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Pescueza

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DATOS del MUNICIPIO 39° 55' 05" N y 6° 38' 46" W. Hoja MTN 621

TIPO DE ENTIDAD: Villa

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 50,63

ALTITUD: 330 m.

POBLACIÓN: 160 hab.

DISTANCIA CACERES: 80 Km.

PARTIDO JUDICIAL: Coria

MANCOMUNIDAD: Vegas de Alagón, Ribera de Fresnedoso

COMARCA AGRARIA: Coria

GENTILICIO: Pescozano

BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA:


SITUACIÓN del MUNICIPIO

    Pescueza es un municipio de la provincia de Cáceres. El terreno es ondulado, destacan las pequeñas sierras de Marisantos, Ladronera y Pando como elevaciones más significativas, no sobrepasando los 500 metros de altitud.

    Se encuentra el término municipal está surcado por dos ríos principales, a tres kilómetros al norte el Alagón, y a seis al sur la Rivera Fresnedosa, que divide en dos mitades a dicho término, siendo los dos cursos de agua más importantes que surcan su término municipal. También existen multitud de arroyos menores que vierten sus aguas a estos ríos, cabe destacar el arroyo Zamarril, que hace límite con Portaje, y el arroyo de los Pilambres o Torruco como afluentes del río Alagón; y los arroyos de Molinillo y Valdelacasa como afluentes de la rivera Fresnedosa.

    El clima es de tipo mediterráneo, con su característica irregularidad térmica, que presenta días de mucho frío en invierno y días muy calurosos en verano. La pluviometría también es irregular, experimentando grandes periodos de sequía, más acentuados en los últimos años, como ocurre en toda Extremadura.

    Exceptuando los alrededores del pueblo, zona ocupada por los huertos y la parte que rodea a éstos por el noreste, conocida como La Lagunilla, casi la totalidad del término municipal de Pescueza es un bosque de encinas que ocupan las fincas denominadas El Baldío, Dehesa Boyal, Dehesa de Arriba, Dehesa de Abajo y la mayor parte del Arenal. Esta última dividida hoy día en varias partes y que alberga las pequeñas sierras de Marisantos, Ladronera y Pando lugar donde están los alcornocales que existen en Pescueza.

    Tanto el encinar como el alcornocal, debido a la variedad de fauna y flora que poseen, son de un gran valor ecológico, concentrándose en estos ecosistemas la mayoría de las especies importantes de la fauna existente. La encina es el árbol más abundante, se presenta principalmente en terrenos más o menos llanos en forma de encinar adehesado. La encina ha tenido siempre una gran importancia y sigue teniendo,  no solo para Pescueza sino para toda Extremadura. Además de la gran importancia ecológica del encinar, este árbol ha sido básico para la extracción de productos para agricultura y ganadería como leñas, carbones, y por supuesto el alimento que proporciona su fruto (la bellota) para la ganadería. En los huertos cercanos a la localidad abundan con respecto a otros árboles los olivos e higueras, encontrándonos también algunos frutales como peral, naranjo, limonero, melocotonero, almendro y otros.

    Al norte, en las laderas que rodean el curso del río Alagón, abunda un espeso matorral de jaras, al igual que en las sierras de Marisantos, Ladronera y algunos otros lugares. Este matorral es el hábitat ideal de gran cantidad de animales, sobre todo mamíferos que encuentran aquí sus refugios.

    Pescueza es un municipio de la provincia de Cáceres, se halla situado al noroeste de dicha provincia, en la comarca de Coria (20km).

Limita con los siguientes municipios:

Al norte con Casillas de Coria.
Al este con Portaje.
Al sur con Acehúche.
Al oeste con Cachorrilla.

    Es un municipio de los que componen la comarca del Valle del Alagón.

   La Asociación para el Desarrollo del Valle del Alagón (ADESVAL), es una Asociación sin ánimo de lucro, cuya finalidad es "promover cuantas iniciativas persigan el Desarrollo de nuestra comarca".

    La constituyen 27 municipios del Valle del Alagón, empresas, cooperativas, asociaciones y socios individuales, que participan en el tejido productivo de nuestra comarca.

    ADESVAL, tiene como principal ámbito de actuación el territorio que comprenden los municipios Cacereños de: Acehuche, Aceituna, Aldehuela de Jerte, Alagón del Río, Cachorrilla, Calzadilla, Carcaboso, Casas de Don Gómez, Casillas de Coria, Ceclavín, Coria, Galisteo, Guijo de Coria , Guijo de Galisteo, Holguera, Huelaga, Montehermoso, Morcillo, Pescueza, Portaje, Portezuelo, Pozuelo de Zarzón, Riolobos, Torrejoncillo, Valdeobispo, Villa del Campo y Zarza la Mayor.

Ministerio de la Gobernación (BOE de 04/09/1975 - Sección III)

(Referencia BOE-A-1975-18616)

Decreto 2069/1975, de 24 de julio, por el que se aprueba la constitución de una Mancomunidad formada por los municipios de Calzadilla, Villa del Campo, Guijo de Coria y Guijo de Galisteo (Cáceres), a los fines de abastecimiento de aguas.

   La Mancomunidad Integral Valle del Alagón se encuentra situada al norte de la provincia de Cáceres, limita al norte con Sierra de Gata, Hurdes y Sierra de Granadilla, al sur con Ribera de Fresnedosa, al este con Portugal y al Oeste con Plasencia.

   Su extensión territorial de 635 km2 y un total de 15.248 habitantes repartidos entre sus 14 municipios y dos pedanías: Aceituna, Alagón del Río, Aldehuela del Jerte, Calzadilla, Carcaboso, Galisteo, Guijo de Coria, Guijo de Galisteo (El Batán y Valrio), Huelaga, Morcillo, Montehermoso, Pozuelo de Zarzón, Valdeobispo y Villa del Campo.

   En 1976 el Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón y posteriormente en 1985, el Ayuntamiento de Aceituna se incorporan a la citada Mancomunidad. En 1993, se inicia expediente para la modificación de los Estatutos de la Mancomunidad, que permita dar cobertura legal a los nuevos servicios que se están prestando y a los próximos que se van a asumir; así como la incorporación de nuevos municipios, quedando inconcluso.

   En 1995 se produce la integración del municipio de Morcillo en la Mancomunidad participando de todos los servicios establecidos y programas desarrollados a excepción del Servicio de Abastecimiento de Agua, integración, que se produce en 1998 tras la entrada en servicio la red de abastecimiento de agua de Morcillo, Batán y Valrio.

    La Mancomunidad de San Marcos ha sido la matriz de una nueva Mancomunidad integral, con la adhesión de los municipios que formaban la Mancomunidad de Municipios del Valle del Alagón, Galisteo, Alagón del Río, Aldehuela del Jerte, Carcaboso y Valdeobispo así como los municipios de Huélaga y Montehermoso.

    Según Pascual Madoz, en el año 1849 en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, en su tomo I:

   "ALAGON: rio de la provincia de Cáceres; tiene su origen en la de Salamanca; pero es en ella poco conocido por la escasez de sus aguas, y por la confusión que existe para designar su verdadera aparición: seguiremos en esto las noticias que nos parecen mas acertadas, separándonos del mapa de D. Tomás López y otros geógrafos: nace este rio en una abundantísima fuente, término de Aldeanueva de Campomojado, partido judicial de Alba de Tormes, á la falda meridional de la sierra de Herreros; recibe casi á su nacimiento las aguas que vienen de esta sierra, y asi, pobre aun, entra por el estremo meridional del término de Frades, partido de Sequeros, en el de Villar de Leche, alqueria del Endrinal, que atraviesa pasando junto al pueblo unos 50 pasos al S.; baja después á la villa de Monleon, en cuyo término recibe las aguas de Riofrio y Mandiles, sirve de límite meridional á la del Tornadizo, corre al N. de S. Esteban de la Sierra, NE. de Garcibuey, SO. de Santibañez donde le entran los rios Quilama y Pasajes, que vienen de la villa de Valero, E. de Miranda del Castañar, haciendo límite con Sta. Maria de lo Llano, hasta entrar en el término de Soto Serrano: 1/2 leg. al NE. de este pueblo, recibe al rio Francia por su derecha, y todos los arroyuelos del territorio, y por su izquierdo, en el llamado Vado del Toro, el rio Cuerpo de Hombre que viene de las sierras de Béjar ; asi, rico ya é inagotable, penetra en las escarpadas montañas de las Hurdes, partido de Granadilla, provincia de Cáceres; pasa por entre las alquerias Cabaloria y Rio Malo de Abajo, su rapida corriente se apodera de las aguas de los rios Cabezo y Batuecas, llega á Arroyo Franco, toma las del Vegas de Coria que trae embebidos otros arroyuelos, baja á la Pesga, y en el sitio denominado Boca de Oveja se le incorpora por la derecha el rio Angeles, que viene del Pino Franqueado y Casar de Palomero: baña el O. de las murallas de Granadilla , donde recibe por la izquierda las riberas Aldovareta y Aldovara , continúa á los términos del Guijo de Granadilla, Ahigal y Santibañez el bajo, en los que recibe por la izquierda el rio Ambróz, y por la derecha las riberas del Bronco, Palomero y Mohedas; sigue por Valdeobispo, Montehermoso y Galisteo, bebe á 1/4 legua al SO. del último las aguas del rio Jerte que viene de Plasencia por su izquierda, y descendiendo á los llanos de Morcillo, Marchagáz (despoblado de Coria), Coria, Casillas y Ceclavin, corriendo siempre en dirección SO, recoge por su derecha al rio Arrogo y ribera de Gata que trae embebidos todos los riachuelos de la sierra de su nombre: después de tan larga corriente, hecho dueño de tantos otros raudales, rico y poderoso, tropieza á 1/4 legua al N. de Alcántara con las aguas magestuosas del Tajo, y sucumbe ante su poder, no sin presentar una especie de choque, y como rehusando mezclar sus cristalinas aguas, con las turbias y oscuras de su competidor: tiene 7 puentes; el 1 se halla en la villa de Monleon, bastante largo y seguro: el 2 en la de S. Esteban de la Sierra, construido en él año 1588, á juzgar por este número que aparece grabado en una de sus piedras principales, y en uno de sus 4 arcos; es de piedra, bastante elevado, 50 pasos de largo y 5 de ancho, con sus pretiles hasta el pecho de un hombre, el 3 en Miranda, de piedra pizarrosa, situado en la calzada que va á Béjar y Salamanca: tiene 3 buenos arcos, mas de 50 pies de altura, 70 de largo y 14 de ancho, en estado completo de solidez después de la compostura que se le hizo en el año de 1842: el 4 en Soto Serrano de 3 ojos, firme y seguro: el 5 en Granadilla, grandioso y muy antiguo de piedra sillar labrada, con 6 arcos, iguales los 2 primeros, en progresión descendente los demás, de 20 varas en su mayor altura, 150 pasos de longitud, 8 de latitud y ademas los pretiles; el 6 cerca del Guijo, se llama el pontón, por cuanto es de un solo arco que se arroja atrevidamente de una márgen á otra del rio; sus cimientos están formados por terribles peñascos que hacen su aspecto mas imponente; los pretiles están derribados en la mayor parte; se cree obra del emperador Trajano; el 7 en Coria edificado en 1518, pero habiendo cambiado de curso el rio separándose de su antiguo álveo 120 varas, el puente ha quedado en seco, sirviendo tan solo para hacer mas llevadera la bajada de los barrancos, sobre que se halla la poblacion: tiene 5 ojos, 200 varas de largo y 54 palmos de altura. El suelo de este rio puede considerarse en 5 trozos: el 1 desde su nacimiento hasta el limite de Solo Serrano que comprende 8 leguas de terreno desigual y márgenes escabrosas: en este trozo pierde su curso en el verano quedando siempre algunos charcos: el 2 basta el puente de Granadilla 4 leguas por las montañas de las Hurdes, terreno agrio, lleno de despeñaderos, arrastrando on su rápida corriente grandes piedras, y causando á los pobres Hurdanos innumerables perjuicios en sus avenidas, durante las cuales se ven bajar por el rio vigas y muchos de los muebles de que usan aquellos montañosos: ol 3 hasta Valdeobispo 4 legua, con muchos barrancos: el 4 hasta Casillas 8 leguas, de piso arenoso y firme por vegas no muy espaciosas, poco llanas, vadeable por muchos sitios; y últimamente hasta su confluencia con el Tajo 6 leguas en las que vuelve á engargantarse con márgenes tan escobrosas como las de Hurdes: antes de llegar á su desagüe y entro la embocadura del Arroyo-quince y las cercas  del Olivar del Acenchal, término de Alcántara, está el llamado Salto del Caballo ó como otros dicen del Gitano, que es una garganta de 2 varas de latitud y de 8 á 10 mas alta que ol nivel ordinario del rio, por donde este se precipita; toda su corriente es de 30 leguas de N. á S. y de NE. á SO.; arrastra en ella muchas pepitas de ORO, tanto que hay pueblos, principalmente en Montehermoso, en donde las mugeres metidas on el agua, se ocupan constantemente en limpiar las arenas del rio para estraer este precioso mineral: PRODUCE: mucha y esquisita pesca de truchas, hasta Granadilla; anguilas, barbos, y peces hasta de 30 libras de aqui adelanto; da movimiento á infinidad de molinos harineros, de aceito, aceñas, y á la preciosa máquina hidráulica para paños, propia de D. Dionisio Muñoz do Roda, establecida nuevamente á la vista de la ciudad de Coria."


DATOS del AYUNTAMIENTO

Ayuntamiento de Pescueza
C/ Plaza Mayor 8
Código postal 10882

927 14 07 53
927 14 07 53

administracion@pescueza.es

DOE núm. 93, MARTES 8 DE AGOSTO DE 1995

AYUNTAMIENTO DE PESCUEZA

Escudos Heráldicos.

Edicto de 12 de julio de 1995, sobre adopción de Escudo y Bandera Municipal.

Aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 28-06-95 el proyecto de adopción del Escudo y Bandera Municipal, de conformidad con lo que determina el art. 4 del Decreto 13/1991, de 19 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudo y Bandera de las Entidades Locales, se expone al público por plazo de 15 días al objeto de que se formulen las reclamaciones pertinentes.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones el expediente referenciado se entenderá definitivamente aprobado

Pescueza, 12 de julio de 1995.–El Alcalde, AMADOR PEREZ MATEOS.

DOE núm42 JUEVES, 16 DE ABRIL DE 1998

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Escudos Heráldicos.- Orden de 25 de marzo de 1998, por la que se aprueba el Escudo Heráldico y la Bandera Municipal, para el Ayuntamiento de Pescueza.

El Ayuntamiento de Pescueza ha instruido el expediente administrativo para la adopción de Escudo Heráldico y Bandera Municipal. Dicho expediente fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesiones de fechas 25 de diciembre de 1995 y 24 de septiembre de 1997, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón y enseña. Consta en dicho expediente informes del Consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura emitidos con fechas 16 de julio de 1997 y 17 de febrero de 1998.

Considerando que la sustanciación del citado expediente se ha ajustado en todo a lo preceptuado en el Decreto 13/1991, de 19 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudos y Banderas de las Entidades Locales; y en uso de las atribuciones conferidas por referido Decreto,

DISPONGO

ARTICULO 1.º - Se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de Pescueza, cuyo diseño se recoge en el Anexo I, con la siguiente descripción:

«Escudo cortado y medio partido. Primero, de gules león de San Marcos de oro. Segundo, jaquelado de azur y plata. Tercero, de oro bandera de gules. Al timbre Corona Real cerrada».

ARTICULO 2.º - Se aprueba la Bandera del Municipio de Pescueza, cuyo diseño se recoge en el Anexo II, con la siguiente descripción:

«Bandera rectangular, de proporciones 2/3, formada por tres triángulos, siendo amarillo el que tiene los vértices en los extremos del asta y el punto central del batiente, rojo el superior y verde el inferior».

Mérida, 25 de marzo de 1998. El Consejero de Presidencia y Trabajo, Victorino Mayoral Cortes

DOE num.70, MARTES, 19 DE JUNIO DE 2007

CONSEJERIA DE DESARROLLO RURAL

Agrupación de Municipios.- Orden de 1 de junio de 2007 por la que se aprueba la disolución de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención de los municipios de Portaje-Pescueza-Cachorrilla.

La Junta de Extremadura acordó iniciar de oficio, mediante Resolución de la Dirección General de Administración Local, de fecha 9 de febrero de 2007 (D.O.E. núm 23, de 24 de febrero de 2007), expediente para la disolución de oficio de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención de la Agrupación Portaje-Pescueza-Cachorrilla, todos de la provincia de Cáceres.

En la tramitación del expediente se ha cumplido lo preceptuado en el Real Decreto 1732/1994, y el Decreto 45/1990, de 19 de junio, de la Junta de Extremadura; sometido a información pública, no se presentaron alegaciones algunas; asimismo se informó favorablemente, sobre la desagrupación proyectada, por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.

La aprobación de los expedientes de constitución de Agrupaciones para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención, es competencia de la Consejería de Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura, en virtud del artículo 161 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y del Decreto 45/1990, de 19 de junio, de la Junta de Extremadura, en relación con el Decreto 26/2003, de 30 de junio, del Presidente de la Junta de Extremadura, por el que se distribuyen las competencias de las Consejerías que conforman la Comunidad Autónoma de Extremadura, asignándole a la Consejería de Desarrollo Rural las que le corresponde ejercer, entre las que se encuentran las de coordinación con las Corporaciones Locales, ordenación, ejecución y control de las competencias que en materia de Administración Local corresponden a la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Examinado el expediente instruido al efecto, se observa el cumplimiento de los requisitos exigidos por las disposiciones vigentes para la disolución de Agrupaciones. La disolución proyectada representará una mejora de la prestación del servicio por parte del funcionario que desempeñe las funciones de Secretaría-Intervención.

Por todo ello, en base a lo establecido en el artículo 161 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 4 del Decreto 45/1990, de 19 de junio de la Junta de Extremadura,

DISPONGO:

1.º Aprobar la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención de los municipios de Portaje-Pescueza-Cachorrilla, ambos de la Provincia de Cáceres.

2.º Que se comunique la presente resolución al Ministerio para las Administraciones Públicas, a efectos de clasificación y provisión del puesto de Secretaría-Intervención.

Mérida, a 1 de junio de 2007. El Consejero de Desarrollo Rural, Francisco Javier López Iniesta


HISTORIA

    El pueblo se fundó aproximadamente en la primera mitad del siglo XV. Los primeros documentos que demuestran la existencia del lugar son de 1479 y 1497 y en los mismos se hablaba sobre deslinde y amojonamiento. La actividad principal del pueblo siempre fue la ganadería desde su fundación, lo cual sigue siendo así en la actualidad.

    En 1530 se hizo un censo de población dirigido por Tomás González, posiblemente por encargo de la diócesis de Coria. Según ese censo, el pueblo tenía aquel año 80 vecinos pecheros y unos 320 habitantes.

    En la iglesia parroquial, dedicada a la Virgen de la Asunción, hay documentos de finales del siglo XVI. Según éstos, en esa época el pueblo tenía dos cofradías: la de San Antonio Abad y la de la Vera Cruz, a la última de las cuales se le concedió una bula papal en el siglo XVII.

    El Catastro de Ensenada se hizo en este pueblo en 1754. Según el mismo, Pescueza pertenecía al señorío de Toledo como integrante en el territorio jurisdiccional del marquesado de Coria y ducado de Alba. El duque de Alba fue hasta 1811 dueño de la finca "Los Arenales", situada en el margen izquierdo de la rivera de Fresnedosa y que abarca más de la mitad del actual término municipal de Pescueza.

    Del Interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura, Partido de Coria, realizado con fecha 4 de marzo de 1791, paginas 243 a 254 se desprende lo siguiente:

    "Pescueza.- En el lugar de Pesqueza a quatro dias del mes de marzo año de mil setecientos noventa y uno, en cumplimiento de la ynstruccion formada por el Real y Supremo Consejo sobre la visita de los pueblos asignados a la Real Audiencia de esta provincia, que deve egecutarse antes de la apertura de dicha Real Audiencia y se esta egecutando en este partido por Su Señoria el Señor Don Francisco Xabier de Contreras oydor de dicho nuebo regio tribunal, nosotros Francisco Thome alcalde, Domingo Rodriguez Martin y Juan de Llanos regidores, con Francisco Garcia procurador del lugar de Pesqueza, juntamente con Francisco Granados escribano con real aprobacion de este pueblo, en obedecimiento del mandato de Su Señoria y conforme al ynterrogatorio formado de que se nos ha dado copia, evaquando las preguntas que comprehende declaramos sobre cada una de ellas lo siguiente:

    1ª Primeramente este dicho lugar llamado Pesqueza distante dos leguas de la ciudad de Coria, a cuya jurisdicion esta sugeto, esta situado quasi al poniente de dicha ciudad, distante diez leguas de la villa de Caceres; y su termino se estiende de norte a sur cinco quartos de legua y del lebante a poniente media legua, y hace la figura que se demuestra al margen; linda al lebante con termino del lugar de Portage, al poniente con termino del lugar de Cachorrilla, al norte con el del lugar de Casillas y Rio Alagon que los divide, y por sur con termino de la villa de Azahuche, y dicho Pesqueza dista de citada villa de Azahuche dos leguas, una al lugar de Casillas, otra del lugar del Portage y un quarto de legua del de Cachorrilla, todos los quales son correspondientes al territorio asignado a dicha Real Audiencia y correspondientes al obispado de Coria.

    2ª Dicho pueblo es de señorio perteneciente al Marquesado de Coria por solo la jurisdicion y en el concejo que se celebra en fin de año eligen y nombran el alcalde, regidores y procurador que cumplen, con dos vecinos jura mentados de los de mayor representacion del pueblo, los sugetos que han de servir dichos quatro empleos de alcalde, regidores y procurador en el año subcesibo; y dicho alcalde y los dos regidores perciben anualmente de situados cien reales, que se dividen entre todos tres por partes yguales conforme al reglamento del Consejo del año de sesenta y seis. Dicho alcalde es pedaneo y no conoce en asumpto alguno civil ni criminal, a escepcion de lo que por comision se le ordena por el alcalde mayor de dicha ciudad de Coria, de los asumptos verbales cuyo valor no esceda de mil maravedises; ni ay en dicho pueblo abogado, procurador, ni escribano mas que el presente, con el qual tiene lo suficiente para su gobierno y percibe de situado anuo por dicho reglamento quatrocientos y quarenta reales vellon, que como los ciento arriba espresados se pagan del caudal de propios, y dicho escribano se arregla en la percepcion de derechos de los ynstrumentos que ante el se otorgan y de las diligencias que practica, en virtud de comision del juzgado de dicha ciudad de Coria al Real Arancel del año de veinte y dos, el qual es el que rige de esta parte del Tajo.

    3ª. El numero de vecinos de dicho pueblo es el siguiente:
Labradores cuarenta y ocho. 48.
Viudas once. 11.
Jornaleros veinte. 20.
Sastres cinco. 5.
Herreros dos. 2.
Zapateros dos. 2.
Barbero uno. 1.
Guarda de la dehesa uno. 1.
Total nobenta vecinos 90.

    Los quales no forman gremio, no tiene ordenanzas, ni hacen examenes para su yngreso en dichos oficios; y su dibersion mas comun en particular de los jobenes es el tiro de barra, juego de calba y baylar al son de un pandero los dias festibos, sin que se note ynclinacion a vicio alguno, ni abuso en el modo y oras del trabajo, siendo el salario diario del jornalero dos reales en todo el año, a escepcion de la temporada de siega en la qual suele ascender a cinco y aun a seis reales, se entiende los labradores, pues el oficial sastres gana tres reales y medio y cinco el zapatero.

    4ª. En dicho pueblo solo ay abasto de vino y acéyte, el qual se arrienda en beneficio de la contribucion real de la sisa a fabor del vecindario en el mayor postor; y la medida que se usa en dicho abasto es el cantaro de treinta y seis quartillos, bendiendo por lo menor segun el uso y costumbre de todos los pueblos comarcanos.

    5ª. En dicho pueblo ay casa de concejo y carcel, edificios pequeños sin alto alguno y tan reducidos y de ynfima calidad como los demas del pueblo, en conformidad que no merecen se haga de ellos espresion; tampoco ay archibo publico ni oficio de hipotecas.

    6ª. En dicho pueblo solo ha habido tres escribanos con real aprobacion, yncluso el actual a cuyo cargo se hallan as¡ sus protocolos, como los de sus dos antecesores, custodiados y resguardados en un arca en la forma y con la seguridad combeniente.

    7ª. Queda dicho en la segunda pregunta no haber en este pueblo causa civil ni criminal y por consiguiente se añade en esta no haber preso alguno por la justicia real ordinario ni por comisionado.

    8ª. Dicho pueblo esta situado en una ladera frenta al frente al poniente, su piso de piedra pizarra al natural y sus calles no guardan proporcion, y si son bastante anchas para dar curso a los carros de la labor y por su pendiente situacion se limpian facilmente con las aguas.

    9ª. En dicho pueblo no ay meson ni casa alguna de posada por ser lugar de muy poco transito y sus vecinos quando acaece que algun forastero tenga que parar en el o hacer noche le recogen o bien por atencion o de limosna. Los caminos son muy estrechos, escepto los que salen para Portage y Zeclavin y para el Azahuche, y los que dirigen a Casilas y Rio Alagon son bastante yncomodos por las quiebras del terreno y poco uso, siendo muy dificultosa y costosa su reparacion, pero no son cerrados de monte ni espuestos a robos ni desgracias.

    10ª. No se celeban ferias ni mercado alguno en dicho Pesqueza, ni comercio alguno ni proporcion para ello.

    11ª. Tampoco ay fabricas, tintes, ni proporcion para ello.

    12ª. Los propios de dicho pueblo se componen y unicamente consisten en la dehesa boyal poblada de monte alto de encina y pasto, su cabida ciento y cinquenta fanegas, y un horno de pan cocer, que anualmente producen por quinquenio dos mil ochocientos sesenta y siete reales vellon; y no ay otro caudal alguno publico.

    13ª. Dicho pueblo esta encabezado con la Real Acienda por razon de penas de camara en la cantidad de veinte y seis reales, no obstante lo qual por lo regular pasan los años enteros sin haber alguna.

    14ª. Tiene alhondiga y su fondo fijo es de mil y seiscientas fanegas de trigo, las quales estan existentes en citada alhondiga, a escepcion de setecientas que para hacer la sementera prosima pasada se repartieron a los vecinos labradores y senareros en la forma acostumbrada.

    15ª, 16ª, 17ª. Este dicho pueblo no ay ordenanzas, cathedral, ni curia eclesiastica.

    18ª. La yglesia parroquial del mismo pueblo no tiene mas dotacion y emolumentos que catorce fanegas de trigo, tres de centeno y diez de zebada que le corresponden anualmente por un quinquenio del cuerpo de diezmos, pues aunque la pertenecen tres o quatro huertecillos para sembrar forrage, las cargas que tienen ympuestos sobre ellos ymportan mas que sus productos.

    19ª. En dicho lugar no ay cementerio ni necesidad de el por su corto vecindario.

    20ª, 21ª. Tampoco ay beneficio, ni capellania alguna, hospital, ni obra pia, segun se pregunta por los articulos veinte y veinte y uno.

    22ª. Existe y ay en dicho pueblo unicamente una cofradia yntitulada de la Vera Cruz, cuyo ynstituto es enterrar los muertos y asistir a las quatro misas generales con sus oficios que se celebran cada año por la cofradia, la qual no tiene mas fondo que las penas que se ymponen y exigen a los yndibiduos que faltan a dicho ynstituto, y de ella son cofrades todos los vecinos de dicho pueblo.

    23ª. Fuera de el y en su termino ay las dos hermitas de San Anton y el Humilladero, donde se venera la efigie de Nuestro Redenptor Crucificado, y en el que ganan yndulgencia plenaria los fieles dos beces al año visitandole, pero no se celebra funcion, ni dichas hermitas tienen rentas ni otra cosa con que subsistir que la caridad de los vecinos de dicho pueblo.

    24, 25 y 26. En el mismo pueblo y su termino no ay combento ni seminario alguno, bibliotecas, papeles, ni manuscritos recomendables.

    27ª. Si ay en el escuela de niños que corre al cargo de un vecino del mismo pueblo, que los enseña a leer, escribir y contar bajo la ynspeccion y cuidado de la justicia, y se abona anualmente al maestro de ella doscientos cinquena y seis reales que se pagan del caudal de propios conforme al Real Reglamento citado.

    28, 29, 30, 31 y 32. No ay en citado pueblo sociedad economica, administracion de correo, ni otra alguna de renta reales, ni dependiente del Santo Tribunal de la Ynquisicion, no oficial o sargento de vandera, ni persona alguna que de escandalo publico, perturbe el buen orden, ni ympida la administracion de justicia.

    33ª. Solo ay en citado pueblo un zirujano que asiste a los vecinos en sus enfermedades y en los oficios de barbero, por lo qual le pagan aquellos anualmente ocho celemines de trigo cada uno; y no ay medico, boticario, ni otro sirviente mas que el guarda de la dehesa boyal referida, al qual se paga anualmente del caudal de propios el situado de ciento y cinquenta reales segun el enunciado Real Reglamento.

    34. En dicho pueblo no ay hospicio, casa de misericordia, ni junta de caridad.

    35. Las unicas cosechas que ay en enunciado pueblo de consideracion son la de trigo, que anualmente asciende regulada por un quinquenio a mil quinientas ochenta y dos fanegas, la de zenteno que por la misma regulacion asciende a doscientas y veinte y una fanegas, y la cebada que por ygual rázon asciende a mil doscientas veinte y quatro; cuyos granos se necesitan para el consumo del mismo pueblo y su precio corriente suele ser de quinze a veinte y quatro reales la fanega de zebada, de veinte a treinta la de centeno y de treinta a quarenta la de trigo; habiendose notado en los ultimos años algun aumento en dichas cosechas. Tambien se coge algun lino y garbanzos, pero en tan corta cantidad que no merece hacerse de ello espresion.

    Y de toda se paga el diezmo que es perteneciente y se parte en nuebe porcion, de las quales dos tocan al Ylustrisimo Señor Obispo de esta diocesis, una al benerable cavildo de la ciudad de Coria, tres al beneficio curado de la Santa Yglesia Cathedral de la misma ciudad, dos a la fabrica de la misma Yglesia Cathedral y una que es la restante a la fabrica de la yglesia parroquial de dicho pueblo.

    36. No ay en el huerta alguna de regadio ni secano.

    37. Las tierras de labor se cultiban con el arado de reja ancha y corta usual y corriente del pays, tirado unicamente por bueyes.

    38. En el termino de este dicho lugar de Pesqueza no ay rio ni pantano mas que el de Alagon, que le divide como queda demostrado del de Casillas, y el pueblo unicamente se aprobecha de sus aguas para la molienda de granos, a cuyo fin tienen que buscar aceñas en distinto termino; y aquel y sus vecinos para sus usos y consumo se valen del agua de la fuente que ay contigua al mismo pueblo, sin que pueda abrirse acequia ni conducto por donde estraher las aguas de citado rio para el riego, por lo quebrado e ynacesible del terreno por donde corre en dicho termino.

    39. Por consiguiente no ay puentes y si una barca en citado Rio de Alagon destinada al servicio de una aceña sita en termino del lugar de Casillas, el qual podra dar razon de a quien pertenece dicha barca y que derechos son los que en ella se cobran quando pasa por ella alguna gente.

    40. Tampoco ay molinos de aceyte ni de otra especie, ni maquina alguna para beneficio de cosechas, ni para trillar las mieses mas que el trillo usual del pays.

    41. Tampoco ay terrenos yncultos a proposito para labor en el termino de dicho pueblo.

    42. Dicho termino se divide en tres ojas para la labor, cada una de las quales se siembra cada tercer año y el terreno valdio y de comun aprobechamiento que ay en ellas se reparte y divide por yuntas a los vecinos labradores, dando suerte a los senareros, cuya particion se egecuta partiendo las ojas por medida en sesmos y estos por yuntas, y boleando despues las suertes cada vecino y senarero toma la que le toca, y hace su labor sin perjudicar al arbolado, el qual se procura conserbar con el mayor cuydado.

    43. En espresado termino no ay terrenos poblados de azabuches ni de olibos silbestres.

    44. Tampoco las ay poblados de arboles o arbustos mas que la dehesa boyal referida y alguna parte de valdio, el qual es mui poco el arbolado que tiene y esto de encinas y alcornoques, pero si todo el dicho termino se puebla de jara y retama, cuyas especies no se dejan crecer con las labores de cada tercer año, a escepcion del terreno que cae hacia el Rio Alagon, el qual por su mala calidad y por ser mui quebrado no puede beneficiarse; y no se tiene noticia de que dichos montes produzcan yerbas medicinales ni otras que puedan beneficiarse en fabrica alguna, ni del arbolado que queda referido puede sacarse leña para carbon ni madera sin deteriorarlos; y pertenecen dicha dehesa boyal de monte encina a este dicho pueblo y lo demas de arbolado al comun de ciudad y tierras, estos no estan mui bien cuydados por ser de comun aprobechamiento, como queda referido de todos los pueblos de este partido, pero enunciada dehesa como de dominio particular esta escelentemente cuydada.

    45. No ay montes ympenetrables al ganado y que solo sirban al abrigo de fieras y sea combeniente desmontar, pues los mas cerrados, que son los que caen hacia el Rio Alagon, no solo los penetra el ganado sino que le sirven de abrigo y de pasto especialmente al cabrio.

    46. El monte que se roza en dichas tres ojas quando se barbechan se pone en camadas o montones, separandoles de algun arbol si ay para que no padezca daño quando se queman dichos montes.

    47,48. No se descascan dichos montes, ni ay en citado termino terreno alguno cerrado a pretesto de cultibo y arbolado en fraude de las Reales Ordenes.

    49. En el termino del mismo pueblo solo ay dos dehesas, una de pasto y monte alto, que es la boyal citada perteneciente al mismo, de cabida de ciento y cinquenta fanegas; y otra llamada los Arenales compuesta una parte de tres de monte alto de encina y pasto, y las dos restantes de pasto y monte alto a trechos, hace todo de cabida dos mil fanegas y solo se siembran cosa de doscientas y ochenta y pertenecen a la Casa de Alba.

    50, 51 y 52. No ay en el plantio ni semillero egecutado en virtud de Reales Ordenes, castillo, casa de campo, ni despoblado alguno, y todos los años con la proporcion de mata de encina y alcornoque en citada dehesa y baldio los vecinos de dicho pueblo para mejorar y adelantar el arbolado salen a hacer aposte y limpia de carrascos en referidas matas.

    53. La caza que ay en dicho termino se reduce a perdices, conejos y liebres, sobre la qual se guardan las ordenes de veda, sin esponerse a yncurrir en pena los vecinos de dicho pueblo, lo qual es muy perjudicial por el daño que de dichas especies de caza sufren los sembrados; y anualmente se hace batida a la caza de lobos y zorras, cuyas especies tambien se crian en dicho termino, y por quanto los pastos de este, a escepcion de los de dicha dehesa boyal, son comunes los lobos y zorras que se matan concurren los sugetos que lo hacen a la ciudad de Coria, en la que de los caudales comunes se les da de premio por cada cabeza y piel de lobo que presentan al registro quatro ducados, ocho por la de loba y dos por cada lobezno, diez reales por cada zorra grante y quatro por la de cria, y por lo mismo no se puede dar razon del numero que de dichs fieras se matan anualmente.

    54. Los vecinos de dicho pueblo tienen cosa de doscientas colmenas en parajes abiertos, las que crian y conserban por el aumento que en unos años mas y en otros menos reciben por la enjambracion, y asciende la cosecha de miel a cosa de quince a diez y siete arrobas de miel y quatro o cinco de cera; las quales dichas colmenas se alimentan particularmente de las flores el tomillo, encina, jara y algun brezo; sin que se adbiertan en dicha acienda robos ni escarchamientos y el no aplicarse los vecinos mas a este ramo es por que la labor se lleba toda su atencion.

    55. Asimismo se crian en dicho pueblo los ganados lanar, cabrio, zerdoso y bacuno, de los quales los de saca se venden para los abastos de dicha ciudad de Coria, para los de la villa de Ceclavin y del lugar de Torrejoncillo; y el numero de cabezas poco mas o menos que ay en el de setecientas obejas negras del pays y doscientos y cinquenta borregos, doscientos zerdos y cien lechoes, nobecientas cabras y trescientos cabritos, y doscientas del bacuno ynclusos los bueyes de la labor y becerros de cria.

    56. En el termino de dicho pueblo no ay minerales de especie alguna o a lo menos no se conocen, tampoco ay canteras de marmol, jaspe, cal, yeso, ni de otra especie, a escepcion de las de pizarra con cuyo material se fabrican las casas de el.

    Y es quanto tenemos que esponer sobre el estado actual fisico y politico de enunciado nuestro pueblo y que decir sobre las cinquenta y seis preguntas comprehendidas en el enunciado ynterrogatorio, y todo ello la verdad y para que as¡ conste lo firmamos con dicho escribano que de ello da fe. Enmendado= juntamente= e= distante= diez= sesenta y seis= treinta= z= tres= tenemos= nuestro= vale.

    Francisco Thome. Domingo Rodriguez. Juan de Llanos. Francisco Garzia. Francisco Granado.

   En el año 1827, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid, Tomo VI,

   "PESCUEZA, Aldea Señorio de España, provincia de Estremadura, partido de Cáceres, obispado y jurisdiccion de Coria. Alcalde  Pedaneo, 94 vecinos. 452 habitantes, 1 parroquia, 1 pósito. Situado en la carretera que conduce de Almarez á Plasencia, Coria, Alcantara y Cáceres, y desde aquí hasta Mérida , á 2 leguas de Coria, en cuyo intermedio se pasa un puente s¡n rio y el de Alagon, y á 3 de Ceclavin. Prodoce granos, pastos y ganados, Industria: telares de lana. Dista 21 leguas de la capital y 2 de Coria. Contrib. 3,702 r. 17 mrs."

   Pascual Madoz en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, Tomo 12 publicado en Madrid en 1848, se refiere al pueblo en los siguientes términos:

  "PESCUEZA: Lugar con ayuntamiento en la provincia y audiencia territorial de Cáceres (12 leguas), partido judicial y diócesis de Coria (2), capitania general de Estremadura Badajoz (20). Situada en una hondonada formada por varias colinas, es de Clima cálido, reinan los vientos S. y O., y se padecen intermitentes y catarros: tiene 100 Casas pequeñas y miserables, casa de ayuntamiento, cárcel, escuela dotada con 1,100 rs. de los fondos públicos, á la que asisten 30 niños; iglesia parroquial (La Asunción de Ntra. Sra ), con curato de entrada y provisión ordinaria, y en las afueras á los estremos E. y O. dos ermitas con la advocación del Humilladero y S. Antón. Se surte de aguas potables en dos fuentes naturales de buena calidad. Confina el Termino por N. con el de Portage; E. Acehuche; S. Cachorrilla y Ceclavin; O. Casillas, á distancia de 1/4 á 3/4 leg. y comprende, 360 fanegas de monte de encina, del común del vecindario; la dehesa Valuengo con 193 de pastos; la de Chamorro de 115, de igual aprovechamiento; Nava-redonda, de la misma especie y calidad con 120; Juan de Gata, de 110 fan. de lo mismo; Galana y Cumbres. con 50 fan. de pastos, 80 de labor y 100 de arbolado; Cañada de la Cumbre, con 35 fanegas de monte y labor; Cuesta de la Morera, con 45 de pastos y 105 de labor. Le baña el rio Alagon, que forma su limite O. El Terreno es montuoso, áspero y pizarroso, sin que deje de tener alguna pequeña llanura, pero siempre con bastantes matas y jaras, dividido en tres suertes que alternan por años, siendo en su mayor parte de segunda y tercera calidad. Los Caminos vecinales, de herradura y malos, el Correo se recibe en Coria por cualquier vecino, Produce: centeno, trigo; se mantiene ganado cabrío, lanar, de cerda y vacuno, y se cria caza menor y animales dañinos, Poblacion: 110 vecinos, 602 almas, Cap. Prod.: 520,000 rs. IMP.: 41,600 rs. CONTR.: 6,065 rs. 16 mrs. PRESUPUESTO MUNICIPAL 3,400 rs., del que se pagan 2,000 al secretario por su dotación y se cubre con los pastos y fruto de bellota."

   Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.

    Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del municipio.

    A la caída del Antiguo Régimen la localidad se constituye en municipio constitucional en la región de Extremadura, Partido Judicial de Coria que en el censo de 1842 contaba con 110 hogares y 603 vecinos.

    La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.

   En la actualidad pertenece al Partido de Coria y Audiencia Territorial de Cáceres, en lo eclesiástico, la parroquia de Nuestra Señora de la Asunción, del Arciprestazgo de Coria (Ntra. Sra. de Argeme), de la Diócesis de Coria-Cáceres y Archidiócesis de Mérida-Badajoz

MONUMENTOS

    El edificio más importante es su Iglesia parroquial, de Nuestra Señora de la Asunción, La obra se realizó en su mayor parte durante el XVI, utilizando básicamente el mampuesto y la pizarra. Sus paredes son muros de pizarra y su techumbre está dividida en dos partes, la primera esta restaurada recientemente, con materiales modernos y la parte de la cabecera presenta una bóveda de medio cañón con lunetos a ambos lados.

    Esta levantada en planta rectangular con una sola nave dividida en tres tramos por arcos perpiaños y cubierta por techumbre a dos aguas. La cabecera se divide, a su vez, en dos tramos, el primero cubierto por bóveda de cañón y el segundo por bóveda de cañón con lunetos. En el tramo de los pies se eleva el coro. También a los pies, por el lado del Evangelio, se adosa la torre, un simple cubo dividido en dos cuerpos.

    Del interior cabe destacar su retablo mayor, una pequeña obra barroca del XVIII que hoy acoge imágenes modernas sin valor artístico.

    Su única portada se sitúa a los pies situada al oeste y se abre en un arco apuntado  sin mayor interés arquitectónico.

   Existen dos ermitas en ruinas, una a las afueras del pueblo, la de San Antón al Suroeste del pueblo, y otra localizada a unos ocho kilómetros, en El Arenal, dedicada a San Pedro de Alcántara en ruinas. Además el pueblo cuenta con otra ermita, la del Cristo, que está actualmente en uso y que está adosada al cementerio. Se proyecta crear una nueva ermita en honor al patrón San Marcos.


GASTRONOMÍA

    La gastronomía de Pescueza normalmente es la que existe en otros pueblos de Extremadura,  con el toque propio que le dan los habitantes de cada zona. Destacando las migas, calderetas, y dulces. Se siguen realizando las matanzas familiares de cerdos para la despensa donde se guardan los productos del cerdo, jamones de gran calidad, chorizos, patateras, paneras, salchichón, lomos y otros derivados, consumiendo durante la matanza las partes tipicas del cerdo, convirtiendose en una fiesta familiar.

    Al existir también ganaderías de ovejas y cabras, se realizan exquisitas calderetas y carnes a la brasa de estos animales; es también bastante común el cochinillo frito y al horno.  De la leche de ovejas y cabras se produce un queso de gran calidad, sobre todo de cabra.

    Dada la proximidad de ríos (Alagón y rivera Fresnedosa principalmente) también se consumen los peces que capturan los pescadores de la localidad. Destacando el mojo de peces y peces en escabeche para los barbos y bogas; tencas fritas del pantano de Pescueza y otras charcas; y también se consumen blacks-bass, carpas comunes y royales.

    La elaboración de dulces típicos consisten normalmente en las floretas, coquillos y perrunillas; estos dulces no faltan en las celebraciones familiares

    Los productos de la huerta también están presentes en la gastronomía de cada casa; ensaladas, revueltos, tortillas y otros platos sencillos con productos que se recogen del campo sin cultivarlos (espárragos, setas, puerros, cardillos, verdura,...). La verdura (lechuguilla) es una planta herbácea plana que se cria en los huertos de los alrededores; se consume aliñandose con el mojo.

    El mojo de verdura se hace de la siguiente manera: En un cuenco o ensaladera se pone agua, vinagre, sal, aceite, ajo y cebolla picaditos y allí se va mojando la verdura (previamente lavada) haciendo con dos o tres plantas una especie de bola que se introduce en el cuenco mediante un tenedor o con la mano directamente, se puede acompañar con pan.

  Para saber mas acerca de las Marcas de Calidad de la región extremeña, pinchar aquí

    Para conocer la normativa de las Matanzas Caseras, pinchar aquí

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen del cordero de Extremadura Corderex, para conocer mas sobre el cordero, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la zona Vino de la Tierra de Extremadura, para conocer mas sobre el vino de la Tierra, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí

    Para conocer el Registro de Envasadores y Embotelladores de aceite de oliva virgen extra y aceite de oliva virgen con designación de origen de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pinchar aquí.

    Su quieres conocer el panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen y la regulación de las organizaciones de operadores del sector oleícola, pincha aquí.

    Está incluido dentro de la Denominación de Origen Aceite de Gata, para conocer mas sobre este aceite, pinchar aquí

    Para conocer la Calidad de las Aguas potables, pinchar aquí

    Está incluido en la protección de la Cabra Retinta Extremeña, para mas información sobre la cabra y sus productos pinchar aquí

   Si quieres saber sobre el Registro de Derechos de Replantación de Viñedos, pincha aqui

   Para mas información sobre Gastronomía extremeña, ir a Addenda de Gastronomía


FIESTAS

Principales fiestas pescozanas: San Antón, 17 de enero.

La fiesta de San Antón comienza en la víspera (16 de enero) con la realización de una gran hoguera en la Plaza del Concejo,  antiguamente se realizaba en la Plaza Mayor. Mientras se enciende la hoguera se tocan las campanas de la iglesia y se lanzan cohetes. Alrededor de la hoguera, vecinos y curiosos se acercan para charlar y tomar aperitivos y vinos de la tierra que ofrece el Ayuntamiento. Al día siguiente se celebra misa y posterior procesión por las calles del pueblo. El día de fiesta continúa por la noche. Antiguamente los jóvenes montados a caballo saltaban la hoguera no solo con caballos, sino también con otras bestias como burros o mulos y así homenajeaban al Santo, que es el santo de los animales.

También, durante las fiestas, se pedía por las casas limosna para San Antón. Estas limosnas las pedían el Sacristán y los Monaguillos y consistían básicamente en productos de alimentación (chorizos, garbanzos, migas, pernejón, que es el codillo de cerdo, etc...) y después se subastaban públicamente y el dinero obtenido era para el Santo.

El Festivalino de Pescueza, abril

Romería de San Marcos, sábado anterior al 25 de abril (San Marcos).

    Las fiestas en honor al Santo Patrón, San Marcos, comienzan el sábado anterior al día 25 de abril con la celebración de la Romería. Todos los vecinos y amigos acompañan la imagen del santo desde la iglesia del pueblo hasta el lugar de celebración de la romería, que se encuentra a unos 6 kilómetros y es un lugar de gran belleza situado a orillas de la rivera Fresnedosa. El Santo es trasladado en un vehículo adornado especialmente para la ocasión con flores y guirnaldas.

Una vez llegados al lugar, se celebran los actos religiosos, donde se puede notar el gran fervor que sienten los pescozanos por su Santo. Comienzan dichos actos con una solemne procesión y a continuación se celebra la misa oficiada por el párroco de la localidad. Seguidamente se celebra la "echada de la bandera", consiste este acto en batir la bandera de San Marcos, a la vez que se realizan peticiones y se dan gracias al Santo por promesas, acciones de fe, etc...

Después de los actos religiosos la fiesta se convierte en un día de animadas charlas y comidas familiares entre el ir y venir de la gente,  que se divierte cantando o bailando al son de charangas y músicos y que se alarga hasta que la tarde va terminando.

  • San Marcos y San Marquinos, 25 y 26 de abril

    El día 25 de abril es el día del Patrón. Normalmente comienza la fiesta el 24 por la noche con la actuación de una orquesta en la Plaza Mayor (verbena popular), para que todos los vecinos y visitantes que quieran puedan disfrutar de la música y el baile hasta bien entrada la madrugada. Al día siguiente (25) se celebran los actos religiosos que consisten básicamente en los mismos que se realizan el día de la romería, procesión del Santo por las calles de la localidad, misa y echada de bandera.

    En el transcurso de la procesión, que es acompañada por cantos religiosos y lanzamientos de cohetes y tiros, se recitan las loas. La loa es una composición dramática que se realiza para dirigir alabanzas al Santo y que suele ser recitada desde el balcón de la casa del mayordomo por éste o algún familiar.

    Después de la procesión, misa y echada de bandera; todos los vecinos se dirigen a la casa del mayordomo, donde éste les ofrece un "convite". El convite es una invitación para tomar dulces típicos (floretas, coquillos,...) y otros aperitivos.

    A continuación la fiesta continúa con un ambiente agradable de unión de todos los vecinos y visitantes hasta la noche y donde los más jóvenes seguirán divirtiéndose hasta la madrugada.

    Como normalmente hay más de un mayordomo, al día siguiente continúa la fiesta de igual forma.

      El Tálamo, 15 de agosto.

     

     

        Las fiestas más importantes que se celebran en Pescueza son las que se realizan en honor a San Antón (17 de enero) y a San Marcos (25 de abril), que es el Patrón de la localidad.

       

    Aunque estas fiestas descritas anteriormente son las típicas del pueblo, también cabe destacar otras como las de los carnavales. Las fiestas de carnaval, sobre todo antiguamente, son de gran tradición en Pescueza. Los días más importantes del carnaval en nuestro pueblo son el jueves de compadres, el jueves de comadres, el domingo de carnaval y el martes de carnaval.

    El jueves de compadres es el día en que los grupos de amigos (varones) se juntan para ir a cenar y después salir a divertirse, para terminar echando la pastura. Echar la pastura es coger paja de algún pajar y verterla en la puerta de las casas donde viven las mozas, con el fin de verlas al día siguiente cuando salían a limpiar (como puede comprobarse es una costumbre que hoy día no tiene sentido y se va perdiendo).
    El jueves de comadres es básicamente lo mismo pero son las chicas las que se juntan a celebrarlo.

    Durante estos días y en los próximos domingo y martes de carnaval es típica la figura del antruejo. Los antruejos son personas disfrazadas de cualquier manera con el único fin de divertirse sin ser reconocidas. Suelen aparecer durante todo el día y van y vienen por las calles seguidas de chiquillos y curiosos intentando descubrir de que personas se trata; suelen llevar un saco con paja y a los que se acercan demasiado les tiran un poco.

    El martes de carnaval por la tarde se realizaba un baile en la Plaza Mayor, donde las mozas iban vestidas de "bayeta" ( trajes típicos).Este baile era amenizado por los músicos de la localidad.

    A la vez que se celebraba este baile y pasacalles de grupos cantando canciones típicas del carnaval, aparecía por cualquier lugar la vaca pendona, que es un antruejo que lleva un palo largo sobre el hombro y en el extremo un trapo mojado con el que intentará manchar a los mozos, que corren para librarse de ella.

    Otras fiestas, aunque no tan tradicionales, son las que se celebran en verano. En la primera semana de Agosto se celebran las fiestas en honor al emigrante que consisten básicamente en verbenas populares y actos culturales como conciertos de acordeones( hay una gran afición en este pueblo por este instrumento musical), teatro, competiciones deportivas de fútbol, de pesca, ping-pong, etc... También se realizan actividades educativas para los más pequeños como concursos, talleres de manualidades, de dibujo, etc...
    Todas estas actividades son organizadas por las asociaciones culturales que existen en la localidad (sociedad deportiva de pesca "San Antón", sociedad de cazadores "San Marcos", asociación juvenil "El Verdeguea", Cofradía de San Marcos y Semana Santa, Peña madridista "La Pescozana", etc...) en colaboración con el Ayuntamiento.

    Algunas de estas asociaciones promueven la recuperación de algunas fiestas populares que se están perdiendo o se han perdido, como las que se celebraban,  y ya se están celebrando de nuevo, en honor a la Patrona de la Parroquia y del pueblo, el día 15 de agosto, Nuestra Señora de la Asunción. Es la fiesta de El Tálamo, en la cual los hombres y mujeres del campo ofrecen a la Virgen los productos de sus cosechas, a la vez que bailan delante de su imagen en la Plaza Mayor.

    Aunque el día de Nuestra Señora de la Asunción es el 15 de agosto, esta fiesta del Tálamo se realizaba cuando terminaban las cosechas y los productos que ofrecen los campesinos a la Virgen son el trigo y la sandía. Trigo, como producto principal, pues era el cultivo más extensivo que se realizaba y sandias, como producto representativo de los cultivos de huerta.También se le ofrendan unas velas como símbolo de espiritualidad.

    Otros festejos que tenían gran tradición y hoy día por unas u otras causas se están perdiendo son:

    Fiestas de los quintos. Comenzaban el día de nochebuena por la tarde (24 de diciembre). Los quintos ataviaban a un macho cabrio con flores y adornos y le llevaban por calles y plazas al son de cánticos y bailes. Aproximadamente por el mes de marzo era el día de la talla, donde los mozos quintos invitaban a comer un "guisado" a sus familiares y amigos.

       Bodas (despedidas, bodas y tornabodas).Son fiestas más o menos igual que en cualquier pueblo de Extremadura. Quizás las de Pescueza se puedan diferenciar por unos conocidos cantos de boda que tiene aquí sus orígenes: El Verdeguea y La alborá.

        Hasta hace poco tiempo, las bodas en Pescueza se celebraban de forma tradicional, la boda extremeña o casorio en su más genuino sentir. Comenzaba con la alborá donde se cantaba el Verdeguea y grana

    La Cruz de Mayo.Durante esta celebración, el Sacristán junto a los Monaguillos de la parroquia, construían un muñeco de trapo con unos palos en cruz y pasaban por delante de todas las casas del pueblo pidiendo limosna para la Iglesia a la vez que entonaban el tipico estribillo:

    Coincidía esta fecha con el día de la feria de mayo en Coria (localidad que es centro comercial de la comarca), los habitantes del pueblo viajaban a esta vecina ciudad para hacer sus compra-ventas de ganados y otros productos, iban en caballerías por un camino de herradura y al entrar en Pescueza se estrechaba entre dos paredes de dos huertos, y allí los jóvenes construían una pared con una puerta que abrían o no según fueran convidados o no por el viajero. Al mismo tiempo, las chicas iban adornadas con collares que ellas mismas fabricaban con las flores amarillas que aquí se llaman mayas.

    La Chaquetía. El día de Todos los Santos (1 de noviembre) los grupos de amigos iban por las casas de tíos, abuelos y otros familiares o amigos de la familia a pedir la chaquetía.Consistía en castañas, granadas, nueces, higos, y otros frutos de la época que después se iban a merendar al campo.

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    TURISMO

     

    San Marcos - Embalse de Abastecimiento - Cáceres
    Coto Consorciado

    Datos del Tramo:

    Tipo: Coto Consorciado
    Término municipal : Pescueza
    Especies principales : tenca
    Cupo de capturas : 12 tencas
    Periodo : desde el 15 de mayo al tercer domingo de septiembre
    Días hábiles : jueves, sábados, domingos y festivos
    Permisos para socios y ribereños : 45
    Permisos resto de pescadores : 15
    Centro de expedición : Bar Satur-Plaza Mayor- Pescueza

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    MINERALES

       Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables:

    DOE núm 67 MARTES, 10 DE JUNIO DE 1997

    CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

    RESOLUCION de 27 de mayo de 1997, de la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, por la que se anuncia concurso de registros mineros.

    La Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas de la Junta de Extremadura hace saber:

    Que como consecuencia de la caducidad de los Derechos Mineros que a continuación se detallan, quedaron francos sus terrenos, esta Dirección General en aplicación del art. 53 de la Ley de Minas de 21 de julio de 1973 (BOE n.º 176, de 24 de julio de 1973), convoca concurso de los comprendidos en la provincia de Cáceres, con expresión del número, nombre, mineral, superficie y términos municipales.

    Las solicitudes se ajustarán a lo establecido en el art. 72 del Reglamento General para el Régimen de la Minería aprobado por el Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto de 1978 (BOE núm. 295, de 11 de diciembre de 1978) y a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1303/1986, de 28 de junio (BOE n.º 155, de 30 de junio de 1986, por el que se adecua al ordenamiento jurídico de la Comunidad Económica Europea el Título VIII de la Ley 22/1973, de 21 de julio de Minas, debiendo adjuntarse resguardo acreditativo de haber abonado el 10% de la tasa establecida sobre la superficie declarada franca, ajustándose a la Ley 2/1989, de 31 de mayo, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificada por la Ley 3/1992, de junio, y desarrollada por la Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos (DOE n.º 30, de 12 de marzo de 1996).

    Este importe deberá ser hecho efectivo en impreso normalizado modelo 50, en cualesquiera de las Entidades Bancarias Colaboradoras, conforme al Decreto 42/1990, de 29 de mayo (DOE n.º 44, de 5 de junio de 1990), y dentro del plazo que se establece en esta convocatoria, así como acompañar certificación acreditativa de no estar incurso en ninguna de las circunstancias comprendidas en el art. 20 de la Ley 13/95, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas (BOE num. 119, de 19 de mayo de 1995), y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 7 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 13/1995 (BOE n.º 70, de 21 de marzo de 1996), referente a hallarse al corriente de pago en las obligaciones tributarias.

    Las ofertas deberán presentarse por separado para cada uno de los números y nombres de los registros mineros que figuran en este anuncio, presentándose en el Servicio de Administración Industrial, Energía y Minas, de esta Consejería de Economía, Industria y Hacienda en Avda. Primo de Rivera, 2, Edificio Múltiple, 3.ª planta, de Cáceres, de 8,30 a 14,30 horas, durante el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación. La Mesa de apertura de solicitudes se constituirá a las 12 horas de la mañana del día siguiente hábil a la expiración del plazo anteriormente citado. En el caso de que este último día sea un sábado, la mesa se constituirá a la misma hora del siguiente día hábil.

    Obran en el Servicio de Administración Industrial, Energía y Minas, a disposición de los interesados, durante el horario anteriormente citado (de 8,30 a 14,30), los datos relativos a la situación geográfica de las superficies sometidas a concurso. Podrán asistir a la apertura de pliegos quienes hubiesen presentado peticiones.

    Mérida, 27 de mayo de 1997.–El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas. Juan Carlos Bueno Recio

     DOE núm. 136 MARTES, 21 DE NOVIEMBRE DE 1995

    CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

    Minas.-Resolución de 30 de octubre de 1995, de la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, por la que se declaran terrenos francos registrables.

    9.389 «FRESNEDOSA, FRACCION 2.ª», Sección C, 186, Acehuche, Portaje, Pescueza y Portezuelo


    ALOJAMIENTOS

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