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La Zarza

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DATOS del MUNICIPIO 38º50'06'' N 006º13'36'' W Hoja MTN 803

TIPO DE ENTIDAD: Villa

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 84

ALTITUD: 329 m

POBLACIÓN: 3.622 habitantes

DISTANCIA BADAJOZ: 63 km

PARTIDO JUDICIAL: Mérida

MANCOMUNIDAD: Vegas del Guadiana (Mérida)

COMARCA AGRARIA: Merida

GENTILICIO: zarceños

BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA


SITUACIÓN del MUNICIPIO

    Se asienta sobre la falda de la Sierra del Calvario. En las sierras próximas se encuentran los abrigos de las Viñas o las Calderitas, con importantes pinturas rupestres.

    En la villa se distinguen dos zonas la zona alta corresponden al antiguo núcleo urbano, y otra más moderna.

    A nivel popular, a los que vivían de la plaza hacia arriba se les llamaba "cabileños", y a los que vivían en la parte de abajo, "chumberos".

    Pascual Madoz Diccionario Geográfico Estadístico Histórico de España, Tomo V de 1846 : Cabeza del Real: cordillera en la provincia de Badajoz, partido judicial de Mérida: se forma en el riáchuelo Matachel, término de la Zarza de Alange, continúa por el arroyo de la Calera , hasta la sierra del Calvario, y elevándose después á una legua de Trujillanos, forma la sierra del mismo nombre; en su cima tiene varios hornos de cal, y á sus faldas se halla la charca perdida de Campomanes.


DATOS del AYUNTAMIENTO

Ayuntamiento de La Zarza

Plaza Ayuntamiento, 1
06830 La Zarza (Badajoz)
924 36 60 01 / 36 69 82
924 36 65 18
zarza@dip-badajoz.es

Gaceta de Madrid núm. 184, de 02/07/1916

Páginas 11 a 16:

Real decreto aprobando la reforma propuesta por la Real Sociedad Geográfica, cambiando la denominación a los 573 Ayuntamientos de España comprendidos en la mismas, y disponiendo que en lo sucesivo se designen con los nombres con que figuran en la relación que se publica

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

EXPOSICIÓN

SEÑOR La Real Sociedad Geográfica ha realizado prolijo y meditado estudio para la reforma de la Nomenclatura geográfica de España, por estimar de conveniencia y verdadera utilidad el cambio de denominación de las entidades de población cabezas de distrito municipal, a fin de que desaparezca la extraordinaria y lamentable confusión originada por el hecho de existir, entre los 9.266 Ayuntamientos que constituyen la Nación, mas do 1.020 con idénticos nombres, y estos sin calificativo ni aditamento alguno que !os distinga

Al acometer dicha Real Sociedad labor tan importante y meritoria, háse atenido a bases ó reglas generales que imprimiesen á la obra unidad de criterio, limitándola en lo posible y procurando que afectara al menor numero de localidades, dejando intacto el nombre actual a las poblaciones de mayor categoría administrativa, como las capitales de provincia, cabezas de partido judicial y las de mayor numero de habitantes, y variando los de aquellas entidades de población cuyo numero de vecinos es menor que el de sus homónimas, procurando que al calificativo que se asigna no sea arbitrario, sino el que la tradición, el uso ó los afectos de cada localidad vienen consagrando, y teniendo también presentes los antecedentes históricos, circunstancias especiales del terreno, etc.,, y con especial predilección las palabras que expresan nombre de corriente de agua, de la montaña, del territorio  de la particularidad geográfica, en fin en cuyas cercanías ó dentro del cual se halle enclavado el Ayuntamiento o población cuyo nombre propone modificar, habida cuenta del carácter de perpetuidad del accidente que califique y distinga al pueblo de que se trate, a fin de que lleve consigo la casi inmutabilidad de su nueva designación.

En los Ayuntamientos conocidos con dos nombres ha eliminado uno de ellos, y en los que llevan las palabras junto a las ha sustituido por la partícula de la expresada Sociedad Geográfica ha consultado y obtenido favorable informe respecto á la indicada reforma de las Direcciones Generales de Correos y Telégrafos, del Instituto a Geográfico y Estadístico, de los Registros Civil, de la Propiedad y del Notariado, de los Depósitos de la Guerra é Hidrográfico y de las Diputaciones Provinciales respectivas.

En atención a lo expuesto, el Ministro que suscribe tiene el honor de elevar á la sanción de V.M. el adjunto proyecto de Real decreto.

Madrid, 27 de junio de 1916:

SEÑOR :

A. L. R. P. de V. M., Conde de Romanones

REAL DECRETO .

De conformidad con el Presidente de Mi Consejo de Ministros; de acuerdo con el mismo Consejo y con el parecer de la Comisión permanente del Consejo de Estado,

Vengo en aprobar la reforma propuesta por la Real Sociedad Geográfica, cambiando de denominación de los 573 Ayuntamientos de España en aquella comprendidos, los cuales en lo sucesivo, se designaran con los nombres que especifica la siguiente relacion. que se insertan en la Gaceta de Madrid, Boletines Provinciales y Publicaciones oficiales de los Departamentos ministeriales.

PROVINCIA DE BADAJOZ;

Benquerencia, partido de Castuera, se llamara Benquerencia de la Serena

Burguillos, partido de Fregenal de la Sierra, se llamará Burguillos del Cerro.

Carrascalejo; partido do Mérida, se llamara El Carrascalejo,

Cordobilla, partido de Mérida, se llamara Cordobilla de Lacara.

La Nava, partido de Mérida, se llamara La Nava de Santiago.

La Roca, partido de Alburquerque, se llamara La Roca de la Sierra.

Los Santos, partido de Zafra, se llamara Los Santos de Maimona

Valverde junto a Burguillos, partido de Fregenal de la Sierra, se llamara Valverde de Burguillos.

Villagarcia, partido de Llerena, se llamara Villagarcia de la Torre.

Zarza junto á Alanje, partido de Mérida, se llamara Zarza de Alanje.

DOE núm. 24 MARTES, 2 DE ABRIL DE 1991

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Denominación.- Decreto 24/1991, de 20 de marzo, por el que se autoriza el cambio de denominación del Municipio de Zarza de Alange, por el de "La Zarza".

Tramitado expediente por el Ayuntamiento de Zarza de Alange (Badajoz) para el cambio de denominación del Municipio de Zarza de Alange, por el de "La Zarza" y considerando que en la sustanciación del mismo se ha ajustado en todo al artículo 26 y siguientes del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio y disposiciones concordantes.

El expediente aprobado por el Pleno Corporativo, con el quórum del articulo 47-2º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, ha sido informado favorablemente por la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, y por la Real Academia de la Historia

De conformidad con el artículo 26 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio y a propuesta de la Consejería de Presidencia y Trabajo, previa aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de marzo de 1991

DISPONGO

Artículo Primero.- Aprobar el cambio de denominación del Municipio de Zarza de Alange (Badajoz), por el de "La Zarza"

Artículo Segundo.- Dar traslado a la Administración del Estado del presente Decreto a ls efectos del Artículo 141 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local

Disposición Final.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 30- del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio

Mérida, a 20 de marzo de 1991

El Presidente de la Junta de Extremadura, Juan Carlos Rodríguez Ibarra

El Consejero de Presidencia y Trabajo, Manuel Amigo Mateos

D.O.E. núm. 59 JUEVES, 1 AGOSTO DE 1991

Escudos Heráldicos.- Orden de 24 de julio de 1991, por la que se aprueba el Escudo Heráldico y Bandera Municipal, para el Ayuntamiento de La Zarza.

El Ayuntamiento de la Zarza (Badajoz), ha instruido expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico y Bandera Municipal. Dicho expediente fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesión de 14 de junio de 1990, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón y enseña. Consta en dicho expediente el informe favorable del Consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura, emitido el día 1 de julio de 1991

Considerando que la sustanciación de citado expediente se ha ajustado en todo al artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en uso de las atribuciones conferidas por referido precepto,

DISPONGO:

Artículo único.- Se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de La Zarza (Badajoz), cuyo diseño se recoge en el anexo I, con la siguiente descripción:

"Escudo de oro, una zarza arrancada de sinople, frutada de oro. Bordura de plata, con ocho cruces de Santiago de gules. Al timbre, Corona Real cerrada."

Artículo segundo.- Se aprueba la Bandera del Municipio de La Zarza (Badajoz), cuyo diseño se recoge en el anexo II, con la siguiente descripción:

"Bandera cuadra, de color rojo con una banda blanca, con el escudo municipal brochante al centro y en sus colores."

Mérida, 24 de julio de 1991  El Consejero de Presidencia y Trabajo, Manuel Amigo Mateos


HISTORIA

DOE núm. 133 Lunes, 13 de julio de 2009

Boletín Oficial del Estado: 6 de diciembre de 2010, Núm. 296

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2009, de la Consejera, por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural para El Abrigo de “La Calderita en La Zarza, en la Categoría de Zona Arqueológica. (2009062048)

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, recoge en su artículo 6.2.g) que la Comunidad Autónoma de Extremadura ejercerá sus poderes con el objetivo básico de potenciar las peculiaridades del pueblo extremeño y el afianzamiento de la identidad extremeña, a través de la investigación, difusión, conocimiento y desarrollo de los valores históricos y culturales del pueblo extremeño en toda su variedad y riqueza. Para conseguir este objetivo, según el artículo 7.1.13) del citado Estatuto de Autonomía, es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma la materia de patrimonio monumental, histórico, artístico, arqueológico de interés para la Comunidad.

En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un Bien que se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada Ley. Visto el informe técnico elaborado por el equipo técnico del Servicio de Patrimonio Histórico-Artístico de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismode la Junta de Extremadura.

La Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura en su disposición adicional segunda, recoge que se consideran declarados Bienes de Interés Cultural de Extremadura: “Los abrigos, cuevas y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre”; no obstante y sin perjuicio de lo anterior, resulta necesaria la promulgación de una declaración individualizada para dicho Bien, que permita identificar perfectamente el Bien y dotarlo de un entorno de protección concreto.

El estudio e interpretación de las representaciones artísticas que albergan las paredes rocosas del Abrigo de “La Calderita”, se consideran claves para entender los procesos de complejización social e ideológica de las sociedades prehistóricas que poblaron durante los periodos neolítico y calcolítico este amplio solar del Suroeste de la Península Ibérica.

En virtud de las competencias en materia de Patrimonio Cultural, Histórico-Arqueológico, Monumental, Artístico y Científico de interés para la región, recogidas en el art. 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 192/2007, de 20 de julio (DOE n.º 86, de 26 de julio), por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo y demás preceptos de general aplicación.

Vista la propuesta de 25 de junio de 2009 de la Directora General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Extremadura,

R E S U E L V O :

Primero. Incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural para El Abrigo de “La Calderita” en La Zarza (Badajoz), que se encuentra descrito en el Anexo, en la categoría de Zona Arqueológica, para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño.

Segundo. Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero. Remítase la presente Resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y la apertura de un trámite de información pública por periodo de un mes.

Cuarto. Notifíquese a los interesados, al Ayuntamiento de La Zarza (Badajoz), al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura para la anotación preventiva, y publíquese en el Boletín Oficial del Estado.

Mérida, a 26 de junio de 2009. La Consejera de Cultura y Turismo, Leonor Flores Rabazo

A N E X O

Descripción del Bien.

La Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura en su disposición adicional segunda, recoge que se consideran declarados Bienes de Interés Cultural de Extremadura: “Los abrigos, cuevas y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre”; no obstante y sin perjuicio de lo dictaminado en la normativa vigente en materia de patrimonio, se considera cómo necesaria la promulgación de una declaración individualizada para dicho Bien, prestando especial importancia a la obligatoriedad de dotar a los elementos protegidos de un entorno de protección.

El Abrigo de La Calderita o Gran Abrigo de Las Viñas, se ubica a unos dos kilómetros al Suroeste  de la población de La Zarza (Badajoz). Este núcleo poblacional se erige a los pies de la Sierra de Juan Bueno en su sector más septentrional en donde se eleva el Cerro de El Calvario (659 metros s.n.m). Ampliando el enfoque espacial, geográficamente, esta Sierra pertenece a una serie de alineaciones montañosas cuarcíticas con una orientación preferencial NW-SE.

Partiendo de la zona más occidental, se originan dos prolongaciones hacia el Este: La Sierra de Las Cabrerizas (465 y 439 metros s.n.m), y la Sierra de La Moneda (527 metros s.n.m), y la Sierra de La Grajera (528 metros s.n.m). Estas alineaciones continúan en la misma dirección, aunque formando varios pliegues que determinan la aparición de varias serretas como la Sierra de Los Holgados y de Las Arguijuelas. Estas sierras encuentran su génesis geológica en las pizarras y cuarcitas silúricas que se presentan en farallones mostrando superficies lisas y limpias producidas por erosión diferencial y mecánica, aprovechando para ello las diaclasas o líneas de debilidad estructural que posee la misma roca.

El Abrigo ha sido objeto de estudios sobre los primeros momentos del desarrollo de la investigación sobre pintura rupestre esquemática en Extremadura. Fue publicado por vez primera en el año 1929 de la mano de D. Virgilio Viniegra Vera, momento a partir del cual fue aumentando su relevancia tanto por la singularidad como por la variedad de sus figuras, convirtiéndose de este modo en una de las estaciones pictóricas de arte esquemático más importante de la provincia de Badajoz, por lo que será el referente de un gran número de publicaciones y mención obligatoria en la mayoría de artículos y estudios desarrollados en nuestra región durante varias décadas.

El Abrigo está formado sobre una gran pared cuarcítica, orientada de Sur a Sureste, presentan un perfil vertical e inclinado hacia fuera por su parte superior a modo de bisel. En cuanto a su longitud, llega a medir más de diez metros, que se prolongan hacia el SE unos cinco metros más.

Técnicamente, las representaciones se caracterizan por estar realizadas con tintas planas y diferentes trazos continuos de diferente grosor. Las distintas tonalidades de rojo dominan el espectro gráfico; este pigmento de color rojizo utilizado en las pinturas se obtendría del procesamiento de óxidos minerales presentes en las cercanías de la Sierra. La aparente simpleza observada tanto en la ejecución de los paneles como por los motivos que componen los distintos grafemas, no se debe a una incapacidad técnica, sino más bien a modos de concepción y comprensión de la cultura humana y la naturaleza de la que emanan directamente los principios ideológicos que guían a los autores de este tipo de arte tan alejado del típico formalismo artístico.

Para un mejor conocimiento y análisis de las pinturas, se ha dividió en cinco Grupos que se describirán de izquierda a derecha.

El Grupo I se sitúa en el extremo derecho de la Cornisa, la cual adquiere cierta forma rectangular en esta parte. El Grupo se compone por dos únicas figuras, siendo la primera de ellas identificada como un ramiforme, que cuenta con un tronco central del que parten dos extensiones longitudinales a cada lado, uniéndose a las superiores para formar un círculo. Mide 42 cm. La segunda figura se presenta como algo disforme. Ambas representaciones se encuentran realizadas en rojo desvaído.

El Grupo II, situado a la derecha del anterior, presenta unas amplias dimensiones, convirtiéndose así en uno de los paneles más grandes del conjunto (220 cm de alto por 106 cm de ancho). En la zona superior izquierda encontramos un conjunto formado por ocho figuras principalmente esteliformes, zoomorfos y algún signo geométrico inidentificable. Junto a este conjunto se suceden tres ramiformes y bajo ellos se representan dos grupos de antropomorfos; por un lado tres figuras bitriangulares y rectangulares y, por otro, cuatro figuras bitriangulares y rectangulares. A la izquierda se representa un signo a modo de espiral y junto a él otro ramiforme de grandes dimensiones que presenta un degradado natural en la pigmentación en la zona superior derecha. Debajo de esta figura se ha localizado un conjunto de seis antropomorfos bitriangulares acompañadas de otros antropomorfos de formas más variadas.

Encima de estas últimas representaciones encontramos una figura humana poco esquematizada acompañada por puntiformes. En la mitad derecha del panel se puede observar una figura antropomorfa de 11,5 cm. Con el falo muy marcado y relacionada con una serie de puntos alargados y gruesos. A la derecha de esta representación y hacia abajo aparecen de nuevo un conjunto bastante amplio de figuras antropomorfas que disponen de dos manchas disformes a su lado. Finalmente vemos representaciones simbólicas cerrando el panel.

Siguiendo con la descripción del panel en el orden señalado, en la zona de la derecha vemos de nuevo un ramiforme presidiendo el panel, pues se encuentra en la zona central; bajo él se ve de nuevo otro ramiforme un tanto desvaído, así como otro antropomorfo simple. A la izquierda de estas representaciones, se observan varias figuras interpretadas como cuadrúpedos.

Por último en la parte inferior se observan figuras dispersas y muy esquematizadas, destacando en el centro un antropomorfo bien formado (bajo éste, figuras muy abstraídas). El resto de figuras lo componen motivos bitriangulares y una serie de puntos en la parte inferior.

El Grupo III, se sitúa en una roca aislada e individualizada del resto del conjunto. En la zona izquierda destacan dos figuras humanas, siendo uno de ellos un ramiforme de 25 cm. Con prolongaciones a ambos lados, el otro antropomorfo es de menor tamaño y se encuentra adornado por trazos en la cabeza; a la derecha de ambos encontramos un grupo de tres puntos y encima otros tres. Un poco más abajo aparecen aparecen trece figuras acodadas.

En la zona de la derecha destacan tres ramiformes que encuentran en la zona central a la que se asocian dos figuras bitriangulares.

El Grupo IV posee una zona central en la que se aprecia la representación de un cuadrúpedo; sobre él aparece una figura cuadrada y encima un punto. Un poco más abajo y hacia la izquierda se observa una pareja de figuras triangulares y sobre ambos se ven dos puntos.

A la izquierda de estas representaciones vemos una barra que parece ser un antropomorfo que ha perdido parte de sus extremidades, junto a ésta aparecen dos barras más pero de un tamaño menor. Hacia la derecha del panel aparece la figura de mayor tamaño formada por tres partes triangulares que forman un antropomorfo.

El Grupo V, se sitúa a continuación del anterior y es que se encuentra en un estado de conservación más precario debido a que en esta parte del abrigo la roca se encuentra agrietada por la acción de los agentes naturales. A la izquierda del panel encontramos una representación de un cuadrúpedo pectiniforme sobre el que hay una figura de difícil interpretación. A ambas figuras les rodea una doble fila de puntos que se amplía en la zona superior. Hacia la derecha, se aprecian dos cruciformes que aparecen resaltados por una serie de puntos, que además enmarcan las figuras. Más abajo, figuras de dos cuadrúpedos asociados una serie de puntos.

Delimitación del Bien.

El terreno en que se ubica geográficamente el Abrigo se encuentra situado en el extremo Noroeste de la Sierra de Peñas Blancas, perteneciente al término municipal de la Zarza (Badajoz). Está localizado en la parcela 474 del polígono 7, presentando una afección de carácter parcial. Sus coordenadas UTM en Huso 29, son las que a continuación se detallan:

COORDENADAS PROYECCIÓN UTM DEL ABRIGO DE “LA CALDERITA”

X: 741229 Y: 4298389

X: 741260 Y: 4298376

X: 741261 Y: 4298361

X: 741231 Y: 4298359

Los polígonos y las parcelas que se ven afectadas total o parcialmente en la delimitación del entorno del Bien, citadas a continuación, se disponen de acuerdo a lo reflejado gráficamente en el plano adjunto:

— Las parcelas afectadas en su totalidad en el polígono 7 son las que a continuación se detallan: 625, 629, 630, 631, 632, 633, 634, 635, 636, 637, 679 y 680.

— Las parcelas afectadas parcialmente en el polígono 7 son las que a continuación se detallan: 474, 600, 614, 623, 624, 626, 627, 628, 638, 639, 640, 641, 642, 676, 677, 678, 681, 684 y 9027.

La delimitación descrita, se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 39.3.c) de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura en el que se recogen los parámetros físicos y ambientales necesarios para fijar un entorno de protección necesario para cualquier elemento de naturaleza arqueológica que dicha Ley establece en 200 metros desde el vestigio más exterior del Bien. Asimismo, esta área delimitadora propuesta engloba otros espacios ubicados en las inmediaciones del Bien, que contienen de manera cierta la presencia de otros elementos patrimoniales sin catalogar.

DOE núm.: 13 Jueves, 20 de enero de 2011

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

Bienes de Interés Cultural.-

Decreto 2/2011, de 14 de enero, por el que se declara El Abrigo de "La Calderita", en el término municipal de La Zarza, como bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, recoge en su artículo 6.2.g) que la Comunidad Autónoma de Extremadura ejercerá sus poderes con el objetivo básico de potenciar las peculiaridades del pueblo extremeño y el afianzamiento de la identidad extremeña, a través de la investigación, difusión, conocimiento y desarrollo de los valores históricos y culturales del pueblo extremeño en toda su variedad y riqueza. Para conseguir este objetivo, según el artículo 7.1.13) del citado Estatuto de Autonomía, es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma la materia de patrimonio monumental, histórico, artístico y arqueológico de interés para la Comunidad.

En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de bien de interés cultural de un bien que se entienda entre los más relevantes del patrimonio histórico y cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada ley.

Con base en la normativa citada, se dictó Resolución de 26 de junio de 2009, de la Consejera de Cultura y Turismo, por la que se incoa expediente de declaración bien de interés cultural de El Abrigo de “La Calderita” en el término municipal de La Zarza (Badajoz), con la categoría de “zona arqueológica”.

El estudio e interpretación de las representaciones artísticas que albergan las paredes rocosas de El Abrigo de “La Calderita”, se consideran claves para entender los procesos de complejización social e ideológica de las sociedades prehistóricas que poblaron durante los periodos neolítico y calcolítico este amplio solar del suroeste de la Península Ibérica.

La incoación del expediente fue notificada al Ayuntamiento de La Zarza (Badajoz) y al Ministerio de Cultura, para su inscripción provisional en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, donde se procedió a practicar anotación preventiva del expediente de declaración, con el n.º A-R-I-104. Además se le notificó a los propietarios.

Se han presentado alegaciones en el expediente que han sido valoradas y contestadas.

Se han cumplimentado todos los trámites previstos en los artículos 7 y siguientes de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a los que se refiere el artículo 4.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. De ellos, se ha recibido informe favorable de la Universidad de Extremadura y de la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1.13 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, y en el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 14 de enero de 2011,

D I S P O N G O :

Artículo 1. Declaración de bien de interés cultural con categoría de zona arqueológica.

Se declara bien de interés cultural con categoría de zona arqueológica El Abrigo de “La Calderita” en el término municipal de La Zarza (Badajoz), según la descripción y ubicación que se recoge en el Anexo de este decreto. La delimitación y justificación del entorno de protección queda definida en el Anexo de este decreto.

Artículo 2. Publicaciones.

El presente decreto se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y el Boletín Oficial del Estado, y se notificará al Ayuntamiento de La Zarza (Badajoz) y al resto de interesados.

Artículo 3. Inscripción en los registros.

Se inscribirá en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Extremadura y se notificará al Ministerio de Cultura esta declaración para su inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

En Mérida, a 14 de enero de 2011. El Presidente de la Junta de Extremadura, GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA

La Consejera de Cultura y Turismo, MANUELA HOLGADO FLORES

A N E X O

DESCRIPCIÓN DEL BIEN.

La Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, en su disposición adicional segunda, recoge que se consideran declarados Bienes de Interés Cultural de Extremadura: “los abrigos, cuevas y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre”; no obstante y sin perjuicio de lo dictaminado en la normativa vigente en materia de patrimonio, se considera como necesaria la promulgación de una declaración individualizada para dicho bien, prestando especial importancia a la obligatoriedad de dotar a los elementos protegidos de un entorno de protección.

El Abrigo de La Calderita o Gran Abrigo de Las Viñas, se ubica a unos dos kilómetros al suroeste de la población de La Zarza (Badajoz). Este núcleo poblacional se erige a los pies de la Sierra de Juan Bueno en su sector más septentrional en donde se eleva el Cerro de El Calvario (659 metros s.n.m). Ampliando el enfoque espacial, geográficamente, esta sierra pertenece a una serie de alineaciones montañosas cuarcíticas con una orientación preferencial NW-SE. Partiendo de la zona más occidental, se originan dos prolongaciones hacia el este: La Sierra de Las Cabrerizas (465 y 439 metros s.n.m), y la Sierra de La Moneda (527 metros s.n.m) y la Sierra de La Grajera (528 metros s.n.m). Estas alineaciones continúan en la misma dirección, aunque formando varios pliegues que determinan la aparición de varias serretas como la Sierra de Los Holgados y de Las Arguijuelas. Estas sierras encuentran su génesis geológica en las pizarras y cuarcitas silúricas que se presentan en farallones mostrando superficies lisas y limpias producidas por erosión diferencial y mecánica, aprovechando para ello las diaclasas o líneas de debilidad estructural que posee la misma roca.

El Abrigo ha sido objeto de estudios sobre los primeros momentos del desarrollo de la investigación sobre pintura rupestre esquemática en Extremadura. Fue publicado por vez primera en el año 1929 de la mano de D. Virgilio Viniegra Vera, momento a partir del cual fue aumentando su relevancia tanto por la singularidad como por la variedad de sus figuras, convirtiéndose de este modo en una de las estaciones pictóricas de arte esquemático más importante de la provincia de Badajoz, por lo que será el referente de un gran número de publicaciones y mención obligatoria en la mayoría de artículos y estudios desarrollados en nuestra región durante varias décadas.

El abrigo está formado sobre una gran pared cuarcítica, orientada de Sur a Sureste, presenta un perfil vertical e inclinado hacia fuera por su parte superior a modo de bisel. En cuanto a su longitud, llega a medir más de diez metros, que se prolongan hacia el SE unos cinco metros más.

Técnicamente, las representaciones se caracterizan por estar realizadas con tintas planas y diferentes trazos continuos de diferente grosor. Las distintas tonalidades de rojo dominan el espectro gráfico; este pigmento de color rojizo utilizado en las pinturas se obtendría del procesamiento de óxidos minerales presentes en las cercanías de la sierra. La aparente simpleza observada tanto en la ejecución de los paneles como por los motivos que componen los distintos grafemas, no se debe a una incapacidad técnica, sino más bien a modos de concepción y comprensión de la cultura humana y la naturaleza de la que emanan directamente los principios ideológicos que guían a los autores de este tipo de arte tan alejado del típico formalismo artístico.

Para un mejor conocimiento y análisis de las pinturas, se ha dividido en cinco Grupos que se describirán de izquierda a derecha.

El Grupo I se sitúa en el extremo derecho de la cornisa, la cual adquiere cierta forma rectangular en esta parte. El Grupo se compone por dos únicas figuras, siendo la primera de ellas identificada como un ramiforme, que cuenta con un tronco central del que parten dos extensiones longitudinales a cada lado, uniéndose a las superiores para formar un círculo. Mide 42 cm. La segunda figura se presenta como algo disforme. Ambas representaciones se encuentran realizadas en rojo desvaído.

El Grupo II, situado a la derecha del anterior, presenta unas amplias dimensiones, convirtiéndose así en uno de los paneles más grandes del conjunto (220 cm de alto por 106 cm de ancho). En la zona superior izquierda encontramos un conjunto formado por ocho figuras principalmente esteliformes, zoomorfos y algún signo geométrico inidentificable. Junto a este conjunto se suceden tres ramiformes y bajo ellos se representan dos grupos de antropomorfos; por un lado tres figuras bitriangulares y rectangulares y, por otro, cuatro figuras bitriangulares y rectangulares. A la izquierda se representa un signo a modo de espiral y junto a él otro ramiforme de grandes dimensiones que presenta un degradado natural en la pigmentación en la zona superior derecha. Debajo de esta figura se ha localizado un conjunto de seis antropomorfos bitriangulares acompañadas de otros antropomorfos de formas más variadas. Encima de estas últimas representaciones encontramos una figura humana poco esquematizada acompañada por puntiformes. En la mitad derecha del panel se puede observar una figura antropomorfa de 11,5 cm. Con el falo muy marcado y relacionada con una serie de puntos alargados y gruesos. A la derecha de esta representación y hacia abajo aparecen de nuevo un conjunto bastante amplio de figuras antropomorfas que disponen de dos manchas disformes a su lado. Finalmente vemos representaciones simbólicas cerrando el panel. Siguiendo con la descripción del panel en el orden señalado, en la zona de la derecha vemos de nuevo un ramiforme presidiendo el panel, pues se encuentra en la zona central; bajo él se ve de nuevo otro ramiforme un tanto desvaído, así como otro antropomorfo simple. A la izquierda de estas representaciones, se observan varias figuras interpretadas como cuadrúpedos.

Por último en la parte inferior se observan figuras dispersas y muy esquematizadas, destacando en el centro un antropomorfo bien formado (bajo éste, figuras muy abstraídas). El resto de figuras lo componen motivos bitriangulares y una serie de puntos en la parte inferior.

El Grupo III, se sitúa en una roca aislada e individualizada del resto del conjunto. En la zona izquierda destacan dos figuras humanas, siendo una de ellas un ramiforme de 25 cms con prolongaciones a ambos lados, el otro antropomorfo es de menor tamaño y se encuentra adornado por trazos en la cabeza; a la derecha de ambos encontramos un grupo de tres puntos y encima otros tres. Un poco más abajo aparecen trece figuras acodadas. En la zona de la derecha destacan tres ramiformes que encuentran en la zona central a la que se asocian dos figuras bitriangulares.

El Grupo IV posee una zona central en la que se aprecia la representación de un cuadrúpedo; sobre él aparece una figura cuadrada y encima un punto. Un poco más abajo y hacia la izquierda se observa un pareja de figuras triangulares y sobre ambos se ven dos puntos. A la izquierda de estas representaciones vemos una barra que parece ser un antropomorfo que ha perdido parte de sus extremidades, junto a ésta aparecen dos barras más pero de un tamaño menor. Hacia la derecha del panel aparece la figura de mayor tamaño formada por tres partes triangulares que forman un antropomorfo.

El Grupo V, se sitúa a continuación del anterior y se encuentra en un estado de conservación más precario debido a que en esta parte del abrigo la roca se encuentra agrietada por la acción de los agentes naturales. A la izquierda del panel encontramos una representación de un cuadrúpedo pectiniforme sobre el que hay una figura de difícil interpretación. A ambas figuras les rodea una doble fila de puntos que se amplía en la zona superior. Hacia la derecha, se aprecian dos cruciformes que aparecen resaltados por una serie de puntos, que además enmarcan las figuras. Más abajo, figuras de dos cuadrúpedos asociados a una serie de puntos.

DELIMITACIÓN DEL BIEN.

El terreno en que se ubica geográficamente El Abrigo se encuentra situado en el extremo Noroeste de la sierra de Peñas Blancas, perteneciente al término municipal de La Zarza (Badajoz). Está localizado en la parcela 474 del polígono 7, presentando una afección de carácter parcial. Sus coordenadas UTM en Huso 29, son las que a continuación se detallan:

COORDENADAS PROYECCIÓN UTM

DEL ABRIGO DE “LA CALDERITA”

X: 741229 Y: 4298389

X: 741260 Y: 4298376

X: 741261 Y: 4298361

X: 741231 Y: 4298359

Los polígonos y las parcelas que se ven afectadas total o parcialmente en la delimitación del entorno del bien, citadas a continuación, se disponen de acuerdo a lo reflejado gráficamente en el plano adjunto:

— Las parcelas afectadas en su totalidad en el polígono 7 son las que a continuación se detallan:

625, 629, 630, 631, 632, 633, 634, 635, 636, 637, 679 y 680.

— Las parcelas afectadas parcialmente en el polígono 7 son las que a continuación se detallan:

474, 600, 614, 623, 624, 626, 627, 628, 638, 639, 640, 641, 642, 676, 677, 678, 681, 684 y 9027.

La delimitación descrita, se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 39.3.c) de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura en el que se recogen los parámetros físicos y ambientales necesarios para fijar un entorno de protección necesario para cualquier elemento de naturaleza arqueológica que dicha ley establece en 200 metros desde el vestigio más exterior del bien. Asimismo, esta área delimitadora propuesta engloba otros espacios ubicados en las inmediaciones del bien, que contienen de manera cierta la presencia de otros elementos patrimoniales sin catalogar.

    De la antigüedad del poblamiento de la zona, son testigos los yacimientos musterienses y pinturas esquemáticas de la Sierra de la Calderita, el Dólmen funerario situado en dirección a La Oliva, a una distancia de 3 Km., y el conocido como Jarro de La Zarza, correspondiente al periodo orientalizante (siglos VII y VI antes de Cristo), considerado como una muestra de gran valor arqueológico y artístico, actualmente se encuentra en el Museo Arqueológico Provincial de Badajoz.

  A consecuencia de la victoria de los cristianos en las Navas de Tolosa en 1212, se intensificaron los ataques contra los árabes. Durante la campaña de Sevilla por las tropas castellanas, entre los años 1.227 y 1.236 bajo el reinado de Fernando III el Santo, las órdenes militares reconquistaron la Baja Extremadura.

   Por su parte Alfonso IX, rey de León y padre del anterior, tomó Alcántara, con asistencia de caballeros castellanos, pretendió conquistar Cáceres y llegó hasta Mérida, desistiendo de su conquista. En nueva expedición contra los musulmanes, auxiliado por la ordenes militares de Calatrava y Alcántara y por soldados castellanos y extranjeros, tomó Valencia (1221) y Cáceres el 23 de abril de 1229, a la que dio Fuero; y en 1229-30 se apoderó de Montánchez, ganó la batalla de Alange y ocupo Mérida, Badajoz y Elvas dejando abierto el camino hacia Sevilla.

    Los antecedentes directos del asentamiento actual se encuentran en el enclave fundado a mediados del siglo XIII, por el Maestre de la Orden de Santiago, Pelay Pérez Correa bajo el Fuero otorgado a Mérida en 1235. Quedando incluido en la Jurisdicción de Mérida, como aldea dependiente de Alange, del que recibió su topónimo.

   A comienzos del siglo XIV Alange es entregada a la Orden de Santiago, constituyéndose en "Encomienda", perteneciendo jurisdiccionalmente a la Provincia de León. El ámbito jerárquico de su castillo comprendía a Villagonzalo, La Zarza, Oliva de Mérida, Palomas, Puebla de la Reina, Puebla del Prior y Ribera del Fresno, cuyos diezmos eran entregados al convento de San Marcos de León, a través de su administrador en Mérida.

   En 1566 Felipe II concede a la Villa de Alange el Privilegio de Jurisdicción de Primera Instancia, mediante carta de exención jurisdiccional, aunque dependiendo del gobernador de Merida en Segunda Instancia. Las aldeas de Zarza y Villagonzalo dependían de ella; estos tres núcleos formaban la Encomienda de Alange de la Orden de Santiago.

   En 1588 el monarca concedió la Jurisdicción civil y criminal de Primera Instancia a Villagonzalo y un año después a La Zarza, eximiéndose de Alange mediante el pago de 16.762 ducados, llamada hasta 1991, Zarza de Alange, lo que significaba su independencia respecto de Alange. La documentación original se encuentra en la sección de Mercedes y Privilegios del Archivo de Simancas.

    Antonio Vegas en su Diccionario Geográfico Universal, Tomo VI, publicado en Madrid en el año 1795. dice:

    "Zarza de Alange, Villa de España en la Provincia de Estremadura, corresponde al Partido de Mérida: es Pueblo de las Ordenes Militares, y tiene Alcaldes Ordinarios."

    En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid, se refiere de la siguiente manera.

    "Zarza junto Alange, Villa Ordenes de España, provincia de Estremadura, partido de Mérida, priorato de San Marcos de León. Alcalde Ordinario, 560 vecinos, 2,800 habitantes, 1 parroquia, 1 pósito. Sítuado al S. E. de Mérida, en el camino que desde esta ciudad conduce á Villagonzalo, á la izquierda del Guadiana, subiendo de la falda de un cerro hasta lo alto en donde se halla la parroquia. Está entre dos sierras pedregosas, casi tocando con la de la izquierda, y como 1/4 de legua de la de la derecha, mirándola por el N. Los pueblos inmediatos son Villagonzalo, Alange, la Oliva, Guareña de Guadiana acá y Don Alvaro de Allá. Produce poco vino, pero bueno, y algun lino. Industria: telares de lienzos y de paño que llaman bayeta, de la que se visten generalmente las mugeres. Dista 12 leguas de la capital, 3 S. E. de la cabeza de partido, 14 de Cáceres, y 54 de Madrid. Contribuye 23,164 rs. 22 mrs."

    Madoz en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, Tomo XVI de 1850 dice:

    "Zarza de o junto Alanje: villa con ayuntamiento en la provincia de Badajoz (11 leguas), partido judicial de Mérida (3), audiencia territorial de Cáceres (13), diócesis de Llerena (12), capitania general de Estremadura: situada en una cañada á la falda de la sierra del Calvario; es de clima templado, reinan los vientos N. y S. y se padecen tercianas: tiene 630 casas desiguales en 17 calles, una plazuela y la plaza de la Constitucion; casa de ayuntamiento, cárcel, pósito y carniceria; 2 escuelas, dotadas la una con 1,200 rs. de los fondos públicos, á las que asisten 130 niños; otras 2 de niñas sostenidas por retribucion en las que se educan 70; iglesia parroquial (San Martin) curato de segundo ascenso y provision de S. M. á propuesta del Tribunal especial de las Ordenes Militares, como perteneciente á la de Santiago; esta iglesia se halla 25 varas al S. de las últimas casas, a su inmediacion el cementerio y en los estremos de la poblacion, el santuario de Ntra. Sra. de las Nieves, con un atrio y una alameda que le rodea; la ermita de San Márcos, sobre un cerro, y la de San Gregorio, destruida. Se surte de aguas potables en una fuente con pilar que hay en la plaza, otras 9 en casas particulares, 2 pozos públicos y otros manantiales á diferentes distancia. Confina el término por N. con el de Villagonzalo; E. Oliva; S. Torremejía y Alanje; O. Mérida, estendiéndose de 1/4 á 1 legua y comprende los caserios del Encinal, en cuyo sitio hay 40 casas de campo, destinadas á la agricultura; los baldíos de Sierra Grande y Juan Bueno, que componen 1.010 fan., y la campiña y tierras de labor con 4,000. Le bañan el Matachel á 1/4 legua y el arroyo de la Calera, que desemboca en el anterior. El terreno es fértil y desmontado la mayor parte, escepto los baldios que son montuosos y de tierra áspera, incultos y aprovechados únicamente por las cabras. Los caminos vecinales ; el correo se recibe en Mérida por balijero tres veces á la semana. Produce: trigo, cebada, avena, centeno, habas, garbanzos, aceite y vino con una regular abundancia; se mantiene ganado lanar, cabrio, vacuno, de cerda y colmenas; y se cria caza menuda. Industria y comercio: 1 fábrica de gerga, 3 de jabon blando, 2 de aguardiente, 1 molino de aceite y 5 harineros; se esportan los frutos del pais, y se celebra una feria el 8 de setiembre. Poblacion: 695 vecinos, 2,410 almas."

Gaceta de Madrid Publicación: 09/02/1854, nº 405

Páginas: 3 - 4

Alcaldía Constitucional de Villarta de los Montes. Administración Principal de Las Salinas de los Alfaques. Presidencia del Ayuntamiento de Zarza junto Alanje.

Se haya vacante la plaza de Medico-cirujano titular de esta villa, partido de primera clase por tener 810 vecinos, con la dotacion de 400 escudos anuales pagados del presupuesto municipal por trimestres vencidos: las obligaciones del agraciado son la asistencia a las familias pobres en el número y condiciones que marca el reglamento de 9 de Noviembre de 1864, asi como los demas cargos que el mismo les impone, y asistir gratis a los casos de oficio y reconocimientos de quintas que ocurran. La provision de esta plaza se hara a los 30 dias de anunciada en la Gaceta de Madrid y Boletin oficial de esta provincia, dirigiendo los aspirantes sus solicitudes documentadas al Presidente de este Ayuntamiento

Zarza junto Alange 8 de Febrero de 1867.= El Alcalde, Antonio Carrasco.=Agapito Flores, Secretario,

Gaceta de Madrid Publicación: 16/08/1858, nº 228

Páginas: 1 - 1

Alcaldía constitucional de Cilleros. Alcaldía constitucional de Cádiz. Alcaldía constitucional de Zarza junto Alange.

Gaceta de Madrid Publicación: 31/08/1867, nº 243

páginas: 6

TRIBUNAL SUPREMO DE LAS ORDENES MILITARES.

Notorio y manifiesto sea a los que vieren el presente edicto que se hallan vacantes y para proveer por S. M. la Reina nuestra Señora, como Administradora perpetua de las Ordenes militares, y en su Real nombre el Supremo Tribunal de las mismas en su territorio exento, !os beneficios curados siguientes:

De termino.

Quintanar de la Orden, La Solana, Campo de Criptana, Mota del Cuervo:

De segundo ascenso. - Valverde del Fresno, Zarza de Alange, Pedro Muñoz.

De primer ascenso:

Museros, Ferez, Benatae.

De entrada:

Saceruela, Casas de Rena y Trasierra, Estorninos:

Para cuya provisión se convoca a concurso, y la de los que vacaren durante y de resultas de el por termino de 40 días; contados desde la publicación, de este edicto en la Gaceta, y con preferencia a los Freires de las Ordenes de Santiago, Calatrava, Alcántara y Montesa que se hallen adornados de los requisitos prevenidos en sus establecimientos y definiciones; a clérigos seculares y exclaustrados habilitados, y a los que acrediten haber concluido sus estudios en Seminarios conciliares, clericales o Universidades, en cumplimiento de lo resuelto por S.M. en el art 5, del Real decreto de 16 de Julio de 1854, que quieran oponerse y se hallen con los requisitos necesarios conforme a las disposiciones canónicas, para que dentro del termino prefijado, concurran ante el Supremo Tribunal de las Ordenes militares en solicitud de su admisión a fin de que pasado se de principio a los ejercicios: Y para que no se alegue ignorancia, y sepan los que se quieran presentar al concurso las condiciones con que han de ser admitidos y ejercicios que han de practicar, se les hace saber que han de acompañar a sus solicitudes los testimoniales de sus respectivos Prelados y los documentos que justifiquen sus meritos literarios y servicios, si ya no constan anteriormente en el Tribunal; acreditando ademas, los que no sean Presbíteros, haber cumplido la edad de 24 años, estar ordenados al menos de primera tonsura, y no tener impedimento canónico para ascender al presbiterado. Los ejercicios que han de hacer son los siguientes:

1.- Una homilía o discurso escrito por el opositor en termino de cuatro horas y a la vista de los Jueces sinodales sobre un punto que salga en suerte de los depositados en una urna y sacado de los Santos Evangelios para lo cual solo tendrán presente la Biblia:

2.- La resolución de un caso de conciencia, también escrito, en el espacio de media hora,

3.- Una platica igualmente escrita y sacada sobre un punto del Catecismo de San Pío V, en el termino de cuatro horas y a la vista de los Jueces, teniendo presente el referido Catecismo.

4.- Sufrirán además un riguroso examen de Teología moral, traduciendo algunos puntos del dicho Catecismo de San Pío V:

5.- Los discursos compuestos por los opositores serán leídos por los mismos ante el Sínodo.

Los ejercicios serán públicos, excepto la traducción del latín y los exámenes de Moral, Teología, y Cánones,

Bajo cuyas condiciones y requisitos se admitirán a Concurso los opositores que se presenten; en la inteligencia de que con arreglo a sus meritos y censuras que obtuvieren; atendida y estimada la diferencia de ejercicios, se guardara justicia en la provision:

Dado en Madrid a 31 de agosto de 1867.= El Escribano de Camara de S. A: Jose Anduaga Martinez

Gaceta de Madrid Publicación: 29/05/1873, nº 149

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 548 - 548

Orden resolviendo que los Alcaldes pueden imponer gubernativamente las penas señaladas en la ley municipal, en las Ordenanzas que acuerden los Ayuntamientos y en los bandos que publiquen en armonía con sus facultades legales, y que en este concepto el Teniente Alcalde de Zarza junto Alange no cometió exceso de atribuciones en el expediente que se menciona.

Gaceta de Madrid Publicación: 02/10/1903, nº 275

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 17 - 18

Reales órdenes confirmando la suspensión del Alcalde y Concejales del Ayuntamiento de Zarza junto Alange y de 16 concejales del de Cuevas, decretadas respectivamente por los gobernadores de Badajoz y Almería.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 13/08/1947, nº 225

Departamento: Ministerio de Justicia

Páginas: 4545 - 4545

Orden de 24 de julio de 1947 por la que se acuerda que don Juan Angel Rodriguez Fernández cese en el cargo de Oficial Habilitado del Juzgado Comarcal de Zarza de Alange (Badajoz).

Boletín Oficial del Estado Publicación: 28/05/1951, nº 148

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 2589 - 2589

Dirección General de Correos y Telecomunicación (Correos).- Anunciando subasta para contratar la conducción del correo en automóvil entre las oficinas del Ramo de Alange y la estación férrea de Zarza, sirviendo a La Zarza, junto a Alange.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 30/08/1951, nº 242

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 4057 - 4057

Dirección General de Correos y Telecomunicación (Correos).- Anunciando subasta de contrata urgente para la conducción del correo en automóvil entre las oficinas del Ramo del Balneario de Alange y la estación férrea de Zarza-Alange sirviendo a Zarza junto a Alange.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 22/05/1956, nº 143

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 3332 - 3332

Dirección General de Obras Hidráulicas.- Anunciando subasta de las obras del proyecto de captación segregado y modificado del abastecimiento de agua a Zarza de Alange (Badajoz).

Boletín Oficial del Estado Publicación: 04/01/1961, nº 3

Departamento: Ministerio de Educación Nacional

Páginas: 144 - 144

Decreto 2450/1960, de 22 de diciembre, por el que se declara al Ayuntamiento de Zarza de Alange (Badajoz) dispensado de la aportación reglamentaria para la construcción por el Estado de sus edificios escolares.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 16/11/1961, nº 274

Departamento: Ministerio de Obras PúblicasPáginas: 16308 - 16309

Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas por la que se otorga a doña Ana Gallardo Pérez la concesión de un aprovechamiento de aguas derivadas del río Guadiana, en término de Zarza de Alange (Badajoz), con destino a riegos.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 07/07/1962, nº 162

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 9512 - 9512

Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas por la que se otorga a don Pelayo Moreno Caballero autorización para derivar aguas del río Guadiana, en término municipal de Zarza de Alange (Badajoz) con destino a riegos.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 27/11/1962, nº 284

Departamento: Ministerio de Educación Nacional

Páginas: 16859 - 16860

Resolución de la Junta Central de Construcciones Escolares por la que se aprueba la adjudicación definitiva de las obras de construcción de dos Grupos escolares, ocho secciones cada uno, y 18 viviendas para Maestros en Zarza de Alange (Badajoz).

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 07/05/1963, nº 109

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 7473 - 7473

Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas por la que se otorga a doña Vicenta Alonso del Val, la concesión de aprovechamiento en el río Matachel, en término municipal de Zarza de Alange (Badajoz), con destino a riegos.

    Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.

    Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del municipio.

    La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.

   En la actualidad depende del Partido Judicial de Mérida Audiencia Territorial de Badajoz y en lo eclesiástico la parroquia de La Zarza, a la Vicaría Zona Noroeste, Arciprestazgo de Calamonte y Archidiócesis de Mérida-Badajoz.


MONUMENTOS

DOE núm. 39 JUEVES, 23 DE MAYO DE 1991

Comunidad Autónoma de Extremadura (BOE de 06/08/1991)

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Resolución de 13 de mayo de 1991, por la que se ha acordado tener por incoado expediente de declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a favor de la Iglesia de San Martín, en la localidad de Zarza de Alange.

Seguido expediente en la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura, a efectos de la posible Declaración de Bien de Interés Cultu­ral con categoría de Monumento a favor de la Iglesia de San Martín, en la localidad de Zarza de Alange (Badajoz).

Vistos los artículos diez y once de la Ley l6/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el articulo 12.1 del Real Decreto 111/86, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, y demás disposiciones de general aplicación.

Esta Consejería de Educación y Cultura, en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas:

HA ACORDADO:

Primero: Tener por incoado expediente de Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a favor de la Iglesia Parroquial de San Martín, en la localidad de Zarza de Alange (Badajoz).

Segundo- La descripción del Bien objeto de este expediente figura como anexo de la presente disposición.

Se ha delimitado la zona afectada por el expediente incoado, en cuanto que puede repercutir en la contemplación y puesta en valor del posible Monumento, cuyos limites figuran en el anexo de la presente disposición.

La relación y descripción de los Bienes Muebles que contiene y constituyen parte esencial de su historia, queda incorporada al expediente incoado, dándose comunicación de la misma al Ministerio de Cultura.

Tercera- Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.- Hacer saber al Ayuntamiento de Zarza de Alange que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, anteriormente citada, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales precisarán, en todo caso, autorización de esta Consejería de Educación y Cultura.

Quinto.- Publíquese esta Resolución en el B.O.E. y el D.O.E.; y, una vez completo el expediente que se abra un período de información pública.

El Consejero de Educación y Cultura, Jaime Naranjo Gonzalo

Ilmo. Sr. Director General de Patrimonio Cultural.

ANEXO QUE SE CITA

Descripción de la Iglesia Parroquial de San Martin, de Zarza de Alange (Badajoz)

Se trata de una edificación de gran cuerpo, con fábrica de mampostería de piedra y cal, en la que resultan apreciables diferentes secuencias constructivas, correspondientes a distintas actuaciones y épocas. Se distribuye mediante planta de una sola nave, muy prolongada, con cabecera de grandes proporciones, y tres tramos, además del atrio de entrada.

La estructura exterior es de cajón, constituyendo una gran mole, desnuda de aditamentos formales, a la que, a la altura del primer cuerpo, se adosan dos pequeñas capillas laterales, y una sala de sacristía sobre el costado de la epístola del presbiterio. De estos estribos, unos son de sillería y otros de ladrillo, evidenciando sus diferencias cronológicas y estilísticas; en todo caso cabecera y nave se tratan de actuaciones constructivas bien diferenciadas en el exterior, aunque unificadas al interior. Sobre los tramos medios de la fachada exterior del costado del Evangelio perdura un lienzo de la cornisa de coronamiento del edificio, cuya fábrica y labor en ladrillo remiten a las formas del estilo mudéjar. Abriéndose en este mismo lado una portada de la iglesia, perteneciente al siglo XVI.

Su estructura de resolución es muy sencilla, consiste en un vano en arco de medio punto, flanqueado por dos pilastras con remate de cornisa, sobre el entablamento se dispone una hornacina adintelada surgiendo de un frontón partido, cuya coronación queda formada por un pequeño tímpano con remate de pináculos.

La torre existente en otro tiempo sobre los pies del templo, no aparece en la actualidad, habiendo sido eliminada al parecer en el presente siglo, debido a su mal estado.

Interiormente la construcción se organiza en atrio de acceso, situado bajo la desaparecida torre, con coro encima, al que se anejan por ambos lados, el baptisterio, y la escalera de acceso al coro, nave, cabecera y edículos adosados. La nave se compartimenta en tres amplios tramos con cubierta de bóveda de crucería de sencilla traza, originando entre ellos acusados arcos fajones de medio punto, que en el arco toral se hace de diseño apuntado.

La cabecera es de grandes proporciones, y se estructura en dos ámbitos: el presbiterio y la capilla mayor, ambos cubiertos mediante bóveda de crucería. El templo destaca por su diafanidad de su espacio interior, que al configurar una unidad de grandes proporciones, resulta notablemente sobredimensionada.

Sobre el paño izquierdo del testero de la capilla mayor, aparece una hornacina-sagrario, enmarcada por una representación de portada de notable interés, ejecutada en piedra, siendo una obra de estilo renacentista, cuya elaborada filigrana tiene similitud a la dispuesta en la Iglesia Parroquial de la Candelaria, de Fuente del Maestre. Formalmente se trata de un vano de arco carpanel con amplia banda decorada de grutescos, con escudo en la clave y pequeños medallones en las enjutas, flanqueado por finas columnillas.

En la parte central del entablamento se dispone un escudo de mayores proporciones, representando la alegoría de la pureza de María, con dos leones rampantes de guarnición y en los extremos sendos medios medallones, de aparición poco habitual. El remate superior queda constituido por una venera central con adorno de grutescos y atlantes en media figura, presidido por una cruz de madera, bajo potente moldura. El conjunto constituye trabajo de valor, sin duda lo más destacado del interior del templo en el orden arquitectónico.

Delimitación del entorno afectado

La delimitación de la zona afectada por el posible monumento, en cuanto que puede repercutir en la contemplación y ensalzamiento del mismo, es la comprendida por los siguientes inmuebles:

2, 18, 43, 45, 47, 49, 51, 53, 55, 57, 59 y 61 de la C/ Amargura; inmueble sin número de gobierno (viviendas de Maestros), que se prolonga paralela al costado de la Epístola de la Iglesia, entre las calles Amargura y Travesía de San Martín; inmuebles 1, 3 y 5 de la C/ Calvario; inmuebles números 23 y 14 de la C/ Cuesta; inmuebles números 23, 30 y 32 de la C/ Iglesia; así como el Monumento al Arriero, situado delante del templo, y los espacios públicos y privados (jardines, calles, etc.), que los unen entre sí.

D.O.E.-Número 4, 14 Enero 1992

CONSEJERIA DE EDUCACI0N Y CULTURA

ORDEN de 21 de noviembre de 1991, por la que se abre período de información pública en los expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural.

Vistos los expedientes seguidos en la Dirección General de Patrimonio Cultural, y de conformidad con l.o establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, y el artículo 13.2 del Real Decreto 111/86.

DISPONGO:

Abrir un período de información pública en los expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural, a favor de los Monumentos que se relacionan en el Anexo de esta Orden, a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar los mencionados expedientes y aducir lo que estimaren precedente, durante el plazo de veinte días a partir de la presente publicación en el Diario Oficial de Extremadura, en la Oficina de la Consejería de Educación y Cultura, Dirección General del Patrimonio Cultural, sita en calle Sancho Pérez, n. 6, en Mérida (Badajoz), de 9 a 14 horas.

El Consejero de Educación y Cultura, Javier Naranjo Gonzalo. Ilmo.. Sr. Director General de Patrimonio Cultural.

ANEXO

Relación de expedientes para la Declaración de Bien de interés Cultural

PROVINCIA DE BADAJOZ

Con categoría de Monumento

La Roca de la Sierra.-Iglesia Parroquial Sta. Maria del Prado.
Medellín.-Iglesia Parroquial de San Martín.
Valverde de Mérida.- Iglesia Parroquial de Sta. Marina.
La Zarza.- Iglesia Parroquial de San Martín.

PROVINCIA DE CACERES

Con categoría de Monumento

Acebo.-Iglesia Parroquial Ntra. Sra. de los Ángeles.
Baños de Montemayor.-Balneario.
Ceclavín.-Iglesia Parroquial Ntra. Sra. del Olmo.
Torre de Don Miguel.-Iglesia Parroquial de la Asunción.

DOE num. 192, lunes 6 de octubre de 2014

BOE núm. 314 lunes 29 diciembre 2014

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Decreto 223/2014, de 30 de septiembre, por el que se declara la iglesia de San Martín, en el término municipal de La Zarza (Badajoz), como Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento

El Estatuto de Autonomia de Extremadura, en redaccion dada por Ley Organica 1/2011, de 28 de enero, recoge como competencia exclusiva en su articulo 9.1.47 la “cultura en cualquiera de sus manifestaciones”, asi como el “patrimonio historico y cultural de interes para la Comunidad Autonoma”.

En desarrollo de esta competencia se dicto la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Historico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaracion de Bien de Interes Cultural de un bien que se entienda entre los mas relevantes del Patrimonio Historico y Cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los articulos 7 y siguientes de la citada ley.

Con base en la normativa de aplicacion en ese momento, particularmente la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Historico Espanol; y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la ley citada, se dicto la Resolucion de 13 de mayo de 1991 (DOE num. 39, de 23 de mayo; y BOE num. 187, de 6 de agosto), por la que se incoa expediente de declaracion de Bien de Interes Cultural para la iglesia de San Martin en el termino municipal de La Zarza (Badajoz), con la categoria de Monumento.

La incoacion del expediente fue notificada a los titulares afectados, al Ayuntamiento de La Zarza, y se dio traslado a la Direccion General de Bellas Artes y Archivos del Ministerio de Cultura, para su inscripcion provisional en el Registro General de Bienes de Interes Cultural, donde se procedio a practicar anotacion preventiva del expediente de declaracion, con el no A-RI-51-000007072, no habiendose presentado alegaciones.

Se han cumplimentado todos los tramites previstos en los articulos 7 y siguientes de la ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Historico y Cultural de Extremadura, y se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el articulo 4.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Historico y Cultural de Extremadura. Asi, entre otros, se han incorporado durante la tramitacion del expediente los informes favorables tanto de la Universidad de Extremadura como de la Real Academia de Extremadura de las Letras. De la misma forma se ha obtenido el informe favorable de la Comision Provincial de Patrimonio Historico de Badajoz.

La iglesia de San Martin se ubica en una zona elevada de la poblacion, en el centro de un conjunto de desembocaduras de calles. El templo se localiza exento y pertenece a la archidiocesis de Merida-Badajoz. La historia del templo ha sido azarosa, al haber permanecido sin uso durante mucho tiempo y haber sido sometida a diferentes restauraciones y reconstrucciones, entre ellas la restauracion de la cubierta hace pocos anos, asi como la reconstruccion completa del campanario de la torre, al arruinarse el original. El templo es un ejemplo muy interesante de arquitectura del siglo XVI, siendo perceptible la gran unidad estilistica del interior del templo.

El edificio esta construido mediante el uso de ladrillo, mamposteria vista y sillares.

La edificacion corresponde a una cronologia esencialmente del siglo XVI, si bien en su cronologia son apreciables distintas etapas, apreciandose algunas diferencias formales entre la cabecera, poco mas antigua, y la nave. Las dos portadas serian, a su vez, mas tardias, probablemente del siglo XVII. Destaca ademas en el templo el aspecto mudejar de parte de la construccion, particularmente el friso de ladrillo ubicado sobre las fachadas del evangelio, de los pies, y en el abside, realizado mediante arcos entrelazados y almenas escalonadas.

Interiormente es muy destacable la gran diafanidad y amplitud espacial del templo. Son de particular interes las bovedas de cruceria y las mensulas renacentistas que soportan los empujes de los arcos de la nave, con disenos en los que son visibles denticulados, cabezas de angelotes y otros motivos decorativos, los cuales denotan corresponder a una fase avanzada del siglo XVI. En las claves de las bovedas son visibles el escudo de la Orden de Santiago y distintos motivos geometricos. Sobresalen en planta tres capillas que se cubren tambien mediante bovedas de cruceria.

Elemento de singular interes es la credencia u hornacina similar a otras que podemos encontrar en la comarca de Merida. Es posible que en su ejecucion interviniera Pedro de Maeda, autor documentado en la portada plateresca de Fuente del Maestre, por ciertas similitudes estilisticas.

Son de interes patrimonial y parte inseparable de este Bien de Interes Cultural diferentes retablos e imagenes.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el articulo 9.1.47 del reformado Estatuto de Autonomia de Extremadura y con el articulo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Historico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educacion y Cultura, y previa deliberacion del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesion celebrada el dia 30 de septiembre de 2014,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Se declara Bien de Interes Cultural con categoria de Monumento la iglesia de San Martin, en el termino municipal de La Zarza (Badajoz), segun la descripcion y ubicacion que se recogen en el Anexo al presente decreto.

Artículo 2. Publicaciones.

Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletin Oficial del Estado el presente decreto, y notificar el mismo al Ayuntamiento de La Zarza, al propietario y al resto de posibles interesados, abriendose un plazo de informacion publica por espacio de un mes.

Artículo 3. Inscripción en los registros.

Inscribir en el Registro de Bienes de interes Cultural de Extremadura y notificar al Ministerio de Educacion, Cultura y Deportes esta declaracion para su inscripcion en el Registro de Bienes de Interes Cultural del Estado.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrara en vigor el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial de Extremadura.

Merida, a 30 de septiembre de 2014. Presidente de la Junta de Extremadura, José Antonio Monago Terraza. La Consejera de Educacion y Cultura, Trinidad Nogales Basarrate

ANEXO

Son abundantes los restos existentes, sobre todo prehistoricos, en el termino municipal de La Zarza. Pero la poblacion se funda en el siglo XIII por el maestre de la Orden de Santiago D. Pelay Perez Correa dentro de la jurisdiccion de Merida, incorporandose a la Encomienda de Alange al constituirse esta en el siglo XIV.

La iglesia de San Martin se ubica en una zona elevada de la poblacion, en el centro de un conjunto de desembocaduras de calles. El paisaje urbano circundante esta formado por edificaciones modernas, la mayor parte de ellas de dos plantas y de planta baja y doblado. El templo se localiza exento. Hasta hace algunos anos la iglesia se hallaba adosada al colegio, si bien actualmente existe un estrecho callejon que separa el recinto del mismo, construido en los anos 70 del siglo XX, de la iglesia. El templo pertenece al arzobispado de Merida-Badajoz. La historia del edificio ha sido azarosa, al haber permanecido sin uso durante mucho tiempo y haber sido sometido a diferentes restauraciones y reconstrucciones, entre ellas la restauracion de la cubierta llevada a cabo hace pocos anos, asi como la reconstruccion completa del campanario de la torre (aunque al parecer siguiendo el modelo original), al arruinarse aquel.

El templo es un ejemplo muy interesante de arquitectura del siglo XVI (si bien finalizado a comienzos del siglo XVII), siendo perceptible una gran unidad estilistica en su interior.

El edificio esta construido mediante el uso de ladrillo, mamposteria y sillares. La estructura del templo es contundente, destacando los grandes paramentos apenas interrumpidos por contrafuertes. Sobresalen en planta, ademas de los contrafuertes, unicamente la sacristia adosada a la cabecera, y sendas capillas situadas en los muros de la epistola y del evangelio, datables en el siglo XVI.

La edificacion corresponde por tanto esencialmente al siglo XVI, si bien en su cronologia son visibles distintas etapas, apreciandose algunas diferencias formales entre la cabecera, poco mas antigua, y la nave. Las dos portadas serian, a su vez, mas tardias, probablemente de comienzos del siglo XVII. Destaca ademas en el templo el aspecto mudejar de parte de la construccion, particularmente el friso de ladrillo ubicado sobre las fachadas del evangelio, de los pies, y en el abside, realizado mediante arcos entrelazados y coronado por almenas escalonadas.

Solamente se conserva en su aspecto original en parte de la zona del evangelio, mientras que en las zonas del abside y de los pies del templo se ha realizado una imitacion de dicho friso con el mismo diseno, igualmente de ladrillo. Tambien de ladrillo son parte de los contrafuertes, asi como la torre ubicada sobre los pies de la iglesia, reconstruida totalmente en su segundo cuerpo en este material en 1992 por haberse arruinado la misma durante el siglo XX. El campanario posee arcos de medio punto en cada uno de sus lados y chapitel. Francisco Tejada Vizuete, academico de la Real Academia de Extremadura, autor de la obra: “Fuentes documentales para el estudio de la arquitectura de los siglos XVII y XVIII en Merida y su entorno (Nomina de Artifices)”(Junta de Extremadura, Consejeria de Cultura, Badajoz 2004), que cita documentacion existente en el Archivo Parroquial, concreta algunos datos sobre esta zona del templo

Asi, a finales de 1617 se inicia la terminacion de las obras de la iglesia en lo que respecta al ultimo tramo y torre, la cual seria ejecutada por los maestros Gutierre de Herrera, maestro de obras de Valencia de Alcantara residente en Merida, y Juan Sanchez.

Exteriormente el templo tiene dos portadas ubicadas en las fachadas del evangelio y de los pies, asi como un pequeno acceso a la sacristia. La portada del evangelio esta constituida por un arco de medio punto enmarcado por pilastras cajeadas que sostienen un entablamento rematado por fronton partido flanqueando un ediculo. Todo ello en ladrillo enjalbegado y pintado en color crema. Se trata de una portada clasicista datable en torno a comienzos del siglo XVII, tal y como ya se ha indicado. Sobre la portada se ubica una espadana.

Respecto a la portada de los pies o del perdon, de canteria y datable igualmente en las mismas fechas, la misma se conforma mediante dos pilastras que enmarcan un arco de medio punto sobre el que se situa el entablamento y un fronton partido En medio del fronton se localiza un nicho sin imagen alguna. Sobre la portada existe una ventana que ilumina el coro.

Otras dos ventanas se situan a ambos lados de la portada y dos pequeños huecos iluminan el acceso al campanario y la capilla bautismal. Son estos los unicos elementos de iluminacion del templo junto a dos ventanas de medio punto situadas en la zona del abside y una de formato cuadrado en la fachada de la epistola. Es aun menor la iluminacion del templo, ademas, al haberse cegado varios huecos en las capillas, por haberse instalado con posterioridad retablos y taparlos.

Interiormente es muy destacable la gran diafanidad y amplitud espacial del templo. La iglesia de San Martin de Tours posee nave unica dividida en tres tramos; cabecera dividida en dos zonas; atrio interior situado bajo la torre, y coro situado sobre aquel. El coro se abre mediante arco rebajado a la nave. En la zona de los pies se ubican ademas la capilla bautismal y el acceso a la torre, ambas dependencias ubicadas a ambos lados del atrio citado. Las bovedas en esta zona son de canon y de arista. El arco de entrada al templo desde el atrio es rebajado, mientras que el de la capilla bautismal lo es de medio punto.

Respecto a la nave central, el edificio posee tres tramos de boveda de cruceria estrellada separadas por arcos fajones de medio punto. En cambio, el arco toral del abside es apuntado, lo que se relaciona con la cronologia un poco mas antigua de esta zona. El diseno de bovedas de las capillas y abside es mas sencillo que el de las naves, siendo el mas simple de todas el de la sacristia, de cruceria cuatripartita. En esta sacristia las mensulas tienen precisamente el pometeado caracteristico durante parte de los siglos XV y XVI. En el caso de la boveda de la capilla del evangelio, la misma tiene la plementeria pintada. Las capillas situadas en los lados del evangelio y de la epistola conectan con la nave mediante arcos apuntados.

Son tambien de interes las mensulas renacentistas que soportan los empujes de los arcos de la nave, con disenos en los que son visibles denticulados, cabezas de angelotes y otros motivos decorativos, los cuales se corresponden con una fase avanzada del siglo XVI e incluso hasta las primeras decadas del XVII, segun la documentacion existente. En las claves de las bovedas son visibles el escudo de la Orden de Santiago y distintos motivos geometricos.

Elemento de singular interes es la credencia u hornacina similar a otras que podemos encontrar en la comarca de Merida (Valverde de Merida, Trujillanos, etc.) Se apunta en la obra “Monumentos artisticos de Extremadura” (VV. AA., Merida, ERE, 1995) la posibilidad de que en su ejecucion interviniera Pedro de Maeda, autor documentado en la portada plateresca de Fuente del Maestre, por ciertas similitudes estilisticas. Esta credencia de estilo renacentista es mayor que el resto de las existentes en la comarca de Merida, pues la misma es accesible a nivel de suelo. La misma esta realizada dentro del muro y su funcion seria, como es habitual, servir de sagrario. La obra consta de arco carpanel flanqueado por columnillas y con medallones en las enjutas. El frente tiene dos cuerpos separados por entablamento, en el que se localizan dos medios medallones. En la parte inferior es visible el escudo de azucenas de la virgen flanqueado por leones tenantes y en el superior una venera central adornada con grutescos y atlantes y rematada con cruz. Dentro del hueco mayor se encuentra un segundo hueco mas pequeño rematado en arco conopial, correspondiente a modelos estilisticos anteriores a los visibles en la nave. Segun informaciones facilitadas por Francisco Tejada Vizuete, quien cita documentacion del Archivo historico Nacional, en la Visita santiaguista del 18 de marzo de 1550 se describe el sagrario renacentista, que originalmente tendria puertas. Tambien en esta visita se describe la nueva capilla bautismal “(...) de boveda, cercada de una rexa de pino”. (En este sentido, conviene resenar que la reja de la capilla bautismal actualmente existente tambien es de madera, realizada mediante balaustres, pudiendo tratarse de la original).

Ademas se relacionan las obras de ampliacion que se estan acometiendo en el templo, ya que se alude a una “cubierta de madera de pino” sobre arcos de ladrillo en la zona correspondiente a la nave del templo.

La Visita del 20 de octubre de 1556 es aun mas completa. En ella se describen las dos capillas ya realizadas, asi como la sacristia y, nuevamente, la cubierta de madera.

Posteriormente, en la Visita del 22 de enero de 1605 consta que ya se ha sustituido parte de la cubierta de madera por un tramo de boveda de cruceria, si bien prosiguen las obras. Seria el 29 de noviembre de 1617, cuando el mayordomo de la cofradia del Santisimo presto 1460 reales a la parroquia para concluir los tramos de boveda que faltaban.

Sobre el muro de la epistola se abrieron en un momento dado cinco nichos de medio punto de escasa profundidad con objeto de alojar imagenes sagradas.

Bienes patrimoniales del interior del templo.

Son de interes patrimonial y parte inseparable de este Bien de Interes Cultural los siguientes bienes:

—Retablo mayor: se estructura en banco, dos cuerpos, tres calles y atico. Contiene las caracteristicas propias del estilo de la segunda mitad del siglo XVII: columnas salomonicas de orden gigante que apoyan en mensulas de cierto desarrollo y que abarcan mas de un cuerpo, ademas del protagonismo del manifestador. Es un retablo mixto, de talla y pincel.

En el primer cuerpo aparecen las tallas de San Pedro y San Pablo, de canon alargado y relacionables, por su estilo, con los talleres pacenses de la primera mitad del siglo XVIII.

En el segundo, dos pinturas que representan a la Virgen de Belen y a San Jose con el Niño.

En la calle central, y a un nivel intermedio entre el primer y segundo cuerpo, la imagen del titular, San Martin de Tours. Corona el conjunto un atico con el cuadro de Santiago Apostol.

—Retablo de la Virgen del Rosario. Ubicado en el lado del evangelio. Posee un solo cuerpo sobre banco. Se divide en tres calles, cada una con su hornacina, y atico. Las entrecalles estan constituidas por columnas salomonicas en el centro y pilastras cuadrangulares en los extremos. El atico lo constituye una pintura sobre tabla de la Virgen con el Nino. La mesa de altar es moderna. Las imagenes de las hornacinas corresponden a San Jose y el Nino, San Anton, y la Virgen del Rosario, datable en el siglo XVI, de buena factura y estilo romanista. Este retablo, por su factura, pudiera ser contemporaneo del retablo mayor, e incluso de las mismas manos.

—En la capilla de la epistola existe otro retablo. Es un retablo a lo blanco, compuesto por un solo cuerpo sobre banco, cuyo remate superior plano con cuatro pinaculos puede indicar que en un momento dado se eliminara el atico, o que se dejara inconcluso. Posee tres calles, con sendas hornacinas, separadas por columnas salomonicas de recargada decoracion.

Obra datable en los siglos XVII-XVIII. Respecto a las imagenes, la del lateral izquierdo es moderna. La de la calle derecha representa a San Blas, y es de cronologia dudosa

En la hornacina central, una imagen de Cristo en una de sus caidas camino del Calvario, iconografia extrana en nuestro pais pero muy abundante en Portugal (Cristo dos Passos), Posee vestiduras de tela y cabello natural. Fechable en el siglo XVIII. Ante el altar se situa un Cristo yacente en su urna, de factura moderna.

—Capilla del lado del evangelio. Retablo de un solo cuerpo y atico de amplio desarrollo que alberga, dentro de una hornacina cruciforme, un crucificado de papelon. El cuerpo consta de tres hornacinas separadas por columnas salomonicas que albergan imagenes de la Veronica, la Dolorosa, ambas de candelero, y San Juan, esta ultima moderna. La mesa de altar es moderna. La boveda ojival de la capilla aparece decorada con una pintura mural de motivos vegetales y posiblemente contemporanea al retablo.

—Retablo de la nave de la epistola. Estructurado en banco, un solo cuerpo y atico. La hornacina central esta flanqueada por columnas salomonicas y alberga una imagen de la Inmaculada.

Todo el conjunto se encuentra completamente repintado. El estilo y cronologia de este retablo parece ser similar al del resto de retablos del templo

—Imagen de San Marcos. Talla de buena factura del siglo XVI o principios del XVII.

—Niño Jesus. De pequeno tamano, porta en su mano derecha un caliz y en la izquierda una bola del mundo. Es de talla completa aunque en la actualidad aparece vestido. Puede ser obra del siglo XVIII.

—Crucificado. Con brazos articulados para servir en la ceremonia del Descendimiento. Muy repintado, por la forma de la corona, trenzada, y el pano de pureza, parece ser obra del siglo XVI o primera mitad del XVII.

—Imagen de San Francisco Javier. De candelero. Por sus caracteristicas pudiera ser obra de Francisco Ruiz Amador, escultor pacense de la primera mitad del siglo XVIII, con abundante obra en la provincia.

—Reja de la capilla bautismal, de madera.

—Pila bautismal original e in situ.

Otros:

Son parte inseparable de este bien toda la plateria y ajuar liturgicos anteriores al siglo XX.

Delimitación del bien y del entorno de protección. Limitaciones de uso.

La zona en la que se ubican tanto el bien objeto de proteccion como su entorno se localizan en La Zarza, incluyendo las siguientes fincas:

Delimitación del bien.

El mismo lo constituye la siguiente finca y referencia catastral:

—Calle Iglesia, 34. 2103001QD4020S0001BW.

Delimitación del entorno de protección.

No se considera necesario que el entorno del bien ocupe una superficie exacta de cien metros perimetrales, tal y como marca la Ley de Patrimonio Historico y Cultural de Extremadura en su articulo 39.3 en referencia a los elementos arquitectonicos, porque dada la localizacion del bien en una zona muy alta de la poblacion se entiende como suficiente para proteger el mismo de cualquier posible impacto visual o similar la delimitacion de entorno que se plantea, la cual incluye las parcelas colindantes al edificio, y las mas proximas al mismo, las cuales se indican a continuacion, ubicadas todas ellas en las calles travesia de San Martin, calle Independencia, calle Calvario, calle Cuesta, calle Iglesia y calle Amargura, asi como el espacio existente entre los inmuebles afectados hasta llegar al bien.

Dicho entorno esta constituido por las siguientes parcelas, asi como el espacio publico y privado (calles, jardines, construcciones de cualquier tipo, etc.) comprendidos en el interior de la linea trazada que los une entre si hasta llegar el bien:

Todo lo cual se expresa en el correspondiente plano.

Los posibles usos que se den a este bien deberan ser compatibles con la conservacion del mismo y, en ningun caso, alteraran su valor patrimonial.

   Iglesia Parroquial de San Martín de Tours, obra de gran cuerpo, declarada Bien de Interés Cultural. La obra, de grandes proporciones, está levantada en mampostería de piedra sin enlucir.

   Realización del siglo XVI, en la que se aprecian diferentes secuencias y estilos constructivos correspondientes a los gustos de los tiempos en que se llevaron a cabo las numerosas remodelaciones, románicos, góticos, gótico-mudéjar, barroco y plateresca.

   Al interior presenta planta es de una sola nave muy amplia, dividida en tres tramos, con bóvedas de crucería estrellada sobre ménsulas y cabecera de ábside poligonal con cubierta del mismo tipo. Una pequeña sacristía y dos reducidas capillas se anejan al cuerpo principal, configurando estas últimas un atisbo de estructura de cruz latina.

    La capilla mayor cuenta con retablo barroco de pequeñas proporciones y de buena factura y otros retablos menores en las laterales, así como con algunas imágenes de mérito, como las de San Pedro y San Pablo, la Virgen del Rosario, valiosa talla de madera policromada y un Cristo de origen mejicano. Pieza digna de mención es la hornacina-sagrario de rico labrado al gusto renacentista, que se abre en la cabecera.

    Al exterior, presenta gran mole, contando como únicos componentes formales, estribos de diferentes materiales, y un par de ventanas románico-góticas. En la fachada del Evangelio perdura un fragmento de cornisa. ejecutada en ladrillo, evocando las trazas el estilo mudéjar.

   En esta fachada se abre la única portada actual del templo, realizada en mampostería encalada, según diseño clasicista, cuya presencia destaca sobre la fábrica de piedra del resto del edificio. Consta de arco de medio punto con enmarque compuesto de pilastras laterales, frontón abierto, hornacina en el ático y otros elementos ornamentales,

  La portada del Perdón presenta composición semejante, aunque ejecutada en piedra, encontrándose cegada. Sobre ella se alza una torre-fachada, en fase de reconstrucción.

    Ermita de Nuestra Señora de las Nieves, patrona del pueblo se encuentra exenta en la parte baja,  antiguamente dedicada a los Santos Mártires Fabián y Sebastián. Construcción de notables proporciones, realizada en mampostería encalada. Existe una Real Cedula de Felipe IV, datada en 1626 por la que dispone se cambiara el nombre de la Ermita de los Mártires, por el de Nuestra Señora de las Nieves.

   Al interior presenta planta de cruz latina, con nave dividida en cuatro tramos y crucero cupulado, detrás del cual se sitúa el camarín de la Virgen, cubierto también con cúpula, de manera que al exterior se manifiesta en una estructura de doble cimborrio ochavado.

    En el camarín destacan las pinturas que cubren la cúpula, sus pechinas y los muros. Las de estos últimos, se encuentran muy deterioradas, se adivinan escenas del Nacimiento de Jesús, Huida a Egipto, Epifanía y otras. En las pechinas también en mal estado de conservación, el rey David y otros personajes bíblicos. En la cúpula, entre enmarques de estilo rococó, aparecen ocho mujeres fuertes de la Biblia: Jael, Abigail, Esther, María, Judith, Sara, Deborah y Ruth. El conjunto de la obra, muy deteriorado está ejecutada al temple

    Calle Carrera, próxima a la ermita, un tramo de la calle configurado por una decena de soportales, con arcos de medio punto sobre pilares encalados, con cubierta interior de madera y caña, y exterior de tejas.

   El Pilar antiguamente destinada a abrevadero, según el modelo tradicional, se conserva en la plaza del pueblo.

    Monumento al Arriero junto a la iglesia parroquial, se encuentra obra en bronce realizada por el escultor Ricardo García, de Villanueva de la Serena, inaugurada en 1989. Consiste en un grupo compuesto por un asno y el popular "tierrablanquero", o vendedor de tierra blanca o cal para enjalbegar o blanquear las paredes, extraída de las minas de "Juan Bueno"; ataviado con la típica chambra o blusón y llevando el peso al hombro.

    Estatua del Emigrante se encuentra en la salida del pueblo obra del escultor zarceño Javier Guerrero González-Piñero.


GASTRONOMÍA

    Son propias de la zona las recetas de cordero, Caldereta, asadas y guisadas, Ajo de Peces, El Ajo "colorao" y el Pollo a lo "Pare Pero", Gazpacho, Sopas frías y en repostería casera, Repápalos

  Para saber mas acerca de las Marcas de Calidad de la región extremeña, pinchar aquí

    Para conocer la normativa de las Matanzas Caseras, pinchar aquí

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen del cordero de Extremadura Corderex, para conocer mas sobre el cordero, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

   Está incluido en la denominación del cerdo ibérico Dehesa de Extremadura, para mas información sobre el cerdo y sus productos pinchar aquí

  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la zona Vino de la Tierra de Extremadura, para conocer mas sobre el vino de la Tierra, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí

    Para conocer el Registro de Envasadores y Embotelladores de aceite de oliva virgen extra y aceite de oliva virgen con designación de origen de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pinchar aquí.

    Su quieres conocer el panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen y la regulación de las organizaciones de operadores del sector oleícola, pincha aquí.

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen de los vinos de Ribera del Guadiana, en la Subzona Ribera Alta, para conocer mas sobre estos vinos, pinchar aquí

   Para conocer la Calidad de las Aguas potables, pinchar aquí

   Si quieres saber sobre el Registro de Derechos de Replantación de Viñedos, pincha aqui

   Para mas información sobre Gastronomía extremeña, ir a Addenda de Gastronomía


FIESTAS

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TURISMO

DOE num. 226, lunes 24 de noviembre de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Lugar de Interés Científico.- Decreto 250/2014, de 18 de noviembre, por el que se declara el Lugar de Interés Científico "Sierra Utrera", en el término municipal de La Zarza

La Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura, en el artículo 24, define a los Lugares de Interés Científico como aquellos espacios generalmente aislados y de reducidas dimensiones que reciben una protección en atención al interés científico de alguno de sus elementos naturales o a la existencia de especímenes o poblaciones animales o vegetales amenazadas de extinción o merecedoras de medidas específicas de protección.

El paraje “Sierra Utrera”, está situado en el término municipal de la Zarza, en una zona que pertenece al Hábitat de Interés Comunitario no prioritario “Vegetación Rupícola Casmo-comofítica de Fisuras de Roquedos Cuarcíticos Mesomediterránea Oretana y Mariánica” incluido en el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Se trata de una zona con vegetación que se incluye dentro de la serie mesomediterránea bética, marianense y aracenopacense basofila e Quercus rotundifolia o encina. Sus formaciones típicas son los bosques en que la encina suele ser dominante pero, debido a la riqueza de los suelos de estas zonas, la mayoría de estas formaciones, especialmente las situadas en zonas con pendientes reducidas o moderadas, han sido ocupadas por cultivos agrícolas.

Esta ocupación, y posterior abandono de muchos de estos cultivos, ha dado paso a zonas en las que se intercalan grandes olivos con elementos típicos de sustitución como son la Coscoja (Quercus coccifera), el Lentisco (Pistacea lentiscus) y algunas labiadas. Estas zonas suelen ser ocupadas por diversas especies de orquídeas, en concreto en las parcelas propuestas es posible encontrar Orchis champaneuxii, Orchis morio subsp picta, Serapias lingua, Serapias parviflora y Serapias perez-chiscanoi. La última de ellas, es una especie incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura en la categoría “En Peligro de Extinción”.

En el área relativamente pequeña en la que existe una importante población de la orquídea Serapias perez-chiscanoi. Dicha especie, catalogada como “En Peligro de Extinción”, presenta un riesgo de amenaza medio al existir diversas actividades agro-ganaderas que amenazan su distribución, tales como los tratamientos con herbicida, el pastoreo o la roturación de la tierra. Las amenazas existentes sobre esta especie y lo localizado de sus poblaciones hace prioritario la inclusión de las zonas en que se distribuye dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura..

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 18 de noviembre de 2014,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración. Se declara el Lugar de Interés Científico “Sierra Utrera”, en el término municipal de La Zarza.

Artículo 2. Delimitación territorio. El Lugar de Interés Científico “Sierra Utrera” ocupa una superficie total de 14,85 hectáreas, correspondientes a la parcela 809 del polígono 7 del término municipal de La Zarza. Las coordenadas centrales, en European Datum 1950 (huso 295) son X=741272 e Y=4297699. La localización cartográfica del Lugar de Interés Científico “Sierra Utrera” se recoge en el Anexo del presente decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

>El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 18 de noviembre de 2014 El Presidente de la Junta de Extremadura, Jose Antonio Monago Terraza

El Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, Jose Antonio Echavarri Lomo

ANEXO

   En el folklore es típico de esta villa la popular "Jota de La Zarza".

    La Leyenda de la Virgen de las Nieves

    En el caluroso mes de agosto, unas mujeres estaban sacando agua de un pozo próximo a la ermita de los Santos Mártires Rabian y Sebastián, pero notaron que su cubo chocaba contra una imagen de madera policromada.

    Al descubrimiento acudieron el pueblo en pleno y se dio cuenta del hecho al Cura y a las autoridades. A continuación se intentó resolver donde se debía alojar la imagen para su veneración.

    El párroco, en minoría, era partidario de llevarla a la Iglesia Parroquial de San Martín, el cabildo y el pueblo, se inclinaron por llevarla a la ermita de los Santos Mártires, en cuyas proximidades había ocurrido el hecho y aparición.

    Se inicio la entronización solemne de la imagen, pero un hecho insólito vino a cambiar la misma, se nubló el sol, bajó la temperatura y comenzó a nevar. Este hecho hizo a sacerdotes, cabildo y fieles a denominarla "Virgen de las Nieves". Su culto y devoción se extendió con rapidez por los pueblos vecinos y por toda Extremadura y Portugal. Su festividad se conmemora el día 5 de agosto.

    En artesania destaca la confección de la piel, especialidad a la que se dedican numerosas peleterías y talleres.

    Al abrigo de la sierra conocida como Las Calderitas, se hallan unas importantes pinturas rupestres. El acceso a dicho lugar está convenientemente señalizado.

EMBALSE DE ALANGE

A pocos kilómetros de La Zarza se encuentra la Presa de Alange, sobre el río Matachel, constituye un importante elemento en la regulación lateral de la cuenca del Guadiana, que ha permitido, aumentando los recursos hidraúlicos disponibles, laminar las avenidas que producen daños en las poblaciones y vegas situadas aguas abajo de su emplazamiento (Mérida, Badajoz, etc.).Las posibilidades de esta obra no se agotan ahí, ya que el Embalse de Alange, previa la oportuna ordenación territorial, permitirá su aprovechamiento para usos recreativos y potenciará el atractivo turístico de Alange, abriendo la posibilidad del establecimiento de zonas adecuadas (islas y penínsulas) de reservas para la fauna..

Características técnicas:

EMBALSE
Volúmen en máximo nivel normal ------- 852 Hm3
Superficie de embalse en máximo nivel -- 50 Km2 - 5.039 Ha.

PRESA
Longitud de coronación ------------------- 720 m
Altura sobre cimientos --------------------- 67,35 m

Boletín Oficial del Estado Publicación: 15/03/1954, nº 74

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 1528 - 1528

Orden de 24 de febrero de 1954 por la que se aprueba el expediente de clasificación de las Vías pecuarias  existentes en el término municipal de Zarza de Alange (Badajoz).

Ilmo. Sr.: Visto el expediente de clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Zarza de Alange (Badajoz);

Resultando que, mediante propuesta del Ingeniero Jefe del Servicio de Vías Pecuario, se inició el expediente de clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Zarza de Alange (Badajoz), siendo designado para realizar la clasificación el Perito agrícola del Estado don Eduardo Correa Andrade, adscrito a la Dirección General de Ganadería;

Resultando que basándose en certificación de datos facilitada por 11 Sindicato de Ganadería, el plano del término formado por el Instituto Geográfico y previo acuerdo con los componentes del Ayuntamiento y .Junta Local de Fomento Pecuario, se redactó el proyecto de clasificación siendo expuesto al público por el Ayuntamiento interesado durante el plazo de tiempo reglamentario, y devuelto can los informes precisos y sin ninguna reclamación;

Resultando que con fecha 25 de enero de 1954 fue informado por el Ingeniero Inspector del Servicio, don Ildefonso Moruza Ruiz;

Resultando que con fecha 12 de febrero de 1954 pasó a informe de la Asesoría Jurídica de este Ministerio;

Vistos los artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 del vigente Decreto-reglamento de Vías Pecuarias, de 23 de diciembre de 1944 y el Reglamento General de Procedimiento Administrativo del Ministerio de Agricultura de 14 de junio de 1935:

Considerando que en la realización del proyecto de clasificación de las vias pecuarias de Zarza de Alange (Badajoz) se han cumplido las prescripciones determinadas en los artículos 8, 9 y 10 del Decreto Reglamento de Vías Pecuarias,

Considerando que según determina el artículo 11 del mismo Decreto, estuvo el proyecto de manifiesto al público, sin presentarse ninguna reclamación, y siendo los informes del Ayuntamiento y Junta Sindical de Fomento Pecuario favorables a su aprobación;

Considerando que el informe del Ingeniero Inspector del Servicio es asimismo propicio a la aprobación del proyecto;

Considerando que con fecha 16 de febrero del corriente año la Asesoría Jurídica del Departamento Informa favorablemente,

Este Ministerio ha resuelto aprobar el expediente de clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Zarza de Alange (Badajoz), por el cual quedan clasificadas en la forma siguiente:

VIAS PECUARIAS

1. Cañada Real de la Zarza o de Aguas de Verano.- Con anchura de noventa varas, equivalentes a setenta y cinco metros con veintidós centímetros (75,22 metros)

2. Vereda de Guadiana ,- Con anchura de veinticinco varas, equivalentes a veinte metros con ochenta y nueve centímetros (20,89 metros),

VIAS PECUARIAS EXCESIVAS

1. Cañada de las Cañadillas.-Su anchura de noventa varas, equivalentes a setenta y cinco metros con veintidós centímetros (75,22 metros), se reduce a cinco metros, quedando en toda su longitud una diferencia para parcelar y enajenar de setenta metros con veintidós centímetros.

2.- Cordel de la Zarza o de los Cerrajones.-Su anchura de cuarenta y cinco varas, equivalentes a treinta y siete metros con sesenta y un centímetros (37,61 metros), quedará reducida a diez metros, con lo cual la diferencia de veinticinco metros con sesenta y un centimetros será parcelada y enajenada en toda su longítud.

3. Vereda del Pulazuelo.- La anchura de veinticinco varas, equivalente a veinte metros con ochenta y nueve centimetros (20,89 metros), se reduce a diez metros desde su entrada en el término procedente de Don Alvaro hasta donde se cruza con la Cañada de las Cañadillas, y desde este sitio hasta su terminación en el camino a Villagonzalo quedará can una anchura de cinco metros.

La diferencia de diez metros con ochenta y nueve centímetros del primer trayecto y de quince metros con ochenta y nueve centímetros, del segundo tramo, será parcelada y enajenada después del deslinde.

Las características de dirección, longitud, descripción y detalles da cada una de las vías pecuarias referidas son las que en el proyecto se mencionan.

Si en el referido término municipal hubiese más vías pecuarias que las clasificadas, éstas no perderán su carácter de tales y podrán ser clasificadas posteriormente,

Lo que comunica a V. I. para su conocimiento y efoctos. Dios guarde a V. I. muchos años. Madrid, 24 de febrero de 1954..- CAVESTANY.- Ilmo. Sr. Director general de Ganadería.

DOE num. 129, lunes 7 de julio de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Anuncio de 17 de junio de 2014 sobre exposición pública de la propuesta de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada de las Cañadillas", en el término municipal de La Zarza.

Deslinde.- Anuncio de 17 de junio de 2014 sobre exposición pública de la propuesta de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de La Zarza o de Aguas de Verano", en el término municipal de La Zarza.

DOE num. 248, viernes 26 de diciembre de 2014 

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.- Resolución de 11 de diciembre de 2014, del Consejero, por la que se aprueba el deslinde de la Vía pecuaria denominada "Cañada Real de la Zarza de Aguas de Verano", en el término municipal de La Zarza, en la provincia de Badajoz

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y el Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior, es competente para ejecutar los actos administrativos en materia de vías pecuarias.

En este sentido, se ha llevado a cabo el deslinde de la Vía Pecuaria denominada “Cañada Real de La Zarza o de Aguas de Verano” en el término municipal de La Zarza, provincia de Badajoz.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El expediente de deslinde de la vía pecuaria mencionada fue iniciado por acuerdo de la Dirección General de Desarrollo Rural, de 3 de abril de 2014, publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 77, de 23 de abril de 2014, así como expuesto en el Ayuntamiento de La Zarza, como se acredita mediante diligencia del Secretario del mismo.

Segundo. Conforme al acuerdo indicado en el antecedente de hecho anterior, las operaciones materiales de deslinde, previos los anuncios y comunicaciones reglamentarias, se llevaron a cabo el 5 de junio de 2014.

Tercero. Redactada la Propuesta de Deslinde por el Representante de la Administración, ésta se somete a información pública durante un periodo de treinta días, previamente anunciada en el Diario Oficial de Extremadura número 129, de 7 de julio de 2014. En el plazo concedido al efecto se presentó escrito de alegaciones por parte de: Manuel Bravo González, Catalina Carrasco González, Isabel Carrasco González, Alfonso Cerrato Peñato, Alberto del Valle López de Ayala, Agustín del Valle López de Ayala, M. Magdalena del Valle López de Ayala, M. Matilde del Valle López de Ayala, María Díaz Rodríguez, Julián Domínguez Durán, Ana Isabel Fernández-Cortés Alonso, Eduardo Rodríguez Quirós en representación de Finca Holgado Sl, Martín Gómez Barrero, Martín Gómez Romero, Isabel Guerrero Paredes, Herederos de Francisco Moreno Trinidad, Antonia Hortal Alonso, Antonio Monge González, Pedro Monge Paredes, Manuel Paredes Cerrato, María Antonia Paredes Cerrato y Nicasio Paredes Cerrato, a quienes se informó desfavorablemente y en el que se manifestó lo que en defensa de sus derechos tuvo por conveniente.

Cuarto. Las operaciones de deslinde se han ajustado estrictamente al Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias existentes en el correspondiente término municipal.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En la tramitación del procedimiento se han observado todos los preceptos legales que le son de aplicación según lo previsto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por el Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y la demás de la legislación que le resulta aplicable.

Segundo. La Vía Pecuaria denominada “Cañada Real de la Zarza o de Aguas de Verano”, se describe en el Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de La Zarza, aprobado por la Orden Ministerial de 24 de febrero de 1954.

Por cuanto queda expuesto, vista la propuesta de resolución de deslinde de la Vía Pecuaria denominada “Cañada Real de La Zarza o de Aguas de Verano”, en el recorrido descrito, elevada por el Representante de la Administración, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas, a tenor de lo indicado en el Decreto del Presidente 23/2011, de 4 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía.

En su virtud, y en uso de mis atribuciones legales,

RESUELVO :

Aprobar el deslinde de la Vía Pecuaria denominada “Cañada Real de La Zarza o de Aguas de Verano” en el término municipal de La Zarza, provincia de Badajoz.

Frente a este acto que pone fin a la vía administrativa puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación conforme al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación en el DOE.

Mérida, a 11 de diciembre de 2014. El Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, Jose Antonio Echavarri Lomo

DOE num. 75, lunes 21 de abril de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.- Anuncio de 31 de marzo de 2014 sobre comienzo de operaciones materiales de deslinde de la Vía pecuaria denominada "Cañada de las Cañadillas", en el término municipal de La Zarza

DOE num. 77, miercoles 23 de abril de 2014<

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.- Anuncio de 3 de abril de 2014 sobre comienzo de operaciones materiales de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de La Zarza o de Aguas de Verano", en el término municipal de La Zarza.

DOE num. 89, martes 12 de mayo de 2015

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.-Resolución de 24 de abril de 2015, del Consejero, por la que se aprueba el deslinde de la Vía pecuaria denominada "Cañada de las Cañadillas", en el término municipal de La Zarza, provincia de Badajoz

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y el Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior, es competente para ejecutar los actos administrativos en materia de vías pecuarias.

En este sentido, se ha llevado a cabo el deslinde de la Vía Pecuaria denominada “Cañada de las Cañadillas” en el término municipal de La Zarza, provincia de Badajoz.

ANTECEDENTES DE HECHO:

Primero. El expediente de deslinde de la vía pecuaria mencionada fue iniciado por acuerdo de la Dirección General de Desarrollo Rural, de 31 de marzo de 2014, publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 75, de 21 de abril de 2014, así como expuesto en el Ayuntamiento de La Zarza, como se acredita mediante diligencia del Secretario del mismo.

Segundo. Conforme al acuerdo indicado en el antecedente de hecho anterior, las operaciones materiales de deslinde, previos los anuncios y comunicaciones reglamentarias, se llevaron a cabo el 2 de junio de 2014.

Tercero. Redactada la propuesta de deslinde por el representante de la Administración, ésta se somete a información pública durante un periodo de treinta días, previamente anunciada en el Diario Oficial de Extremadura número 129, de 7 de julio de 2014. En el plazo concedido al efecto se presentó escrito de alegaciones por parte de: (Lista de alegantes...) las cuales recibieron oportuna respuesta por el Director General de Desarrollo Rural.

Cuarto. Las operaciones de deslinde se han ajustado estrictamente al Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias existentes en el correspondiente término municipal.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero. En la tramitación del procedimiento se han observado todos los preceptos legales que le son de aplicación según lo previsto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por el Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y la demás legislación que le resulta aplicable.

Segundo. La Vía Pecuaria denominada “Cañada de las Cañadillas”, se describe en el Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de La Zarza, aprobado por la Orden Ministerial de 24 de febrero de 1954.

Por cuanto queda expuesto, vista la propuesta de resolución de deslinde de la vía pecuaria denominada “Cañada de las Cañadillas”, en el recorrido descrito, elevada por el representante de la Administración, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas, a tenor de lo indicado en el Decreto del Presidente 23/2011, de 4 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía.

En su virtud, y en uso de mis atribuciones legales,

RESUELVO :

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada “Cañada de las Cañadillas” en el término municipal de La Zarza, provincia de Badajoz.

Frente a este acto que pone fin a la vía administrativa puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación conforme al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación en el DOE.

Mérida, a 24 de abril de 2015. El Consejero, José Antonio Echavarri Lomo

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MINERALES

   Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables:

BOE núm. 259 , 28 DE OCTUBRE DE 1960

RESOLUCIONES de los Distritos Mineros de Bcula1oz, Le6n, C6rdoba, Guipuzcoa y Huelva por los ue se declaran caducados los permisos de investigación que se citan.

Los Ingenieros Jefes de los Distritos Mineros que se lndlcan hacen saber, que han sido caducados los siguientes permisos de investigación, con expres16n del numero, nombre, mineral y termino municipal:

-. BADAJOZ

10.592. «Carolina Coronado». Hierro. Zarza de .Alange y ·Merida (Badajoz)

Lo que se hace publico declarando franco y registrable el terreno comprendido en sus perímetros excepto para sustancias reservadas a favor del Estado, no admitiéndose nuevas solicitudes hasta transcurridos ocho días a partir del siguiente al de esta publicación. Estas solicitudes deberán presentarse en horas de oficina (de diez a trece y media), en estas Jefaturas de Minas

DOE núm. 84 MARTES, 18 DE JULIO DE 1995

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA Y TURISMO

Minas.- Resolución de 20 de junio de 1995, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se anuncia concurso de los diversos registros mineros.

11.911.-PEÑAS BLANCAS.-Arcillas especiales y otros de la Sección C).-360 cuadrículas.-La Zarza, Alanje y Oliva de Mérida.

Este permiso de exploración se encuentra sobre la Reserva ALANGE-CAMPILLO, inscripción n.º 248 para plomo, zinc, cobre, bismuto, antimonio, estaño, wolframio, oro, plata, níquel, cobalto, barita, fluorita y caolín.

DOE núm. 139 MARTES, 28 DE NOVIEMBRE DE 1995

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

Minas.- Anuncio de 13 de octubre de 1995, sobre otorgamiento de permisos de investigación y concesiones de explotación de la provincia de Badajoz.

11.930-1.–INMACULADA I.–Pizarras sericíticas.–4.–La Zarza.

DOE núm 48 SÁBADO, 27 DE ABRIL DE 1996

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

Minas.- Anuncio de 1 de abril de 1996, por el que se convoca concurso de diversos registros mineros.

11.911.-PEÑAS BLANCAS.- Arcillas especiales y otros de la Sección C).-360 cuadrículas. La Zarza, Alange y Oliva de Mérida. Ninguna de estas concesiones y permisos de investigación relacionados se encuentran dentro de zona de Reservas del Estado.

Mérida 1 de abril de 1996.– El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso Perianes Valle

DOE núm. 233, jueves 3 de diciembre de 2015

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS

RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se convoca concurso de registros mineros. (2015062496)

La Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura, como consecuencia de la caducidad de los derechos mineros que a continuación se detallan, su superficie ha quedado franca, por lo que en aplicación del artículo 53 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n.º 176, de 24 de julio) y del artículo 72 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE de 11 y 12 de diciembre de 1978), resuelve:

Ordenar la publicación de la declaración de sus terrenos francos y convocar  concurso público de los Registros Mineros caducados en esta Comunidad Autónoma, comprendidos en las provincias de Cáceres y Badajoz, incluyendo aquellas cuadrículas mineras que abarcan más de una provincia, correspondiendo en este caso la tramitación de las solicitudes que se presenten a aquella provincia en la que se encuentre la mayor parte de la superficie, y con expresión del número, nombre, recurso mineral, términos municipales y superficie franca (calculada con la cuadrícula minera del sistema geodésico de referencia ED50):

RELACIÓN DE LOS DERECHOS MINEROS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ: NÚMERO NOMBRE RECURSO TÉRMINOS MUNICIPALES SUPERFICIE FRANCA (C.M.) (ED50)

* Derechos Mineros con designación en pertenencias. Estos registros no tienen la superficie mínima de una cuadrícula minera y salen a concurso a efecto de lo dispuesto en el artículo 39.2 de la vigente Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

** Estos registros tienen la designación de las coordenadas de longitud referidas al meridiano de Madrid.


    ANTIMONITA (ver estibina) Deriva de un antiguo nombre griego para denominar el mineral. Pertenece a la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Se presenta en color Gris plomizo. Puede adquirir una patina oscura o azulada si se expone durante mucho tiempo al aire, tiene brillo metálico

    Se presenta en forma de cristales aciculares o prismáticos que forman agregados fibrosos, hojosos o radiados. Algunos cristales pueden aparecer torcidos y estriados. Las masas son compactas o granulares. 

    Es la mejor mena de antimonio. Antiguamente se empleaba como cosmético. En la Edad Media, los compuestos de antimonio servían para fabricar medicinas. Actualmente, el antimonio se usa para aleaciones de imprenta y armamento (endurece al plomo), colorantes, plásticos y textiles, se emplea como pigmento y para la fabricación de vidrio. Se localiza principalmente en la mina San Antonio.

Su formula química es Sb2S3


    ARCILLA

    La arcilla es un suelo o roca sedimentaria constituido por agregados de silicatos de aluminio hidratados, procedentes de la descomposición de rocas que contienen feldespato, como el granito. Presenta diversas coloraciones según las impurezas que contiene, desde el rojo anaranjado hasta el blanco cuando es pura.

    Físicamente se considera un coloide, de partículas extremadamente pequeñas y superficie lisa. El diámetro de las partículas de la arcilla es inferior a 0,002 mm. En la fracción textural puede haber partículas no minerales, los fitolitos.

   Químicamente es un silicato hidratado de alúmina, Categoría Mineral. Clase Filosilicatos. Color Blanco, Rojo, Cafe. Transparencia Opaco

    Se caracteriza por adquirir plasticidad al ser mezclada con agua, y también sonoridad y dureza al calentarla por encima de 800 °C. La arcilla endurecida mediante la acción del fuego fue la primera cerámica elaborada por los seres humanos, y aún es uno de los materiales más baratos y de uso más amplio. Ladrillos, utensilios de cocina, objetos de arte e incluso instrumentos musicales como la ocarina son elaborados con arcilla. También se la utiliza en muchos procesos industriales, tales como en la elaboración de papel, producción de cemento y procesos químicos.

    Las arcillas se pueden clasificar de acuerdo con varios factores. Así, dependiendo del proceso geológico que las originó y a la ubicación del yacimiento en el que se encuentran, se pueden clasificar en:

  • Arcilla primaria: se utiliza esta denominación cuando el yacimiento donde se encuentra es el mismo lugar en donde se originó. El caolín es la única arcilla primaria conocida.
  • Arcillas secundarias: son las que se han desplazado después de su formación, por fuerzas físicas o químicas. Se encuentran entre ellas el caolín secundario, la arcilla refractaria, la arcilla de bola, el barro de superficie y el gres.

    Si atendemos a la estructura de sus componentes, se distinguen las arcillas filitenses y las arcillas fibrosas.

    También se pueden distinguir las arcillas de acuerdo a su plasticidad. Existen así las arcillas plásticas (como la caolinítica) y las poco plásticas (como la esméctica, que absorbe las grasas). Por último, hay también las arcillas calcáreas, la arcilla con bloques (arcilla, grava y bloques de piedra de las morrenas), la arcilla de descalcificación y las arcillitas (esquistos arcillosos).

Fórmula química Al2O3 · 2SiO2 · H2O


    BARITINA De la palabra griega que significa "pesado" en alusión a su gran peso específico, pertenece a la clase de los Sulfatos. Su color es variable predominando el blanco y el pardo tenue y su brillo es vítreo a perlado.

    Se presenta en forma de masas granudas, fibrosas o compactas y menos frecuentemente en formas estalactíticas o nodulares. Normalmente en cristales rómbicos tabulares, unidos por la base (agregado en libro) y otras formas variadas.

    Su empleo. La principal utilización es para perforación como lodos densos en pozos de petróleo o gas. Como pigmento y para la fabricación de agua oxigenada. También en la fabricación del litopón (combinación de sulfuros y sulfatos para recubrimientos), como estándar del blanco y como carga mineral.

    También en Garlitos,Magacela, La Haba, Zarza de Alange, Azuaga, Valencia de las Torres, San Pedro de Merida, Villagarcia de la Torre y Berlanga (Badajoz).

Su formula quimica es: BaSO4


    BISMUTINITA de la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color de gris plomizo claro a blanco de estaño, que por alteración puede presentar irisaciones amarillentas. Brillo metálico.

    Los cristales son prismáticos o aciculares, a veces bipiramidales, finamente estriados. Son rarísimos los cristales prismáticos. Las masas son hojosas o fibrosas. Se forma por Hidrotermal de alta temperatura. También se presenta en rocas pegmatititas. Se encuentra en la mina Mochi.

    Aplicaciones, es la mena mas importante de bismuto. El bismuto se usa para la fabricación de algunos medicamentos y materiales astronáuticos (protectores contra los Rayos X). También se emplea para la fabricación de aleaciones de bajo punto de fusión y para soldaduras especiales.

Su formula química es: CO3(BiO)2


    CAOLINITA Silicatos Incolora, blanca o diversas coloraciones, en función de los elementos contenidos Brillo Nacarado a mate. Son muy raros y pequeños los cristales laminares pseudohexagonales, siendo más frecuente encontrarla en masas untuosas, compactas o sueltas. El caolín es una roca formada fundamentalmente por caolinita y otros minerales de su grupo. También se la llama Tierra de Porcelana. La denominación de caolín proviene del termino chino -Kuling- (Collado Alto), donde se empezó a explotar en el mencionado país. Es una corrupción de la palabra china "Kao Ling" (Collado Alto), nombre de una colina próxima a Jauchu Fa, donde se extrae este mineral

    Forma de presentarse: En masas terrosas sueltas o compactas formando finísimas escamas o laminillas. De carácter untuoso o magro al tacto según su cohesión. Raras veces en cristales laminares.

    Empleo: La arcilla más pura conocida como caolín o tierra de porcelana posee abundantes aplicaciones, no solo la fabricación de vasijas y lozas, si no también como carga de papel, en la industria del caucho y en la fabricación de refractarios.

    Material de carga en goma y en papel. Fabricación de porcelanas, ladrillos y otros materiales de construcción. Refractarios

Su formula química es: Si4O10(OH)8Al4 


    COBALTITA Nombre alusivo al cobalto, de la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color blanco plateado con tonos rojizos. Si contiene mucho hierro toma coloración gris oscuro con tonos violados. Brillo metálico. Se encuentra en la mina Mochi.

    Los cristales son cúbicos, octaédricos o bien piritoedros, algunas veces estriados. También suelen aparecer combinaciones de estas formas. Las masas son granulares o compactas

    Origen hidrotermal de alta temperatura apareciendo con otros minerales de níquel y cobalto. Diseminada en rocas metamórficas. Es muy raro encontrarla en filones. aplicaciones Se emplea como mena de cobalto. Si se tuesta, se obtiene el óxido que se emplea como pigmento en la industria del vidrio y cerámica

La fórmula química es CoAsS


    COBRE, De Cuprus (Siria), donde fue encontrado por primera vez, pertenece a la clase de los Elementos Nativos. Su color es rojo cobrizo (típico). Suele aparecer cubierto de una patina verde a causa de la carbonatación que sufre al exponerse al anhídrido carbónico del aire. La patina puede ser también negra o iridiscente, el brillo es metálico.

    Son raros los cristales cúbicos y octaédricos siendo algo mas normales los cristales deformados. Suele aparecer en forma de agregados laminares, filamentosos o dendríticos. También aparece como polvo fino. Los cristales en forma de cubos y rombododecaedros son raros. Usualmente, en masas filiformes o arborescentes.

    Contiene con frecuencia pequeñas cantidades de plata, arsénico, hierro, bismuto, antimonio y mercurio.

    Actualmente no se emplea como mena de cobre dada su rareza, aunque sus iones están muy extendidos. Se usa en la fabricación de bronces y para conductores eléctricos. Los compuestos de cobre tienen numerosos campos de aplicación.

Su formula química es Cu


    ESTAÑO (casiterita) pertenece a la clase de los elementos nativos. Su etimologia se deriva del griego kassíteros, Estaño. Color: blanco; la casiterita es de color marrón oscuro, pardo hasta negro. Brillo: metaloide o adamantino.

    Cristaliza en el sistema tetragonal, se presenta en cristales prismáticos, dipiramidales, isométricos, prismáticos a aciculares. Se encuentran también en forma de granos diseminados de forma irregular, agregados ariñonados y esferolíticos

    Se utiliza ampliamente para cubrir con una capa delgada las hojas de acero destinadas a la fabricación de envases para conservas alimenticias, elaboración de objetos de estaño puro, aleaciones, soldaduras, hojalata, etc. El Estaño se presenta en la corteza terrestre en forma de Casiterita, de donde se extrae. Fue descubierto por los pueblos antiguos, que lo empleaban para obtener el bronce.

Su formula química es: b-Sn


    FLUORITA Del latín "fluere" que significa fluir, debido a que fundía con más facilidad que ciertas gemas con la que se la confundía. Halogenuros Incolora, blanca, amarilla, verde, azul, violeta,rosa,... Vítreo.

    Cristales cúbicos, octaédricos, rombododecaédricos y muy raramente pentagonododecaédricos. A veces se presenta en maclas de compenetración. Son frecuentes las masas compactas, zonadas y concreccionadas.

    Preparacion de HF (industria cerámica, óptica,...). Los cristales muy perfectos sirven para prismasde uso en espectrofotómetros y lentes de diversostipos. Fundente en Metalurgia.

    Como fundente en la fabricación de aceros, de vidrios opalescentes, también en esmaltados y en la fabricación de ácido fluorhídrico

Su formula química es: F2Ca


    GOETHITA, En honor al poeta alemán Goethe, pertenece a la clase de los Óxidos e Hidróxidos. El color de los cristales son pardos a negros. La limonita es parda a amarilla. El brillo de los cristales es adamantino o metálico. Los agregados fibrosos tiene brillo sedoso.

    El aspecto o habito que presentan los minerales, ya sean aislados o formando agregados cristalinos. Los cristales prismáticos, aciculares, tabulares o capilares, son muy raros. Generalmente, se encuentran asociaciones y masas radiales, fibrosas, estalactíticas, botroidales, pisolíticas u oolíticas. Lo más normal es encontrar masas terrosas pulverulentas

    Origen viene determinado por la alteración de minerales de hierro (óxidos y sulfuros) en condiciones normales. Como consecuencia de procesos de origen bioquímico se encuentra formando depósitos en áreas lacustres y en cuencas oceánicas.

    Se aplica como una mena importante de hierro. También se usa para la fabricación de colorantes ocres.

Su formula química es: Fe3+O(OH)


    HIERRO La palabra Hierro proviene del latín Ferrum, la hematita proviene del griego haimatites, sanguíneo, en alusión a su color, pertenece a la clase Elementos Nativos, su color es Gris a Negro, con brillo metálico.

    Presentación: No existen cristales naturales, apareciendo en forma de nódulos. En masas o agregados esponjosos con las cavidades rellenas por otros minerales. Los cristales artificiales de hierro son octaédricos y raramente cúbicos.

    Se encuentra en algunos meteoritos y en rocas basálticas terrestres, con níquel-ferro, grafito, troilita, etc.

    Se emplea para la fabricación de acero y fundición. Los compuestos de hierro, presentan muchas aplicaciones en diversos campos de la industria. El hierro dulce se usa para las cuerdas de piano.

Su formula química es: Fe


    LEPIDOCROCITA su etimología hace alusión a la forma plumosa de sus agregados,pertenece a la clase de los hidroxidos, su color es rojo amarillento y su brillo es adamantino. Se presenta en tabletas delgadas constituyendo rosetas, en esferas concrecionales o purulento.

    Se presenta abundantemente acompañando goethita y otros minerales de hierro formando la roca denominada limonita. Su empleo es como mena de hierro.

Su formula química es: g- Fe3+O(OH)


    MAGNETITA, probablemente derivada del nombre de la localidad de Magnesia, en Macedonia. Una fábula de Plinio atribuía el nombre al de un pastor de nombre Magnes que descubrió el mineral al observar que se adhería a los clavos de su calzado. descubierta en 1994, pertenece a la clase Óxidos e Hidróxidos. Color negro, brillo metálico a submetálico. Los cristales son octaédricos y a veces rombododecaédricos. Ocasionalmente presentan caras estriadas. Agregados hojosos. Masas granulares, bien de grano grueso o de grano fino. Los cristales pueden presentarse incluidos en otros minerales como: Ilmenita, hematites. 

    Origen Magmático: En basaltos, andesitas y otras rocas aparece siempre en pequeñas cantidades, como consecuencia de exhalaciones volcánicas. Metamórfico: De alto, medio y bajo grado. Sedimentario: En arenas, procedente de la alteración de rocas ígneas aplicaciones

    Es la mejor mena de hierro.

Su formula química es: Fe2+Fe3+2O4


    NIQUELINA Deriva del nombre del metal níquel que a su vez proviene del alemán "kupfernickel".

    Pertenece a la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color bronce rosado. La alteración da lugar a la formación de pátinas oscuras o de color verde claro adquiriendo irisaciones, brillo metálico. Los cristales tabulares o piramidales son raros. Normalmente se presenta en agregados dendríticos, columnares o reticulares y en masas compactas o reniformes.

    Debido a su rareza sólo es rentable su explotación si se encuentran grandes masas. Fue el primer mineral que se empleó para la extracción del níquel.

Su formula química es: NiAs


    OLIGISTO pertenece a la clase de los Óxidos e Hidróxidos. Deriva de una palabra griega "haimatites" que significa sangre en alusión al color del mineral. El mineral se denomina también hematite.

     Los cristales son negros a gris acerado brillante. Algunos cristales son iridiscentes. Las masas son rojas.  brillo Metálico a mate. Habito o forma de presentarse Los cristales son normalmente tabulares, formando rosetas  o romboédricos aplastados, llegando incluso a ser laminares. Estas láminas suelen ordenarse aparentando pétalos de rosa. Más comunes son las masas granulares compactas, terrosas botroidales, oolíticas o concrecionadas 

    Es una de las menas de hierro más importantes, se emplea también como pigmento, ocre rojo y para polvo de pulir.

    Su formula química es: a-Fe2O3

OLIGISTO MICACEO Óxidos e Hidróxidos  Grupo de la Hematite   Habito Escamas pequeñas


    ORO Deriva de la palabra latina "aurus" ,pertenece a la clase de los Elementos Nativos. Se color es Amarillo con diversas tonalidades en función de las impurezas y su brillo es Metálico.

    Presentación: Son rarísimos los cristales octaédricos, cúbicos o rombododecaédricos y sus combinaciones. Se suele presentar en granos muy pequeños e informes, láminas y pajuelas. Las formas dendríticas son muy raras. En los placeres son comunes los agregados compactos y redondeados. La forma más corriente de presentarse es en masas arborescentes, con cristales alargados en la dirección del eje ternario; también diseminado en capas aplastadas, escamoso o macizo. La forma más frecuente para placeres es la llamada "pepita", masas macizas redondeadas por el rodamiento, que pueden variar de tamaño.

    El oro generalmente se emplea en aleaciones midiéndose su ley en quilates. El oro puro tiene 24 quilates. El oro blanco es una aleación de oro y paladio. Se utiliza como patrón monetario, en joyería, en odontología y en electrónica (soldaduras). También se usa para la fabricación de material científico de diversos tipos, su alta conductividad eléctrica le hace adecuado para soldaduras electrónicas

Su formula quimica es: Au


    PIROFILITA De dos palabras griegas que significan "fuego" y "abanico" y adquiere esta denominación por su capacidad de exfoliarse en forma de abanico al calentarse. Pertenece a la clase de los Silicatos, color Blanca, amarilla, azul claro, gris, verde. Brillo Nacarado a craso Cristales tabulares, muy alargados y a veces curvados. Agregados hojosos, radiales o fibrosos. Masas granulares o compactas Lubricante seco. Aislante térmico y eléctrico. Carga en papel, gomas, jabones y tejidos

    Empleo: Como carga y como soporte de perfumes, insecticidas, etc. También como material cerámico y potencial fuente de aluminio. Se puede emplear como piedra ornamental.

    Forma de presentarse: Agregados tabulares, radiales, hojosos, a veces parecida al talco.

Su formula química es: Si4O10(OH)2Al2


    PLATA, Etimología del femenino del adjetivo plattus (plato, chato) que, en el siglo X, se sustantivó con el sentido de lámina Blanco de plata. Pertenece a los elementos nativos, color blanco. En la naturaleza, la plata suele aparecer cubierta por una capa negra y oscura de sulfuro, que es necesario limpiar para descubrir el verdadero color del mineral.

    Se encuentra en estado nativo (generalmente aleada con cobre y oro), formando minerales como la argentita, que es sulfuro de Plata o asociado a otros sulfuros (argentita), óxidos (uraninita), arseniuros (esmaltita) en algunos tipos de yacimientos metalíferos. Es mucho más abundante que el oro, se encuentra mezcladas con sulfuros o en zonas de oxidación de otros depósitos.

    Forma de presentarse: Los cristales suelen ser cúbicos, octaédricos o maclados siempre de pequeñas dimensiones. También se puede encontrar en forma de filamentos, dendritas, o arborescencias. Lo mas frecuente es encontrar masas hojosas o escamosas

    Debido a su rareza no suele emplearse como mena de plata. Generalmente la plata se extrae de las galenas argentíferas. También se encuentra formando parte de los barros anódicos que aparecen en la electrolisis del cobre.

    Aplicación: es el mejor conductor térmico y eléctrico. Se emplea en joyería y orfebrería, en la fabricación de útiles de laboratorio, en medicina, fotografía, acuñación de moneda y en electrónica debido a su alta conductividad.

    Limpieza y conservación. Es muy sensible al aire viciado de ácido sulfhídrico y está cubierta por una ligera pátina de sulfuro. Para eliminar la capa de sulfuro que recubre la plata basta con sumergir la muestra en una solución de ácido nítrico Es conveniente limpiar las muestras con una rápida inmersión en ácido nítrico, protegiéndolas después con una laca transparente.

Su formula química es: AG


    PLOMO del latín galena, que significa brillo de plomo. El plomo, es conocido desde la antigüedad, aparece citado en la Biblia.

    Pertenece a la clase de los elementos nativos, color gris plomo, a veces con pátina azul mate y brillo metálico.

    Por lo general se presenta a menudo en agregados amorfos otras veces implantado, generalmente en cubos, octaedros o combinaciones de ambos en forma de pequeñas masas globulares o laminas de color gris fácilmente oxidables y las menos veces en cristales. Se encuentra libre en algunas minas de manganeso asociado con minerales bastante raros básicamente manganosita y pirocroíta.

    Aplicación: Buen conductor del calor y la electricidad, se utiliza principalmente en el elaboración de hilos de plomo, acumuladores. Debido a su resistencia a la corrosión se utiliza en construcción de cañerías y recipientes para contener aguas o ácidos, así mismo se emplea en la obtención de ácido sulfúrico, elaboración de municiones, preparación del cristal de plomo, blanco de plomo, aleaciones muy fusibles; como hipotensor juntamente con la bencina (tetraetilo de plomo).

Su formula química es: Pb


    SIDERITA, proviene de una palabra griega que significa "hierro". También llamada calibita, siderosa o hierro espático. Pertenece a la clase de los Carbonatos y Nitratos, grupo de la Calcita.

    Su color es muy variable desde amarillento a pardo muy oscuro, brillo vítreo, en ocasiones nacarado. Brillo: Vítreo a nacarado, a veces sedoso, en ocasiones es iridiscente, y raya blanca o amarilla

   Habito o forma de presentarse: En romboedros en ocasiones con caras curvas, tabulares, prismáticos o escalenoédricos. También en masas espáticas de grano grueso o con cristales apilados en forma de escamas. Menos frecuentes son nódulos y concreciones globulares fibroso-radiadas, radiadas u oolíticas. En ocasiones terrosa. Drusas. Masas botroidales, compactas, oolíticas, espáticas, globulares o terrosas.

    Origen: Mineral sedimentario que se origina por la acciónde las aguas naturales sobre minerales de hierro.También se forma en ambientes cálidos, por la carbonatación de los óxidos de hierro. En ambientes hidrotermales de media y de baja temperatura. De color pardo violado en Magacela (Badajoz) recubiertas de aragonito coraloide y con flúor. En el río Ibor y en la Sierra de Pola, en Valencia de Alcántara (Cáceres).

    Empleo: Importante mena de hierro.

Su formula química es:Fe2+CO3


    WOLFRAMITA, del antiguo alemán "wolf" lobo y "hraban" cuervo, pertenece a la clase de los Óxidos e Hidróxidos. Color gris oscuro a negro azulado y brillo metálico, a veces adamantino o craso.

    Se presenta bajo la forma de cristales prismáticos (cortos o alargados), tabulares, aciculares o laminares (a menudo estriados). Agregados hojosos o radiales. Masas compactas o granulares. Se usa como mena de wolframio y en la fabricación de aceros especiales (para blindajes) y en aleaciones de alto punto de fusión (lámparas de incandescencia) y gran resistencia

Su formula química es: (Fe,Mn)WO4


    ZINC Pertenece a la clase de elementos Nativos, recibe el nombre de la palabra alemana "zink". Cristaliza en el sistema exagonal. Su color es blanco metálico, gris o gris azulado y su brillo es metálico.

    Se presenta en tamaños irregulares con placas irregulares y estrias incrustradas y superficies irregulares

 

Su formula química es: Zn


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