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DATOS del MUNICIPIO 38º08'25'' N 005º42'27'' W Hoja MTN 899
TIPO DE ENTIDAD: Villa
SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 26,2
ALTITUD: 601 m POBLACIÓN: 563 habitantes DISTANCIA BADAJOZ: 163 Km. PARTIDO JUDICIAL: Llerena MANCOMUNIDAD: Campiña Sur
COMARCA AGRARIA: Llerena GENTILICIO: Malcocinenses
BIBLIOGRAFIA ESPECIFICA.
http://malcocinado.visitame.es/ Pequeño asentamiento enclavado sobre un emplazamiento escabroso en las estribaciones de Sierra
Morena, entre Azuaga y Guadalcanal, es uno de los pueblos más meridionales de la Campiña sur, con el término municipal encajado en la provincia de Sevilla, hasta que logró su
independencia el 12 de abril de 1842. Jurisdiccionalmente perteneció a la localidad de Guadalcanal -que a se vez perteneció a la provincia de Extremadura- y adoptó, en un principio, el nombre de Aldeanueva de la Victoria.
Ayuntamiento de Malcocinado DOE núm.133 SÁBADO, 13 DE NOVIEMBRE DE 1999 AYUNTAMIENTO DE MALCOCINADO
Escudos Heráldicos.- Edicto de 29 de octubre de 1999, sobre adopción de Escudo Heráldico.
DOE núm. 80 MARTES, 11 DE JULIO DE 2000
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Escudos Heráldicos.- Orden de 29 de junio de 2000, por la que aprueba el Escudo Heráldico para el Ayuntamiento de Malcocinado.
El Ayuntamiento de Malcocinado ha instruido el expediente administrativo para la adopción de Escudo Heráldico. Dicho expediente
fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesión de 13 de septiembre de 1999, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón.
Consta en dicho expediente informe del Consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura emitido con fecha 1 de junio de 2000.
Considerando que la sustanciación del citado expediente se ha ajustado en todo a lo preceptuado en el Decreto 13/1991, de 19 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la
adopción, modificación o rehabilitación de Escudos y Banderas de las Entidades Locales; y en uso de las atribuciones conferidas por referido Decreto,
D I S P O N G O ARTICULO 1.º - Se aprueba el Escudo Heráldico del Ayuntamiento de Malcocinado, cuyo diseño se recoge en el Anexo I, con la
siguiente descripción: «Escudo partido. Primero en plata, cruz de Santiago de gules. Segundo, en oro, rama de olivo de sinople y frutos de sable».
Mérida, a 29 de junio de 2000. La Consejera de Presidencia, Maria Antonia Trujilo Rincon
Cerca de la villa, pero en el término de Azuaga, se encuentra el cerro Mojón, donde se han encontrado algunas
piezas hachas y punzones con muecas y talladas de época prehistórica. El origen del nombre del pueblo no está demasiado claro; hay varias
leyendas al respecto: una de ellas, relata la existencia de una posada de bandoleros situada en la que hoy en día es la calle del Berro,
y que era frecuentemente visitada por alguien llamado Marcos Cinado, de ahí derivaría fonéticamente el apelativo de Malcocinado. Por
otro lado, y según otra de las leyendas, ese mismo nombre: Marcos Cinado, se atribuye también a un terrateniente, supuestamente fundador del
pueblo, al que debería su nombre.
Ambas versiones pueden tener algo de cierto, ya que antes de 1936, en los carteles señalizadores del pueblo, se leía: Marcocinado, aunque puede ser una errata de escritura.
Otra versión, quizás mas correcta es que la Cañada Real pasaba por lo que hoy en día es el Puerto de la Higuera y la carretera de Alanís, y
que el origen del pueblo es un asentamiento de pastores o cortijada dependiente de Guadalcanal, el diccionario define el término malcocinado como: Lugar de la
dehesa en el que se depositan los restos de las reses muerta, no es de extrañar que ésta sea la verdadera raíz del nombre del pueblo.
La aparición de Malcocinado se fecha en el siglo XVI, según se recoge en libros de Acuerdos y documentos varios que se hallan en el Archivo
Histórico de Azuaga, figura como un asentamiento de pastores dependiente de Guadalcanal, aunque hasta mediados del siglo XVIII no adquiriría la consideración de aldea, dependiente de Guadalcanal.
En el Interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura, Anexo: Poblaciones disgregadas de Extremadura, paginas 127 a 166, realizada el 9 de
febrero de 1791, se refleja lo siguiente: "En consequencia del oficio dirixido a los capitulares del
ayuntamiento de esta villa de Guadalcanal, comprehensibo en la real instrucion e interrogatorio, por el señor Don Juan Josef Alfranca, oydor de la Real Audiencia
de Cazeres y comisionado para la practica de las dilixencias preventibas en dichos documentos en la comprehension del Partido de Llerena, devemos ynformar:
Que dicha villa dista de Llerena, caveza de partido, quatro leguas, y confina con poniente con terminos de Fuente el Arco y Cazalla, distantes el primero dos
leguas y el segundo tres, por mediodia con el dicho de Cazalla, a el naciente con el de Alanis, distante dos leguas, y por el norte con terminos de Azuaga y
Valberde, distante este dos y aquel quatro, y a la villa de Cazeres veinte y ocho leguas dirixiendose por Merida. Que su termino desde
poniente a lebante son tres leguas y desde el norte a el mediodia otras tres a corta diferencia, que es el primer pueblo de la provincia de Extremadura
viniendo desde Sevilla, a donde corresponde Alanis y Cazalla. Que es nulius diozesis y la jurisdicion eclesiastica del Prior de San Marcos de Leon, con las
apelaciones a el Consejo de las Ordenes, a quien corresponde la jurisdicion real. Dicho pueblo es realengo por corresponder a el
territorio de las ordenes, que hai correxidor en el y lo consulta el Consejo de las Ordenes de Su Magestad, y la eleccion de oficios la hace la villa, que
actualmente se compone de quatro rexidores perpetuos, haunque hai oficios de veinte y quatro a veinte y seis pero sin uso, un procurador sindico y el
alguacil mayor con voz y voto, y estos dos ultimos tienen alternatiba de estados. Que el correxidor no tiene otras condiciones que la subdelegacion de
montes de su jurisdicion, sin salario alguno; que solamente hai en ella un abogado y dos procuradores que anualmente se nombran, dos escribanos en actual
exerzizio que actuan en el juzgado y uno de ellos es el del ayuntamiento y anteriormente se ha acostumbrado a tener tres, manteniendose con dezencia.
El vecindario consiste en mil y treinta y ocho vecinos, en que se comprehenden todas las cañamas y hademas tiene una aldea, llamada de Malcozinado, que es
calle de esta villa y tienen obsion sus vecinos a los derechos de los de esta villa, consistente de quarenta vecinos de todas clases y a distancia de esta de
dos leguas; todos dichos vecinos su general aplicaciones a las labores del campo, a escepcion de los prezisos y nezesarios menestrales, entre quienes no
hai gremio alguno ni examen que les preceda para el exerzicio de sus respectibos oficios. Que no hai dibersiones publicas ni comunes, ni
menos vicios de donde resulten escandalos y en quanto a los jornaleros y oficiales se halla variacion de jornales segun los tiempos de necesidad de
trabajar. Los abastos de vino, azeite y vinagre y carne estan corrientes y se sacan a la subastan anualmente, rematandose en el que haga
mexor veneficio en la venta de ellos para el publico. Que las medidas son con arreglo a el marco de Avila y las pesas a el de Castilla, lo mismo que en los
pueblos confinantes. Casas de ayuntamiento y carzel real no hai en esta dicha villa, haunque tiene lizencia para construirlas del fondo de
los propios, y para la retencion de los reos del jusgado esta avilitado un quarto haunque de poca seguridad y otro quarto de la misma qualidad para recojer
las querdas de presidarios desde Badajoz a Sevilla. Y el correxidor no tiene casas y se vale de las que encuentra de arrendamiento. En
este punto sucede por no haver casas de ayuntamiento que el archibo se halla en una sala de casa particular con las correspondientes llabes.
A el contexto de este ha tomado el señor comisionado de los respectibos escribanos el conocimiento necesario. Sobre los particulares de este ha
practicado el señor comisionado la ynspeccion ocular, haviendo reconocido la poblazion, la que se halla en un pendiente de cuesta.
Existen tres mesones para los traxineros con el cuidado posible para que logren el descanso. Y los caminos respecto a ser transito para el que llaman del Puerto
para el correo de las Andalucias y toda Extremadura de todas harrierias, se halla dificultoso y peligroso su transito por el pendiente como por lo
varrancoso, y necesita repararse con una calzada costosisima para que con dificultad el corriente de las aguas no las deshaga; sucediendo lo mismo en el
camino que de esta villa va para Cazalla y por donde transitan dichas harrierias y correos, siendo el mexor medio para que dichos caminos estubiesen corrientes
el establecimiento de un portazgo con lizencia para hacer venta en lo alto del puerto, en donde hallarian dichos traxineros sin llegar a esta poblazion,
supuesta la reparacion de dicho camino, los comestibles necesarios para no detenerse a el mediodia, por ser los menos los que hacen jornada en esta
poblacion. Que en la Pasqua del Espiritusanto se celebra
una feria en la Hermita de Nuestra Señora de Guaditoca de esta jurisdicion, distante dos leguas de esta villa, consistente sus mercadurias en la mayor parte
de cavallerias, concurriendo a ella la mayor parte de Extremadura y de Andalucia, pero se considera por mui util el establecimiento de un mercado en un dia de
cada semana franco, para que la poblacion pueda socorrerse de comestibles y efectos pertenecientes a lo industrioso de dichos vecinos, especialmente de
granos que necesita para el abasto publico del pan, cuyo veneficio seria trascendental a que vendiesen sus frutos, que consisten en linos, fraijones,
papas y vinos, como asimismo el que los pueblos comarcanos vendrian a el a vender sus efectos, cuya venta no logran en sus pueblos por no ser transito y se
surtirian de lo preziso y necesario. Solamente se encuentra una fábrica o teneria corriente de curtidos de suela, cordovan y bacas en
blanco, que se dice baqueta, y otros dos sin uso por las pobrezas de sus dueños, y haunque no la hai de texidos de lienzo y manteleria se hallan muchos telares
que se manejan por hombres, texiendo anualmente las y lasas que se venefician por los vecinos en sus respectibas casas de linos que cultiban, por lo que para
este particular hiria vien el mercado que se dexa insinuado, a el modo que se sobstienen las ferias y mercados frequentes en la Galicia.
Tiene esta villa diferentes dehesas pertenecientes a los propios, de donde se socorre para la satisfacion de las cantidades del reglamento, quedandole algunos
sobrantes, los que se conceptuan para la construccion de la carzel y casas capitulares, su valor por quinquenio de treinta a treinta y tres mil reales.
Se halla un posito con fondo de dos mil fanegas reintegrado, a escepcion de cinquenta fanegas que se hallan litixiosas y cien mil y mas reales en especie de
dinero depositados con orden de la superioridad en la ciudad de Llerena. Tiene ordenanzas municipales con la correspondiente aprovacion.
Se omite satisfacer a este particular respecto a que el señor comisionado ha pasado los oficios a el juez eclesiastico. Hai tres parroquias y sus respectibos
parrocos, que provee el Consejo de las Ordenes, sobre cuyos emolumentos y dotazion contestaran mediante los oficios del señor comisionado.
No hai sementerios, haunque se consideran mui utiles, pero se haria dificultosa esta construccion por ser tres las parroquias y necesitan cada una el suyo, a
menos que no se estableciese uno que fuese comun para todas ellas, sin exclucion de personas que tubiesen sepultura en la yglesia, para evitar por este medio los
impedimentos que se han representado a la superioridad a consequencia de la orden que se comunicó. Extramuros de esta villa estan las
hermitas de Nuestra Señora de Guaditoca y a dos leguas de distancia, la de Nuestra Señora de los Remedios una legua, la de San Benito un quarto, la de San
Pedro y la de San Antonio otro quarto, y la del Señor del Humilladero con inmediacion a el. Sus fondos son mui escasos y sin embargo se les nombra
mayordomos por la villa; como patronos de todas ellas, y lo mismo en las de San Bartholome, San Vizente y Nuestra Señora de los Milagros, que se hallan dentro
de la poblazion. Conventos de relixiosas hai tres en esta poblacion y uno de obserbantes de Nuestro Padre San Francisco extramuros de el,
con un hospicio o enfermeria de monjes de San Basilio, con un padre presidente perteneciente a el Monasterio de San Miguel de la Breña, fuera de esta
jurisdicion. Hai dos escuelas de primeras letras, la una con dotacion de los propios de esta villa, estudio de gramatica y filosofia en
el convento de obserbantes, con dotacion de una obra pia, cuyas catedras son incomodas a los estudiantes de la poblacion por la distancia del pueblo, en que
con dificultad se logran los justos deseos a que conspiran los padres de familias de la educacion de sus hijos. La administracion
del correo de esta villa es una estafeta en donde no se reparten sino las cartas del pueblo, pero es transito para los Reinos de Andalucia desde la Estremadura
en dos dias cada semana, siendo estos los domingos y miercoles, y la buelta de Andalucia los lunes y juebes. Y solamente hai administracion de la real renta
del tavaco por los estancos de este pueblo. Existen un familiar, que lo es Don Diego Morales, y un comisario de la Santa Ynquisicion de
la ciudad de Llerena, siendolo este Don Antonio Alvarez presbitero, a quienes corresponden los fueros que previene la concordia mandada obserbar por Su
Magestad. No hai reximiento alguno de milicias, ni gefe, solo si veinte y ocho soldados agregados a el Provincial de Badajoz. Se halla un
medico titular y otro que haviendo practicado la zirujia hace oficio de zirujano en las necesidades de esta facultad, pero se hace preziso el que se socorra a
esta poblazion de un buen zirujano para que a menos dispendios de los vecinos logren la salud, e igualmente de medico de avilidad, lo que podra facilitarse
consignandoles buenos sueldos; y haunque en la actualidad subsiste Don Francisco Espejo, medico de particular avilidad y practica, este se sobstiene por ser
natural de dicha poblacion y estar radicado con industria que le da de comer. Hai un hospital de caridad con algunas rentas, que se imbierten en el socorro de
los enfermos de la poblacion y fuera de ella, y se administra por una junta que contribuye con su cuidado a el mexor aseo que le exije. En
este pueblo se reconoce una copiosa cosecha de zumaque, vino y alguna corta porcion de azeite, y por lo que respecta a granos y semillas es escaso por la
falta de terrenos destinados a este fin de dominio particular, los quales con la repeticion de sementeras se hallan cansados e infructiferos, por lo que necesita
de abastecerse con granos de fuera de la villa el abasto publico, pues haunque dichos vecinos se interesan en esta industria, solamente consiguen aquellos
prezisos y necesarios para la manutencion de sus familias, sobre lo qual informaran los arrendadores de la encomienda. Las huertas
de esta jurisdicion son suficientes para la producion de verduras que necesita el vecindario y lo mismo los arboles frutales, supuesto el veneficio que logran
de tener abundantes aguas por los riegos, siendo todo de buena calidad. Las tierras de labor se cultiban con pares de mulas, de jumentos y bacuno, respecto
a la proporcion de los terrenos, los quales no son aptos todos para cavallerias. Por el contexto de este se ha informado y reconocido por el señor comisionado un
molino de azeite de los siete que hai dentro y fuera de esta poblacion y asi mismo un molino de zumaque de los muchos que hai en esta poblacion.
Sobre el punto de este capitulo, que tiene concernencia con el treinta y cinco, se hace presente que la subsistencia de este pueblo consiste en lo industrioso
de la labor en sementeras, en viñerias y granjeria de ganado y recoleccion de zumacanes, se halla el primer ramo de labranza en aptitud de fomentarse,
mediante a los buenos deseos de los vecinos en sus respectibas clases de posivilidad, impidiendolo el no tener suficientes tierras proporcionadas para
dicha lavor y plantios, por lo que seria ventajoso para este fomento el que hallandose diferentes pedazos en los vastos terrenos valdios proporcionados para
sementeras y otros para plantios, que se les permita a los labradores el cultibo de estos, desbrozandolos y guiando el monte pardo que se encuentre en ellos; y
que de las dehesas de propios y arbitrios, como que en algun tiempo se han cultibado con veneficio del publico, se continuen labrando repartiendo
anualmente de ellas la porcion de tierra suficiente a el socorro de los labradores, obserbandose la alternatiba en dichas dehesas, para que logren estos
tierras descansadas, con cuyo veneficio se harán opulentas en esta industria y los propios perciviran mayor valor que el que consiguen apreciados en pastos y
los montes quedarian limpios de malezas, olibarados y de mayor producion, cuyo metodo no es perjudicial a la industria de ganaderias por quedarle suficientes
pastos y de mexor calidad despues de labrados los terrenos. Con arreglo a la ordenanza de montes se procede anualmente a la limpia de mata
parda, dexando los pies correspondientes, cuya dilixencia se practica precedida la citacion a los vecinos. Toda la tierra valdia y adesada de esta villa es
tierra que produce maleza, sobre estar poblada de jarales y con alguna mezcla de mata de chaparos, la que con el pastoreo de los ganados cabrios se hace facil de
pastar por qualesquiera ganaderia, por lo que y con el consumo que hacen los vecinos de dicha leña no hai montes impenetrables a el ganado.
Con el motibo de veneficiar algunas tierras de dominio particular que se hallan montuosas de jaras y otros arboles, se suelen desmontar a pala de azada y en su
consequencia se quema la leña rozada, de que no resulta perjuicio alguno y en el caso de que se cause este, esta con sujecion a las penas de ordenanza. No se
permite descascar la ensina, que es de lo que abunda este termino, siendo como es el curtido mas a proposito de alcornoque, que no lo hai en la jurisdicion.
Por la mucha produccion que de si dexa el terreno de mata parda, no necesita este pueblo de hacer plantios o semilleros para la conserbacion de sus montes.
En este termino no hai castillerias y solo algunas casas bodegas, para con mayor facilidad hacer la recolecion de los vinos y algun azeite. Por el contexto de
este capitulo no hai despoblados en esta jurisdicion, a eszepcion de las avitaciones que se havian construido en la mina, consistentes en diez y seis o
diez y ocho casas, que se hallan demolidas desde que cesó en la descabazion de la mina. En este termino hai abundancia de caza menor por lo montuoso de el y
jabalines y sierbos, por lo que exije cazar para libertar las sementeras de los daños considerables que executan, siendo el mas oportuno para dichos daños en el
tiempo en que se comprehende la prohibicion de caza, por lo que a qualesquiera vecino labrador es util que se caze en todo tiempo y no se obserbe la
prohibicion. Asimismo hai abundancia de lobos y zorros, pagandose por cada piel y de quenta de los propios si es macho quatro ducados y ocho por la hembra, y
por cada cachorro dos ducados, por cada zorro diez reales y cachorro de esta especie quatro, cuyo premio excita a que se maten vastantes, haviendo importado
estos premios en el proximo año pasado ochocientos y mas reales. La cria de ganados consiste en obejas, cabras, cerdos, bacas y yeguas,
consistiendo el numero de las primeras en quinze mil cavezas, y el de segunda a seis mil, de varios dueños, y la tercera especie de quinientos a seiscientos
cerdos, y de la quarta de veinte y cinco a treinta yeguas. Lo proporcionado del terreno para colmenares hace que muchos vecinos tengan la porcion que necesitan
para abastecer sus casas de miel y cera, haciendolo alguna venta de corta consideracion, cuyos colmenares consiguen la subsistencias con las flores de la
jara. En este termino hubo una mina de plata que se continuo de orden de Su Magestad por una compañia francesa, la que se dexó y se
hallan inundadas de aguas y se abandonó. Tambien hai otra mina de carbon de piedra, con la que veneficiaban dichos mineros la mina de plata, la que esta
situada a un lado del camino de Azuaga, a distancia de esta villa como una legua y se halla sin uso desde aquel tiempo. En cuya conformidad
concluyen lo que pueden ynformar sobre los capitulos de dicho ynterrogatorio, reserbando exponer a Su Señoria o a la Real Audiencia por su mano qualesquiera
cosa que en lo subcesibo o adbiertan o noten perjudicial para que se repare, o favorable, para que su sabia justificacion á consequencia de las piadosas
intenciones de Su Magestad provea lo que sea de su superior agrado, y lo firmaron en la villa de Guadalcanal a nuebe de febrero de mil setezientos y
noventa y un años, de que yo el presente escribano doi fe. Don Rodrigo Jose de Ayala y Soto Mayor. Licenciado Don Diego Salcedo. Martin Castello. Don Bicente
(...). Don Joachin de Ayala. Luis Sanchez Morato. Ynforme. Don Paulino Rafael Caro Guerrero, del Orden de Santiago, vicario interino, juez
eclesiastico ordinario de Santa Maria de Tudia y su partido por Su Majestad y Señores del Real Consejo de las Ordenes, y cura propio de la Yglesia Parroquial
de Nuestra Señora Santa Maria de la Asumpcion desta villa, Don Feliz Fernandez de la Fuente, asimismo cura propio de la Señora Santa Ana, y Don Thomas Ramos
Rebollo, que lo es de la de San Sebastian de la misma villa; en atencion al oficio que antecede del señor Don Juan Josef Alfranca y Castellon, del Consejo
de Su Majestad y su oydor en la Real Audiencia nuevamente erigida con residencia en la villa de Cazeres, debemos informar como informamos con arreglo a los
articulos insertos en el mismo oficio en la forma siguiente: Que en esta expresada villa hai las tres referidas parroquias, sin otra dotacion
que el valor de los diezmos de una casa diezmera, repartido entre las tres por iguales partes, cuio valor regulado por un quinquenio corresponde a cada una un
mil y cien reales, que apenas sufragan para el salario de ministros y demas gastos precisos annuales. Y que los parrocos de todas tres son nombrados por Su
Majestad y Señores del Real Consejo de las Ordenes. Que en esta villa no hai cementerio alguno, pero si necesidad y sitio comodo para hacerse.
Que en las tres expresadas parroquias no hai mas beneficio que el curado, a cargo de sus respectivos parrocos, sin ser de patronato, cuias dotaciones
consisten en los emolumentos provenientes del pie de altar y en una aiuda de costa con que a cada parroco contribuien los participes en diezmos. Y que las
capellanias fundadas con servicio en las mencionadas parroquias con distincion de cada una de ellas son las que siguen: Capellanias
servideras en Señora Santa Maria la Maior. 1. La que fundó Alonso Ramos el Rico, dotada sobre el mayorazgo fundado por el mismo, de la que rebajadas las
cargas queda a favor del capellan ochocientos sesenta y quatro reales y diez y seis maravedies vellon. 2. La que fundó Alonso Bonilla, con la dotacion de una
huerta en este termino, de la que quedan libres al capellan trescientos sesenta y ocho reales.
3. La que fundó el canonigo Alonso Lopez Hidalgo, con la dotacion de setenta reales y diez y siete maravedies reditos de dos censos. 4. La fundada por
Alonso Lopez Alvarado, dotada con trescientos y noventa reales y veinte y seis maravedies reditos de diversos censos. 5. La fundada por Alonso Martin de la
Rincona, con la dotacion de treinta y nuebe reales producto de un censo. 6. La que fundó Alonso Garzia Quintero, dotada con unas casas de morada en esta villa
y una suerte de tierras que producen al capellan doscientos reales. 7. La fundada por Alonso Gonzalez Holgado, su dotacion un huerto de pan
llevar en este termino y un censo que producen al capellan trescientos y un reales. 8. La que fundó Anton Lucas el Seglar, cuia dotacion consiste en una suerte
de tierra y un censo que redituan al capellan setenta y nuebe reales. 9. La que fundó el capitan Antonio Bastida, su dotacion septecientos ochenta y tres
reales reditos de un juro sobre la Real Hacienda. 10. La que fundó Antón Lucas clerigo, dotada con unas casas de morada en esta villa que producen al capellan
sesenta y ocho reales. 11. La que fundó Antonio Perez de Moraga, dotada con dos cercados de pan llever en este termino que tienen de producto quarenta y
seis reales. 12. La que fundó Balthasar Gordón, dotada con una suerte de tierras y un cercado de olivos en este termino que producen noventa y dos
reales. 13. La que fundó Bartholome de la Gala, dotada con treinta y quatro reales y diez y siete maravedies producto de un censo y de una suerte de
zumaque. 14. La que fundó Cathalina Arriaza, dotada en trescientos y veinte y dos reales producto de un huerto en este termino. 15. La que fundó Doña
Cathalina Maldonado y Cabrera, cuia dotacion consiste en doscientos cinquenta y ocho reales que producen un cortijo, dos huertas y una suerte de tierras en el
termino de Alanis. 16. La que fundó Christoval de Arana, dotada con un cortijo de tierras en el termino de Verlanga que produce ciento y un reales. 17. La
que fundó Christoval Ximenez, con la dotacion de ocho reales producto de una suerte de tierras en este termino. 18. La que fundó Christoval Miguel, dotada
con una suerte de zumacal y tres pedazos de viñas perdidas que producen quarenta reales. 19. La que fundó Diego Gavilán, dotada con un mil quatrocientos
cinquenta y siete reales reditos de un juro sobre la Real Hazienda. 20. La que fundó Diego Lopez Fabian, dotada con veinte reales producto de una suerte de
tierras en este termino. 21. La que fundó Don Diego Castilla Velarde, con la dotacion de quince reales que produce una suerte de tierras en este termino.
22. La que fundó Diego del Rosario Medina, con la dotacion de quatro reales que produce una suerte de tierras en el mismo termino. 23. La que fundó Domingo
Pasqual, con la dotacion de una suerte de tierras y unas casas de morada en esta villa que redituan doscientos diez y seis reales. 24. La que fundó Francisco
Lopez Rico, con la dotacion de quatrocientos reales con que contribuie al capellan la obra pia fundada por el mismo. 25. La que fundó Francisco Saiago,
dotada con diez y seis reales producto de dos suertes de tierras en este termino. 26. La que fundó Don Francisco de Castilla y Monsalve, dotada con una
suerte de tierras y olivar en el mismo termino que reditua cinquenta y ocho reales. 27, 28. Dos que fundaron Don Francisco y Don Christoval Freire de Galvez, de
cuia dotacion, rebajadas las cargas, quedan a cada uno de los dos capellanes septecientos setenta y tres reales y diez y siete maravedies, con que a cada uno
contribuie la obra pia fundada por los mismos. 29. Otra fundada por los mismos y dotada con quarenta reales reditos de un censo. 30. La que fundó Francisco
Revanales, con la dotacion de doscientos ochenta reales producto de dos suertes de tierras en este termino. 31. La que fundó Doña Francisca de Galvez, con la
dotacion de ochenta reales producto de tres suertes de tierras en el mismo termino. 32. La que fundó Francisco de Bargas, con la dqtacion de quarenta
reales producidos de otras tres suertes de tierra en el mismo termino. 33. La que fundó Fernando Miguel, dotada con diez reales producto de una suerte de
tierras y un censo. 34. La que fundó Gaspar de la Bastida, con la dotacion de trescientos treinta y dos reales reditos de un juro sobre la Real Hazienda.
35. La que fundó Geronimo de Ortega, con la dotacion de un huerto pequeño que reditua catorce reales. 36. La fundada por el capitan Geronimo Gonzalez de
Alanis, con la dotacion de septecientos veinte y nuebe reales reditos de un juro sobre la Real Hazienda. 37. La que fundó Ysabel Garzia Galavis, dotada con
veinte reales que produce una suerte de tierra en este termino. 38. La que fundó Juan Rico, con la dotacion de veinte reales producto de una suerte de
zumaque y otra de tierras en el mismo termino. 39. La que fundó Maria Yanes de la Rubia, con la dotacion de ciento y ochenta y un reales producto de unas casas
de morada en esta villa, dos suertes de tierras y un censo. 40. La que fundó Martin Lopez, dotada con siete reales reditos de un censo.
Capellanias servideras en la Parroquial de Señora Santa Ana. 1. Christoval Martin de Alva fundó en dicha yglesia y con servicio en ella una capellania,
cuia dotacion asciende al yngreso de quinientos sesenta y dos reales, con diez y siete maravedies, producido de un huerto, seis suertes de tierras y un censo.
2. La que fundó Juana Gonzalez, dotada con nuebe reales de un censo. 3. La que fundó Christoval Muñoz Salvador, con la dotacion de quarenta reales
que por un quinquenio produce una suerte de tierras en este termino. 4. La que fundó Juan Muñoz de Burgos, con la dotacion de trescientos y veinte
y dos reales procedidos de un huerto, dos suertes de tierras y un pedazo de viña en este termino. 5. La que fundó Francisco Garzia, con la dotacion de quince
reales producto de una suerte de tierras en este termino. 6. La que fundó Josef Sanchez Romero, dotada con sesenta y quatro reales procedidos de quatro
suertes de tierras en este termino. 7. La que fundó Maria Hernandez la Castilla, dotada con quarenta reales procedidos de un censo. 8. La que fundó
Juan Martin Montanchez, con la dotacion de cinquenta y quatro reales procedidos de una suerte de tierras en este termino. 9. La que fundó Alonso Ximenez
Chavero Rodriguez, dotada con ciento sesenta y ocho reales producto de un cercado y una suerte de tierras en este termino. 10. La que fundó Francisco
Yanes de la Pava, dotada con treinta reales producto de una suerte de tierras en este termino. 11. La que fundó Juan Rodriguez de Santiago, dotada con quarenta
reales procedidos de una suerte de tierras en este termino. 12. La que fundó Martin Delgado, dotada con cinquenta reales procedidos de varios censos. 13.
La que fundó Gonzalo Muñoz, dotada con quarenta y cinco reales producto de una suerte de tierras en este termino. 14. La que fundó Juan Rodriguez Mercader,
con la dotacion de once reales producto de un censo. 15. La que fundó Maria de Ortega Doncella, con la dotacion de treinta y seis reales procedidos de un
pedazo de viñas y bodega y una suerte de tierras en este termino. 16. La que fundó Don Diego de Cote, dotada con veinte y siete reales procedidos de un
censo. 17. La que fundaron Pedro Martin de la Parra y Ana Yanes, con la dotacion de trescientos reales procedidos de una suerte de tierras en este
termino. 18. La que fundaron Melchor Delgado y Juana de Larios, con la dotacion de cinquenta y un reales procedidos de una suerte de tierras en este termino.
20. La que fundó Francisco Gonzalez de Erija, con la dotacion de sesenta reales procedidos de dos suertes de tierras en este termino. 21. La que fundó
Juan Lopez de Rivera, con la dotacion de ochenta reales procedidos de quatro suertes de tierras en este termino. 22. La que fundó Alonso Gonzalez de la
Pava, dotada con quatrocientos y quatro reales y diez y ocho maravedies procedidos de un credito contra el Convento de Religiosas del Espiritu Santo
desta villa. 23. La que fundó Alonso de Galvez Baquero, con la dotacion de ciento y quarenta y dos reales procedidos de tres suertes de tierras en este
termino. 24. La que fundó Juan Perez Degollado, con la dotacion de ciento y quarenta y seis reales y trece maravedies, producto de un molino de pan y dos suertes de
tierra en este termino. 25. La que fundó Christoval de Arcos y Medina, con la dotacion de 90 reales procedidos de un juro sobre la Real Hacienda. 26. La que
fundó Christoval Martin Montanchez, con la dotacion de veinte y dos reales procedidos de dos suertes de tierras en este termino. 27. La que fundó Alonso
Lopez, difunto en Yndias, con la dotacion de quinientos noventa y ocho reales y dos maravedies procedidos de dos suertes de tierras y varios censos, que se
cobran en esta villa y la de Cazalla. 28. La que fundó Doña Ygnacia Hidalgo, con la dotacion de ciento y setenta reales en varios censos en esta villa. 29.
La que fundó Cathalina Hemandez de la Pava, con 1a dotacion de setenta y un reales producto de dos suertes de tierras en este termino. 30. La que fundaron
Juan Rodriguez y Juana Nuñez, con la dotacion de cinquenta reales producto de una suerte de tierras en este termino y un censo.
31. La que fundó Christoval Martin Cavoredondo, con la dotacion de ciento y seis reales producto de tres suertes de tierra en este termino. Capellanias
servideras en la Parroquial de San Sebastian. 2. Dos capellanias que fundó Diego Ramos, su dotacion septecientos ochenta y dos reales, rebajadas cargas,
consiste en seis escrituras de censo, tres casas en esta villa y dos suertes de tierras en este termino. 3. La que fundó Fernando Garzia Ramos, consiste en
trescientos y veinte reales, rebajadas cargas, procedidos de una huerta y unas casas en este termino. 4. La que fundó Doña Maria Ysabel de Castilla, consiste
en ciento y treinta y cinco reales producto de un pedazo de viña y tres suertes de tierras en este termino. 5. La que fundó Don Miguel de Castilla, consiste
en ciento y ochenta reales producto de un pedazo de viñas en este termino. 6. La que fundó Diego de Funes, consiste en trescientos reales producto de una
suerte de tierras, rebajadas cargas, ciento y cinquenta y quatro reales en este termino. 7. La que fundó Fernando Ramos Rico, consiste en ciento y quarenta y
seis reales liquidos sobre la obra pia fundada por el mismo. 8. La que fundó Juan de Bonilla, consiste en doscientos reales liquidos producto de dos suertes
de tierras en este termino y diferentes censos. 9. La que fundó Don Alonso Hidalgo, consiste en ciento y ochenta reales liquidos producto de siete
escrituras de censo y una suerte de tierras en este termino. 10. La que fundó Miguel Garzia, consiste en cien reales liquidos producto de
dos suertes de tierras y un zumacal, termino desta villa. 11. La que fundó Christoval Canalo, consiste en ciento y diez reales producto de tres suertes de
tierra, termino desta villa. 12. La que fundó el lizenciado Rodrigo Gutierrez, consiste en ciento y ochenta reales liquidos producto de una suerte de tierras,
termino de esta villa. 13. La que fundó Don Pedro Dionisio, consiste en quarenta y cinco reales producto de una suerte de tierras, termino desta villa. 14. La que fundó
Francisco Muñoz de la Vera, consiste en doscientos reales producto de dos suertes de tierras en el mismo termino. 15. La que fundó Christoval Yanes Cavallero, consiste en ciento y cinquenta
reales liquidos producto de tres suertes de tierras, termino desta villa. 16. La que fundó Francisco Muñoz Otero, consiste en ciento y ochenta reales producto
de una suerte de tierras en este termino. 17. La que fundó Don Francisco Arana Carrasco, consiste en ciento y cinquenta reales producto de una suerte de
tierras, termino desta villa. 18. La que fundó Doña Maria Ortega Carrasco, consiste en ciento y treinta y dos reales producto de una escritura censual.
19. La que fundó Cathalina Rodriguez Cepera, consiste en quarenta y dos reales producto de tres escrituras de censo. 20. La que fundó Juan de Burgos,
consiste en treinta reales producto de una suerte de tierras, termino desta villa. 21. La que fundó Luis de Ortega, consiste en ciento y cinquenta reales
producto de una suerte de tierras en este termino. 22. La que fundó Alonso Gonzalez Rubio, consiste en sesenta reales producto de tres suertes de tierras y
un zumacal en este termino. 23. La que fundó Don Juan de Monsalve, consiste en treinta reales producto de una suerte de tierras en este termino. 24. La que
fundó Sebastian Duran, consiste en sesenta reales producto de dos suertes de tierras en este termino. 25. La que fundó Don Josef de Castilla, consiste en
cinquenta reales producto de otra suerte de tierras en este termino. 26. La que fundó Don Christoval de Zespedes, consiste en otros treinta reales de otra
suerte de tierras en el mismo termino. 27. La que fundó Don Luis Ygnacio de Ortega, consiste en ciento y cinquenta reales producto de una viña en este
termino. 28. La que fundó Alonso Marmolejo, consiste en ciento y cinquenta reales producto de un censo y una suerte de tierra en este termino. 29. La que
fundó Cathalina Alvarez, consiste en ciento y veinte reales procedentes de un censo. 30. La que fundó Doña Ysabel Martinez, consiste en cien reales producto
de una suerte de tierras en este termino. (Sin numerar). La que fundó Don Alvaro de Castilla, consiste en veinte reales producto de una hoz de viña. 31.
La que fundó Ysabel Hernandez de Castro, consiste en ciento y cinquenta y nuebe reales producto de un censo. 32. La que fundó Gonzalo Garzia, consiste en
ciento y treinta y dos reales producto de un censo. Hai en esta villa el hospital denominado la Santa Charidad, con destino a la curativa de pobres
enfermos, con la dotacion de ochocientos reales al año, que consiste en el producto de algunos censos y fincas, con el gravamen de la expresada curativa,
incluso el costo de medico, botica y alimento. Lo administra el administrador que nombra annualmente la cofradia con la misma denominacion, que actualmente es
Don Bartholome Olmedo, presvitero, y conoce de esta fundacion y administracion el Señor Vicario General desta provincia. Hai tambien otro hospital con la
denominacion de Santiago, destinado a el hospedaje de pobres transeuntes, el que no consta a los que informan tenga dotacion ni administracion. Asimismo hai en
la misma villa las obras pias siguientes: 1. La que fundó Don Nicolas de Toledo, de que son patronos los hermanos maiores de la Hermandad Eclesiastica
del Señor San Pedro, con la dota, cion de doce mil novecientos setenta y quatro reales vellon que annualmente redituan distintos censos y fincas, con los
gravamenes de nuebe mil quinientos y nuebe reales, distribuidos en la dotacion de cathedras de gramatica y filosofia, limosna a pobres, estipendios de varias
missas cantadas y rezadas, dos sermones, gasto de cera, mission, propinas de los patronos, salario del administrador y el sobrante se invierte en missas rezadas.
Es su administrador el mayordomo de la expresada hermandad, actualmente Don Antonio Zerezo y conoce de ella el Señor Vicario General. 2. La que fundó Don
Xavier de Morales, sus patronos los tres parrocos desta villa y el guardian del Convento de San Francisco della, con la dotacion de dos mil reales vellon que
anualmente reditua un censo impuesto sobre los propios de la villa de Azuaga de ochenta mil reales de capital, con los gravamenes del estipendio de cinco
aniversarios, propinas de patronos, salario de administrador y el sobrante se invierte en missas rezadas. La administra Don Thomas Muñoz, presvitero
especialmente nombrado por el fundador y conoce della el Señor Vicario General. 3. La que fundaron Don Francisco y Don Christoval Freire de Galvez, de que son
patronos el parroco de Santa Maria desta villa, el guardian de San Francisco y capellan mas antiguo, con la dotacion de cinco mil y doscientos reales producto
annual de varios censos y fincas, y con los gravamenes de la renta de dos capellanias fundadas por los mismos, una funcion general de yglesia en el dia de
la ympresion de las llagas de San Francisco y otras particulares, y el residuo se invierte en poner en estado huerfanas pobres y socorrer otros necesitados. La
administra Francisco Marquez, nombrado por los patronos y conoce della el Señor Vicario General. 4. La que fundó Doña Maria de Galvez, de que es patrono y
administrador el parroco de San Sebastian de esta villa, con la dotacion de doscientos reales vellon producto anual de varios censos y con el gravamen de
distribuirlos en limosna a pobres de solemnidad. Conoce della el Señor Vicario General. 5. La que fundó Cathalina Ramirez, de la que es patrono y
administrador el mismo parroco, con la dotacion de quatrocientos noventa y cinco reales y medio vellon producto annual de distintos censos, y con el gravamen de
distribuirlos a pobres de solemnidad. Conoce della el Señor Vicario General. 6. La que fundó Diego Ramos el Viejo, de la que son patronos dicho parroco, el
guardian de San Francisco y pariente mas cercano, con la dotacion de seiscientos y cinquenta reales producto annual de distintas suertes de tierras, con los
gravamenes de una missa cantada, asistencia de la capilla del fundador, propinas de patronos, gasto de cera y salario de administrador, que lo es Don Antonio
Bazquez, presvitero nombrado por dichos patronos. Cofradias: 3. Las tres del
Señor Sacramentado, respectivas a cada una de las parroquias desta villa, de las quales la correspondiente a Santa Maria tiene el numero de ochenta y quatro
cofrades, y las otras dos no tienen numero fixo, y todas tres no tienen otra dotacion que la limosna de los cofrades y fieles y es su ynstituto el culto del
Señor Sacramentado en el juebes y viernes, santa festividad del Corpus y su octava, y demas en que se manifiesta el Señor. Cuida de su cumplimiento el Señor
Vicario General. 4. La denominada de la Santa Vera Cruz, sita en la Parroquial Mayor, sin otro fondo que las limosnas de los fieles, con el numero de quarenta
cofrades poco mas o menos, y el instituto de celebrar la festividad de la ynvencion de la Santa Cruz, una procesion de hombres con la ymagen del Señor a
la Columna en el juebes santo y otra de mugeres en el viernes siguiente con la de Nuestra Señora al Pie de la Cruz. Cuida de su cumplimiento el Señor Vicario
General. 5. La intitulada de la Soledad, con el mismo fondo que las antecedentes y doscientos diez cofrades de numero, y su ynstituto una misa
cantada dia de los Dolores de la Señora y la funcion de descendimiento y entierro de Christo en el viernes santo. Está sita en el Convento de San
Francisco desta villa y cuida de su cumplimiento el Señor Vicario General. 6. La de la Santa Charidad, sin fondo alguno y con el numero de treinta y tres
cofrades, y el ynstituto de cuidar los enfermos del hospital de la misma denominacion. 7. La denominada Jesus Nazareno, sita en la Parroquial de San
Sebastian, sin otra dotacion que las limosnas, ni numero determinado de cofrades, su ynstituto la funcion de la circuncision y niño perdido, y una
procesion en el viernes santo. Conoce de su cumplimiento el Señor Vicario General. 8. La denominada Nuestra Señora del Carmen, sita en la Parroquial de
Señora Santa Ana, de la misma dotacion, sin numero fixo de cofrades, su instituto celebrar la festividad de Nuestra Señora y su octava, y doce
procesiones en los doce segundos domingos de cada mes. Conoce de su cumplimiento el Señor Vicario General. Hermitas: 1. Una de San Bartholome en la
Parroquial de Señora Santa Ana, dentro de su poblacion, en la que concurre el pueblo y hace procesion el dia de la festividad del santo, sin fondo alguno, sin
hermitaño. 2. Otra de Nuestra Señora de los Milagros en la Parroquial y poblacion de Señora Santa Maria la Maior, en la que tienen sus juntas en
distintos dias la Escuela de Christo de hombres y la de Maria de mugeres, se concurre a ella en el dia de la natividad de Nuestra Señora a celebrar una missa
cantada y sermon, tiene de renta annual setenta y nuebe reales reditos de quatro censos, no tiene hermitaño. 3. La de San Vicente, sita en la misma parroquial
y dentro de poblado, con la concurrencia del rosario de todas las mañanas, sin renta ni hermitaño. 4. La de San Pedro, extramuros, en la que se concurre en
el domingo infraoctavo de la festividad del santo con el motivo de una missa cantada, tiene de renta ciento y noventa reales producto de dos censos y dos
cercados; hai en ella hermitaño nombrado por el juez eclesiastico. 5. La de San Benito, tambien extramuros, a la que se concurre en el domingo infraoctavo
de la natividad de Nuestra Señora, tiene de renta cien reales; hai hermitaño nombrado por el juez eclesiastico. 6. La de Nuestra Señora de Guaditoca, legua
y media de la poblacion, se concurre a ella los tres dias de pasqua del Espiritu Santo, en los que se celebran otras tantas missas cantadas y en el ultimo
procesion, tiene de renta como dos mil y trescientos reales producto de algunas fincas y limosna de los fieles; tiene dos hermitaños nombrados por el
administrador. 7. La de Nuestra Señora de los Remedios, tambien extramuros, se concurre a ella uno de los domingos de septiembre a la celebracion de una missa
cantada, no tiene renta; hai hermitaño puesto por el mayordomo. 8. La del Santo Christo del Humilladero, tambien extramuros, se concurre a ella otro
domingo de septiembre a la misma celebracion, no tiene renta ni hermitaño. En cuias concurrencias no hai quimeras algunas. Asimismo el expresado Don Paulino
Caro Guerrero debe informar, como informa de su particular, que la curia eclesiastica desta villa al cargo y regencia de su vicario, juez eclesiastico
nombrado por el de Santa Maria de Tudia por privilegio concedido a este vecindario en premio de sus servicios por el Gran Maestre y capitulo general de
la Orden de Santiago, tiene en clase de dependientes y ministros dos notarios maiores, uno eclesiastico para las causas criminales de clerigos y para las
demas otro secular y escrivano real con arreglo a la Real Pragmatica, un promotor fiscal y un alguacil de vara, nombrados todos por el mismo vicario de
Santa Maria de Tudia. Que es quanto podemos informar en contextacion del oficio del señor oidor, advirtiendo que en quanto a capellanias no ha sido facil
averiguacion mas exacta por la brebedad del tiempo señalado verbalmente para este ynforme. Guadalcanal y febrero diez de mil septecientos y noventa y uno.
Don Paulino Raphael Caro Guerrero. Don Feliz Fernandez de la Fuente. Thomas Ramos Revollo. Nota. En la curia eclesiastica de esta villa se goviernan
para la exaccion y percibo de derechos por arancel formado, aprobado y mandado observar en las audiencias de el territorio de Santiago por Su Majestad y
Señores de su Real Consejo de las Ordenes en el año pasado de 1764. Caro. Resultado de la bisita de esta villa y su aldea de Malcocinado. Haviendose
tomado los ynformes necesarios para la evacuazion de los puntos contenidos en la ynstruccion dada para esta bisita y en el ynterrogatorio que ba por cabeza de
este espediente, de ellos y de lo que personalmente ha reconocido el señor Don Juan Josef de Alfranca y Castellote, del Consejo de Su Majestad, oydor de la
nueba Audiencia de Extremadura, apuntes que ha recojido y noticias que ha tomado de los sujetos principales, fidedignos e ynteligentes de esta villa, teniendo
presente principalmente el ynforme dado por el correjidor y ayuntamiento de ella, resulta lo siguiente al tenor de los capitulos del ynterrogatorio. En
quanto a el primero nada hay que añadir a lo que ynforma el ayuntamiento, sino que esta villa dista de Caceres residencia de la nueva Audienzia veinte y seis
leguas, tomando la ruta por Berlanga, Campillo, Medellin y Montanchez. Que perteneze a la Orden de Santiago en lo eclesiastico, cuya jurisdizion ejerce el
Prior de San Marcos de Leon y en la villa hay un theniente de bicario general, de quien van las apelaziones al Provisor de la Orden en Llerena y la Calera, y
de alli a el Consejo de las Ordenes. En la real hay orden del Consejo de las Ordenes para que se le de cuenta de las causas criminales, lo que puede dar
motibo a competencias en quanto a la consulta. En las cibiles se apela promiscuamente al dicho Consejo o a la Chanzilleria de Granada. Es de notar en
este capitulo que en esta villa hay veinte y quatro plazas de rejidores perpetuos, afectas a algunas casas del pais y a mayorazgos, y al presente hay
solamente quatro en ejercicio, tres de ellas servidas por nobles y una por persona del estado llano, no estando serbidas las demas por no reclamar su
derechos los ynteresados. Hay encomienda del Orden de Santiago, a que esta nomabrado en el dia Don Josef de Artiaga y posee terreno en este territorio, que
consiste en dos cercados de labor y regadio, una casa en la villa, la llamada Casa Fuerte, de que no queda mas que una galeria de favrica fuerte y antigua, y
a mas tiene la mitad del diezmo en los granos y vino, y el total en los demas frutos. Hay corregidor desde el año de 1780, que nombra Su Magestad a consulta
del Consejo de las Ordenes, y en la actualidad lo es desde el siete de diziembre del año proximo pasado Don Diego de Salcedo y Ortega. No hay alcaldes
ordinarios y anualmente se nombra a botos del ayuntamiento el alguacil mayor y el sindico procurador, que ambos tienen voz y boto y se alterna entre los
estados, el corregidor tiene la subdelegazion de montes y plantios en el territorio de esta villa, en el que se comprehende la aldea de Malcocinado, sin
salario alguno y percive solamente los emolumentos de la tercera parte de las denuncias, segun ordenanza. Hay un abogado, que lo es Don Agustin Ugia, dos
procuradores del juzgado que se nombran por la villa anualmente. Hay tres escribanias de cabildo, juzgado y rentas, pertenecientes en propiedad al
hospital llamado de la Sangre de la ciudad de Sebilla, i sobre la de cabildo tiene la villa intentada instancia de tanteo en el Consejo de las ordenes, está
admitida y depositados siete mil y diez reales, oy las tiene todas por arrendamiento del dicho hospital Luis Sanchez Morato y actua tambien en ayuda
del antecedente por lo que toca a el juzgado el escribano Diego Escutia. Para estar vien servido el vecindario se necesitan tres escribanos, como los a habido
en tiempos pasados y pueden mantenerse, supuesto el numero de causas y negocios seria combeniente el que hubiese algun abogado mas por la incomodidad que
resulta a los vecinos de salir a otros pueblos para la consulta de sus negocios. De los escribanos el Morato es real y publico de la villa de Constantina y
examinado de ordenes, y Escutia es escribano solamente del territorio de las ordenes. Al cargo del alguacil mayor está la custodia de los presos por no
haber alcaide por falta de salario, el que tampoco tiene asignado dicho alguacil mayor. Hay dos ministros alguaciles con trescientos reales anuales cada uno
pagados de los propios, tres guardas de campo con igual salario en la misma forma, un peon puvlico con once reales mensuales, por cuyo corto salario no lo
hay en la actualidad. Este juzgado no tiene arancel propio y se arregla a la practica que pasa de unos en otros, la nota puesta al folio treinta y nuebe de
este espediente acredita la que se obserba en la actualidad. El vecindario de esta villa puede regularse por el que espresa el ynforme del ayuntamiento. No
hay gremio alguno de menestrales, en los oficiales de estos no se adbierte abuso particular en el modo y oras del trabajo, pero si en los jornaleros del campo
que prefieren a el trabajo la ociosidad, aun a costa de faltarles el diario alimento, para obligar a que se les de el jornal que quieren, especialmente en
tiempo de las mayores faenas del campo, cuyo precio corriente es el de quatro reales y medio secos, el que en tiempo de siega llega hasta diez y doce y quatro
comidas. Se a advertido aumento en los jornales desde el tiempo que se travajava en las minas de plata de este territorio, las que se inutilizaron por los años
de mil setezientos setenta y ocho y setenta y nuebe, de que fue causa las muchas personas que se empleaban y la calidad del trabajo, notandose que antes de esta
epoca los jornales ascendian quando mas a seis reales. Hay abastos puvlicos de carne, azeite, vino y binagre, por arriendo hecho a publica subasta. El del
jabon lo tiene en administracion el Hospital de la Sangre de Sevilla, favricandose en la favrica que tiene de este genero en esta villa en la calle
denominada de Camachos, cuyo derecho ha sido controbertido varias veces por la villa. El hospital a titulo de administracion destina sujeto y vende el jabon
a los precios que se concierta con la villa, sin embargo de una probision de la Chanzilleria de Granada que manda que la villa los arregle. En el dia el
hospital tiene hecho arriendo de este abasto.La venta del pan y demas comestibles es livre, pagandose solamente la alcabala
en estos ultimos. Los pesos de la carne y demas comestibles estan arreglados a diez y seis onzas la livra, segun el marco castellano, y las medidas de trigo y
demas granos estan arregladas a el marco de Abila, el aceite se mide de dos modos: el primero y comun es considerar la arroba de treinta y dos panillas de
doce onzas arregladas al marco castellano, y el otro se haze arreglandolo por una romana, considerando veinte y zinco libras del mismo marco por arroba, cuyo
metodo es el menos usual. No hay casas de ayuntamiento, hallandose demolidas con el objeto de construir otra, para lo que hay lizencia del Consejo de
Castilla, por lo que las juntas de ayuntamiento y demas publicas se tienen en la casa de la havitacion del correjidor, por no ser serbible por su umedad y
obscuridad un quarto que tiene arrendado la villa para este efecto. Ygualmente hay orden para construccion de carcel, de la que hay suma necesidad, sirbiendo
al presente para este uso un quarto de diez a doze varas de largo y quatro de ancho tomado de las casas de un vecino, donde no puede haver separacion para los
reos, ni hay la custodia y seguridad correspondiente, y para establecer en algun modo esta interinamente se ha providenciado durante esta bisita se ponga una
reja doble de hierro en la unica bentana que hay para dar luz a dicha carcel. A mas hay otro quarto separado de este y en calle diferente destinado para la
custodia de las cuerdas de presidarios que transitan a Sebilla desde Badajoz, el que igualmente esta sin seguridad y para lograrla de algun modo en el tiempo que
se detienen los presidarios se pone a cargo de los vecinos una guardia a dicho quarto. No hay edificio alguno notable i el que llaman la Casa Fuerte de la
Encomienda, situada en la plaza, se reduce a una azutea con arcos y columnas de piedra comun, que no tiene uso alguno y alli podrian construirse las casas
capitulares y carcel, sirviendose de sus paredes externas que estan en buen estado y del terreno que se halla a la espalda de dicho edificio enteramente
abandonado. Hay archibo publico de la villa, que por no ser servible como queda dicho el quarto arrendado por esta, se halla por aora en las casas que
fueron del escribano ya difunto Geronimo Muñoz de Espinosa, colocados sus papeles en unos estantes, pero sin cordinacion y con peligro de estrabiarse y en
estado de no poderse serbir de ellos los vecinos sin mucha dificultad y casi imposibilidad de encontrar los ynstrumentos y demas correspondiente a sus
derechos. No hay oficio de hipotecas. En este capitulo se ha ynformado que los protocolos y oficios puvlicos por muerte de sus respectivos escribanos y
actuarios se han llebado y llevan al archivo publico, el qual está en la forma que queda dicho en el capitulo antecedente. Las causas cibiles y criminales
por la justicia real ordinaria o por qualquiera comisionado, exceptuando las del fuero militar y economicas de la Real Hacienda, su numero, principio y estado,
consta de las zertificaziones de los escribanos ynsertas en este espediente, i haviendose notado vastante retardo en su actuacion en el tiempo del ultimo
correjidor Don Antonio Donoso, se han dado en esta bisita las correspondientes probidencias para su pronta substanciacion en las siguientes causas:
Primeramente en una criminal a pedimento de Juan Prieto, como marido de Maria Cabañas, sobre injurias personales y de palabra, en la qual se decretó el
sobresedimiento en los procedimientos, amistando a las partes y aperciviendolas.
En la civil entre el sindico del Convento de San Francisco de esta villa y el Hospital de la Sangre de Sevilla, sobre cobranza de los vencidos de una memoria
anual, cuyos autos hallandose descuidados, mas por inaccion del oficio que por consentimiento de las partes, se proveyó que el escribano actuario los llevase
al corregidor actual, para que les diese el curso que correspondiese segun su estado. Y por que se notó que en el correjimiento anterior se havian descuidado
varios ramos de autos, teniendolos parados el corregidor Donoso y en ellos havia algunas providencias sin ejecucion, se hicieron al actual algunas incitativas
para su actuacion. Las calles de esta villa estan todas empedradas, a escepcion de dos de pizarra menuda muy vien colocada, que hace el piso suabe,
agradable y vistoso, son vastantemente anchas, largas y llanas en la mayor parte y limpias, a excep cion de una que por no haverse tenido la precaucion al tiempo
de empedrarlas de cortar las aguas de una fuente que nace en lo alto de la misma, se derraman por la calle produciendo notable desaseo y descompostura.
Pero es esperable el remedio de esta causa y el que se efectue el empedrado que falta en las dos calles referidas para completar este ramo de policia, mediante
el zelo del actual correjidor Don Diego Salzedo. En los ramos que comprehende este capitulo nada hay que añadir a lo que expone el ayuntamiento en su ynforme,
siendo bisible la necesidad de la composicion de caminos en una situacion tan precisa para el transito de los arrieros y pasajeros que de Extremadura pasan a
la Andalucia, pues de lo contrario se continuaran los riesgos y peligros a que estan espuestos los caminantes por los malos pasos e ymbassiones de los
ladrones, de que son frecuentes los tristes exemplos. Hay una sola feria o mercado en el Santuario de Nuestra Señora de Guaitoca, a dos leguas de la villa,
que dura los tres dias de Pasqua de Pentecostes, donde concurren algunas tiendas de merceria, telas, paños, gergas, quinca lla y bujeria, todo ganado mayor y
toda especie de caballerias, las que pastan durante la feria en un baldio y en las dehesas inmediatas. Hay en este sitio unos portales para las tiendas
fabricados en suelo tenido por publico a costa de las casas del alferez mayor Ortega, que es administradora perpetua de dicho santuario. No hay pribilejio
para esta feria, sino una costumbre antigua de zelevrarla, se pagan los derechos reales de alcavala conforme a las ynstrucciones, el administrador percive a
titulo de limosna un tanto por los portales, mesas y puestos de venta, que en efecto es una verdadera exaccion o arriendo, y la justicia cobra tambien los
derechos de los despachos. Sobre cuya feria, derechos reales, exacciones del aministrador del santuario y pasto de los ganado que
concurre, hay ynforme pendiente en el Consejo de Ordenes, hecho al mismo y al govemadór de Llerena como subdelegado de rentas por el correjidor anterior Don
Antonio Donoso. Combendria se zelebrase dicha feria dentro de la villa y no en despoblado por los yncombenientes de los daños que se hacen
en las dehesas de los particulares por los ganados y por los robos, excesos y delitos que son frecuentas y no pueden precaverse facilmente en distancia de la
villa, y por no haver casas ni comodidad para los concurrentes, que seria mayor en la villa, y finalmente por el aumento y mayor seguridad de los derechos
reales. Tambien combendria el establecimiento de un mercado dentro de la villa en un dia cada semana por ser pueblo de poco surtido, siendo
plausibles las reflexiones que espone el ayuntamiento en su ynforme. Se hace comercio de aguardiente, vino y zumaque, con grande utilidad del
vecindario, ascendiendo la cosecha de este ultimo uno de los mas bentajosos y utiles en la agricultura de veinte a veinte y zinco mil arrobas. No hay compañia
alguna. Aunque hay tres fabricas de curtidos, una de ellas está enteramente abandonada por falta de proporciones en su dueño, otra aunque
al presente sin uso la acaba de tomar por su cuenta el dueño de la que en el dia se halla en uso, se ha reconocido en esta bisita y está surtida de todo lo
necesario. En ella se fabrica todo genero de curtidos de suela, cordoban, baqueta y badanas, en la que anualmente se consumen doscientas quarenta y quatro
pieles bacunas traidas de Constantina, Cazalla y compradas en esta villa, cuyo coste por mayor de cada piel es de zincuenta y zinco a sesenta reales, se gasta
en cada una como veinte y seis reales, sacan el peso unas con otras de veinte y zinco libras, que vendidas a quatro reales y medio la livra importa cada piel
ziento doce reales y medio, y resulta la ganancia de veinte y zinco a treinta y un reales, y su consumo se hace en esta villa, en Cabeza del Buey, Berlanga,
Alanis, La Granja y otros pueblos. De las pieles cabrias se favrican anualmente hasta mil trescientas y zincuenta compradas en esta villa y
en la de Berlanga, las que tienen de coste a quince reales unas con otras, se gastan en cada una quatro reales para su favrica, sacan de peso livra y media y
se benden a diez y seis reales la livra, con lo que dejan al favricante de quatro a zinco reales cada una, y se venden en los pueblos relacionados y en las
ciudades de Carmona y Sevilla. Aunque no hay favricas de tejidos y lienzos, se hallan hasta veinte telares en las casas de los vecinos, en que se emplean veinte
personas haciendo varios lienzos lisos y lavrados para manteleria de vuena vista y duracion, muy utiles para los serbicios domesticos. El lino de que se favrican
y emplean en estos telares es el de la cosecha del territorio de la villa, haciendose el ylado dentro de ella con rueca y tornos, en que se emplea la mayor
parte de las mugeres, practicandose las demas operaciones previas a el tejido de tascadura y blanqueo dentro de la villa. De estos tejidos
no se hace comercio para fuera, tejiendo o haciendo tejer cada vecino solamente el producto de su cosecha, o lo que necesita para los usos de su casa. Seria
utilisimo que promozionandose el cultivo del lino, que seria facil por la abundancia de aguas para el riego que necesita este genero, se aumentasen los
telares y la favricazion para establecer un comercio de este ramo de yndustria y fabrica que se halla perfecto y de los mejores quiza de la provincia. De
favricas rusticas de ladrillo y teja hay quanto vasta solamente para el consumo de la poblazion. En este capitulo poco hay que añadir a lo
que se espresa en el ynforme por el ayuntamiento. Es de advertir que aunque segun la ultima ynstruccion del señor governador del Consejo de 22 de diziembre
de 1789, no debe encabezerse este pueblo por haver correjidor de letras, oy se trata de ello en virtud de orden del subdelegado de Llerena.
Esta villa tiene ordenanzas municipales aprovadas por Su Magestad y Señores del Consejo por cedula de diez y nuebe de septiembre de mil seiscientos setenta y
quatro, las que en la mayor parte estan sin observancia y necesitarian reforma por la antiguedad de su establecimiento. El ayuntamiento treinta años hace
establecio nuebo reglamento en quanto a algunas penas de ordenanza, especialmente en daños de ganados, las que tampoco se obserban ni exijen por que
no son frecuentes las denuncias, quiza no tanto por que no haya daños, quanto por contemplacion de los guardas del campo. La noticia
sobre este punto resulta del ynforme dado por Don Paulino Caro, que es el del folio 27 buelta de este espediente, i aunque en el nada se espresa en quanto a
aranceles, consta por informes que haviendose pedido por el Probisorato de San Marcos de Leon al Consejo de las Ordenes el establecimiento de nuebos aranceles,
para que a ellos se arreglasen con uniformidad todas las curias eclesiasticas del priorato, ha mandado el Consejo la formacion de aranzeles con arreglo a la
practica inmemorial y a la de los obispados ynmediatos, sobre cuyo particular hay pendiente el informe que se ha pedido por dicho provisorato a el correjidor
de esta villa. Nota. Quanto se dice en este capitulo sobre el ynforme es acerca de arreglo de derechos parroquiales y no de arancel de la
curia, sobre que ha informado Don Paulino Caro en su informe en nota separada. Alfranca. Ni hay biblioteca ni manuscriptos recomendables y
solamente en el Convento de San Francisco hay una libreria privada para el uso y ejercicio de los relixiosos. En punto a la enseñanza y
escuela de esta villa no hay que añadir mas a lo que se espresa en el ynforme del ayuntamiento. Las dos escuelas de primeras letras, que una se sirbe por un
maestro asalariado de la villa que exije un quarto por semana de cada discipulo, y la otra rejida por un maestro que voluntariamente enseña, estan destinadas
para niños donde se enseña a escribir, leer, contar y doctrina christiana, y el numero de los concurrentes a ambas sera como de setenta a ochenta muchachos. No
hay maestra asalariada de niñas, pero hay una muger que se dedica a la enseñanza de algunas voluntariamente, que aprende a leer, coser y doctrina christiana.
El establecimiento y estado del estudio de gramatica y filosofia consta del ynforme del padre guardian de San Francisco, folio once, donde existe, cuyos
estudios lejos de ser utiles en esta villa son perjudiciales a causa de la distancia a que se halla el convento de la villa y sobre todo por ser estas
escuelas un aliciente para dedicarse a la carrera de las letras, algunos que podrian ser mas utiles en el ejercicio de la agricultura y de las artes. No
teniendo otro objeto los que emprehenden esta carrera, que el havilitarse a la obtencion de las muchas capellanias que hay en esta villa, a cuyo titulo se
ordenan muchos sin embargo que son por la mayor parte incongruas, con lo que es excesibo el numero de eclesiasticos que hay en ella, perjudicial al vecindario e
yndecoroso a el sacerdocio por no tener dotacion suficiente para su manutencion. Combendria imbertir las fundaziones de estos estudios en otros estavlecimientos
utiles, o en dotar mejor las escuelas de niños de ambos sexsos y hacerlas enteramente gratuitas. Es cierto lo que espresa el informe
de la villa azerca de los seculares, pero de los informes de los folios veinte y nuebe y treinta y uno aparece comprehenderle este capitulo al presbitero que en
el se espresa, combiniendo a la publica tranquilidad la correccion y castigo de este eclesiastico, a quien ni la autoridad de sus superiores eclesiasticos, ni
las distantes providencias del Consejo de las Ordenes han podido contener en sus desbarios y excesos. Es constante quanto expone el
ayuntamiento en su informe en este capitulo, i los salarios del medico y zirujano y el numero y salario de los demas sirbientes del publico se espresan
en el resumen de propios folio 40. Hay dos boticarios, ninguno asalariado. El establecimiento de un salario competente al zirujano es necesarisimo, pues por
este defecto se halla en el dia sin este profesor de una poblacion vastante numerosa, ejerciendo la zirujia un medico que no la tiene por su profesion
principal, viendose los vecinos en la dura necesidad de recurrir a zirujanos de fuera para los males de alguna consideracion. Ygualmente se reputa corto el
salario del medico atendido el vecindario. A mas de los espresados está el presbitero Don Manuel Ugia habilitado por el protomedicato. No hay hospicio ni
junta de caridad, pero si los hospitales que refieren los ynformes del ayuntamiento y de los parrocos. Las cosechas principales
son trigo, zebada, zenteno, garbanzos, habas, freijones, lino, vino, zumaque, miel y zera, i las menos principales son el cañamo y aceite; de estos ultimos
generos y del centeno no se paga diezmo y si de los otros; del trigo, zebada y vino los diezmos pertenecen por mitad a la Encomienda de la Orden de Santiago y
al Hospital de la Sangre de Sevilla, el de los demas frutos lo percibe la encomienda por entero, a excepcion del de becerros, el que tienen los de una
casa que se destina las tres parroquias de esta villa con destino a sus fabricas. Por un quinquenio se cojeran de nuebe a diez mil
fanegas de trigo, importando el diezmo de nobezientas a mil fanegas, en este año ha importado el diezmo mil y seiscientas; y el de zevada mil y doscientas,
siendo la regular cosecha de este genero igual a la del trigo; la cosecha del vino puede regularse por dos mil y quinientas arrobas y no puede conserbarse sin
arroparlo y se quema quasi todo para aguardiente, de que salen como seiscientas arrobas, a mas de otras quatrocientas que vienen de la cosecha que tienen los
vecinos en los terminos de Cazalla, Alanis y Constantina y se emplea en dicho genero; la cosecha del vino que cojen los vezinos en los terminos de Cazalla y
Alanis, donde tienen sus mayores viñas y lagares, asciende a diez o doce mil arrobas, las que venden en esta villa o en dichos lugares, vastando para el
consumo de pais diez mil arrobas poco mas o menos. La cosecha de aceite puede considerarse por quinquenio a dos mil arrobas dentro del
termino, para lo que hay siete molinos con una piedra cada uno. La de zumaque, uno de los ramos que se cultivan en esta villa con mayor felicidad, asciende a
veinte o veinte y zinco mil arrobas y el diezmo se paga de quince una. La labor se ha aumentado de tres años a esta parte, pero las cosechas han sido o
malas o medianas por razon de los años y la calidad de la tierra, que es debil y de poco suelo, y necesita mucho veneficio, el que no es facil se de por su coste
y por el atraso de los labradores. Solamente este año ha sido vuena la cosecha de trigo y cebada, del vino mas hay atraso que aumento por falta de beneficio.
De quatro a seis años a esta parte se ha notado aumento en la cosecha del aceite y lo mismo en la del zumaque, genero que prende en qualquiera terreno, que da
poco trabajo y mucha utilidad, por lo que debiera promoberse su cultibo, pudiendo ser uno de los medios que se presentan el de conceder a los vecinos
terrenos en los valdios de la villa con facultad de acotarlos para si; el zumaque que en el dia se coje, se vende molido a ocho reales la arroba para
curtidos y tintes en Sevilla, Zalameda, Los Pedroches, Carmona y Extremadura, a excepcion de seiscientas arrobas que se consumiran en la favrica de curtidos de
esta villa, para su molienda hay de veinte y zinco a veinte y ocho molinos. Hay tambien en este termino castañares, pero el fruto no es vueno por falta de
cuidado. Hay de quince a diez y seis huertas en las inmediaziones de la villa, las mas de ellas zercadas de pared, que tienen
abundante riego con el derrame de las aguas de la fuente que hay en la plaza y otras y con manantiales de las mismas huertas. En ellas se siembran de toda
especie de legumbres i las mas estan arboleadas de andrinos, perales e higueras, de varias especies, de vuen gusto y calidad, y las que no estan arboleadas es
por desidia de sus dueños, pues el terreno es muy apto para arboles, se halla tambien algun otro nogal en corto numero. Las tierras se cultivan preparandolas
con dos rejas de labranza, una por enero o febrero y otra en mayo, y se siembran por lo comun de tres a tres años. Los ynstrumentos de que se usan son el arado
suelto de una punta sola, que hace el surco como de una quarta de hondo, los azadones para arrancar leña, las azadas para cavar las viñas y zumaques y
tambien los olivos, cuya operazion en estos no es comun entre los lavradores. Quanto el trigo está nacido se usa de un ynstrumento, que es un palo con un
gancho en el, que se llama sacho y sirbe para lavrarlos y quitarle la maleza y se usa tambien en las huertas. Otro hay llamado mazo, que figura un rastrillo
con quatro o zinco ganchos y se usa a el mismo efecto. Para la trilla no se usa de ynstrumento alguno, esta se hace toda con la cria de bestias cavallares o
mulares y especialmente con las yeguas. La lavranza se hace con bueyes, mulas y jumentos, de la primera especie se conocen en el territorio ziento catorce
yuntas, de la segunda setenta y seis, y de la tercera quarenta y zinco. En esta villa y su termino se encuentran muchas fuentes de agua delgada,
saludable y dulce, algunas tienen cierto sabor mineral, pero no se informa que se hayan esperimentado en algun uso medicinal. La de mayor considerazion y
abundancia es la que está en la plaza, surte la mayor parte del pueblo, con su derrame se benefician las favricas de curtidos, se limpia el matadero y se
riegan todas o las mas de las huertas, muere en el arroyo llamado de San Pedro, con cuya agua ruedan varios molinos de arina que abastecen el pueblo. Aunque hay
otras muchas fuentes, las que se utilizan principalmente para veber y riego son la del surtido y el pilar dentro de la villa, la del Donadio, con la que a mas
rueda un molino arinero, y a tres quartos de legua la de la Cueba que se pierde en el arroyo de su nombre. Este que pasa por la Hermita de Nuestra Señora de
Guaitoca, el de Benalija que dibide la Andalucia de la Extremadura, y los terminos de Cazalla y Alanis del de esta villa, el del Sotillo que dibide el
termino de Azuaga y Valberde, el del Moro que dibide el de Fuente del Arco y el de San Pedro que baña las inmediaziones de la _villa, son los arroyos
principales que se encuentran en el territorio, cuyas aguas principalmente se aprovechan en regar algunos prados inmediatos para la siembra y cultivo del lino
y cañamo. No hay rio alguno ni pantanos, ni pesca considerable, a excepcion de algunos peces comunes de Benalija y se hace con
redes, guardandose las reales ordenes. Hay dos puentes, uno sobre el Arroyo de Benalija en el camino que conduce a los lagares de viñas que tienen en el
termino de Cazalla los vezinos de esta villa, es de tres arcos y está reparado de poco tiempo a esta parte, otros tres de un arco en el Arroyo de San Pedro y
el que está en el camino que de Cazalla conduce a esta villa y esta sin petril. Hay portazgo a favor de la encomienda, que se paga por cada arroba de lana que
de Extremadura pasa a Andalucia y por cada cabeza de ganado cavrio y bacuno, consiste en un quarto por carga y cada caveza, cuyo derecho está arrendado en el
dia a Ramon Ferro en quarenta reales, comprehendida la ven, tena, que consiste en un real que se paga a el comendador por cada quatro que se debenguen de
alcabala. Hay siete molinos de aceite dentro y fuera de la poblacion, en todo semejantes a los comunes de Andalucia y muy parecidos a estos
son los molinos de zumaque, cuyo numero es de veinte y zinco a veinte y ocho. El numero de los de pan es de diez y siete y andan con las aguas del Arroyo de San
Pedro. No hay maquina especial que facilite el veneficio de cosecha alguna. Muchos son los terrenos yncultos aproposito para la agricultura y para encinar,
castañar y otros arboles, para lo que el terreno es adaptadisimo. Aunque en años anteriores parecen se han dado algunos pedazos a los vezinos y con ordenes del
Consejo convendria que los muchos y bastos baldios que se encuentran en este termino sacrificados a la esterilidad, a pesar de su aptitud para la produccion,
se repartiesen a los vecinos, pero concediendoles absoluta e independiente propiedad de ellos o a lo menos el uso continuio y pacifico mientras los
cultibasen y que tambien se redujesen a cultivo, lo que reflexiona muy sensatamente el ayuntamiento en su ynforme. No se puede
adibinar a la verdad que obstaculos hayan podido suspender tan util y benefica providencia, que viniendo el ynteres personal con el comun produciria el que
estos terrenos se cultibasen mucho mejor que los que se reparten algunos años a el vecindario para rozarlos, en los que siendo efimero el uso y aprovechamiento,
ni se respeta el arbol util, ni se descuaja de raiz el ynutil y noscibo. Los terrenos incultos principales son los de las humbrias de la Calera y solana de
Majapegas, la Sierra de la Jayona, la Sierra del Viento, llenas de maleza, pedregales y monte, de cavida de mil fanegas; han solicitado terreno para el
desmonte y cultivo en la Jayona los vecinos Don Diego Morales y Francisco Albarez, i si se diesen se hallarian vezinos que los desmontarian y cultivarian,
para lo que podria obligarseles a que dentro de un cierto termino plantasen olibos y zumaque para que son aptisimos. En orden a la roza
de montes ha sido mas frecuente vajo el correjimiento pasado el concederse a los vecinos de Alanis y Cazalla que a los de Guadalcanal, estas rozas se hacen
cortando el monte a el ygual de la tierra, quemando luego su producido, pero a havido el abuso de rozar las matas prietas, de las que conservandolas podrian
formarse encinares con grande utilidad para el ganado de zerda. No hay terrenos poblados de acebuches, a excepcion de un pedazo de ocho a diez
fanegas en unos barrancos dentro de la Dehesa del Encinar, propia de la villa, los quales no pueden injertarse por ser agrio el terreno.
Hay montes poblados de arboles y arbustos, entre ellos principalmente deve contarse el chaparro o pequeña encina, de que es tan feraz este terreno que por
todas partes los produce con abundancia y se forman encinas en poco tiempo, con solo el cuidado de limpiarlos. Nada felicitaria tanto este
pueblo como el cultivo de este arbol benefico y sin embargo parece que un espiritu destructor le ha declarado la mas exterminadora guera, tristes pruevas
de esta verdad ofrece la dehesa llamada de la Mina, formada en pocos años y en poquisimos dias aniquilada. Si un chaparral que es propio de Don Cayetano de
Ayala y otro de la familia de los Albarramas, se conservan y prosperan a pesar de los insultos que han sufrido, se deve atribuir mas que a otra cosa a la
actibidad e ynteres particular de sus respectibos dueños. Sin embargo se ben algunos montes de chaparrales en el sitio de Valdefuentes, propios de Don Juan
Remijio Valencia, presbitero, y de Juan Josef Albarez, de cavida de ziento treinta fanegas; en la Dehesa del Encinar a legua y media de la villa, de cavida
de diez mil fanegas; en la de la Bega a ygual distancia, de cavida de ziento y zincuenta, hay tambien monte poblado de encinas, chaparrales y jara que sirben
para la bellota, para cria de encinas y para quemar, de los quales se puede sacar leña y carbon sin deteriorarlos, con tal que se corten las matas delgadas
dejando las gordas, cuya prudente y economica operacion no suele hacerse como se debe dandose licencia para la limpia y saca de leña. Quizas
se remediaria este abuso y se limpiarian los montes con mas precaucion, si esto se practicase a jornal por cuenta de la villa, vendiendo despues la leña, cuyo
producto aunque no equilibraria el gasto lo compensaria de algun modo. Entre los arbustos silbestres es uno el llamado comunmente coscoja, este produce
la semilla de la grana desconocida o lo menos abandonada por los naturales del pais, buscada por los valencianos, utilisima para el tinte y tan preciosa que la
que se recojio en el distrito solo de esta villa por los valencianos en el año de mil setezientos ochenta y zinco u ochenta y seis, se vendio por ellos segun
noticias en mas de zincuenta mil reales, sin haver tenido otro gasto que el cortisimo de lo que pagaron a el correjidor por la licencia. Convendria inspirar
a estos naturales la util ambicion de recojer esta semilla y de tener este ramo de comercio que les proporciona su terreno. Se crian yerbas medicinales para las
estilaziones con que se surten las boticas. En la Dehesa del Encinar se hallan los terrenos llamados Valdehermoso, los Barrancos y el
Padron, de cavida de ziento zincuenta fanegas, impenetrables a el ganado lanar, sirviendo solamente de abrigo de lobos, jabalies, zierbos y otras fieras; siendo
ynutiles o a lo menos poco probechosas tales fieras, combendria el desmonte de estos terrenos haciendose a cuenta de la villa, porque obligar a los vezinos a
esta operacion sobre ser muy graboso, a acreditado la esperiencia que no produce efecto lo que se hace con disgusto. Hay abuso en quanto a
la tala, quema y descepa de los montes, y limpiando solamente lo util havria vastante leña para el consumo del pueblo con abundancia. Algunos vezinos rozan
el monte y despues sacan fuera la leña, si esta zerca del pueblo se trae para el consumo, si lejos se quema en sitio que se haya de sembrar porque se tiene
esperimentado que la zeniza sirbe de estiercol. Otros descepan el monte, pero como esto es muy costoso, prefieren el hechar a pastar las obejas, las quales no
solamente estercolan el terreno sino que pudren con su orina las,raices y las secan. Combendria dar mas autoridad a los juezes para la ejecucion de la
ordenanza de montes. Hay muy pocos alcornoques por no ser tierra tan fria como requiere este arbol, no hay descasque de encinas, cuya
operazion las arruina enteramente haciendola en el tronco; a los curtidores de esta villa que traen la casca de Constantina le sale con los costos de conducion
de tres a quatro reales la arroba. Algunos serranos hacen algunos daños, descascan las encinas y usan para estezar las pieles, cuya operacion la hacen
por si mismos, notandose que forman en las pieles una especie de bordado con pedazos muy sutiles de correa distribuidos y cosidos con primor.
Las dehesas de este distrito son doze, cuya denominacion es el Encinar, la Bega, la Zarza, Placenzuela, Santa Marina, Estevan Yanes, el Molinillo, el Postigo, el
Donadio, las Biñuelas, Monforte y Majapegas, las que pertenecen a los propios y arvitrios de la villa; y otra llamada tambien el Donadio que esta en el camino
que desde esta villa conduce a la de Fuente del Arco, es del Marques de Legarza, arrendada a Don Mathias Zebrian, vezino de la ciudad de Llerena. Todas son aptas
a pasto y labor, y las mas considerables por su estension y bondad es la llamada el Encinar por estar poblada de encinas, la del Postigo y la Zarzas. En todas se
ha usado la labor algunas veces, siendo para esto las mas recomendables las dichas de Zarza y Postigo, pero oy estan todas reducidas a pasto, porque en el
seisenio pasado no se han dado a lavor, sin embargo de que segun se ha ynformado a havido quien los pretenda, cuyo particular merece providencia, siendo
ygualmente de notar que ni aun los valdios se han dado a los vecinos para lavor, haviendo sido preferidos los forasteros particularmente a los de la villa de
Alanis. La cavida de todas estas dehesas puede considerarse en trece mil fanegas de tierra, la de Monforte está destinada por la tercera
parte para ganado lanar y por las otras dos para yeguar, las demas para ganado lanar y cavrio; la de Maja pegas, Donadio y Placenzuela y el Encinar las tienen
arrendadas ganaderos trasumantes desde el dia de San Miguel del año proximo pasado segun su tasacion. Si se usase del metodo de la suvasta para el arriendo
de estas dehesas a los trasumantes y a qualquiera otro forastero, quizá no se daria lugar a la integral e intelixencia que hay ordinariamente, con abandono
muchas veces de los vecinos. El defecto de la suvasta en estos casos no solamente perjudica a los vecinos ganaderos, a quienes se priva del pasto a que
tienen adquirido derecho por estar dentro de su territorio, sino que es contrario al interes de los propios, quienes sin duda aventajarian en el
arriendo por el mayor precio que les proporcionaria la concurrencia. Estos daños son mas sensibles en quanto a la Dehesa del Encinar, que por su
estension, cavida y vondad exige que los vecinos la disfruten con preferencia a los extraños. Las demas dehesas, fuera de las insinuadas, estan todas arrendadas
a vecinos por el precio de su tasa, a excepcion de la Dehesa de las Viñuelas, que por la inferior calidad de sus yervas y terreno no se ha solicitado su
arrendamiento. Nada hay que añadir al informe de la villa. No hay castillos en este territorio, se encuentran muchas casas de campo
pertenecientes a algunas eredades de aceite, viñas y lavor, propias de varios vecinos y de algunos forasteros, parte de las quales estan havitadas por caseros
continuamente y las mas solamente en el tiempo de la recoleccion de sus frutos y casi todas se resienten del descuido de sus dueños y de la decadencia y atraso
de las viñas, a cuyo objeto se favricaron principalmente, sin emvargo el numero de estas casas de campo es consideravle y merece alguna atencion, por lo que se
da razon de ellas, de la cavida de la tierra donde estan situadas, del destino de aquella y de los dueños a quienes pertenecen, con el papel que se halla a el
folio treinta y siete de este espediente. No hay otros despoblados que conste haver estado poblados, sino el sitio de las minas de
plata a media legua de distancia de la villa, donde hay bestijios y ruinas de una casa grande que estava destinada para los directores de aquellas, destruida
de proposito despues que se perdieron enteramente las esperanzas de poder beneficiarlas con fruto. En el mismo sitio hubo otras veinte o veinte y quatro
casas que oy se hallan casi enteramente destruidas, y otras siete u ocho casas pequeñas, que servian de havitacion a los travajadores y jornaleros de aquella
desgraciada operacion, han quedado sin arruinarse enteramente y las han comprado por medio de los ultimos apoderados Don Josef Cavezas y Don Josef Tizon algunos
lavradores que las han destinado para pajares. Es digno de lastima que un genio destructor haya aniquilado estas havitaziones en poco mas de doce años que hace
se acabaron los trabajos, y que no hayan quedado havitables y capaces de poder dar acojida a algunos labradores, que fundando una poblacion semejante a la de
la aldea de Malcocinado podrian ser utiles a este territorio en las labores del campo. A pesar de que jamas se guarda la veda por las
razones que expresa el ynforme del ayuntamiento, lo muy zerrado e ynculto del terreno produce toda expecie de caza mayor y menor en vastante copia, e
ygualmente lobos, zorros y otras fieras dañinas, cuya muerte se paga con arreglo a lo que expresa el citado ynforme, y aunque segun han ynformado los naturales
no se ha salido por el conzejo sino una vez a extinguir las fieras despúes de las ordenes que rigen en la materia, el premio que se da por cada caveza o piel
de esta expecie excita vastantemente a su persecucion. Los colmenares en el distrito de esta villa no son muchos, sin embargo los naturales
no abandonan enteramente este ramo de yndustria, habrá como quarenta colmenares dentro del territorio y fuera de el tienen los vecinos otros en los terminos de
Cazalla, Azuaga, Alanis y Fuente del Arco. Los colmenares estan situados dentro de una pequeña zerca y no vajo techado, el numero de colmenas de cada uno no es
fijo, pero puede regularse a quince o diez y seis. El goviemo que tienen para este genero de yndustria es el siguiente: de las colmenas que en los meses de
marzo y abril tienen ganado, panales y miel en abundancia, se saca un enjambre que se pone en corcho distinto, si lo que queda en el antiguo a el cavo de
quince o veinte dias se halla abastecido de miel y pesa mucho se extrae la miel y cera, dejando el ganado solo y mudandolo a otro corcho, cuyo metodo no es
unibersal, pues a veces despues de sacado el enjambre se deja hasta mayo y segun los años hasta San Juan, y entonces se castra sacando una quarta de panal o mas
o menos segun la pujanza y se deja el ganado en el mismo corcho. Quando se desnuda enteramente la antigua colmena y quando se castra, se deja el corcho en
el mismo sitio, mudando de situacion el enjambre en distancia a lo menos de un tiro de bala y los demas corchos no se mudan por precision, sino por los que
tienen precision de trasladarlos, cuya operacion, que es siempre oportuna, es sumamente util quando las colmenas estan endebles o falta sustento, el panal no
se saca ordinariamente de la colmena sino una vez cada año.
Haciendo un computo de unos años con otros puede regularse la cosecha territorial de ochocientas a nobecientas libras de miel y otras tantas de zera.
Las flores de que se alimentan las abejas en este territorio son el tomillo, el romero, el madroño, la jara, la albulaga, la encina, el fresno y de todo otro
genero, menos la de la Adelfa que no la comen. No admiten aumento considerable los colmenares en este territorio por no ser todos los terrenos aptos, debiendo
ser solanas, tierras calientes y con abundancia de pastos en las que deben estar situados, y a causa de la distancia de un quarto de legua que deven estar
separados los colmenares para la proporcion del alimento, sin embargo opinan los practicos que sino fuera por los hurtos frecuentes que se esperimentan y por las
castraciones que se hacen por los ladrones, podria crecer el numero de las colmenas a una quinta parte mas de las que se benefician al presente. Para
lograr este aumento combendria la renobacion y observancia de las penas establecidas contra los robadores de esta especie, recomendando a las justicias
la ejecucion e ymponiendo algun premio a los descubridores de tales hurtos. La cria de ganados es de todo genero, cuya produccion es por mayor de diez y
ocho mil cabezas de todo ganado lanar, de zinco a seis mil de cavrio, mil de bacuno, de quinientas a seiscientas de zerda y ziento y zincuenta de caballar y
yeguar; de lo que resulta que el total de las cavezas de ganado que se cria y mantiene dentro del territorio anualmente es de veinte y zinco a veinte y seis
mil. Los potros se venden en las ferias, los carneros parte se consumen en el pais y como quinientas a seiscientas cabezas salen fuera de el, las pieles se
trabajan en las tenerias de la villa, pocas son las reses bacunas que se gastan y de ellas no se hace comercio particular. En el sitio que
espresa el ynforme de ayuntamiento hay descuvierto un mineral de carbon de piedra, el que se beneficio en tiempo del trabajo de las minas y se consumia en
las fraguas de ella, oy está llena de agua y sin uso. En el Arroyo de la Fuente del Arco y Torrecilla hay canteras de piedra para favricas, es de buena calidad
y se ha sacado para Llerena, Berlanga y otras partes. Hay varias canteras de cal, de la que se saca unicamente la necesaria para los usos del pais. No hay
cantera de yeso. Aseguran los naturales encontrarse en el termino de esta villa minerales de plata y aun de oro. En el reinado del Señor Don Felipe Segundo se
beneficiaron las primeras con grande utilidad de la monarquia por los Condes Fucares alemanes, y en el del Señor Don Carlos Tercero por el Conde de Clonard y
compañia francesa; en el dia estan abandonadas como se ha dicho y solo restan melancolicos bestijios de maquinas y edificios, y de los excesibos gastos que
produjeron sin utilidad en esta segunda tentativa. Pertenece a este territorio la aldea llamada Malcocinado, que se reputa
calle de esta villa y está sujeta a su corregidor y ayuntamiento. Hay en ella quarenta y dos vezinos en treinta y seis casas, una pequeña capilla favricada a
costa de los vecinos y sujeta en quanto a la administracion de sacramentos a la Parroquia de Santa Maria de esta villa, en la que en los dias festibos se dice
la misa parroquial por un sacerdote, a quien dan el estipendio los vecinos y estos se conducen a Guadalcanal para su entierro. La
aplicazion de estos vecinos es la lavranza, ellos son sumamente yndustriosos, trabajan los baldios de la villa. No hay entre ellos otros propietarios que
Andres Muñoz, que lo es de un cortijo, otros quatro o zinco vezinos que poseen un zercado de viña de seis fanegas de cavida, y Antonio Gallego que tiene un
lagar con terreno de la misma cabida. Hay zinco o seis jornaleros de campo, un herrero sin oficiales. Los jornaleros son aplicados y a estos y a los demas
vecinos no se les nota bicio alguno, antes si un porte virtuoso y un corazon sincero. El correjidor de esta villa tiene en dicha aldea
un alcalde pedaneo elejido entre los mismos vecinos, a quien dan el nombre de theniente. Hay tres calles por lo mas sin empedrar y por
consiguiente estan puercas, son anchas y un poco pendientes. Linda el terreno inmediato a esta aldea con termino de la villa de Azuaga.
Hay un meson cuya favrica está en muy buen estado y con proporcion para biajeros y caballerias, pero sin camas. En la carrera de herradura que de Madrid ba a
Sebilla por dicha aldea, los caminos son muy malos, barrancosos y de cuestas, y entre San Miguel Monasterio de Basilios en el termino de Alanis y esta aldea hay
un paso peligroso por los ladrones, que sin mucho coste no seria reparable, donde se han esperimentado bastantes robos y una muerte, vien que oy con las
rozas de los montes no suceden estas desgracias con tanta frecuencia. Los ynstrumentos de la labranza son los mismos que en Guadalcanal.
Que es quanto resulta de la visita de esta villa y sus anejos hecha por el espresado señor oydor comisionado, con asistencia de mi el ynfrascripto
escribano, que firmo Su Señoria en esta villa de Guadalcanal a once de febrero de mil setezientos nobenta y un años, de que zertifico. Don Juan Josef de
Alfranca y Castellote, oidor visitador. Pio Antonio Pardo." Páginas: 789 - 790 Guadalcanal, provincia de Extremadura, 6 de Septiembre de
1798. Ana Yanes, muger de Sebastian Hernandez, fallecio hoy aqui. Estaba embarazada de 5 a 6 meses; y deseando D. Paulino no Rafael Cara Guerrero
del órden de Santiago, Vicario eclesiástico y Cura párroco en la misma villa, socorrer al feto con el santo sacramento del Bautismo, luego que advirtió el
peligro de la madre previno á D. Francisco del Villar, Cirujano de la propia villa, para que se hallara presente al tiempo del fallecimiento, y tomó las
demas precauciones y prevenciones que para semejantes casos se previenen en la Embriologia sagrada. Cerciorados el Párroco y Cirujano de la muerte de la madre,
procedió el segundo á practicar la operacion cesárea, estando el primero proximo al cadáver con un vaso de agua en la mano.. El facultativo executó la operacion
con tal destreza que en menos de dos minutas presentó la cabeza, los hombros y brazos del feto , á quien por no manifestar señales de vida, bautizó el Párroco
baxo condicion; pero extrayéndolo del todo , y lavándolo con vino, se halló que estaba vivo, y vivió algunos minutos. Este exemplar debe excitar el zelo de los
Párrocos en favor de las almas de los fetos , cuyas madres fallecen antes de darlos á luz. Gaceta de Madrid Publicación: 16/04/1805, nº 31
Páginas: 334 - 335
Suspensión de la feria que se celebra en la villa de Guadalcanal, provincia de Extremadura. Concedida facultad para transferir la
feria anual celebrada en la villa de Cervera del río Alhama, de Diciembre á Setiembre. S.M ha mandado que se suspenda por este año la feria que se celebra
e1 dia 2 de Junio en la villa de Guadalcanal, provincia de Extremadura; y se avisa al público para su noticia.
Gaceta de Madrid Publicación: 28/02/1806, nº 19 Páginas: 173 - 173 La feria que se celebra en la villa de Guadalcanal en
Extremadura y que el año anterior se suspendió, se vuelve á celebrar en este año. La feria que se celebra en la villa de Guadalcanal en Extremadura, con él
nombre de Guaditoca, y se suspendió en el año anterior, con motivo del contagio padecido en Málaga y otros pueblos del Reyno de Andalucía, se vuelve á celebrar
en este año y sucesivos, en los propios términos que antes, y en los mismos 3 dias de la Pascua de Espirltu Santo o Pentecostés, lo que se avisa al publico
para su gobierno. Gaceta de Madrid Publicación: 14/10/1815, nº 129 Páginas: 1186 - 1186 Enajenación y venta de una heredad llamada Buen Retiro, y
una dehesa titulada de la Plata, sitas en término de la villa de Guadalcanal. Paseos por Granada y sus contornos. Por Real orden comunicada al intendente de
Extremadura está procediendo á la enagenación y venta de una heredad llamada Buen Retiro, y una dehesa titulada la Plata; sitas en el término de la villa de
Guadalcanal que fueron propias de Don Juan Bautista Rancy, administrador principal de rentas provinciales que fue de la ciudad de Llerena; para con su
importe reintegrar a la Real hacienda del excesivo alcance que le resultó en la propuesta administración, y la primera comprende: 50 olivos de primera:
calidad, 151 de segunda, 150 estacas tambien de olivo, 50 fanegas de tierra cálma, y una casa con capilla; bodega y otras oficinas. tasado todo en
362080 rs., y la segunda; en que pueden mantenerse con sus yerbas de invierno 10 ovejas de parir , 400 borras y 200 cabras; con la casa cortijo, en 347666 rs. .
vn:, estando señalado para su remate el dia 9 del próximo mes de Noviembre a las 12 de su mañana á las puertas de la casa posada de dicho intendente. El que
quiera hacer postura á las mismas alhajas o á cualquiera de ellas acuda por si o por medio de quien le represente; o por la escribanía mayor de rentas de aquella
intendencia del cargo de D. Josef Moreno Muñoz En 1833 por orden de Isabel II, se llevó a cabo la reorganización administrativa de Javier Burgos, incluyendo Malcocinado dentro de la provincia de Badajoz
y no de Sevilla a la que había pertenecido históricamente. Las autoridades locales volvieron a realizar la petición de segregación del término de
Guadalcanal puesto que ya con anterioridad se había intentado la misma, y así, según instancia de 12 de Abril de 1842, Malcocinado se convirtió en municipio
independiente dentro de Extremadura. La solicitud se hizo con el nombre de Aldeanueva de la Victoria, pero no prosperó dicha pretensión.
Pablo Madoz en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico de España, Tomo XI de 1848 dice:
"Malcocinado: villa con ayuntamiento en la provincia de Badajoz (24 leguas), partido judicial y diócesis de Llerena (5), audiencia
territorial de Cáceres (32), capitania general de Estremadura: situada á la falda de una colina poblada de olivos, entre 2 sierras que corren de E. á 0.; es
de clima templado; reinan los vientos N. y se padecen tercianas y dolores de costado. Tiene 120 casas mezquinas y de ninguna comodidad, en 4 calles estrechas
y desempedradas; hay un pequeño local que sirve de cárcel; una escuela privada á la que concurren 17 niños; una iglesia aneja á la de Sta. Maria de Guadalcanal
(Sevilla), servida por un teniente de fija residencia, nombrado por el párroco y aprobado por el diocesano. Se surte de aguas potables de una fuente pilar
inmediata á las casas, y hay otras 5 á mayor distancia. Confina el termino al N. y E. con el de Azuaga; S. Alanís, y 0. Guadalcanal, sin estenderse nada hácia el
primer pueblo, pues que la linde llega al pie de las casas en términos, que la fuente se halla ya en termino de Azuaga, por el segundo 1 legua y por el tercero
1/2, comprendiendo 1,300 fan. de tierra roturada, de las que se hallan plantadas de olivos mas de 200: 2 baldíos llamados Guaperales y Mataloba, y algun monte
bajo: le baña el rio Sotillo que pasa lindando con el de Azuaga: el arroyo de la Encarnacion que le divide con Alanís; el de Guadiloca con el de Guadalcanal: el
del Pino que nace en la loma del Puerco á 3/4 leg. de Malcocinado, corre de S. á N. y desagua en el anterior: en su origen toma el nombre de Chismeque, al 1/4
leg. se llama arroyo de las Parras, y por último del Pino: el de la Bomba y otras que soto corren en invierno. El terreno es casi todo quebrado, montuoso,
de secano y de inferior calidad, mejor para olivos que para otra cosa: los caminos son de herradura en mal estado: el correo se recibe en Azuaga, por
balijero cada ocho dias. Produce: trigo, cebada, centeno, habas, garbanzos, frutas y aceite; se mantiene ganado lanar, cabrio, vacuno, de cerda , 30 pares
de bueyes, y se cria caza de todas clases. Industria y comercio: 2 molinos de aceite: hay una mina de plata al N. llamada Majada la Coba, la cual está parada,
pero se dice que irán ingleses á beneficiarla; se trafica en granos y lana. Poblacion: 132 vecinos, 580 almas.
Este pueblo fue una cortijada y haciendas de viñas de Guadacanal, empezando á fomentarse su poblacion de 100 años á está parte, hasta
que se constituyó aldea de la misma villa; pero en virtud de orden del Regente del Reino de 12 de abril de 1842, se declaro independiente de su anterior
matriz, tomando el nombre de Villanueva de la Victoria: por esta razon la matricula catastral, de la que tomamos los datos de riqueza, no se hace cargo de
ella; porque segun afirma el intendente de Badajoz, aun no le habian sido remitidas por el de Sevilla, á cuya provincia pertenece Guadalcanal, las notas correspondientes."
Pablo Madoz en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico de España, Tomo IX de 1850 dice:
"Guadalcanal: villa con ayuntamiento (al que estuvo agregado la aldea de Malcocinado hasta el año de 1843, en que se erigió en pueblo independiente bajo el nombre de Villanueva de
la Victoria), en la provincia, audiencia territorial y capitania general de Sevilla (15 leguas) partido judicial de Cazalla (3), priorato de San Marcos de Leon, órden de
Santiago, vicaría de Sta. María de Tudia: situado en el confin septentrional de la provincia en terreno escabroso, con clima templado por lo regular, aunque escesivamente cálido en el estio; viento NE. y SE. padeciéndose mas comunmente
fiebres en el verano y flegmasias de todas clases en el otoño y primavera. Tiene 810 casas, 34 calles, una plaza, 6 fuentes de buen agua; pósito con 60 fanegas de
caudal efectivo en granos: 2 escuelas de niños á las que concurren 180, hallándose dotado el maestro titular con 3,300 rs.; otra de niñas con
2,000, asistida por 66; un hospital, llamado de la Sta. Caridad, donde se curan los pobres de solemnidad; carece de fincas, y solo tiene para ayudar á subvenir
á sus gastos unos cortos censos. No hay casa de ayuntamiento y las sesiones se celebran en una sala particular arrendada al efecto: la cárcel es un cuarto
inseguro en mal estado. Cuenta 3 parroquias á saber: Sta. Maria de la Asuncion que es la mayor, Sta. Ana y San Sebastian: la primera es curato de 2º ascenso y
las otras 2 de 1º, siendo su patrono S.M. que provee estos curatos como Gran Maestre á propuesta del tribunal de las órdenes, por oposicion ante el mismo.
Cada una de las parruias tiene su feligresia particular y su barrio del mismo nombre, y la de Sta. Maria ademas la mencionada aldea de Malcocinado. Esta
parroquia está servida por 14 sacerdotes, 6 de ellos seculares y los restantes esclaustrados, ademas del párroco; uno de estos es teniente de cura: la de San
Sebastian por 6 sacerdotes con el párroco, siendo uno de ellos teniente; y la de Sta. Ana por el párroco y 5 sacerdotes: 4 ermitas en la villa bajo la advocacion
de los Milagros, San Vicente, la Concepcion y Espíritu Santo, y 3 fuera de ella denominadas Ntra. Sra. de Guadiloca á 2 leguas de distancia; San Benito á 1/4,
junto á el camino para Alanis y el Cristo á 300 pasos. El convento de frailes del orden de San Francisco, situado estramuros, fue vendido por la nacion y
derribado en su totalidad por los compradores. Tres conventos de monjas, 2 de ellos con bastante culto en sus iglesias y la otra ruinosa. No hay cementerio.
Confina el termino N. con Azuaga (prov. de Badajoz) distante 4 leg.; E. con Alanis 2; S. con Cazalla de la sierra 3, y 0. con Fuente del Arco que
corresponde á la prov. de Badajoz y se halla á 2 leg. Se estiende por el primer punto 1 y 1/2 leg.; por el 2 otro tanto, por el 3.° 1, y por el 4. 1 1/4,
y comprende 70 casas de campo, 7 de ellas con oratorios habilitados con lo necesario para celebracion de los divinos oficios, siendo los mas notables el
Rincon, la Sayona, Sta. Cruz, el Rey, San Julian, la Porosa, Arrayjanes, Campanilla, Torrecilla, Plata, el Llano, San Benito, Prados y otros. El terreno
es escabroso, de sierra con un corto valle: le baña como principal corriente el r. del Sotillo que nace en térm. de Fuente del Arco, sigue su curso de N. á S.
hasta desembocar en el r. Bembezar, térm. de la Puebla, desde donde se dirige al Guadalquivir. No le cruza puente alguno, y baña los pueblos de Valverde y Azuaga
por la izquierda y por la derecha Guadalcanal y Alanis. La ribera nombrada de Benalija que nace en el térm. de Alanis, camina de N0. á S. hasta unirse con la
de Viar que va á parar tambien al Guadalquivir: tiene el puente llamado de Benalija que divide este térm. con el de Cazalla de la sierra y baña a Alanis
por el E., Cazalla por el S., y Guadalcanal por el N. Por ultimo en el centro del térm. se encuentran los arroyos de Estéban-Yañez, Guaditoca y arroyo del
Moro, los cuales depositan sus aguas en el espresado Sotillo. Los caminos que dirigen á las poblaciones con quienes esta confina, son muy malos, de herradura
como en terreno de sierra, y especialmente el denominado del puerto de Llerena, que sirve de tránsito para la principal parte de Estremadura á la ciudad de
Sevilla y otros puntos de Andalucia. El correo de Estremadura se recibe de Llerena y el de Andalucia de Cazalla; existiendo en Guadalcanal estafeta.
Produce: aceite y trigo en particular; vino, cebada, centeno, avena, garbanzos, habas, zumaque, mucha hortaliza y frutas; ganado vacuno, de cerda, cabrio, lanar
y yeguar; caza de conejos, perdices, liebres y alguna ave. Industria: 4 fábricas de aguardiente, una de jabon, 16 molinos de aceite, 15 de pan, 3 de zumaque, una
fáb. de curtidos, 8 lagares. Se importan algunos paños, telas y comestibles de Sevilla, y se estraen los frutos sobrantes del pais. A 1/4, de leg. entre N. y E
se hallan las minas de plata que han sido en otra época de grande utilidad á la nacion, pero que hace 14 años estan abandonadas. Poblacion: 1,300 vecinos, 5,446
almas"
En 1822 se establecen las provincias de Cáceres y Badajoz. En esta división, muy similar a la actual, aún quedaban poblaciones fuera de las
provincias de Cáceres (Casares de las Hurdes, Ladrillar, Nuñomoral, Pinofranqueado, Caminomorisco, Descargamaría, Robledillo de Gata, Casar de
Palomero, La Pesga, Valdelacasa del Tajo, Villar del Pedroso, Carrascalejo y Alía) y Badajoz (Valdecaballeros, Castilblanco, Herrera del Duque, Helechosa,
Tamurejo, Fuenlabrada de los Montes, Villarta de los Montes, Garlitos, Baterno, Peñalsordo, Capilla, Azuaga, Puebla del Maestre, Fuente del Arco, Valverde de
Llerena, Malcocinado, Higuera la Real y Fuentes de León. En el territorio extremeño las reformas políticas-administrativas introducidas por Javier Burgos
en 1833 determinaron su organización de acuerdo con una estructura biprovincial, fragmentándose el espacio correspondiente a la antigua "provincia de
Extremadura" en las actuales demarcaciones de Cáceres y Badajoz.
El Real Decreto del 30 de Noviembre de 1833
firmado por la Reina Regente María Cristina fue el definitivo que acabó con los viejos reinos españoles sustituyéndolos por
provincias. Durante el Reinado de Isabel II y bajo la Regencia de su madre la Reina Gobernadora María
Cristina de Borbón por Real Decreto R.O.4570 de 23 Julio 1835 dado en San Ildefonso, para el arreglo provisional de los Ayuntamientos de la
Península é Islas adyacentes, publicado el martes, 4 de agosto de 1835 en el nº 65 del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz,
accedieron a la condición de contar con Ayuntamiento propio las poblaciones extremeñas que aún no lo tenían .
Ya antes no habían sido duraderas las medias tomadas por el rey José I Bonaparte en 1810 que había dividido los reinos en prefecturas al estilo
francés, la efímera Constitución de Cádiz de 1812 que abolía los reinos españoles y los sustituía por provincias, y la ley del Trienio Liberal en 1822
que las llevó a la práctica brevemente. Sevilla fue la gran perdedora al ceder numerosos e importantes municipios como Llerena, Fregenal, Azuaga
y Malcocinado a Badajoz; ganando en cambio la Villa de Guadalcanal. Numerosas comarcas andaluzas pasaron a ser extremeñas y castellano-manchegas, aunque aún hoy en día siguen siendo culturalmente andaluzas.
Valentín González González,"El Campesino", (1909-1983) cuya acta de nacimiento se encuentra en la Iglesia
Parroquial, tuvo un papel destacado como líder de las milicias populares durante la guerra civil.
Gaceta de Madrid Publicación: 26/06/1863, nº 177 Páginas: 2 - 2 Ayuntamiento constitucional de Malcocinado. D. Antonio Grueso, Alcalde constitucional de esta villa. Hago saber que por orden del Sr. Gobernador de esta
provincia se reproduce en la Gaceta de Madrid y Boletín Oficial de esta provincia el anuncio de la vacante de la Secretaria de este Ayuntamiento,
inserto en expresado Boletin de 11 de Marzo proximo pasado, a fin de que los aspirantes presenten sus solicitudes documentadas en la misma Secretaria en el
termino de 30 dias contados desde el de la insercion en el presente en ambos periodicos, pasados los cuales se procedera al nombramiento en
propiedad; advirtiendo que, indicado destino se halla dotado con 2.200 rs anuales pagados del fondo municipal por trimestres vencidos.
Malcocinado 24 de mayo de 1.863.- El Alcalde, Antonio Grueso.=Patricio Álvarez, Secretario interino. Gaceta de Madrid Publicación: 16/10/1893, nº 289
Departamento: Ministerio de la Gobernación Páginas: 169 - 169 Real orden confirmando la suspensión del Ayuntamiento de
Malcocinado (Badajoz). Gaceta de Madrid Publicación: 10/01/1906, nº 10 Departamento: Ministerio de la
Gobernación Páginas: 100 - 101 Real orden resolutoria de un expediente relativo á la
fijación de límites entre los términos municipales de Malcocinado en la provincia de Badajoz, y Guadalcanal, en la de Sevilla. Remitido a informeiel Consejo de Estado el expediente
relativo a la fijación de los límites entre los términos municipales de Malcocinado, en la provincia de Badajoz y Guadalcanal, en esa de Sevilla,
la Comisión permanente de dicho Alto Cuerpo ha emitido en el mismo el siguiente dictamen: Excmo. Sr.: Con Real orden expedida por el Ministerio del digno cargo
de V. E., en 17 de Noviembre, se remite a informe de la Comisión permanente de este Consejo el expediente relativo a la fijación de límites entre los términos
municipales de Malcocinado, perteneciente a la provincia de Badajoz, y Guadalcanal, perteneciente a la provincia de Sevilla. Resulta que D. Gerardo Roig; dueño de la dehesa denominada El Encinar, que
formo parte del caudal de Propios de Guadalcanal, presentó instancia con fecha 5 de Agosto de 1901 al Alcalde de dicha villa, exponiendo que a pesar de no
haberse alterado el estado posesorio de dicha finca y radicar toda ella dentro de los límites jurisdiccionales
de Guadalcanal, recibe continuamente las molestias de los vecinos de Malcocinado, que quieren disfrutar parte de la misma, pretextando que pertenece a Malcocinado como terreno baldío; por lo que solicita
un deslinde con la municipalidad de este ultimo pueblo. Instruido expediente, la Comisión provincial de Sevilla propuso
al Gobernador, y éste acordó, que, sin perjuicio de que se hiciera saber al reclamante que debe recurrir a los Tribunales de justicia para que le amparen en sus derechos,
fueran remitidos los antecedentes al Gobernador de Badajoz, a fin de que, penetrado de las razones que asisten al Ayuntamiento de Guadalcanal para llevar a termino la operación de deslinde
ateniéndose a los linderos que se fijaron en el año 1818 al separarse la aldea de Malcocinado del pueblo de Guadalcanal; diera sus ordenes al Alcalde de Malcocinado para
que por su Ayuntamiento, no se opongan obstaculos a la colocacion de los hitos, ajustandose a aquella base. La Comisión Provincial de Badajoz informó en el sentido de que se
practicara el deslinde por la representacion de ambos pueblos, haciendo consignar en el acta que se extendiera por duplicado las razones, y documentos
en que se fundase la discordia entre ambos pueblos. En 23 de Noviembre de 1903 se practico la diligencia de deslinde, que fue
protestada por la representacion del Ayuntamiento de Malcocinado, fundandose en que esta contienda debia dirimirse por peritos nombrados por los Gobernadores de Sevilla y
Badajoz, en la duda respecto de los límites, consignados por los comisionados del Ayuntamiento de Guadalcanal, quo no
aceptaron los de Malcocinado. En vista, de esa disconformidad, se elevó a !a resolución de V. I;, el expediente, al cual se ha unido una certificación expedida con fecha 12 de
Diciembre de 1904 por el Jefe del Archivo topográfico de la Dirección general del Instituto Geográfico y Estadistico, en quo aparece que al día 1 de Agosto de
1871, en cumplimiento de lo dispuesto en el plan de operaciones del referido Instituto para la triangulacion topográfica y levantamiento de planos que
requería la publicación del mapa aprobado por el Regente del Reino en 30 de Septiembre de 1870, se practicó la operación de reconocer y señalar los mojones
de términos comunes a los Ayuntamientos de Malcocinado y Guadalcanal, concurriendo al acto las representaciones de ambos pueblos, que prestaron su
conformidad. La Sección primera de la Dirección general de Administración propone que se esté a lo acordado en 1 de Agosto de 1871, hecho constar en la
certificación referida del Instituto Geográfico y Estadístico: Vistos los antecedentes expuestos: Visto el art. 3 de la ley de 20 de Agosto de 1882 para
el reglamento y administración de las provincias, que establece que no se hará alteración alguna en los limites y capitalidad de ninguna provincia sino por
medio de una ley, sin embargo de lo que el Gobierno podrá cambiar, oyendo al Consejo de Estado, la dependencia de un término municipal de una provincia a
otra siempre que concurra la conformidad de los Ayuntamientos y Diputaciones provinciales interesadas: 1.- Que la cuestión que en este expediente se
ventila, a la vez que consiste en fijar los limites de dos términos municipales, entraña la de fijar también los limites de dos provincias, por pertenecer el
municipio de Guadalcanal a la provincia de Sevilla y el de Malcocinodo á la de Badajoz, lo cual da al asunto interés e importancia suma, 2.- Que es
jurisprudencia constante, sancionada por la Real orden de 11 de Mayo de 1898, que los deslindes de terminos municipales consignados en documento público son
subsistentes y deben respetarse mientras su alteración no so justifique con otros documentos posteriores de igual valor, ó por los medios legales que el
derecho reconoce. 3- Que en el caso actual no puede suscitarse ni admitirse cuestión alguna sobre los límites jurisdiccionales de Guadalcanal y Malcocinado,
por haber sido aquellos fijados, de común acuerdo entre los representantes de los pueblos interesados, por los funcionarios del Instituto Geográfico y
Estadístico el día 1.° de Agosto de 1871, según la certificación de que se ha hecho merito, en la que se inserta el acta de la operación de deslinde, que
tiene el carácter de documento público; El Consejo opina que procede mandar que se esté a lo que resulta de la referida acta de deslinde practicado el día 1
° de Agosto de 1871. Y conformándose S. M. el Rey (Q. D: G.) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone. De Real orden lo
digo ó V. S. para su conocimiento y efectos consiguientes, con remisión de los antecedentes. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 4 de Enero de 1906.-
ROMANONES— Sr. Gobernador civil de Sevilla. Boletín Oficial del Estado Publicación: 05/02/1942, nº 36 Departamento: Ministerio de la
Gobernación Páginas: 904 - 904 Dirección General de Correos y Telecomunicación.- (Correos.- Sección cuarta.- Negociado de Centros y Enlaces).- Anunciando subasta
de contrata de la conducción del correo en automóvil entre Malcocinado y Azuaga. Boletín Oficial del Estado Publicación: 18/02/1945, nº 49 Departamento: Ministerio de la
Gobernación Páginas: 1399 - 1403 DECRETOS por los que se autoriza la construcción de casas-cuartel para la Guarcia Civil, en Torreblanca (Castellón), Malcocinado
(Badajoz), Aldeanueva de Ebro (Logroño), Aldea de Serrato (Málaga), Farasdués, Villafeliche y Ricla (Zaragoza) y Hondón de las Nieves (Alicante).
Boletín Oficial del Estado Publicación: 24/09/1951, nº 267 Departamento: Ministerio de la
Gobernación Páginas: 4378 - 4378 Dirección General de Correos y Telecomunicación (Correos).- Anunciando subasta de contrata para la conducción del correo en automóvil entre
las oficinas del Ramo de Azuaga y Malcocinado (Badajoz). Boletín Oficial del Estado Publicación: 27/01/1952, nº 27 Departamento: Ministerio de la
Gobernación Páginas: 393 - 393 Dirección General de Correos y Telecomunicación (Correos).- Anunciando subasta urgente para contratar la conducción del correo en automóvil
entre las Oficinas del Ramo de Azuaga (Badajoz) y Malcocinado. Boletín Oficial del Estado Publicación: 05/11/1955, nº 309 Departamento: Ministerio de Obras
Públicas Páginas: 6730 - 6730 Dirección General de Ferrocarriles, Tranvías y Transportes
por Carretera.- Adjudicando definitivamente el servicio público regular de transporte mecánico de viajeros, equipajes y encargos por carretera entre
Malcocinado y Llerena, provincia de Badajoz, expediente número 5.688, a don Enrique Pedregal Rodríguez. El
Excmo. Sr, Ministro de este Departamento, con fecha 8 de octubre de 1955, ha resuelto adjudicar definitivamente la concesión del servicio público regular de
transporte mecánico de viajeros. equipajes y encargos por carretera entre Malcocinado y Llerena, provincia de Badajoz a don Enrique Pedregal Rodríguez,
con arreglo a las siguientes condiciones 1.° En todo lo concerniente a la concesión y explotación del servicio se cumplirán los preceptos contenidos en el
Reglamento de Ordenación de los Transportes Mecánicos por Carretera, de 9 de diciembre de 1949, y en el de Coordinación de los Transportes Mecánicos
Terrestres de 16 del mismo mes y año y en sus disposiciones complementarias. 2.º El itinerario entre Malcocinado y Llerena, de 65 kilómetros de longitud,
pasará por Azuaga, Maguilla, Berlanga, Ahillones, con parada obligatoria para tomar y dejar viajeros y encargos en todos los puntos mencionados anteriormente
con la prohibición de realizar tráfico de Berlanga para Llerena, puntos intermedios y viceversa, y de Azuaga para Berlanga, Ahillones a Llerena, y de
estos puntos para Azuaga, 3º- Se realizarán todos los días sin excepción las siguientes expediciones: Una expedición entre Malcocinado y Llerena y otra,
expedición entre Llerena y Malcocinado. El horario de estas expediciones se fijará de acuerdo con las conveniencias del interés público, previa aprobación
de la Jefatura de Obras Públicas de Badajoz. 4º - Quedarán afectos a la concesión los siguientes vehículos: Dos ómnibus
marca Ford de 18 H. P. de potencia, con capacidad para 25 viajeros sentados cada uno en clase primera y segunda. Las demás características de estos vehículos
deberá ser comunicada, a la Jefatura de Obras Públicas antes de la fecha de inauguración del servicio. Estos vehículos deberan ser propiedad del
adjudicatario, figurando expedido a su nombre los respectivos permisos de circulación sin reservas respecto a la propiedad y sin que estén adscritos a
ningún otro servicio, debiendo reunir las condiciones que se fijan en el capítulo VI del Reglamento de Ordenación de los Transportes Mecánicos por
Carretera. 5º- No son necesarias instalaciones fijas afectas a la concesión, pero se utilizaran los despachos de billetes y lugares de espera que se
determinen, previa aprobación de la Jefatura de Obras Publicas. 6º- Regirán las siguientes tarifas-base: Primera ciase: 0,485 pesetas por viajero-kilómetro
(incluido impuestos). Segunda clase: 0,388 pesetas por viajero-kilómetro (incluido impuestos). Exceso de equipajes, encargos y paquetería: 0.058 pesetas
por cada 10 kilogramos-kilómetro o fracción. Sobre las tarifas de viajeros se percibirá del usuario el importe del Seguro Obligatorio de Viajeros, aplicándose
sobre las tarifas, incrementadas con el canon de coincidencia, 7º El adjudicatario queda obligado a transportar correspondencia en cada una de
las expediciones por un peso de 105 kilogramos con un volumen aproximado de 0.387 metros cúbicos. con arreglo a las normas fijadas en la orden ministerial
de 39 de mayo de 1950 (Boletin Oficial del Estado del 6 de junio siguiente). 8º- Este servicio se clasifica con respecto al ferrocarril, como coincidente
grupo b); En virtud de lo dispuesto en la Orden ministerial de 31 de julio de 1953 el concesionario deberá abonar a la Red Nacional de los Ferrocarriles
Españoles (R. E. N. F. E.) y Compañia de los Ferrocarriles de Peñarroya a Puertollano un canon de coincidencia, del cuatro doce (4,12) por ciento (100).
9 -La explotación del servicio comenzara en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de publicación de la adjudicación definitiva de la
concesión en el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO. debiendo el adjudicatario comunicar a la Jefatura de Obras Publicas da Badajoz la fecha en que, se propone inaugurar
el servicio a los efectos de levantamiento del acta correspondiente. 10. El incumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, dentro de los
plazos señalados, dará lugar a la anulación de la adjudicación definitiva, con perdida de la fianza depositada, Madríd. 21 de octubre de 1955,--EL Director
general P. D.- C. Fesser.- Sr. Inspector Jefe de Inspección Central de Circulación y Transporte por Carretera.
Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 10/12/1964, nº 296 Departamento: Ministerio de Obras
Públicas Páginas: 16490 - 16490 Resolución de la Dirección General de Transportes Terrestres sobre cambio de titularidad de la concesión del servicio público
regular de transporte de viajeros por carretera entre Llerena y Malcocinado. Habiendo sido solicitado por don Enrique Pedregal Rodriguez el cambio, de
titularidad en favor de don Francisco Fernández Guisado de la concesion del servicio publico regular de transporte de viajeros por
carretera entre Llerena y Malcocinado (.V-1045), en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 21 del vigente Reglamento de Ordenación de los Transportes
Mecánicos por Carretera, se hace público que con fecha 30 de junio de 1964 esta Dirección General tuvo a bien acceder a lo solicitado por los interesados,
quedando subrogado don Francisco Fernandez Guisado en los derechos y obligaciones que correspondian al titular del expresado servicio. Madrid, 30 de
noviembre de 1964- El Director general, por delegación. José de Castro Gil.
Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento
administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.
Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la
población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó
las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que
componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley
Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la
Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del
municipio. La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y
Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el
carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de
bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones
derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático. En la actualidad depende del Partido Judicial de
Llerena, Audiencia Territorial de Badajoz y en lo eclesiástico, la iglesia de San Antonio de Padua, a la Vicaría Zona Este, Arciprestazgo de Llerena y Archidiócesis de Mérida-Badajoz
Iglesia parroquial de San Antonio de Padua, edificación sencilla de estilo ecléctico
realizada en el siglo XVIII, se trata
de una edificación de nave única dividida en cuatro tramos mediante arcos de ladrillo visto, que se cubren con bóvedas con aristas. La cabecera es
angosta, también rectangular, con testero plano e igual cubierta. A los pies se encuentra el coro y debajo del mismo se aloja la pila bautismal.
La fachada principal es de ladrillo visto, con ventanas laterales superpuestas y oculo
central. Destaca en ella un pequeño atrio en avance, configurado por un arco de medio punto con remate de frontón sostenido por dos columnas. Sobre el
cornisamento que remata el imafronte, una sencilla espadaña encalada de blanco. En la actualidad se encuentra transformada hasta ofrecer una fisonomía de estilo indefinible. Debido a su estado ruinoso la antigua Iglesia fue demolida y en su lugar
se construyó la actual parroquia, bendecida el 12 de junio de 1.931. Los primeros datos de la parroquia se encuentran
en el archivo de la Iglesia Parroquial de Santa María la Mayor, ya que al pertenecer el pueblo a Guadalcanal, la iglesia era aneja a
esta última. Durante todo el siglo XIX y hasta 1.862 la Parroquia se llamó "Iglesia Parroquial de la Purísima Concepción",
aneja a la de Santa María la Mayor de Guadalcanal, Obispado y Priorato de San Marcos de León.
Existen en el pueblo dos pilares de interés. El llamado Grande presenta receptáculo de piedra de más de 15 metros de largo, ostentado en uno de los extremos un
remate bulboso donde se sitúa el caño. El otro denominado Fuente de la Machacona, que se sitúa bajo el nivel del suelo, contando con seis gradas de ladrillo y piedra para descender a los caños.
A las afueras perduran restos del antiguo lavadero, de un molino de aceite, y dos norias, como testimonios de interés etnográfico.
Además de los platos tradicionales de la cocina extremeña, caldereta y cocido extremeño, se debe añadir el Salmorejo, realizado con caldo de
pan, sardinas, huevos escalfados, aceite, vinagre, sal y pimentón. Dentro de la repostería, destaca la elaboración casera de perrunillas, roscos blancos, gañotes, petacas y flores.
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Aeródromo de ultraligeros Guadalcanal-La Calderera, situación 38º10'22" N 005º44'24" W, con una elevación de 588 m, 1682 ft, pista
de asfalto con una longitud de 1.600 m. dirección de la misma 15/33
DOE Nº 89 MARTES, 2 DE AGOSTO DE 2005 CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL
Vías pecuarias.- Anuncio de 12 de julio de 2005 de exposición pública de comienzo de operaciones de deslinde de la vía
pecuaria denominada "Cordel del camino de Sevilla", en el término municipal de Malcocinado, tramo: desde el límite de suelo urbano, hasta el cementerio, en el
término municipal de Malcocinado Acordada por la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales de la Consejería de Desarrollo Rural de la Junta de
Extremadura, con fecha 8 de julio de 2005, la realización del deslinde de la vía pecuaria denominada “Cordel del Camino de Sevilla”, en el término municipal de Malcocinado, tramo “desde el límite de
suelo urbano, hasta el cementerio”, y de conformidad con lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias (B.O.E. nº 71, de 24/3/1995), y en los artículos 13 y siguientes del Reglamento
de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Decreto 49/2000, de 8 de marzo (D.O.E. nº 30, de 14/3/2000) y Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior (D.O.E. de 13/12/2001), se hace público para general
conocimiento, que los trabajos de referencia darán comienzo a las 11:00 horas del próximo 26 de septiembre, en el Ayuntamiento de Malcocinado.
Para la realización de dichos trabajos ha sido designada la Sección de Vías Pecuarias, ostentando D. Gregorio Salcedo Madero la Representación de la Administración.
Todos aquellos que se consideren interesados podrán acudir a dicho acto y hacer las manifestaciones que consideren oportunas.
Se adjunta cuadro Anexo con los posibles colindantes a dicha vía pecuaria. Mérida, a 12 de julio de 2005. El Director General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, Joaquin Jimenez Mozo.
DOE Nº 1 MARTES, 3 DE ENERO DE 2006 CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Vías pecuarias.- Anuncio de 19 de diciembre de 2005 de ampliación de plazo para resolver el procedimiento de
deslinde de la vía pecuaria denominada "Cordel del Camino de Sevilla", en el término municipal de Malcocinado De conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la Ley 4/1999,
de 13 de enero, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace
público para general conocimiento que: Por Acuerdo de esta Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, de 16 de diciembre de 2005, se ha ampliado el plazo en 3
meses para resolver el procedimiento de deslinde de la vía pecuaria denominada Cordel del Camino de Sevilla, tramo; “desde el límite de suelo urbano, hasta el cementerio”,
del término municipal de Malcocinado de la provincia de Badajoz, iniciado en fecha 8 de julio de 2005. Mérida, a 19 de diciembre de 2005. El Director General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, Joaquin Jimenez Mozo.
DOE Nº 6 SÁBADO, 14 DE ENERO DE 2006 CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Vías pecuarias.- Anuncio de 27 de diciembre de 2005 de exposición pública de la
propuesta de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cordel del Camino de Sevilla". Tramo: desde el límite de suelo urbano hasta el cementerio del término municipal de Malcocinado
Redactada la Propuesta de Deslinde de la vía pecuaria denominada “Cordel del Camino de Sevilla”, en el tramo; “desde el límite de suelo urbano, hasta el cementerio”, del término municipal de Malcocinado, y de conformidad con lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias (B.O.E. nº 71, de 24 de marzo de 1995), y en los artículos 15 y siguientes del
Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo (D.O.E. nº 30, de 14 de marzo de 2000) y el Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior (D.O.E. nº 142, de 13 de diciembre de 2001), se hace público para general
conocimiento, que dicha Propuesta estará expuesta al público en el Ayuntamiento de Malcocinado, así como en las oficinas de la Sección de Vías Pecuarias de la Consejería de Desarrollo Rural,
en Badajoz, carretera de Cáceres, 7, durante un plazo de treinta días contados desde su anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
Durante dicho plazo, podrán ser presentadas por los interesados, en las mencionadas oficinas, las alegaciones o reclamaciones a que puede haber lugar y los documentos en que se funden sus
derechos. Mérida, a 27 de diciembre de 2005. El Director General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, Joaquin Jimenez Mozo.
DOE núm. 62 sabado, 27 de mayo de 2006 CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Vías pecuarias.- Orden de 3 de mayo de
2006 por la que se aprueba el deslinde del Cordel del Camino de Sevilla, en el tramo: desde el límite de suelo urbano hasta el cementerio, del término
municipal de Malcocinado. La Consejería de Desarrollo Rural en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
aprobado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y el Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior, ha llevado a cabo el procedimiento de deslinde de la vía
pecuaria denominada Cordel del Camino de Sevilla, en el tramo; “desde el límite de suelo urbano, hasta el cementerio”, del término
municipal de Malcocinado. Provincia de Badajoz. Examinado el expediente de deslinde instruido y tramitado por la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, se procede con arreglo a los siguientes:
HECHOS Primero. El expediente de deslinde de la vía pecuaria mencionada fue iniciado por acuerdo de 8 de julio de 2005, y se ha seguido por los trámites oportunos, hasta llegar a la propuesta de resolución.
Segundo. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron con fecha 26 de septiembre de 2005. Tercero. Redactada la Propuesta de Deslinde por el Representante de la Administración, ésta se somete a exposición pública
durante el plazo de treinta días, según anuncio de 27 de diciembre publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 6, de 14 de enero de 2006.
En el plazo señalado se presentaron escritos de alegaciones, por Don Julio Alejandre Romero y Doña Elisa Hernández Carrizosa, en los que de forma resumida viene a indicar que:
• El suelo urbano no ha respetado el cordel. • Que tradicionalmente se ha considerado el límite de cordel las paredes de piedra. • Que el deslinde afecta a propiedades consolidadas desde hace décadas.
Cuarto. Las operaciones de deslinde se han ajustado estrictamente al Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del correspondiente término municipal.
A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. En la tramitación del procedimiento se han observado todos los preceptos legales que le
son de aplicación según lo previsto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y demás legislación aplicable.
Segundo. La vía pecuaria denominada Cordel del Camino de Sevilla, se describe en el Proyecto de Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Malcocinado,
aprobado por Orden Ministerial de 26 de enero de 1960, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 11 de febrero. Tercero. En cuanto a la desestimación de las alegaciones
tenemos: >– De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera del Decreto 49/2000, las vías pecuarias adaptarán sus características al planeamiento vigente aprobado con
anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento, sin necesidad de modificar la clasificación. – Conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 3/1995 y del Reglamento autonómico, la categoría, anchura, trazado y
demás características físicas generales de las vías pecuarias se determinan por el acto de clasificación. – Según lo preceptuado en el artículo 2 de la Ley 3/1995 y del Reglamento, las vías pecuarias
son bienes de dominio público, y en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables. Cuarto. En virtud de lo previsto en el artículo 8 de la Ley 3/1955, y el 13 del Reglamento autonómico por el que se
desarrolla la anterior, el acto administrativo de deslinde debe ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación. Vista la propuesta de resolución del deslinde del Cordel del
Camino de Sevilla en el recorrido descrito, elevada por el Representante de la Administración. En virtud, y en uso de mis atribuciones legales,
D I S P O N G O : Aprobar el Deslinde de la Vía Pecuaria denominada Cordel del Camino de Sevilla, en el tramo; “desde el límite de suelo
urbano, hasta el cementerio”, del término municipal de Malcocinado, de la provincia de Badajoz.
Frente a este acto que pone fin a la vía administrativa puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Desarrollo Rural, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación conforme a los
artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en los artículos 94, 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. O bien, directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación en el D.O.E., de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Mérida, 3 de mayo de 2006. El Consejero de Desarrollo Rural, Francisco Javier Lopez Iniesta
DOE Núm.: 145 Jueves 28 de julio de 2011 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Deslinde.- Anuncio de 8 de julio de 2011 sobre comienzo de operaciones materiales de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de Merinas", tramo divisorio entre los términos
municipales de Malcocinado y Guadalcanal, en el término municipal de Malcocinado. Acordada por la Dirección General de Desarrollo Rural de la
Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura, según acuerdo de inicio de deslinde, con fecha 8 de julio de 2011, la realización del deslinde de la vía
pecuaria denominada “Cañada Real de Merinas” divisoria de TTMM de Malcocinado y Guadalcanal, en el término municipal de Malcocinado, y de conformidad con lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de
marzo, de Vías Pecuarias (BOE n.º 71, de 24/03/1995), y en los artículos 13 y siguientes del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Decreto
49/2000, de 8 de marzo (DOE n.º 30, de 14/03/2000) y Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior (DOE n.º 142, de 13/12/2001), se hace público para
general conocimiento, que los trabajos de referencia darán comienzo a las 10,30 horas del 6 de septiembre del presente año, en la carretera de Malcocinado a Guadalcanal, BA-018, en el
punto kilométrico 10.5 donde cruza la Cañada la carretera. Para la realización de dichos trabajos ha sido designada como representante de la Administración la Técnico Josefa Pulgarín Hernández.
Todos aquellos que se consideren interesados podrán acudir a dicho acto y hacer las manifestaciones que consideren oportunas. >Mérida, a 8 de julio de 2011. El Director General de Desarrollo
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Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables:
Gaceta de Madrid Publicación: 30/08/1828, nº 105 Páginas: 419 - 420 España.- Madrid 29 de Agosto.- Felicitación de la
Maestranza de Sevilla á S.M. por su feliz regreso á esta corte. En el Telégrafo de Lima y en el Mercurio Peruniano del 31 de Marzo lo que sigue. Primeros
resultados de las minas de Guadalcanal. Real escuela de Veterinaria. Concluye el artículo de las limosnas de la Comisaría de Cruzada de la Gaceta anterior.
Vacante de cátedra en el Real colegio de medicina de Barcelona. Cambios del día 18. El dia 18 del corriente el Sr. D. Gaspar Remisa tuvo el honor de ofrecer
al Rey nuestro Señor los primeros resultados que ha obtenido de las minas de Guadalcanal, provincia de Extremadura, despues de tres años que están
explotándose. por su cuenta. Siete piñas de plata en su estado de pureza, despues de desgalmagada y una porcion de la amalgama de que se sacó, fueron las
muestras que se presentaron al .Soberano, como ofrenda de gratitud por la general proteccion que dispensa á esta industria tan propia de nuestro suelo.
S. M. se dignó manifestar su complacencia al ver los frutos de la sabia legislacion de que ha sido el fundador en este riquísimo ramo de produccion, y
manifestó el sumo interes que excitaba en su Real ánimo la prosperidad de una empresa, que por su naturaleza y circunstancias es tal vez la mas grandiosa en
su clase que puede acometerse en España: Con esta ocasion expuso el Sr. Remisa el estado actual de su establecimiento en estos terminos: Señor: Las minas de
Guadalacanal, despues de cerrados por largo tiempo sus fecundos venazos, vuelven á abrirlos bajo la poderosa proteccion de V. M. Las muestras de la plata
obtenida en los primeros ensayos de su mineral, que tengo la honra de ofrecer a V.M. son las primicias de frutos mas optimos: primicias
escasas a la verdad, pero ricas en esperanzas para lo venidero. Toscos y sin pulimento en su figura, aunque puros en su materia hasta donde alcanza la
industria, serán preferidos por V.M. estos ejemplares como el resultado que menos se aparta de la naturaleza para dejar resuelto el problema que nos
ocupaba; pues no cabe ya duda de que tan precioso metal existe en el seno de aquellas rocas. La poca profundidad de las actuales labores de que se ha sacado,
persuade de la abundancia en que deberá hallarse cuando se llegue al nivel en que se forman los grandes criaderos. Confirma las noticias que tenemos de la
portentosa riqueza de estas minas, y prueba que no son fabulosas las relaciones sobre la antigua Betica Nos hallamos ya en el sendero: para llegar a! término
se necesita de parte de V. M. la soberana proteccion que está dispensando a este importante establecimiento, y por la mia la incansable constancia con que a
costa de continuos afanes y de cuantiosos caudales, he seguido sin desmayar una de las más importantes empresas que pueden ofrecerse á una ambicion
verdaderamente patriótica. Prometo seguir firme en estos sacrificios, aunque de lejana recompensa, y no puedo dudar al mismo tiempo que V. M. continuará mirando
al establecimiento con la benéfica predileccion, sin la cual no puede prosperar Ruego á V.,M. que se digne entre tanto admitir esta sencilla prueba de la mas
profunda gratitud, y al volver coronado de glorias de un extrema de sus Estados, recibir uno de los frutos que en el otro extremo han sido producidos por la paz
y por un Gobierno paternal. = Nuestro Señor guarde la importante vida de V. M. dilatados años para mayor prosperidad de sus pueblos: Gaceta de Madrid Publicación: 16/09/1828, nº 112 Páginas: 447 - 448
Variedades.- Observaciones sobre la mina de plata nuevamente descubierta en Guadalcanal.
Los resultados ya positivos de las riquezas de las minas de plata de Guadalcanal, que anunciamos en nuestro número, 105, han debido excitar
particularmente nuestra atencion, como uno de los objetos mas importantes que pueden ofrecerse al. espíritu de especulacion y al amor de la prosperidad
general. Cuando consideramos la escasez que en todas partes se experimenta de los metales preciosos, especialmente de la plata, cuya cantidad, en el estado
actual de las naciones, es insuficiente para las necesidades del cambio y circulacion de las riquezas, y cuando concretándonos á nuestra España observamos
la mayor falta que hacen aquellas ricas materias por las disensiones de sus colonias, de donde las sacaba con abundancia, por la extraccion continua que de
ellas ha estado haciéndose por espacio de siglos, por el hábito de derramarlas que le ha quedado de tiempos mas felices; no podemos menos de considerar, como
importantísima una empresa de esta clase, llena de grandes recuerdos y de lisonjeras esperanzas, que. si corresponde en su éxito á la felicidad de sus
principios, ha de poner en movimiento una porcion de industrias, contribuir al restablecimiento del perdido equilibrio de los precios, y dar resultados de
inmensa utilidad. No nos era desconocida la existencia de estas minas, y mucho menos la fama de aquellas afortunadas colonias que enriquecieron sucesivamente á Tiro, á Cartago
y á Roma. Pero procediendo con, toda la circunspeccion posible acerca de noticias tan remotas, indudables en su totalidad, aunque inciertas en sus
pormenores, hallamos documentos históricos de época mas reciente que no dejan la menor duda al mas obstinado escepticismo: Empezadas á trabajar estas minas por
cuenta del Gobierno en 1551 rindieron á razon de 600 ducados por semana en los 36 primeros años de su explotacion, lo que formaria el enorme producto de 1260
millones de reales de vellon. Se dedicaban las labores principalmente á una mina que, por su abundancia llamaron Pozo-Rico; pero debe al parecer atribuirse á la
poca inteligencia con que en ellas se procedió el haber acaecido un hundimiento, á qué sucedió el abandono, precisamente en un tiempo en que se manifestaban mas
riquezas. Diose entonces su explotacion por asiento; primero á un flamenco llamado Juanes Julios, y despues en 1632 a los herederos de los condes Fucares,
alemanes, que fueron los mas célebres explotadores de estas minas por la fortuna colosal que sobre ellas fundaron. Son bastante confusas las circunstancias que
dieron fin á este asiento; parece que hubo fraudes y ocultaciones de gran consecuencia, y que el temor del castigo hizo inundar de repente toda la mina,
causando un daño, que con todos los esfuerzos posteriores no se ha podido reparar. En 1689 se trataron otros varios asientos, y aunque los restos de
grandes y magníficos edificios indican que se invirtieron capitales considerables, la falta de constancia, armonía y aun de buena fe, vicios de
administracion y otros defectos, inutilizaron, todas estas empresas, hasta que reemplazadas por una sociedad, compuesta de extrangeros de varias naciones,
dirigida, por el célebre Hoopensach, que vino al efecto de Sajonia, se vió establecer un sistema que ofrecia á la verdad mayores garantías. Pero las
ocurrencias de 1808 hicieron desamparar los trabajos hasta concluida la lucha de Independencia, en que se repitieron las tentativas por la compañia del
Guadalquivir , sin acierto que pudiese animarla, y los desordenes del año 20 al 23 ocasionaron nueva interrupcion. Restituido S. M, a la plenitud de sus
derechos, uno de los primeros usos que hizo de este dulce poder de hacer el bien, fue la ley de Minería, que dio a este ramo una nueva existencia. Confiado
en la soberana protección que a tales establecimientos se ofrecia, dedicó D. Gaspar Remisa los caudales necesarios a la esplotacion y beneficio a las citadas
minas de Guadalcanal, fijando el sistema mas acomodado para su laboreo, que continúa con la mayor actividad.
Persuadido Hoppensach de que de los criaderos que a su proximidad añadian una perfecta analogía de caracteres exteriores debian esperarse los mismos productos
que se hallaron en Pozo-Rico, abandonó el proyecto de desaguar y reparar sus labores en cuya empresa no fueron felices los que le precedieron, y prefirió
abrir nuevos pozos D. Gaspar Remisa ha seguido este mismo sistema, y continúa los trabajos que principio Hoppensach, dedicando particular eficacia en la mina
denominada Santa Victoria. Dista de Pozo-Rico 318 varas hacia el E: la direccion de ambos es de N.. E. a S. O.. su caja de espato calizo con pirita de hierro y
cobre; su mineral arsenicoso de plata; doble sufuro de plata y antimonio, y arsénico testaceo: aparecen tambien pedazos de mineral rosicler casi puro, que
puede dar mas de 50 por 100 de plata. Esta perfecta analogía entre las dos minas tan poco distantes entre sí, y la aparicion del rosicler; presenta mas fundada
esperanza de que sea igual su riqueza. En la actualidad son varias las cañerías que se han hecho para aprovechar el mineral que constantemente se halla en ellas
en mayor ó menor abundancia. Los inteligentes se admiran de que una mina de plata, cuya profundidad no llego aun 50 varas, produzca un mineral de tan buena
calidad como es el de Santa Victoria, sin que se interrumpa su veta principal. Por los ensayos en grande que se han hecho por amalgamacion en barriles, resulta
de mas de dos marcos de plata por quintal de mineral: producto verdaderamente admirable, si se considera que las que con tanta constancia, esmero, perfeccion
y éxito se cultivan en Freyberg, rinden únicamente medio marco. Los documentos adquiridos, y la tradicion constante del pais, aseguran que en Pozo-Rico
principió la abundancia de productos a las 100 varas de profundidad, que es precisamente el efecto regular y general que se ha experimentado en todas las
minas de esta especie; debiendo por, consiguiente considerarse la de Santa Victoria como lo que llaman los mineros una cata, bien que con pocos ejemplares
de rendimientos tan constantes y de tan buena calidad: Segun esta teoría, fundada en lo que se observa por todas partes, la direccion de los trabajos á
profundizar. el pozo principal para llegar, lo mas pronto posible al nivel en que Pozo-Rico empezó á dar. frutos abundantes, que enriquecieron a sus
cultivadores, formando al mismo tiempo las galerías y pozos de comunicacion convenientes, tanto, para el aprovechamiento del mineral que se encuentra en
ellos, como para la ventilacion y demas necesario en una mina cultivada con todas las reglas del arte. Tal es el estado presente de las minas de Guadalcanal que nos han descrito los
inteligentes. Jamas este establecimiento se habia hallado tan cerca. de la prosperidad: Protegido por una ley sabia, sujeto á un plan meditado, sostenido
por la constancia, puede, si el éxito corresponde á los indicios, ser el origen de muchas fortunas, vivificar todo aquel pais, y derramar bienes inmensos sobre
el resto de la nacion. Si el Sr. Remisa, como no dudarlo, sigue firme en el proposito que manifestó al Soberano, puede esperar con gran fundamento que verá
coronados sus esfuerzos con el fruto de su recomendable empresa, y que la España le deberá el renacimiento de un ramo perdido de prosperidad.
Gaceta de Madrid Publicación: 16/11/1842, nº 2959 Páginas: 3 - 3 Noticias nacionales.- Sevilla 29 de Octubre.-
Minas de plata del Guadalcanal.- El espíritu de asociación que es tan necesario para arrostrar á las grandes empresas, se desarrolla en este suelo de modo poco
común. Apenas fue conocida del público la idea de la formacion de una compañia
para desaguar y explotar los pozos llamados Rico, Santa Victoria, las Palomas y otros, que componen hoy dichas minas, se buscaron con avidez sus acciones y en
pocos dias se lleno el capital que los empresarios, han creido suficiente para llevar a cabo su proyecto No podia menos de suceder asi: la fama proverbial de
la riqueza de estas minas, ya cuando fueron explotadas por el Gobierno, y ya por los Condes Fucares, alejan, si puede decirse, toda la desconfianza que en si
lleva envuelta todas las empresas mineras, aun aquellas que se acometen cuando se presentan a los ojos facultativos señales exteriores de rica producción la de
Guadalcanal, no estan cubiertas con el velo de la incertidumbre; se han tocado sus entrañas con feliz resultado en diversas ocasiones y de aqui proviene
que su fama sea europea. La presente compañía, puesta ya en posesion de los socabones, pozos y demas obras preparatorias, que cumulativamente se han
ejecutado en aquellas minas para extraer su riqueza, representa, ademas de su capital efectivo, ocho millones de reales que cuando menos valen las referidas
obras. El reglamento que la misma se ha formado, que no excluye al menos interesado en la empresa de enterarse con frecuencia de la marcha de los
negocios, ni de proponer las mejoras que crea convenientes, ya en administracion, ya en el beneficio de las minas y de los metales; la amovilidad anual en la
parte que se crea conveniente, ó en el todo, de los vocales de la junta administrativa, atestiguan la franqueza y buena fe de todos los asociados, asi
como el acierto con que se han conducido en el nombramiento del presidente, secretario, interventor, tesorero y vocales de la referida junta. Todo, pues,
pronostica los mas felices resultados de esta empresa, siendo de notar que algunas acciones se han negociado ya por el duplo del credito desembolsado, por
nuestra parte deseamos que cada socio acumule por medio de esta expeculacion tantos caudales como poseyó Creso. (Sevillano.) Gaceta de Madrid Publicación: 18/05/1844, nº 3534 Páginas: 2 - 2 Noticias nacionales.- Sevilla 13 de Mayo.- Descubrimiento
de una galería antigua de 70 varas en el pozo minero que han abierto sobre las huertas de Guadalcanal. Estandose dando un barreno en el pozo minero que han
abierto sobre, las huertas de Guadalcanl ; en el cerro de San Francisco, para explotar un filon de cobre que a las cuatro varas de profundidad se presentó, si
ha descubierto una galería antigua de 70 varas. Aparte de lo muy importante que es este descubrimiento para los mineros, quienes sabran aprovecharlo por el
interes grande que les resulta; y porque se dice de tradicion que en él convento de San Francisco de dicho pueblo habia una mina de oro. A cuyo convento parece
lleva la direccion la galeria descubierta, es ademas interesantísimo para la historia par cuanto dicha galería parece ser muy antigua, en razon á estar
trabajada a pico y por los jarros con inscripciones, que no han podido leerse, que se han encontrado dentro de la misma:
Gaceta de Madrid Publicación: 31/10/1848, nº 5162 Páginas: 3 - 4 Variedades.- El Independiente de Sevilla publica un
interesante artículo, Minas de Guadalcanal. El Independiente de Sevilla publica el siguiente curiosísimo artículo, que creemos sera leido con gusto é interes.
MINAS DE GUADALCANAL. Cuando anunciamos la nueva compañía formada en Londres para la explotacion de las minas de Guadalcanal, afrecimos á
nuestros lectores ponerlos al corriente de cuantas noticias pudiésemos adquirir sobre los adelantos de tan útil empresa; y aun cuando el artículo que insertamos
á continuacion, tomado del Courrier de Europe de 3 de Setiembre último, nada adelanta á lo que dijimos entonces, sin embargo la circunstancia de estar
escrito en el extrangero y la de abundar en copiosas noticias históricas sobre estas célebres minas, nos hace darle publicidad por considerarlo como un
documenta curioso y del mayor interes: con especialidad para los accionistas españoles, dice asi el articulo: El dia 9 del actual (Setiembre} salio del
puerto de Ahyle, en Carneuailles, un lindo buque de comercio, el que, favorecido por una hermosa brisa del N. E., desapareció pronto del horizonte. Este buque
no lleva un destino ordinario. El nuevo Argos va á la conquista de otro Vellocino de oro, puesto esta vez, no sobre las riberas fabulosas de la Cochilde,
sino en el llano de Extremadura, al pie de una de esas montañas de Sierramorena, tan celebrada por tantos poetas y romanceros españoles. En nuestro siglo,
esencialmente positivo, en una época donde la intervencion de la mitologia apenas tiene aceptacion sobre el dominio de la ópera, una fantasía poética no
podia inspirar bastante a nuestros modernos argonautas. Así es que no se trata aqui de un Jason aventurero, ni de principes griegos que se asocian á una
fantástica empresa. Tampoco tienen que ver en este asunto Medea o sus encantamentos, ni el horrible Dragon, ni los toros vomitando llamas para
defender el tesoro de Frixo, no busquemos pues en la pacifica nave que ha salido del puerto, ni guerreros armados, ni haces de lanzas, espadas, dardos ni otras
maquinas mortiferas. El entrepuente no contiene mas habitantes que los robustos hijos de Cornouailles, mitad gnomos y mitad hombres, dedicados desde su infancia
á la vida subterránea, acostumbrados desde temprano á los peligros del arte de explorar las entrañas de la tierra y de extraer los metales preciosos. La bodega
tiene por municiones de guerra los utensilios del ingeniero, las herramientas y aparejos de los mineros, bombas aspirantes a de una gran potencia, y una máquina
de vapor de una fuerza relativa para hacerlas funcionar. Ahora que ya sabemos lo que conduce la nave viajera, no nos queda que decir sino que su destino es a!
puerto de Sevilla; que el abjeto de la expedicion a la villa de Guadalcanal (1) y su mision definitiva la explotacion de las minas de plata de que abunda el
territorio de esta pequeña poblacion. (1 Guadalcanal, villa antes de Extremadura; agregada a esta provincia, a 15 leguas
de Sevilla, y de 4500 habitantes, al pie de Sierramorena celebre por sus minas de plata:) La historia de estas celebres minas es
en extremo curiosa: Mucho mas lo seria si en lugar de estar situadas en nuestras puertas, y en una de las provincias mas bellas de España, se nos presentase al
traves del prisma del espacio; para que tuviese el encanto, tantas veces engañoso, que se le presto en las relaciones de los viajeros por desgracia para
la poesía, pero felizmente para la historia, la lberia Potosí, tan nombrada en los tiempos de su descubrimiento, y tan olvidada en medio de las decadencias de
la España, tiene sus anales inscritos en caracteres indelebles en los archivos de Sevilla y Madrid ; y aun en las bibliotecas de muchos sabios españoles,
franceses e ingleses. No nos proponemos pues reconstruir un mundo destruido con despojos mutilados y dispersos, y para volver a ver en lo pasado una de las
mas importantes explotaciones metalúrgicas de los tiempos modernos, nos bastara solamente elegir entre los muchos documentos que existen.
Se sabe que en la antigüedad la España era el pais de la Europa mas celebre por la riqueza de sus criaderos metaliferos. Los cartagineses y despues los
romanos sacaron de sus minas sumas inmensas. Bajo la daminacion arabe la explotacion continuo con gran exito en muchas provincias: Los modernos
explotadores han encontrado por todas partes vestigios de los importantes trabajos de estos tres pueblos conquistadores. Pero el descubrimiento de la
America y la posesion par la España de las soleras de oro y plata las mas ricas del nuevo-mundo, hicieron descuidar a los españoles las riquezas de su propio
suelo. Par otra parte, como la codicia de los compañeros de Cortes y de Pizarro se aprovecha perfectamente de la facilidad de aplicar a las naturales americanos
los duros trabajos de las minas, La ociosidad de los habitantes de la metrópoli, encontro casi su excusa en las rentas enormes de oro y plata que con muy poco
gasto producian las alcaldías o gobiernos de Mejico y el Peru: Hacia mediados del siglo XVl no existia ningun documento ni vestigio material que señalase la
existencia de la capa argentifera de Guadalcanal; hasta que en 1555 llego a Madrid la noticia de su descubrimiento; dos individuos llamados Martin y Gonzalo
Delgado habian practicado algunas excavacianes sabre un terreno situado a tres millas de Guadalcanal, explotando un mineral muy abundante y rico. Entonces
reinaba Felipe ll;' pero ocupado este Rey en las guerras de Flandes y en convertir hereges, confio la regencia del reino a la Princesa Juana, su hermana:
A consecuencia de la denuncia que se la hizo de la riqueza encontrada par los dos vecinos de Guadalcanal ; dispuse en 11 de Octubre de 1555 que el marques de
Falces, virey entonces de Leon, pasase en comision inmediatamente a la expresada villa, para apreciar sabre el terreno los hechos que se denunciaban. El
marques de Falces marcho al desempeño de la comision, y luego que llego a las minas se posesiono de ellas en nombre de la corona, prohibiendo la esplotacion
en todo el radio de Guadalcanal, ordenando al mismo tiempo que el mineral se sometiese al examen de hombres practicos, y se analizase par los ensayadores del
Gobierno. El resultado de esta operacion fue decisivo; cada quintal de mineral produjo 25 libras castellanas de plata fina: Grande fue la sensacion, que esta noticia pradujo en Madrid. Los cortesanos
se apresuraban a porfia de solicitar el privilegio de la esplotacion; pero entre los pretendientes fue preferido Agustin Zarate, empleado en la casa Real. Esta eleccion fue acertada, porque Zarate habia
estado mucho tiempo empleado en la administracion superior de las minas de America, y era persona quo lo entendia.
Revestido Zarate con esta comision, llega a Guadalcanal el 9 de Noviembre de 1555, acompañado de dos habiles mineros alemanes que se le facilitaron para seguir
los trabajos. La inspeccion que hizo luego que llego de la riqueza del mineral, confirmaron plenamente los informes del marques de Falces, y en una
carta que Zarate escribio a la Princesa Juana, le decia que el mineral habia dado una quinta, cuarta y hasta tercera parte de plata fina ; resultado desconocido aun
en las minas del Potosí. La esplotacion comenzo con tanto calor que en tres años, esto es, desde 1556 a 1558 la casa de moneda de Sevilla recibio en plata fina por valor de
400,223 marcos y 6 onzas. Durante 21 años los trabajos continuaron produciendo sumas mucho mas considerables. Pero en 1576 sobrevinieron de repente muchos
manantiales de agua con una abundancia extraordinaria: Desconocidos entonces los medios de agotarla, hicieron inutiles todos cuantos esfuerzos
se emplearon: La corona de España gasto sumas enormes para desaguar las galerias y volver a las operaciones de extraccion; pero todo fue en vano, y entonces Felipe ll
mando que cesasen los trabajos. Otras tentativas tambien poco favorables se ensayaron al principio del siglo XVII: Sin embargo, en 1632 dos ingenieros alemanes T. Holzapffel, y C. Harbelin, obtuvieron
la concesion de las minas de Guadalcanal, a nombre de dos de sus compatriotas los hermanos Fucar. El contrato estipulaba que los concesionarios habian de
pagar a la corona la cuarta parte de los productos netos de la explotacion de todas las vetas o filones descubiertos o por descubrir en la extension de una legua. Los hermanos
Fucar emprendieron la explotacion con tanta habilidad como suerte y la siguieron desde el año de 1632 al 1636; "Ser rico como un Fucar"
era una expresion que llego a ser proverbial en España; Mas entonces se esparcio la voz que los concesionarios habian abierto muchos nuevos pozos de
una riqueza extraordinaria, y que durante la noche extraian secretamente el mineral, defraudando de este modo los derechos legitimos de la corona. Este
rumor. dio margen a que en 10 de Setiembre de 1636, se nombrase una comision regia, que fue delegada en Martin de Soto, ensayador de las minas
del reino, para que fuese a investigar los hechos. El comisionado del Gobierno obro en esta parte con bastante lentitud, pues no se presento en Guadalcanal hasta el
26 de Diciembre siguiente. Este gran intervalo proporciono s los Fucar el impedir el golpe que les amenazaba, interrumpiendo los trabajos,
destruyendo las máquinas de agotar y aguando las minas con las aguas de los arroyos que corrian en su superficie. Las lluvias del invierno acabaron de
inundar las galerías y los pozos; que algunos tenian entonces hasta 600 pies de profundidad Tal habia sido sin embargo la precipitacion de esta medida de
salvacion, que, segun relacion de los mineros, mas de 400 espuertas de mineral habían sido abandonadas en las gálerias: Los bueyes, las mulas; asi como todos
los utensilios de extraccion, los mandaron al Almaden, y fueran alli vendidos á los concesionarios de la explotacion de estas minas.:
Cuando el poco diligente y activo Martin de Soto llegó a Guadalcanal encontró desierto el establecimiento; inutilizados los medios de explotacion, los pozos
llenos de un volumen de agua enorme y que los concesionarios habian desaparecido. Algunos agentes subalternos de los Fucar fueron detenidos y
conducidos en calidad de presos a Sevilla; pero la historia nada dice acerca de la suerte de estos individuos. En cuanto al comisionado del Gobierno, despues de
haber hecho una minuciosa inspeccion de todo sobre el terreno, tuvo la satisfaccion de descubrir que ascendia á 14 millones de ducados el mineral que
ilegalmente se habia sustraido de la participación convenida entre la corona y los concesionarios: Partiendo de esta época, esto es desde Diciembre de 1636,
las minas de Guadalcanal dejaron de esplotarse. Pero era tan qrande lá impresion que su riqueza habia dejado; que en 1725 se formó en Madrid una nueva compañía,
a cuya cabeza se hallaba una dama inglesa, Lady Mary Herbet, hija del marques de Powis y M. F. Gage de Hengreave (Suffolk), obtuvieron, en virtud da contrato
Real, la concesion de Guadalcanal, con la expresa condición de desaguar las minas y de explotar el mineral mediante una prima de 200,000 duros, y la mitad
del producto neto para la corona (1 Pope, el célebre poeta inglés, estaba interesado en esta empresa por una suma considerable ).
La nueva compañia se puso en planta, y cuando algunos resultados felices ofrecian ya mayores ventajas, se suscitó una cuestion entre
Lady Herbert y los accionistas, respecto á las bases del contrato: Se entablo largo y costoso pleito, que obligó al fin a Lady Mary Herbat, y sus
consocios a pasar por el disgusto de tener que abandonarlo. Mas de 100 años pasaron sin que se volviese a hablar de las minas de
Guadalcanal sino como un recuerdo histárico. Los grandes sucesos políticos del principio de este siglo á los cuales la España se hallaba unida, la
franquicia de sus colonias en América, las guerras civiles y sus largas agitaciones interiores, donde el genio castellano parecia haber abdicado; todas
estas causas no eran entonces nada á proposito para llamar la atencion ni ocuparse en una empresa que exigia, á mas de la concurrencia de la paz, grandes
capitales. Sin embargo, era tal la celebridad de las minas de Guadalcanal, que en 1830 el Rey Fernando Vll mandó que se buscasen en los archivos del reino todos los
antecedentes (2 El informe de la comision nombrada a este efecto se publicó por orden del Rey en 1831 en dos volumenes en 8º), y las concedió con otras minas al célebre banquero Aguado.
Pero sea que las circunstancias no le parecieron entonces las mas á proposito, o fuese que otros intereses mas del momento llamasen su atencion, el resultado
es que el contrato no llego a consumarse. Varios especuladores de Sevilla y de Madrid emprendieron algunos años despues la explotación de estas minas. Pero como para esta empresa importante,
no solo se requeria toda la experiencia de los hombres prácticos y las condiciones de la ciencia moderna , sino todavia mas, el apoyo de grandes
capitales; la nueva asociacion carecia de estos grandes elementos; no contando sino con débiles recursos, y por todo material con una antigua máquina de vapor,
de poco poder, que habia servido en un buque pequeño ingles, fácil es de prever cuál seria el resultado. En cinco años de trabajo la poca potencia de la
máquina no pudo sacar sino las tres quintas partes del volumen de agua; pero agotados los fondos de la sociedad, todo quedó paralizado. En medio de estas circunstancias es cuando intervinieron algunos caballeros
ingleses. Su atencion sobre las minas de Guadalcanal fue despertada por Mr. Duncan Shaw, hombre hábil y práctico, á quien una larga residencia en España
le ha hecho adquirir un conocimiento perfecto de los sitios metalúrgicos de este pais, y procedieron desde luego a las bases de una asociacion, con presencia
de los informes de este entendido ingeniero y del capitan Sincook. Reunidos todos los documentos necesarios, y formalizado
el contrato en debida forma, en el cual se deslinda con precision y exactitud el interes del Gobierno español y el de los co-interesados (3 El Gobierno español debe cobrar el 5 por 100 de
los productos liquidos de estos minerales segun se ha estipulado en el contrato;), ha trabajado silenciosamente pero sin
descanso, hasta poner en obra esta grande empresa, cuyo, pasado garantiza suficientemente su porvenir. Los trabajos preparatorios y los de instalacion hace mas de seis meses que se estan llevando
á efecto bajo la direccion de Mr Duncan Shaw y del cpitan Michell de Cornouailles. En fin, un buque salió
ya de Hayle e inmediatamente le seguirá otro conduciendo á Sevilla los mineros mas hábiles del condado y todos los aparatos y utensilios necesarios á la esplotacion; con las bombas y
uná máquina de vapor de una fuerza enorme (4 Las bombas y maquinas estan trabajadas en la fúndicion de los Sres. MM Harvey en Hayle, en donde se estan haciendo los tres aparatos gigantescos destinados á desaguar
el lago de Haarlen, en Holanda). Asi pues, ingenieros y operarios expertos, máquinas perfeccionadas y poderosas, simpatía en la poblacion española y concurso interesado de su
Gobierno; la nueva empresa lo reune todo. Tiene al mismo tiempo con superabundanciá tres cosas que el gran Federico llamaba el nervio de la guerra; á saber,
dinero, dinero y dinero El buque conductor del resto de la maquinaria á que alude el precedente articulo llegó a este rio pocos dias despues que el primero, de que dimos noticia. Despachada la máquina por
la aduana, se procedió inmediatamente á su envio á las minas del Guadalcanal, venciendose para ello cuántas dificultades ofrecen
los malos caminos y la falta de trasportes para piezas de volúmen y peso tan enorme. Pero es tanta la actividad con que se trabaja en esta empresa y
lo mucho que se aprecia el tiempo, que antes que la maquinaria llegase a este puerto ya se estaba construyendo en las minas la casa donde ha de colocarse el
aparato de vapor, y reparandose por los operarios de la compañia las dos ultimas leguas del camino que se hallaban intransitables, y ocupandose ademas en otros
trabajos preparatorios: Continuando esta energia y actividad por parte de la compañia inglesa, nos prometemos ver pronto el resultado del despegue de tan
codiciadas minas. DOE núm 65 MARTES, 7 DE JUNIO DE 1994 CONSEJERÍA DE INDUSTRIA Y TURISMO Resolución de 10 de mayo de 1994, de la Dirección General de Industria ,Energía y Minas por el
que se anuncia concurso de Registros Mineros. 11.874.— «PEPITA». Barita. 6 cuadrículas. Malcocinado y Azuaga Boletín Oficial del Estado: lunes 1 de octubre de 2012, Núm. 236 COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA Anuncio del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz, de la Consejería de Empleo,
Empresa e Innovación, sobre el otorgamiento del permiso de investigación denominado "La Bomba", número 12.758-00, en los términos municipales de Azuaga y
Malcocinado (Badajoz).
El Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz de la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa e
Innovación, comunica: que ha sido otorgado con fecha 1 de agosto de 2.012, a favor de Akkerman Exploration, B.V., con CIF: N0037142-G, y con domicilio en
C/San Francisco Javier, 6, 4.º B, de Salamanca, el permiso de investigación que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, recursos,
cuadrículas mineras y términos municipales: - Número 12.758-00, "La Bomba", Recursos de Sección C), 65 cuadrículas
mineras, en los términos municipales de Azuaga y Malcocinado, de la provincia de Badajoz.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978.
Badajoz, 7 de septiembre de 2012.- El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Diego Clemente Morales. BARITINA De la palabra griega que significa "pesado" en alusión a su gran peso específico, pertenece a la clase de los Sulfatos. Su color es variable
predominando el blanco y el pardo tenue y su brillo es vítreo a perlado.
Se presenta en forma de masas granudas, fibrosas o compactas y menos frecuentemente en formas estalactíticas o
nodulares. Normalmente en cristales rómbicos tabulares, unidos por la base (agregado en libro) y otras formas variadas.
Su empleo. La principal utilización es para perforación como lodos densos en pozos de petróleo
o gas. Como pigmento y para la fabricación de agua oxigenada. También en la fabricación del litopón (combinación de sulfuros y sulfatos para
recubrimientos), como estándar del blanco y como carga mineral. También en Garlitos, Magacela, La Haba, Zarza de Alange, Azuaga, Valencia de las Torres, San Pedro de Merida, Villagarcia de la Torre y Berlanga (Badajoz).
Su formula quimica es: BaSO4
CARBÓN La hulla o carbón mineral, es una sustancia sólida ligera, negra y
combustible, que resulta de la destilación o de la combustión incompleta de los tejidos vegetales o de otros cuerpos orgánicos, como resultado de haber
permanecido bajo la superficie terrestre durante larguísimos períodos. Se conocen varios tipos: activado, que es el carbón tratado especialmente
para obtener una gran capacidad de absorción de gases o vapores, o para servir de agente decolorante; de leña o carbón vegetal, mineral o de piedra, que está
formado principalmente por carbono, nitrógeno, oxígeno e hidrógeno, su origen se debe a la carbonización de las materias vegetales.
Los carbones no tienen composición química constante. Predomina en ellos el carbono pero no al estado libre. Por su origen orgánico, su estructura
propiedades físicas y naturaleza química, no entran dentro del concepto de mineral; son rocas, y por tanto, su descripción no corresponde a la mineralogía.
Descripción: Los carbones minerales, se clasifican de diversas maneras, la más utilizada se basa en el grado de carbonización, dividiéndoles en lignitos, carbones
subbituminosos, carbones bituminosos, semibituminosos, semiantracitas y antracitas. El carbón es uno de los "tres grandes" en el campo de la economía
minera. Todavía se mantiene como una de las principales fuentes productoras de energía del mundo, aunque el petróleo conjuntamente con el gas natural lo han
desplazado progresivamente en este campo. La formación del carbón, comprende etapas de desarrollo que van desde los más jóvenes hasta los más maduros, y se conocen:
Turba: es un depósito de materias vegetales en descomposición poco transformados mezclados con distintos materiales detríticos
como Cuarzo, Calcita, etc., con restos de organismos animales y vegetales diagenéticos, entre los que destacan los hidrocarburos sólidos (simollenita, ámbar). Es de color claro a
parduzco y estructura porosa, y aparece generalmente estratificada con alternancia de capas de aspecto diferente. Se diferencia de las demás fibras
vegetales principalmente por su menor cantidad de agua. Su composición aproximada es de 45 - 60% de carburo, 30 - 40 % de oxígeno, 5 - 10% de hidrógeno;
su contenido de agua puede alcanzar hasta un 90%, agua que pierde en parte cuando es expuesta al aire. La turba constituye el primer paso o grado de la
carbonatización natural, cuyas características químicas y volumétricas van a depender de la edad geológica y de ciertas influencias geológicas.
Lignito: contiene de 55 a 75% de carbono, de 19 a 26% de oxígeno y de 6 a 3% de hidrógeno. Su estructura es casi siempre claramente vegetal, sin
embargo, lo hay aparentemente homogéneo, terroso, hojoso y pizarreño por efecto de las presiones. Es blando y suave, su densidad es 1,12 a 1,14. Es pardo
y mate, a veces negro y brillante.
Antracita: es el más rico en carbono y el más antiguo por su edad geológica. La proporción de carbono llega al 90% y correspondientemente son pequeñas las
de hidrógeno y oxígeno. Es amorfo y de apariencia homogénea, con fractura concoidea y frágil; anisótropo para la luz reflejada. Dureza de 2 a 2,5.
Densidad: 1,4 a 1,7. Color: negro tirando a gris hierro. Raya: negra. Brillo: vítreo con tendencia a metaloide. Aplicación:
Como mineral combustible, puede ser quemado económicamente para producir energía calórica destinada a propósitos industriales o para uso doméstico.
Otros importantes usos del carbón los encontramos en la calefacción, en la fabricación de cemento, papel, vidrios, textiles, insecticidas, pinturas,
perfumes, explosivos, fertilizantes, gasolina, etc., pudiéndose decir que existe una especie de petroquímica a base de esta valiosa materia prima.
Fórmula química: C
PLATA, Etimología del femenino del adjetivo plattus (plato, chato) que, en el siglo X,
se sustantivó con el sentido de lámina Blanco de plata. Pertenece a los elementos nativos, color blanco. En la naturaleza, la plata
suele aparecer cubierta por una capa negra y oscura de sulfuro, que es necesario limpiar para descubrir el verdadero color del mineral.
Se encuentra en estado nativo (generalmente aleada con cobre y oro), formando minerales como la argentita, que
es sulfuro de Plata o asociado a otros sulfuros (argentita), óxidos (uraninita), arseniuros (esmaltita) en algunos tipos de
yacimientos metalíferos. Es mucho más abundante que el oro, se encuentra mezcladas con sulfuros o en zonas de oxidación de otros depósitos. Se encuentra en la mina
conocida como Majada la Coba. Forma de presentarse: Los cristales suelen ser cúbicos, octaédricos o maclados siempre de pequeñas dimensiones. También se puede encontrar en forma de filamentos, dendritas, o
arborescencias. Lo mas frecuente es encontrar masas hojosas o escamosas
Debido a su rareza no suele emplearse como mena de plata.
Generalmente la plata se extrae de las galenas argentíferas. También se encuentra formando parte de los barros anódicos que aparecen en la electrolisis del cobre.
Aplicación: es el mejor conductor térmico y eléctrico. Se emplea en joyería y orfebrería, en la fabricación de útiles de
laboratorio, en medicina, fotografía, acuñación de moneda y en electrónica debido a su alta conductividad.
Limpieza y conservación. Es muy sensible al aire viciado de ácido sulfhídrico y está cubierta por una ligera pátina de sulfuro. Para eliminar la capa de sulfuro que recubre la plata
basta con sumergir la muestra en una solución de ácido nítrico Es conveniente limpiar las muestras con una rápida inmersión en ácido nítrico, protegiéndolas después con una laca transparente.
Su formula química es: AG
Apartamentos Turisticos "El Cuartel" c/ Ejido s/n 924 88 91 14
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c/ Real, 17
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