través del cerro Lomo de Plata y de las fincas Cumbre Oscura, Los Baldíos y Cumbre de Plata, el trazado de la vía está perfectamente indicado con el topónimo Calzada Romana.

– En el lugar denominado Lomo de Plata, limítrofe con el término de Cáceres, se conservan restos de la Calzada Romana y en el vértice geodésico situado a su izquierda fueron hallados cuatro miliarios de los cuales alguno pudiera relacionarse con la milla LX desde Emérita.

– Siguiendo la vía unos 1.500 metros desde el vértice geodésico de Lomo de Plata, a la izquierda de la vía, después de recorrer una tapia por espacio de 200 metros y una vez traspasada se entra dentro de una finca en un canchal granítico dedicado a las labores de la trilla de cereal, encontramos un miliario inédito, con el numeral LXI perfectamente legible.

– En el trayecto que la vía realiza a lo largo de la finca de Cumbre Oscura (39º 39’ N - 6º 27’ W) fueron localizados un total de 21 miliarios completos, de los cuales 8 son anepígrafos y 13 fragmentos.

En esta zona, comprendida entre el Lomo de Plata y Cumbre Oscura, la vía que se mantiene perfectamente horizontal alcanza una anchura de seis metros, conserva sus refuerzos laterales y parte de su enlosado. Por espacio de 300 o 400 metros discurre paralela al camino de tierra y más adelante, pasando unas angarillas de madera siguiendo su rastro, se observan nuevos restos de calzada entre unas alambradas.

– En las Casas de Los Baldíos, a la izquierda de la vía y apenas a 1.000 metros del miliario con la referencia a la milla LXI se encuentran, reaprovechados en una tapia de piedra de un corral, nueve fragmentos de miliarios, también inéditos.

– Entre las fincas de Cumbre Oscura y Cumbre de la Plata (Véase Toponimia IV.3.4), a pesar de no conservarse testimonios materiales de la vía puede apreciarse, sin embargo, su trazado pues en su discurrir a través de Los Baldíos permanece encajonada entre dos tapias de piedra.

– En la Era de Los Hoyos y junto a la calzada que conserva incluso sus refuerzos laterales se localiza un grupo de ocho miliarios anepígrafos, inéditos, de los cuales cinco están completos (BARCO RODRIGUEZ, J., 1985, 16 y 32 nº 20).

A partir de este punto la calzada que discurre paralela al Río Almonte, hacia el vado de Alconétar, se ve obstaculizada por una serie de alambradas de espinos.

– En Cantalobos (39º 41’ N - 6º 28’ W) vuelven a aparecer evidencias de la vía que en su tramo anterior era de tierra, así como restos de seis miliarios anepígrafos.

– Fuera del trazado de la vía, en la zona del túnel de Cantalobos, al que se llega siguiendo un camino situado a su izquierda, en la caseta de ferrocarril abandonada se documenta un grupo de 13 miliarios.

– Antes de llegar al Embalse de Alcántara, a la izquierda de la calzada, en una curva del camino que parte hacia la izquierda se encontraron varios miliarios tirados en una pendiente.

– Bajo las aguas del embalse permanece la llamada Torre de Floripes, castillo fundado sobre el fortín romano que controlaba el paso del puente de Alconétar.

– En Garrovillas (39º 42’ N - 6º 27’ W), en el antiguo Parador de La Magdalena, se conserva un fragmento de miliario y restos constructivos y epigráficos de un asentamiento rural que algunos autores han querido identificar con Tvrmvlos.

– Más adelante, al este de Garrovillas, la vía se ve obligada a cruzar el Río Almonte, en su confluencia con el Tajo, con el llamado Puente El Garro.

– La vía cuyo trazado permanece parcialmente oculto bajo las aguas de la Presa de Alcántara cruzaba el río Tajo gracias al Puente de Alconétar, ahora trasladado de su primitivo emplazamiento.

En el lugar se hallaron tres miliarios de época de Augusto y Nerón, en uno de los cuales podía leerse el número LXII. Actualmente se encuentran en paradero desconocido.

– En el lugar denominado Los Novillos, al norte del Tajo, que tiene como fondo el Cerro del Garrote (39º 44’ N - 6º 27’ W) se conservan restos materiales de la calzada, y a su izquierda «antes de encontrarse con el tendido eléctrico» se localizan semienterrados un fragmento del fuste y la basa cuadrangular de un miliario inédito.

– En las proximidades del Cerro Garrote, a la altura del kilómetro 179-180 de la N-630 se ubicaría con toda probabilidad TVRMVLOS, mansio de localización incierta situada según atestiguan las fuentes a 20 m.p. de Castra Caecilia y a 22 m.p. de Rusticiana. Sin embargo, se consideran también como localizaciones posibles los alrededores del antiguo Parador de la Magdalena, mencionado más arriba, o Alconétar, a cuya vera además de pasar la vía se sacaron a la luz mediante excavaciones arqueológicas los restos de una basílica que se construyó sobre un asentamiento romano precedente.

– En el Cerro de La Horca (39º 45’ N - 6º 25’ W) se conservan restos de la vía, así como un miliario anepígrafo.

Término de Cañaveral:

Entre el Cerro del Garrote, en el término de Garrovillas, y la estación de Cañaveral la vía discurre serpenteante por encima de numerosos cerros como La Pascuala, Retamar, Cabeza Gorda, que configuran el relieve de la zona. En las cimas de los cerros la via está excavada en la roca de pizarra mientras que en otros puntos del mismo tramo, en los que alcanza una anchura que oscila entre los tres y tres metros y medio, conserva puntualmente restos de su enlosado de pizarra y de los refuerzos laterales así como de su lecho de cantos.

– A partir de Los Novillos, por donde entra en el término de Cañaveral, discurre la vía cuesta arriba con amplias curvas hasta alcanzar una planicie que cruza en línea recta encajonada entre dos tapias de piedra, en la llamada Era del Hornito.

– En Cañaveral (39º 47’ N - 6º 23’ W), a la derecha de la carretera N-630, en el tramo que media entre el Bar-Hostal Miraltajo y la estación de ferrocarril por la que cruza se conservan restos materiales de la calzada que en algunos tramos adopta una forma alomada. Sin embargo, en la zona de Cañaveral el urbanismo de la zona ha eliminado físicamente tramos de calzada.

De la misma localidad procede un miliario de Septimio Severo con el numeral LXXII que en la actualidad se halla en paradero desconocido.

– En La Zahurda, localizada en la Dehesa Boyal (39º 50’ N - 6º 22’ W), en el ángulo superior izquierdo del término de Cañaveral y alejada del trayecto de la calzada, apareció un miliario ilegible procedente del entorno de la vía. Actualmente se encuentra en paradero desconocido.

– Según los últimos trabajos realizados con motivo de la futura construcción de la autovía de La Plata la vía en el tramo comprendido entre la sierra de Cabeza Gorda y el Puerto de los Castaños abandonaría el camino identificado toponímicamente como Calzada Romana (Véase Toponimia IV.3.1 y 3) para situarse a su izquierda apartándose de la línea que divide los términos de Cañaveral y Casas de Millán.

Término de Casas de Millán:

– Procedente de Turmulos y en dirección a Rusticiana la vía se ve obligada a superar los relieves de la Sierra de Sta. Marina, entre los términos de Cañaveral y Casas de Millán, a través del Puerto de Los Castaños (39º 49’ N - 6º 22’ W), que cruza por el mismo punto que la carretera para situarse a su izquierda en dirección a Grimaldo.

A pocos metros del Hotel Puerto de los Castaños y al pie de un transformador eléctrico, la calzada aparece cortada.

Desde el puerto de Los Castaños y por espacio de cuatro kilómetros la vía sirve de límite entre los términos de Cañaveral y Grimaldo.

Término de Grimaldo:

– Antes de entrar en el pueblo de Grimaldo (39º 51’ N - 6º 20’ W), la vía discurre entre una calleja bajando hacia un arroyo, en cuyo vado quedan restos de su pavimentación.

Término de Holguera:

– El límite entre los términos municipales de Cañaveral, Grimaldo y Holguera está marcado por la vía que en este espacio conserva un tramo de empedrado y su característico perfil alomado.

– En este tramo la vía denominada Calzada Romana se mantiene entre la carretera y la ladera del Monte Cabildo y actúa como límite entre los términos de Cañaveral y Holguera, término este último que cruza a través de una zona poco practicable.

Término de Riolobos:

A lo largo de todo su recorrido por el término de Riolobos a través de la Dehesa de Riolobos, Cuchillar, Barrera del Monte, Dehesa Nueva, Caleras la vía marca el límite con el término de Plasencia.

– A una distancia aproximada de tres kilómetros al este de Riolobos (39º 55’ N - 6º 16’ W) se conservan restos materiales de la calzada en el paraje en el que se ve obligada a salvar el Arroyo Boqueras de Rivero. En este punto, situado a la altura del kilómetro 3 de la carretera local a Riolobos, se conserva un tramo de aproximadamente 200 m. de longitud reforzado por un muro de contención de un metro de altura que permite mantener el perfil horizontal de la vía en su discurrir por la ladera del cerro (BARCO RODRIGUEZ, J., 1985, 18).

– Camino de Rusticiana y aproximadamente a dos kilómetros de la localidad de Riolobos se conservan restos de un puente por el que la vía cruza el Arroyo de Riolobos.

Una vez cruzado el Arroyo de Riolobos la vía discurre entre los términos de Galisteo, Aldehuela de Jerte y Carcaboso, que se sitúan a su izquierda, y el de Plasencia, localizado a su derecha, sirviendo de límite de términos en buena parte de su recorrido.

Término de Plasencia:

– A través del término de Plasencia la vía sirve de límite con el de Riolobos situado a su izquierda y cruza por la Dehesa Alberquilla, Las Hacillas, Los Corralillos, Valsalgado y La Torrecilla, localizadas a su derecha.

– En el pueblo de Plasencia (40º 02’ N - 06º 05’ O), aunque apartado físicamente del trazado, se conserva, incrustado en una pared del Colegio de Vocaciones Eclesiásticas que da a la calle de Caldereros, el miliario que marca la milla CXIIX traído desde las inmediaciones de la vía.

Término de Galisteo:

Dentro del término de Galisteo la vía discurre por Fuente del Sapo, Valdechinas, Patriotas y Dehesa del Cabezo, situadas a la izquierda y Larios, Las Romanas y San Gil, a la derecha.

– En Fuente del Sapo (39º 57’ N - 6º 15’ W) en la finca denominada Larios se ubica RVSTICIANA, Mansio situada entre Tvrmulos y Capara de las que dista 22 millas respectivamente. Su localización no es definitiva y se barajan varias posibilidades según las cuales se identificaría con el yacimiento localizado en la mencionada finca que ha proporcionado restos constructivos de época romana.

En esta zona se han descubierto evidencias de la vía que aunque no conserva restos de enlosado puede seguirse su trazado encajonado entre las pizarras marcando los límites entre los términos de Galisteo y Plasencia.

– Antes de alcanzar Valdechinas la vía cruza el Arroyo de la Monja y, más adelante, el Arroyo de la Plata que obliga a la vía a pasar hacia el oeste.

– Más adelante, entre los Cerros de Patriotas y San Gil la calzada, que no conserva aquí restos de su empedrado, se confunde por espacio de dos kilómetros con un camino carretero hasta desembocar en la carretera local de Galisteo que cruza a la altura del kilómetro 2, aproximadamente dejando el pueblo a su izquierda.

– En Las Brujas (39º 57’ N - 6º 12’ W), a la derecha de la vía y algo retirada de ella, se han localizado los restos constructivos muy arrasados y materiales en superficie de un fortín romano destinado a la protección de la vía y en conexión con la mansio Rvsticiana de la que no dista mucho.

Término de Aldehuela de Jerte:

La vía discurre por las fincas Los Curiales y Carrascales, localizadas a su izquierda, marcando el límite con el término de Plasencia, situado a su derecha.

– A la derecha de Aldehuela de Jerte (40º 00’ N - 06º 14’ O) se conservan restos de la vía que procedente de Rusticiana atraviesa el término de Carcaboso con dirección SO-NE (ROLDAN HERVAS, J.M., 1971, 136-139; TIR, K-29, s.v. Aldehuela de Jerte).

Término de Carcaboso:

La vía discurre marcando el límite respecto al término de Plasencia por tierras de Zarzoso, Casillas, Los Llanos y San Pedrillo.

– Una vez rebasado Los Llanos la vía cruza la carretera que se dirige de Carcaboso a Plasencia. Aproximadamente desde este punto y hasta que abandona el término su trazado está perfectamente identificado y designado con el topónimo Camino de la Plata.

– En el Caserío de San Pedrillo (40º 03’ N - 06º 11’ W), la vía cruza el llamado Puente Guinea sobre el Río Jerte a cuyo lado se encontró un miliario de época de Severo.

Una vez pasado el Jerte la vía continúa en dirección S-N hacia el término de Oliva de Plasencia.

– En las calles del pueblo de Carcaboso (40º 03’ N - 06º 12’ O), situado a la izquierda de la vía, se conservan seis miliarios reaprovechados, tres de los cuales permanecen empotrados en una pared de la calle Aldehuela y en la puerta de la iglesia. Están bien conservados y sus inscripciones recogen los numerales CII, CIII y CIII.

Término de Valdeobispo:

Durante el breve recorrido que la vía realiza a través del término de Valdeobispo su trazado aparece designado con el topónimo Calzada Romana.

– En la zona de La Guijosa, se aprecia bastante bien la loma de la Calzada Romana a pesar de que en este tramo está atravesada perpendicularmente por varias paredes de piedra.

– Un poco más arriba de La Guijosa, allí donde la Calzada Romana sirve de límite entre las Dehesas Valverde y Cuarto Real, situada esta última en el término de Oliva de Plasencia, se halló al pie de la vía un grupo de seis miliarios, inéditos, dos de los cuales corresponden a la milla CIII.

Término de Ahigal:

En el corto trayecto que la vía realiza por el término de Ahigal sirviendo de límite con el de Oliva de Plasencia, a través de la Dehesa Portezuela, se la denomina con el topónimo Camino de la Plata.

Término de Oliva de Plasencia:

El tramo de vía que discurre a lo largo del término de Oliva de Plasencia a su paso por Cuarto Real, Valtravieso, Venta Quemada, Valverdejo, Carrones, Casa Blanca y Fresnilla delimita, a su izquierda, con el término de Valdeobispo en cuyo tramo se designa como Calzada Romana y con los de Ahigal y Guijo de Granadilla ahora identificada como Camino de la Plata (Véase Toponimia IV.3.3. y 4).

– En la Dehesa de Cuarto Real (40º 04’ N - 06º 10’ W), se localizan restos materiales de la vía y un miliario de Nerón con la milla CII.

– Procedente de Cuarto Real y con dirección SO-NE atraviesa la contigua Dehesa de Valtravieso (40º 06’ N - 06º 08’ W), en donde también se aprecian restos materiales. En el tramo que se localiza justo antes de alcanzar Venta Quemada se conserva especialmente bien a pesar de que siete tapias la cruzan perpendicularmente.

En Venta Quemada (40º 07’ N - 06º 08’ W), caserío abandonado en el cruce con la carretera de Valdeobispo, se halló la base de un miliario que acaso corresponda a la milla CVI. A partir de aquí la vía se dirige, siguiendo la misma dirección SO-NE, hacia la mansío y ciudad de Capera a través de la Dehesa de Valverdejo (40º 07’ N - 06º 08’ W), en donde conserva restos del empedrado.

En el largo trayecto que media entre las Dehesas de Cuarto Real y Venta Quemada la Calzada Romana, que es también Cañada Real, actúa como límite entre los términos de Valdeobispo y Ahigal, situados a su izquierda y el de Oliva de Plasencia, a su derecha. En este tramo la vía que adopta una forma alomada conserva restos dispersos del empedrado y de los bordillos alterados por una pared y por las encinas que crecen sobre ellos.

– En el pueblo de Oliva de Plasencia, que se sitúa a la izquierda y considerablemente apartado del recorrido de la calzada, se encuentran restos de varios miliarios. Uno de ellos está empotrado en una de sus calles y otro, con referencia a la milla CXII, se conserva en las escuelas.

– En el trayecto que discurre entre el Caserío de Venta Quemada y el cortijo de Casa Blanca la vía, que presenta un perfil alomado y discurre paralela a la cañada se pierde visualmente, en ocasiones, bajo la pared occidental del camino ganadero.

– En el cortijo de Casa Blanca (40º 09’ N - 06º 06’ O) se localiza CAPERA o CAPARA Mansio ubicada entre Rvsticiana (Galisteo) y D.O.E.—Número 140 2 Diciembre 1997 8385 Caelionicco (Baños de Montemayor) de las que dista 22 m.p respectivamente.

Su localización es segura y está confirmada por las excavaciones allí realizadas. La ciudad, que fue convertida en municipium Flavium (74-75 d.C), conserva parte del recinto amurallado de época bajoimperial y cuantiosos restos de su urbanismo, así como elementos arquitectónicos y elementos muebles.

Bajo el arco (primera mitad del s. II) levantado en el cruce de dos calles se conservan restos de la vía, convertida en el eje urbanístico de la ciudad, que pasa en dirección hacia Aldeanueva del Camino. Junto al arco, en el lado que mira al río Ambroz, apareció el miliario CX de época de Nerón que indica 110 millas de distancia desde Emérita y que se conserva, fragmentado en tres trozos, en el patio de entrada a la casa de la finca Casa Blanca.

– Caparra fue punto de partida de una calzada secundaria que empalmaba con la vía del Valle del Jerte que cruza el río Ambroz por un puente de época de Trajano que se sitúa a la izquierda de la vía, apenas superada la ciudad.

Desde su salida de Caparra la vía continúa en línea recta sirviendo de límite entre los términos de Villar de Plasencia, Jarilla y Casas del Monte situados a su derecha, y Guijo de Granadilla y Zarza de Granadilla que se sitúan a su izquierda. En este trayecto el pavimento de la vía, que ha sido cortado en numerosas ocasiones, está constituido por grandes losas de piedra y refuerzos laterales y presenta un perfil alomado a cuyo lado han crecido encinas.

Término de Villar de Plasencia:

– El recorrido de la vía a través del término identificada desde el punto de vista toponímico como Calzada Romana (Véase Toponimia IV.3.1 y 3), es breve y compartido a medias con los términos de Guijo de Granadilla y Zarza de Granadilla con los que limita al oeste.

Término de Jarilla:

– En el término de La Jarilla cruza el Arroyo de Recoba y atraviesa las Dehesas de Cabezaolí, Los Cuartos en donde cruza el Arroyo de Valdesegura y La Dehesilla.

Término de Guijo de Granadilla:

– En Guijo de Granadilla (40º 11’ N - 06º 10’ W) en el lado izquierdo de la vía, a unos cinco kilómetros de Caparra, y en conexión con una vía secundaria de la que no quedan restos materiales que pasaba por Calzadilla hacia Coria, había un puente del s. II d.C que cruzaba el río Alagón

Término de Zarza de Granadilla:

– La vía, a su paso por Zarza de Granadilla a través de Las Vegas, El Sotillo y Dehesa del Retiro del Lindón siendo denominada primero como Calzada Romana y luego como Camino de La Plata establece el límite entre los términos de Jarilla y Casas del Monte situados a la derecha.

Término de Casas del Monte:

La vía cruza en línea recta el término de Casas del Monte, con la denominación de Camino de la Plata, por tierras de Las Costeras, Laguna de la Granjuela, situadas a su derecha y El Fresnillo, a su izquierda.

– En la Dehesa del Retiro del Lindón se conservan restos de la vía en cuyo perfil alomado y aprovechando parte de su empedrado se ha levantado una tapia que sirve de linde entre varias propiedades. Por otra parte, unas máquinas excavadoras seccionaron la vía en este mismo lugar sacando a la luz la estructura de sus capas interiores (rudus y nucleus), y evidencias de los refuerzos laterales.

– Sobre una pequeña loma que se alza frente al Retiro del Lindón, a la derecha de la calzada, en los terrenos de La Granjuela se han localizado abundantes restos constructivos pertenecientes a una importante villa romana cuya importancia tenga que ver, posiblemente, con la presencia de la vía en su entorno inmediato.

– En El Fresnillo, a la altura del kilómetro 102 de la N-630, la vía cruza la carretera y se coloca a su derecha en dirección a Aldeanueva del Camino.

En este trayecto hasta Aldeanueva del Camino se conserva como Cordel de Merinas.

Término de La Granja:

– En la salida norte del pueblo de La Granja y procedente del entorno de la vía que, a escasa distancia, se sitúa a su derecha, fue hallado un miliario partido por la mitad con la milla CXVII.

En las calles del pueblo se localizan otros fragmentos de miliarios.

Término de Segura de Toro:

– La vía pasa de largo por Segura de Toro, estableciendo el límite respecto al término de La Granja.

– En el pueblo de Segura de Toro, situado igualmente a la derecha de la vía, y procedente de sus inmediaciones, fue encontrado el miliario CX que fue reaprovechado para otra inscripción.

En la actualidad se conserva en el Museo de Cáceres.

Término de Aldeanueva del Camino:

– La vía penetra en el término de Aldeanueva del Camino por la Dehesa de Valdehorno.

– Los dos kilómetros anteriores a la entrada en el pueblo de Aldeanueva del Camino la vía, convertida en Cordel de Merinas, sigue su curso delimitada por unas tapias y la carretera N-630 que aún permanece a su izquierda. En algunos puntos conserva sus refuerzos laterales y parte del empedrado.

Una vez dentro del pueblo atraviesa el puente romano sobre el Arroyo de La Buitrera y cruza por el centro del núcleo urbano confundida en parte, con su calle principal.

– Apenas a dos kilómetros del pueblo la vía cruza el Puente de Romanillos sobre el arroyo que le presta el nombre.

Término de Hervás:

– Procedente de Aldeanueva del Camino discurre por las fincas de Las Dehesillas, Las Cañadas y El Berrocal. Desde aproximadamente el km. 93 de la N-630 y hasta el Km. 89 de la misma carretera constituye el límite entre los términos de Hervás, a la derecha, y el de Baños de Montemayor situado a su izquierda.

– Apenas a 800 metros del mencionado Puente de Romanillos la calzada se ve obligada a superar un nuevo puente, también romano, llamado Puente de Las Doncellas sobre el río Ambroz.

– Entre los kilómetros 90 y 91 de la N-630, en las proximidades de la Presa de Baños y el Parador de la Cañada, en Hervás, se localiza un miliario empotrado en una cerca.

Término de Baños:

– La calzada discurre por terreno llano a lo largo de seis kilómetros a través de los predio de El Verdugalejo, La Olivilla, El Batán y El Berdugal hasta alcanzar el kilómetro 87’5 de la carretera N-630. La carretera y la vía, de la que no tenemos ahora referencias visuales pues se encuentra bajo el asfalto, discurren confundidas a lo largo de este tramo.

– A la altura del km. 87 la calzada cruza la carretera N-630 poniéndose a su izquierda y se hace visible aunque algo deteriorada durante un trayecto de aproximadamente 40 metros.

– Apenas 500 m. más adelante, junto a la Ermita del Humilladero, se localiza el punto de partida de un camino secundario a la Vía de la Plata que todavía conserva algunos restos de su empedrado.

Este camino que arranca de la calzada en dirección SW se denomina Camino de la Mina y cruza el Arroyo de Baños por el Puente del Cubo que se sitúa apenas a 30 metros de la calzada en línea recta.

– La calzada entra en la villa de Baños de Montemayor (40º 17’ N - 5º 51’ W), por su lado oeste procedente de Caparra. En esta localidad se ubica CAELIONICCO o CAECILIO VICO última mansio de la vía XXIV del Itin. Ant. situada en Extremadura. Según atestiguan las fuentes se encuentra entre Caparra (Oliva de Plasencia), de la que dista 22 millas y Ad Lippos, apenas a 12 millas de aquella, que se encuentra situada junto al pueblo de Valverde de Valdelacasa ya en la provincia de Salamanca.

Su localización es incierta y se barajan varias posibles situaciones como la localidad de Aldeanueva del Camino o las proximidades del pueblo Puerto de Béjar, en la finca La Vega, en el término de Peñacaballera, ya en la provincia de Salamanca. Sin embargo, la tesis más defendible es que correspondan a ella los hallazgos romanos, balnearios e inscripciones dedicadas a las ninfas protectoras, entre localizados dentro del casco urbano de Baños de Montemayor, ubicado en la misma calzada.

La calzada cruza el pueblo de Baños y asciende, en línea recta y paralela a la carretera, hacia el Puerto de Bejar que constituye la divisoria entre las provincias de Cáceres y Salamanca. En la actualidad, en este tramo de aproximadamente dos kilómetros de longitud, el pavimento original de la calzada permanece bajo un enlosado moderno, fruto de unas obras de restauración efectuadas en el año 1973.

En la divisoria entre ambas provincias, a la altura del kilómetro 83 se documenta una alcantarilla de 5’30 metros de anchura cubierta por enormes travesaños de granito de perfil abovedado destinada a superar el paso de un pequeño arroyo. En la actualidad, se encuentra bajo la carretera N-630.

Finalmente, la vía penetra en Salamanca por el lado izquierdo de la carretera entre paredes de fincas. En este punto se encuentra bastante afectada por la erosión y ofrece una superficie desigual a base de grandes piedras.

ANEXO III

RELACION DE PUENTES INCLUIDOS EN LA DECLARACION

– Puente sobre el Río Aljucén (Término Municipal de Mirandilla y Mérida).

– Puente sobre el Río Ayuela (Término Municipal de Casas de D. Antonio).

– Puente sobre el Arroyo de Santiago (Término Municipal de Casas de D. Antonio y Aldea del Cano)

– Puente del Río Salor (Puente Mocha) (Término Municipal de Cáceres).

– Puente de la Garganta de la Buitrera (Término Municipal de Aldeanueva del Camino).

– Puente de la Doncella (Término Municipal de Aldeanueva del Camino).

ANEXO IV

RELACION DE TERMINOS MUNICIPALES, NUCLEOS URBANOS, LUGARES Y RIOS POR LOS QUE CRUZA LA VIA DE LA PLATA A SU  PASO POR EXTREMADURA

1.–PROVINCIA DE BADAJOZ

1. Monesterio

Santa Olalla (nucleo urbano)

Las Marismas (puerto)

Venta del Culebrín

La Matrera

La Nava

Hoya

Vaquera

Monesterio (núcleo urbano) = Cvriga ?

Covalca (yacimiento)

Los Nazarenos (dehesa)

El Chaparral del Hospital

Las Caballeras

El Cerrillo

Cerro Tambor

La Caballera (vértice geodésico).

2. Fuente de Cantos

Crespillos

Huerta Sevilla

Los Naranjos (cortijo)

Las Matanzas

La Molineta

La Amarilla

Cerro de los Lagartos

La Quintería

La Pajarera (dehesa)

La Molineta

La Argamasa

Los Llanos del Campillo

El Palacio

El Tomillar

Fuente de Cantos (núcleo urbano) = Lacvnis ?

Los Castillejos 2 (yacimiento)

3. Medina de Las Torres

Castillejo (yacimiento) = Contributa ? Ramal vía

Los Cercos (yacimiento)

Casa Blanca

4. Puebla de Sancho Pérez

La Dehesilla.

5. Zafra

Zafra (núcleo urbano)

Huerta Plata.

6. Los Santos de Maimona

Sierra de Los Santos

Los Santos de Maimona (núcleo urbano)

Cerro Villalba

El Monte

El Romeral

San Jorge

7. Villafranca de Los Barros

Las Bodegas

La Zarcita

El Artesón

La Solana

Las Garbanceras

La Cañería

El Pato

Las Vegas

Villargordo

El Pilón

La Piedra del Término

Villafranca de Los Barros (núcleo) = Perceiana ?

La Vega del Conde (cortijo)

8. Almendralejo

Dehesa de Arriba

El Rozo

Taldarroba

9. Torremegía

Torremegía (núcleo urbano)

10. Mérida (A)

Puerto de Sevilla

Dehesa de Areitio

Cortijo de Galán

El Berrocal

La Fernandina

La Dehesilla

Puente- Rº Guadiana. Mérida (núcleo urbano)

Ramales vía

Puente- Aº Albarregas

El Mármol

La Romera

La Godina

El Sapo

La Pernosa

Terrón Blanco. Aº Las Arquillas

Cruza acueducto Rabo de Buey-San Lázaro

El Mármol

Las Laderas

Val de los Hitos

El Royanejo

Mérida (B)

Raposera de Abajo (cantera romana)

11. Mirandilla

Los Arenales.

El Bonalillo.

12. El Carrascalejo

El Chaparral

13. Aljucén

Tres Mojones

Las Zorreras

La Dehesa

V.2 PROVINCIA DE CACERES.

14. Montánchez

Las Ventas, Valle de

15. Alcuéscar

La Torrecilla

Dehesa Bonilla

Cerro de la Carbonera

Las Herrerías (puerto)

Peña Flor

16. Casas de Don Antonio

Dehesa de la Pared

Dehesa Boyal

Casas de Don Antonio (núcleo urbano) = Ad Sorores Puente -

Rº Ayuela

17. Aldea del Cano

Aº del Verdinal

Aldea del Cano (núcleo urbano)

18. Cáceres (A)

Santiago de Bencáliz (dehesa)

Yacimiento La Atalaya (dehesa)

Puente - Aº de Santiago

Cáceres (B)

Garabato (dehesa)

La Cervera (dehesa)

Las Herguijuelas (dehesa)

La Zafra (dehesa)

Puente - Rº Salor

Valdesalor (núcleo urbano)

El Trasquilón

Matamoros

Cáceres (núcleo urbano) = Norba. Ramales

Cáceres el Viejo (núcleo urbano) = Castra Caecilia

Cáceres (C)

La Higuera

19. Casar de Cáceres

La Dehesilla

Cañada Alta

Casar de Cáceres (núcleo urbano)

El Olivar

Arenal del Espino

Arenal de La Atalaya

20. Garrovillas

Lomo de Plata

Cumbre Oscura (finca)

Los Baldíos

Los Hoyos (era)

Cantalobos (núcleo urbano)

Alcántara (embalse)

Alconétar. Puente - Rº Tajo. (yacimiento)

Torre de Floripes

Garrovillas. Parador de La Magdalena (yacimiento)

Puente El Garro - Rº Almonte

Cerro La Horca

Los Novillos

Cerro Garrote=Tvrmvlos?

21. Cañaveral

La Pascuala

Era del Hornito

Cerro Retamar

Cañaveral. Hostal Miraltajo-estación

Cabeza Gorda

22. Casas de Millán

Los Castaños (puerto)

Sierra de Santa Marina

23. Grimaldo

Grimaldo (núcleo urbano)

24. Holguera

Monte Cabildo

25. Riolobos

Dehesa de Riolobos

Dehesa del Cuchillar

Barrera del Monte

Dehesa Nueva

Caleras

Cruce Aº Boqueras de Rivero

Puente - Aº de Riolobos

26. Plasencia

La Alberquilla

Las Hacillas

Los Corralillos

Valsagado

La Torrrecilla

27. Galisteo

Fuente del Sapo

Larios (finca) = Rvsticiana

Las Brujas (torre defensiva)

Las Romanas

Aº de la Monja

Valdechinas

Aº de la Plata

Patriotas (cerro)

San Gil (cerro)

Dehesa del Cabezo

28. Aldehuela de Jerte

Los Curiales

El Carrascalejo

Aldehuela de Jerte (núcleo urbano). Ramal

29. Carcaboso

Zarzoso

Casillas

Los Llanos

San Pedrillo. Puente Guinea - Rº Jerte

30. Valdeobispo

La Guijosa

Dehesa de Valverde

31. Ahigal

Portezuela

32. Oliva de Plasencia

Cuarto Real

Dehesa de Valtravieso

Caserío Venta Quemada

Dehesa de Valverdejo

Carrones

Casa Blanca (finca) = Caparra

Fresnilla

33. Villar de Plasencia

34. Jarilla

Aº de Recoba

Dehesa de Cabezaoli

Dehesa Los Cuartos. Cruza Aº Valdesegura

La Dehesilla

35. Guijo de Granadilla

36. Zarza de Granadilla

Retiro del Lindón (dehesa)

37. Casas del Monte

Las Costeras

Laguna de la Granjuela

El Fresnillo

38. La Granja

39. Segura de Toro

40. Aldeanueva del Camino.

Dehesa Valdehorno

Aldeanueva del Camino (núcleo urbano)

Puente - Aº de La Buitrera

Puente de Romanillos - Aº Ronamillos

41. Hervás

Las Dehesillas.

Pte. Las Doncellas- Rº Ambroz

Las Cañadas

El Berrocal

42. Baños

El Verdugalejo

La Olivilla

El Batán

El Berdugal

Ermita del Humilladero (ramal)

Puente del Cubo - Aº de Baños

Baños (núcleo urbano) = Caelionicco

Béjar (puerto)

D.O.E. Nº 30 de 15/03/1994

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Interés Cultural.- Decreto 38/1994, de 7 de marzo, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento la Iglesia Parroquial de Santiago, de Miajadas.

La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, el 5 de agosto de 1982, incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico, a favor de la Iglesia Parroquial de Santiago, en la localidad de Miajadas.

El citado expediente fue remitido para su tramitación a la Consejería de Educación y Cultura de la junta de Extremadura, según lo dispuesto en el Real Decreto 3039/1983, de 21 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de cultura.

Dicha tramitación, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria sexta, apartado I, de la ley 1611985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, se ha llevado a efecto, según lo determinado en la ley de 13 de mayo de 1933, del Patrimonio Artístico Nacional; Reglamento para su aplicación

de 16 de abril de 1936, y la ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.

De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía y de acuerdo con la sentencia n.° 11/1991, de 31 de enero, emitida por el Pleno del Tribunal Constitucional, corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura, la competencia para emitir la declaración formal de Bien de Interés Cultural, y que se han cumplido los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el art° 1.1, apartado 13 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, la disposición transitoria sexta, apartado I, y los artículos 9.2 y 14.2 de la ley 16/1985, y el art° 15 del Real Decreto 111/86, y a propuesta del Consejero de Cultura y Patrimonio, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 1 de marzo de 1994,

DISPONGO

ARTICULO 1°

Se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento la Iglesia Parroquial de Santiago, de Miajadas, que se describe como:

En la plaza de Santiago se encuentra una magnífica construcción, el templo parroquial, que aunque realizada en el siglo XVI y primeros del XVII, conserva una portada gótica, único testimonio de lo que debería ser la primitiva iglesia. A mediados del siglo XVI se comenzó la construcción de la nueva iglesia bajo la dirección de Juan de Ezquerra, a este período responden la torre, la capilla bautismal y la nave.

Es un magnífico edificio exento de grandes proporciones; los espacios son amplios y están iluminados. Tiene planta de cruz latina con enorme crucero que llega a tener la longitud de la nave. Está realizada con sillarejo en la parte más antigua, mientras que el crucero y la capilla mayor son totalmente de sillares.

Tiene el templo cuatro puertas de entrada; la más antigua es la de los pies, es el único testimonio de la primitiva fábrica Es una puerta abocinada, con arco apuntado encuadrado en alfiz, estando éste último así como las arquivoltas y jambas, decoradas con rosetas y bolas.

En el último tramo de la nave, al lado de la epístola, se encuentra la segunda portada, de la segunda mitad del siglo XVI, está formada la puerta por un arco de medio punto flanqueado por pilastras acanaladas con capitel jónico; sobre el arco corre un friso decorado con círculos, rematándose la portada en frontón recto que contiene una hornacina avenerada

En el lado del evangelio, en el brazo del crucero, se encuentra una tercera puerta hoy tapiada. Es sencilla con un arco de medio punto que apoya en jambas; el arco se forma por alargadas dóvelas planas con ménsulas en la clave. Esta portada debió realizarse en el mismo momento que su opuesta, aunque esta última es mucho más rica, con la decoración cubriendo todo el muro, llegando hasta el alero del tejado.

La fachada del crucero del lado de la epístola es el tercer elemento que contribuye a dar a este lado del templo mayor realce. En la parte inferior se abre la puerta, con arco de medio punto y clave formada por un mensulón, flanqueándose el vano por pareadas columnas de fuste acanalado y capitel toscano; este primer cuerpo remata en entablamento con friso quebrado decorado con triglifos y metopas formadas por rosetas. Sobre él se ha dispuesto un gran frontón partido, también quebrado, rematado en los laterales por bolas y en el centro por una pequeña hornacina avenerada con un par de columnillas sobre plinto. Se flanquea la ventana por pilastras y rematándose en friso al que coronan un par de columnas contrapuestas en forma de S.

La torre se sitúa a los pies, en el lado de la epístola; sus muros son de sillarejo con sillares en los ángulos. De planta cuadrada y consta de dos cuerpos, el primero liso y el segundo con dos vanos en cada frente con arcos de medio punto; en uno de sus muros aparece la fecha 1560. Cuenta además el templo con una espadaña situada en el lado de la epístola, de sillares y de estructura muy sencilla, formada por un cuerpo con arco de medio punto y rematada en una cruz.

Interiormente consta de una nave muy amplia, de cuatro tramos separados por arcos apuntados sobre ménsulas; se cubren los tramos por bóveda de crucería de terceletes. El enorme crucero, así como los brazos y la capilla mayor, tienen bóveda de cruceda moderna, estrellada en el crucero y de terceletes en los restantes lugares. La sacristía, situada junto al presbiterio, en el lado de la epístola, es de proporciones cuadradas y se cubre con bóveda baída

DISPOSICION ADICIONAL

Comuníquese el presente acuerdo al Ministerio de Cultura, a efectos de su anotación definitiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura

Dado en Mérida a 1 de marzo de 1994.

El Presidente de la junta de Extremadura Juan Carlos Rodriguez Ibarra

El Consejero de Cultura y Patrimonio Antonio Ventura Diaz Diaz

D.O.E. Nº 36 de 27/03/2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Decreto 45/2001, de 20 de marzo, por el que se declara Bien de Interés Cultural la "A Fala".

La Consejería de Cultura mediante Orden de 14 de junio del 2000 (D.O.E. n.º 125, de 28 de octubre), resolvió la incoación del expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural a favor de la «A Fala».

Solicitados informes de dos de las Instituciones consultivas de la Comunidad de Extremadura (Real Academia de las Letras y las Artes y Departamento de Artes de la Facultad de Filosofía y Letras, de la Universidad de Extremadura, según se establece en el art. 4 de la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, Ley 2/1999, antes mencionada); publicada y notificada la Orden por la que se acuerda la incoación del expediente a los Ayuntamientos interesados y al Registro de Bienes de Interés Cultural, y abriéndose un periodo de información pública, mediante Orden de 30 de octubre del 2000 (D.O.E n.º 133, de 16 de noviembre). Cumpliéndose, por tanto, todos los trámites preceptivos en la instrucción del expediente.

De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Extremadura, y en la Sentencia n.º 17, de 31 de enero de 1991, emitida por el Pleno del Tribunal Constitucional, corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia para emitir la Declaración formal como Bien de Interés Cultural.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1, apartado 13, del Estatuto de Autonomía de Extremadura; artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura; a propuesta del Consejero de Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 20 de marzo del 2001.

D I S P O N G O

ARTICULO UNICO.–Se declara Bien de Interés Cultural la «A Fala», habla viva que existe en el Valle de Xálama y más en concreto en las localidades de San Martín de Trevejo, Eljas y Valverde del Fresno como se describe:

Habla viva que es preciso promover, intensificando su conocimiento tanto en la vertiente histórica como en la de su actualidad.

Desde el punto de vista histórico, «A Fala» se relaciona con la diversidad de dialectos románicos peninsulares que, a través de los sucesivos fenómenos migratorios, constituyeron este riquísimo tesoro patrimonial.

Hace falta seguir insistiendo, sin apasionamientos apriorísticos alejados de toda discusión científica, en sus orígenes y en el diverso acarreo cultural que condujo a la actual situación (la influencia medieval, la astur-leonesa, la del portugués dialectal convecino y la del castellano). Para ello siguen resultando necesarios estudios parciales de los que hoy en buena medida carecemos, ya que, si bien podemos decir que una localidad como San Martín de Trevejo es relativamente bien conocida, no ocurre lo mismo con Eljas y Valverde del Fresno.

En este plano histórico sería fundamental acometer, por poner un ejemplo, un análisis detallado de la toponimia menor.

Pero aunque resulte muy importante conocer los orígenes y las distintas etapas históricas, no podemos ceñirnos a considerar «A Fala» como una reliquia exclusiva de la Arqueología Lingüística. Si hemos de destacar un aspecto, es precisamente el de su supervivencia frente a las dificultades históricas y su afán actual de persistir en armónica convivencia con la lengua común de todos los españoles.

En este sentido, «A Fala» forma parte del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, siendo necesario que las distintas Instituciones y Administraciones Públicas coordinen sus actividades para garantizar su defensa y protección de modo que «Lagarteiru», «Mañegu» y «Valverdeiru» sigan siendo una realidad mientras sus hablantes así lo quieran. Y se han citado precisamente las tres modalidades, porque es preciso ser conscientes de que, aún teniendo un mismo tronco lingüístico, encierran diferencias que en ningún momento impiden, sin embargo, la intercomunicación entre los hablantes.

Las lenguas no deben imponerse ni restringirse en su uso desde los poderes políticos o culturales, pese a que haya sido una constante tentación en todos los momentos de la historia.

Por el contrario, las Instituciones han de tener como única misión el velar por su mayor conocimiento y por facilitar su libre difusión.

La lengua pertenece a los hablantes, «A Fala» pertenece a los habitantes de estas tres localidades y han de ser ellos los que digan cómo desean practicarla, en qué medida y con qué limitaciones.

Y no puede dejar de reconocerse en este ámbito la gran importancia e influencia que las diversas Asociaciones que existen en la zona, llenas de dinamismo y entusiasmo, han ejercido con el fin de proteger el Patrimonio Lingüístico y en suma el Patrimonio Cultural.

DISPOSICION ADICIONAL.–Comuníquese el presente Decreto al Ministerio de Cultura, a efectos de su anotación definitiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.

DISPOSICION FINAL.–El presente Decreto entrará en vigor al mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 20 de marzo de 2001. El Presidente de la Junta de Extremadura, Juan Carlos Rodriguez Ibarra. El Consejero de Cultura, Francisco Muñoz Ramirez

D.O.E. Nº 26 de 03/03/2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Orden de 22 de enero de 2001, por la que se pone fin al expediente administrativo, acordando la procedencia declaración como bien de Interés Cultural a favor de la "A Fala".

En virtud de las competencias en materia de Patrimonio Cultural, Histórico-Arqueológico, Monumental, Artístico y Científico de interés para la región, recogidas en el art. 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, así como en el art. 7.1 apartado 13 del Estatuto de Autonomía.

Cumplimentados todos los trámites preceptivos tanto para la Incoación, como para la Instrucción, establecidos en la Ley 2/1999, de 29 de marzo, antes citada, y en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y su Real Decreto de desarrollo parcial R.D. 111/1986, ambas con carácter supletorio en lo no regulado expresamente por la Comunidad Autónoma, y ante la necesidad irrenunciable de protección, defensa y difusión de la «A Fala», habla viva, propia de las localidades de San Martín de Trevejo, Eljas y Valverde del Fresno, de la provincia de Cáceres.

Vistos los artículos recogidos en el Título Preliminar y en el título Primero de la Ley 2/1999 de 29 de marzo, relativos al objeto, clasificación de los bienes y procedimiento a seguir para la declaración de los mismos.

En virtud de las competencias legalmente conferidas,

RESUELVO:

Acordar la procedencia de la declaración como bien de Interés Cultural a favor de la «A Fala», para lo cual se someterá a la consideración del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, la declaración formal, como corresponde de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía, en la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y en las demás disposiciones aplicables.

En Mérida a 22 de enero del 2001. El Consejero de Cultura, Francisco Muñoz Ramirez

D.O.E. Nº 125 de 28/10/2000

CONSEJERÍA DE CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Orden de 14 de junio de 2000, por la que resuelve incoar el expediente para declaración de "A Fala" como bien de interés cultural.

Es necesario destacar la existencia de una realidad cultural de Extremadura tan innegable como «A Fala», el habla viva que existe en el Valle de Jálama y más en concreto en las localidades de San Martín de Trevejo, Eljas y Valverde del Fresno.

Como habla viva es preciso posibilitar la intensificación de su conocimiento tanto en la vertiente histórica como en la de su actualidad.

Es evidente que desde un punto de vista histórico, «A Fala» se relaciona con la diversidad de dialectos románicos peninsulares que, a través de los sucesivos fenómenos migratorios, constituyeron este riquísimo tesoro patrimonial. Hace falta seguir insistiendo, sin apasionamientos apriorísticos alejados de toda discusión científica, en sus orígenes y en el diverso acarreo cultural que condujo a la actual situación (la influencia gallega medieval, la astur-leonesa, la del portugués dialectal convecino y la del castellano). Para ello siguen resultando necesarios estudios parciales de los que hoy en buena medida carecemos. Sí podemos decir que una localidad como San Martín es relativamente bien conocida, no ocurre lo mismo con Eljas y Valverde. En este plano histórico sería fundamental acometer, por poner sólo un ejemplo, un análisis detallado de la toponimia menor.

Pero aunque resulte muy importante conocer los orígenes y las distintas etapas históricas, no podemos ceñirnos a considerar «A Fala» como una reliquia exclusiva de la arqueología lingüística. Si hemos de destacar un aspecto es precisamente el de su supervivencia frente a las dificultades históricas y su afán actual de persistir en armónica convivencia con la lengua común de todos los españoles. Por eso su necesidad de defensa y de protección, de modo que lagarteiru, mañegu y valverdeiru sigan siendo una realidad mientras sus hablantes así lo quieran. Y he citado precisamente las tres modalidades porque es preciso ser conscientes de que aun teniendo un mismo tronco lingüístico, encierran diferencias que en ningún momento impiden, sin embargo, la intercomunicación entre los hablantes.

Las lenguas no deben imponerse ni restringirse en su uso desde los poderes políticos o culturales, pese a que haya sido una constante tentación en todos los momentos de la Historia. Por el contrario, las Instituciones han de tener como única misión el velar por su mayor conocimiento y por facilitar su libre difusión. La lengua pertenece a los hablantes, «A Fala» pertenece a los habitantes de estas tres localidades y han de ser ellos los que digan cómo desean practicarla, en qué medida y con qué limitaciones. No puede dejar de reconocerse, en este ámbito, la gran importancia que las diversas asociaciones que existen en la zona, llenas de dinamismo y entusiasmo, han ejercido con el fin de proteger el patrimonio linguístico y en suma, el patrimonio cultural.

Por ello el Consejero de Cultura, en base a las atribuciones concedidas por el art. 7.2 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

RESUELVE

Reconocer y proteger como bien relevante del Patrimonio Histórico y Cultural Extremeño a «A Fala». Y en consecuencia incoar el correspondiente expediente para su declaración como Bien de Interés Cultural.

La presente Resolución deberá ser remitida a los Organos Asesores correspondientes previstos en el art. 4 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a fin de que emitan el correspondiente informe y al Diario Oficial de Extremadura y al Boletín Oficial del Estado para su publicación y apertura del correspondiente plazo de información pública.

Mérida, a 14 de junio del 2000. El Consejero de Cultura, Francisco Muñoz Ramirez