Andando por Aldeanueva del Camino

Aldeanueva del Camino

    ÍNDICE

Datos Municipio.
Situación del Municipio
Datos del Ayuntamiento
Historia
Recinto amurallado
Monumentos
Gastronomía
Fiestas
Turismo
Minerales
Alojamientos
Personajes

Andando por España www.nuevoportal.com

Si quieres ver la Bibliografía Extremeña, pincha aquí

Metereología: Predicciones para 7 días para Aldeanueva del Camino. Disponible a partir de las 05:45 - UTC

Información elaborada por el Instituto Nacional de Metereología, para acceder pincha en el logo


DATOS del MUNICIPIO 40º15'23" N 005º55'45" W Hoja MTN 575

TIPO DE ENTIDAD: Villa

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 20

ALTITUD: 530

POBLACIÓN: 837

DISTANCIA CACERES: 116

PARTIDO JUDICIAL: Plasencia

MANCOMUNIDAD: Valle de Ambroz

COMARCA AGRARIA: Hervás

GENTILICIO: aldeanovenses

BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA:


SITUACIÓN del MUNICIPIO

    Aldeanueva del Camino está situada al norte de la provincia de Cáceres y al norte del Valle del Ambroz, sobre la N-630, cuya economía se basó durante siglos en las transacciones de ganado al contar con un mercado de los primeros de la península Ibérica.

  En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid, Tomo 1, dice: "Ambroz, Rio de España, provincia de Estremadura, que nace en la sierra de Pinajarro, una de las de Bejar, engruesándose inmediatamente con el río Bolosano, y despues con las gargantas de Hornacinos, Regato de Baños, Gargantilla, Garganta ancha, la de Madrigal y otras menores, con las cuales corre en direccion de N. E. á S. O. por espacio de 8 leguas, y puede considerarse en tres trozos distintos. El primero desde su nacimiento hasta el pueblo de la Abadía engargantado entre suaves riberas durante 3 leguas, en la que vienen casi despeñadas sus aguas arrastrando grandes peñascos, por lo que sus vados solo son transitables por la gente de á pie, y para las caballerías tienen los puentes de Hervas, la Doncella, la Aldea-nueva del Camino y el de la Abadia. Desde este pueblo al puente de Caparra sigue durante 3 leguas, por una vega espaciosa, que toda ella puede considerarse como un continuo vado de piso firme, llano, de arena gorda y cascajo. Desde el puente de Caparra hasta el sitio de la Potrás, donde entra en Alagon, corre el espacio de 2 leguas con márgenes intransitables, aun mas agrias quo las del río Alagon, y en toda esta distancia no tiene vado alguno. En estío tiene muy corta corriente, y la pierde del todo algunos años. En invierno es vadeable luego que cesa la fuerza de las lluvias y aun durante estas, si no son escesivas"


DATOS del AYUNTAMIENTO

Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino

10740 Severiano Masides, s/n
927 48 40 48
927 47 91 36
secretaria@aldeanuevadelcamino.com

DOE núm. 69 MARTES, 1 DE SEPTIEMBRE DE 1992

AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DEL CAMINO

Escudos Heráldicos.- Anuncio 16 de julio de 1992, sobre aprobación de Escudo y Bandera Municipal.

Habiéndose aprobado por este Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de 30 de junio de 1992, el Escudo Heráldico y Bandera de esta localidad, por el presente se expone al público durante quince días a efectos de reclamaciones, entendiéndose elevado a definitivo, caso de que no se produzca ninguna.

Aldeanueva del Camino, 16 de julio de 1992.El Alcalde.

DOE núm. 70 MARTES, 15 DE JUNIO DE 1993

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Escudos Heráldicos.- Orden de 2 de junio de 1993, por la que se aprueba el Escudo Heráldico y Bandera Municipal, para el Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino.

El Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino (Cáceres), ha instruido expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico y Bandera Municipal. Dicho expediente fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesiones de 30 de junio de 1002 y 27 de abril de 1993, en el que expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón y enseña

Constan en dicho expediente informes favorables del Consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura, emitidos con fechas de 24 de noviembre de 1992, 15 de febrero y 25 de mayo de 1993

Considerando que la sustanciación del citado expediente se ha ajustado en todo lo preceptuado en el Decreto 13/1991, de 19 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudos y Banderas de las Entidades Locales y en uso de las atribuciones conferidas por referido Decreto,

DISPONGO

Articulo 1.- Se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de Aldeanueva del Camino (Cáceres), cuyo diseño se recoge en el Anexo I, con la siguiente descripción:

"Escudo cuartelado. Primero, de plata, león rampante, de púrpura. Segundo, de azur, puente, de oro. Tercero, de sinople, cotiza, de plata. Cuarto, de gules, castillo, de oro, mazonado de sable y aclarado de azur. Al timbre, Corona Real, cerrada".

Articulo 2.- Se aprueba la Bandera del Municipio de Aldeanueva del Camino (Caceres), cuyo diseño se recoge en el Anexo II, con la siguiente descripción:

"Bandera rectangular, de proporciones 2/·, compuesta por una franja blanca diagonal del ángulo inferior del asta al superior del batiente, siendo el triangulo del asta rojo y amarillo el del batiente

Mérida, 2 de junio de 1993.- El Consejero de Presidencia y Trabajo, Joaquín Cuello Contreras


HISTORIA

    En el lugar conocido por La Fresneda, en el camino de Aldeanueva a Valdelamatanza, se encuentran restos denominados bóvedas utilizadas para el cobijo de ganado menor y para las viviendas temporales de los pastores. Este tipo de construcción es característico de los pobladores de la primera Edad del Hierro en el siglo IV antes de Cristo.

    Su creación se encuentra documentada como campamento militar en la Ruta o Via de la Plata que enlazaba Mérida con Astorga, vestigios de esta época son los puentes levantados en la ruta, y que en palabras de Sebastián de Miñano en el año 1826, "Pretenden algunos probar que este  pueblo fue la antigua Ambrocia, porque en el corto espacio de 500 á 600 pasos tiene 4 puentes de cantería y no parece que una simple aldea, pudiese costear estas obras."

    El puente sobre la Garganta Buitrera, de un solo ojo, cimentado en la roca viva, en la actualidad muy rehecho, sin guardar ningún respeto a su primitiva construcción, este puente une los dos sectores en los que históricamente se dividió la población. Cada núcleo contaba con su propia parroquia.

    Sobre el río Ambroz y a la altura de donde se encuentran los restos de lo que fuera plaza de toros, se levanta un puente de dos arcos de medio punto. Apareciendo las dovelas de uno de ellos la fecha de 1464, en que debió ser reconstruido.

    Hacia el Norte, en el cauce de la garganta llamada de Andrés, que toma su nombre de la próxima sierra donde tiene sus fuentes. Este paso fue salvado por los romanos con otras de sus obras de ingeniería, que fue destruido en la construcción de la carretera N-630, permaneciendo su nombre de Romanillos.

    El llamado Puente de las Doncellas, sobre el río Ambroz, en el Km. 93,400 de la N-630, fue dinamitado en el año 1958 y reconstruido con más amplitud para el tráfico, sólo permanece un estribo y el arranque de la bóveda.

    Otros vestigios romanos son las inscripciones romanas talladas sobre piedra. En la actualidad se conservan dos: Una de ellas dedicada a los dioses Manes, que servía de dintel a una ventana de una casa, hoy reconstruida y mantenida en la fachada de la vivienda. La otra inscripción se encuentra en otra fachada de otra vivienda, antiguo aserradero de madera.

    La Vía de la Plata, camino romano que unía Mérida con Astorga, dio nombre a esta población, que pasa longitudinalmente por la mitad de Aldeanueva y que era utilizada en tiempos romanos para transportar el mineral que lleva su nombre: la plata y actualmente para el tránsito de los ganados en sus migraciones periódicas.

    Esta calzada romana sirvió en muchos casos para establecer límites entre territorios. El recorrido en el pueblo era; entraba por la Calle del Mercado, cruza el puente romano sobre la garganta Buitrera hasta la Plaza Mayor para proseguir por la Calle de la Plata, con una anchura de tres o cuatro metros, hasta el humilladero, atravesando el arroyo de los Linos y discurriendo paralela a la Carretera General, finalmente coincidiendo con ella. A dos kilómetros, pasa por el puente de Romanillos sobre la garganta de Andrés y, ochocientos metros más arriba, por el puente de las Doncellas sobre el Río Ambroz. La longitud de esta calzada romana en su trayecto a través del término municipal, es aproximadamente de siete kilómetros.

    Con la invasión de los árabes Aldeanueva del Camino sufre numerosos ataques quedando entonces la población destruida y despoblada.

   Con la Reconquista Aldeanueva se dividió en dos poblaciones separadas por la calzada romana, correspondientes a los dos reinos; el Reino de Castilla y el Reino de León, pasándose a llamar Casas de Aldeanueva la de Castilla y Aldeanueva del Camino la de León. La parte correspondiente a Castilla fue entregada al Ducado de Béjar y a la Diócesis de Plasencia. La parte que correspondía a León fue otorgada al Ducado de Alba y a la Diócesis de Coria. La división jurisdiccional duró hasta el año 1834, en que  se unieron en un solo Ayuntamiento.

    La división eclesiástica marcará a Aldeanueva del Camino para siempre y quedando constancia de ello, sus dos magníficas iglesias (conocidas entre la población como la iglesia de la parte de arriba y la otra la de la parte de abajo). La división del pueblo duró hasta 1959 cuando estas dos poblaciones pasaron a depender a la Diócesis de Coria-Cáceres.

    En el año 1438, la reina Doña María de Aragón, esposa de Don Juan II entrega la Carta Puebla, que en 1492 fue confirmada por los Reyes Católicos en Santa Fe y más tarde en 1518, por Doña Juana, su hija, en Valladolid. Por otro lado el municipio sufre la gran expulsión de la comunidad judía aldeanovense según se demuestra en documentos hallados de la época y en varios actos del Santo Oficio, hallados en el Monasterio de Guadalupe.

    Antonio Vegas en su Diccionario Geográfico Universal, Tomo I, publicado en Madrid en el año 1795. dice:

   "Aldea Nueva del Camino, Lugar de España en la Provincia de Estremadura, Partido de Plasencia, á 6 leguas de esta Ciudad. Esta situada a la ladera de un Monte, con 300 vecinos: es de Señorio Secular, y tiene Alcalde Pedaneo, y una Parroquia. Desde el Pueblo hasta la eminencia del monte hay un bosque de castaños, que sirven su terreno con lo demas del territorio para dehesas de ganado. Hay un Puente bien construido al entrar en este Pueblo, y otro al salir sobre el rio Ambroz"

    Con motivo de la invasión de la Guerra de la Independencia Aldeanueva fue camino obligado de los ejércitos, donde un batallón de la Guardia Nacional es deshecho por tropas francesas. Durante el transcurso de la guerra los franceses se establecieron en la población salmantina de Puerto de Béjar, por cuyo motivo Aldeanueva del Camino sufrió la presencia de las tropas francesas, siendo incendiada y saqueada el 8 de abril de 1808.

Gaceta de Madrid Publicación: 25/08/1809, nº 238

Páginas: 1058 - 1059

España.- Salamanca 16 de agosto.- El mariscal duque de Elchingen ha alcanzado en Aldeanueva del Camino una parte de las fuerzas mandadas por el general Wilson.

Salamanca 16 de agosto.

E! mariscal duque de Elchingen ha alcanzado en Aldeanueva del Camino una parte de las fuerzas mandadas por el general, Wilson. El enemigo, despues de haber sido inmediatamente arrollado y arrojado de su posicion, se reunió a su cuerpo principal en las alturas de Baños, que lo ocupaba el general Willson con 4 á 5@  insurgentes españoles y portugueses: Este general, que miraba como inexpugnable su posicion; habia aumentado ademas lo inacesible del terreno, cerrando todas las avenidas y senderos, por los cuales pudiera entrarse en él, con empalizadas, cortes profundos y enormes peñascos. Sin embargo de todas estas ventajas han sido tomadas aquellas alturas; el enemigo ha sido completisimamente derrotado y perseguido hasta mas allá de Montemayor y de la Calzada, dexando en el campo de batalla cerca de 20@ hombres. Este pequeño cuerpo está ya destruido enteramente. Nuestra pérdida consiste en 5 oficiales muertos, y 20 entre sargentos y soldados; 7 oficiales heridos, y 60 entre sargentos y soldados:

Los habitantes de Salamanca se han portado con gran cordura, y en especial el R. obispo: todos ellos han mostrado el mayor celo y buena voluntad en acudir á proveer las necesidades del exército .

    DIARIO DE LAS CORTES. Mes de Noviembre de 1812. Sesión del dia dos.

    "Se mandaron archivar los testimonios, remitidos por el secretario de Gracia y Justicia, de haber jurado la constitución política de la monarquía el ayuntamiento, pueblo y clero de la villa de Arévalo; la comisión de Confiscos de Extremadura y la subdelegacion de Rentas de Alcántara, el ayuntamiento, pueblo y clero de Ciudad-Real, la junta de Subsidios y empleados en las oficinas de Rentas de la misma, el comandante, oficiales y tropa de ingenieros y zapadores del distrito del quinto exército, y los oficiales y tropa del regimiento de dragones de Sagunto, Torremocha, Puebla de Ovando, Casas de D. Antonio, y Albalá (en el partido de Cáceres), Piedras Albas, Portezuelo, Villa del Campo, Santibañez el alto y villa del Arco ( en el de Alcántara), Roca y Zainos (en el de Badajoz), Santa Ana, Conquista, Campo, Alcollarin, Madroñera, Campillo, Cabañas, Mesas de lbor y Fresnedoso ( en el de Truxillo), Quintana, Mingabil, Higuera de la Serena, Tamurejo (en e! de la Serena), Arroyo de San Servan, La  Oliva y Alange (en el de Mérida ), el cabildo de la colegiata de Zafra, Cabeza la Vaca, Fuentes de Leon y Monasterio (en el de Llerena) , Valdeuncar, Talaveruela de la Vera, Losar, Santibañez de Granadilla, Belbis de Monroy, Saucedilla, Mohedas, Rivera de Obeja, Aldeanueva del Camino, Galisteo, Guijo de Galisteo, Holguera, Pozuelo, Villanueva de la Sierra, Bronco, jurisdicción de Granadilla , Tejada , Gargantilla, Xerte, Robledillo de la Vera, Piornal, Santa Cruz de Paniagua, Calzadilla, Morcillo, Valverde de la Vera, Navalmoral de la Mata, Almaraz y Tornavaca (en el de Plasencia)."

  En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid en el año 1826, se refiere a Aldeanueva del Camino de la siguiente manera.

    "ALDEANUEVA DEL CAMINO, Aldea Secular de España, provincia de Estremadura, partido de Plasencia, obispado de Plasencia y Coria. Alcalde Pedaneo, 185 vecinos, 520 habitantes, 2 parroquias, 1 pósito. Situada en una llanura como á 500 pasos de Gargantilla, de quien es anejo; corre por él la garganta que baja de este pueblo y por el N.: pasa el rio Cuerpo de Hombre que desciende de la villa de Herbas, dividiéndole de S. á N., la antigua calzada que los romanos llevaban á la ciudad de Caparra. La parte del E. corresponde al obispado de Plasencia, y  su parroquia está servida por el rector de Segura, que reside en Gargantilla; la. del O. pertenece á Coria, con parroquia y cura teniente, correspondiendo esta parte en lo civil al partido de Gargantilla. Pretenden algunos probar que este  pueblo fue la antigua Ambrocia, porque en el corto espacio de 500 á 600 pasos tiene 4 puentes de cantería y no parece que una simple aldea, pudiese costear estas obras. Se fundan tambien en que el rio empieza á tomar desde aquí el nombre de Ambróz, segun la costumbre de los antiguos de dar á las Ciudades los nombres del orígen de sus rios; pero ni estas razones, ni los varios trozos de columnas, algunas del tiempo de Trajano, son fundamentos suficientes para esta pretension, sino que prueban únicamente que los puentes se fabricaron para la comodidad de los viajeros en la referida calzada militar, y las columnas son en todo semejantes las que todavia permanecen en pie en lo alto del puerto de Baños. Es mas verosímil que aquella ciudad estuvo donde ahora está Plasencia, como se infiere de una lápida con la inscripcion de Saltus Ambracensis, que se halló en lo alto de Nuestra Señora del Puerto, en cuyas inmediaciones se encuentran muchas inscripciones, bases, trozos y despojos de varias columnas y edificios. Produce mucho vino, algo de aceite, patatas, trigo, centeno y lino. Distante 29 leguas de la capital, 11 de Coria y 6 de Plasencia.

Gaceta de Madrid Publicación: 03/12/1833, nº 154

Páginas: 657 - 657

Real decreto sobre la división civil de territorio español en la Península e islas adyacentes en 49 provincias.

ARTICULO DE OFICIO.

La Reina nuestra Señora Doña ISABEL II y S. M. la REINA Gobernadora, siguen sin novedad en su importante salud.

Del mismo beneficio disfrutan SS. AA. RR. los Sermos. Sres. Infantes.

Reales decretos.

Artículo 1. El territorio español en la Península é islas adyacentes queda desde ahora dividido en 49 provincias, que tomarán el nombre de sus capitales respectivas, excepto las de Navarra, Alava, Guipúzcoa y Vizcaya, que conservarán sus actuales denominaciones:

Art. 2.° La Andalucía, que comprende los reinos de Córdoba, Granada, Jaén y Sevilla, se divide en las ocho provincias siguientes: Córdoba, Jaén, Granada, Almería, Málaga, Sevilla, Cádiz y Huelva. El Aragón se divide en tres provincias, á saber, Zaragoza, Huesca y Teruel. El principado de Asturias forma la provincia de Oviedo. Castilla la Nueva continúa dividida en las cinco provincias de Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca y Guadalajara. Castilla la Vieja se divide en ocho provincias, á saber, Burgos, Valladolid, Palencia, Ávila, Segovia, Soria, Logroño, Santander. Cataluña se divide en cuatro provincias, á saber, Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona. Extremadura se divide en las de Badajoz y Cáceres. Galicia en las de Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra. El reino de León en las de León, Salamanca y Zamora. El de Murcia en las de Murcia y Albacete. El de Valencia en la de Valencia, Alicante y Castellón de la Plana. Pamplona, Vitoria , Bilbao y San Sebastián en las capitales de las provincias de Navarra, Álava, Vizcaya y Guipúzcoa. Palma la de las islas Baleares. Santa Cruz de Tenerife la de las Islas, Canarias.

Art. 3.° La extensión y límites de cada una de dichas provincias son los designados á continuación de esta ley. Sin embargo, si un pueblo situado á la extremidad de una provincia tiene una parte de su término dentro de los limites de la provincia contigua, este territorio pertenecerá á aquella en que se halle situado el pueblo, aun cuando la línea divisoria general parezca separarlos.

Art. 4.° Esta división de provincias no se entenderá limitada al orden administrativo, sino que se arreglarán á ella las demarcaciones militares, judiciales y de Hacienda.

Gaceta de Madrid Publicación: 15/05/1834, nº 84

Páginas: 386 - 386

España.- Madrid 14 de Mayo.- Lista de los pueblos cabezas de partido de las provincias de España según la división judicial aprobada en Real decreto de 21 de Abril de 1834.

Badajoz: Almendralejo, Badajoz, Castuera, Fregenal de la Sierra, Fuente de Cantos, Herrera del Duque, Jerez de los Caballeros, Llerena, Mérida, Olivenza, Puebla de Alcocer, Villanueva de la Serena, Zafra.

Cáceres; Alcántara, Cáceres, Coria, Garrovillas, Gata, Granadilla, Jarandilla, Logrosan, Montanchez, Navalmoral de la Mata, Plasencia, Trujillo, Valencia de Alcántara

    Los pueblos son unificados por el Real Decreto en 1834 en un solo Ayuntamiento la división eclesiástica de la población duraría ciento veinticinco años más.

    En 1835, Aldeanueva vuelve a sufrir las inclemencias de una guerra civil. El pueblo era profundamente realista e isabelino, es incendiado y masacrado por las tropas carlistas, pero la Milicia Nacional de Aldeanueva junto a los demás pueblos vecinos se unieron y derrotaron a los carlistas en la ciudad de Béjar.

    Reconstruido el pueblo en 1840, la llegada del ferrocarril en 1875 supuso un nuevo impulso para Aldeanueva del Camino, junto con el mercado semanal de los miércoles que desde el siglo XVII era el mercado más importante de ganado de Extremadura.

   Pascual Madoz en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, Tomo I publicado en Madrid en 1848, se refiere al pueblo en los siguientes términos:

    "ALDEANUEVA DEL CAMINO: Lugar con ayuntamiento de la provincia y audiencia territorial de Cáceres (20 leguas), partido judicial de Granadilla (3), administracion de rentas de Plasencia (6), capitania general de Badajoz (34), diocesis, la mitad S. del pueblo de Plasencia , y la mitad N. de Coria (11): Situada en una llanura algun tanto profunda con relacion á sus alrededores; sobre la carretera de Estremadura á Castilla la Vieja á la derecha del ramal izq. de las sierras que se separan en el puerto de Baños, del que dista 2 leguas, y á la izq. del rio Ambroz; goza de una atmósfera despejada y serena, aromatizada con la mucha vegetacion del pais, clima sano y alegre y se padecen pocas enfermedades: 200 casas con 22 calles dos plazas y dos plazuelas constituyen el cuerpo de la Poblacion, que en sus dos terceras partes se halla en la calle principal bien empedrada, en regular alineacion, que siendo la misma carretera de Estremadura atraviesa el pueblo de SO á NE.: las casas de esta calle y de la plaza á donde desemboca son de 8 á 10 varas de altura, de dos pisos y aun tres; todas tienen balcones de madera, que allí se llaman corredores, y cojen todo el frente del edificio: las demas calles están mal empedradas, con poca alineacion, y aunque tienen casas por el mismo orden, son la mayor parte de piso bajo: por uno de los costados de esta plaza pasa una especie de acequía pequeña de agua cristalina destinada para regar los huertos y posesiones que hay dentro del pueblo: la otra plaza llamada del mercado está circunvalada de posadas y comunica con el resto de la poblacion por un pequeño Puente de piedra construido sobre un torrente (llamados en el pais gargantas) que pasa con enorme ruido por esta parte del lugar. Este pueblo estaba anteriormente dividido en dos aldeas pertenecientes ambas á la provincia de Estremadura, se distinguian entre sí con el sobrenombre de parte de arriba y parte de abajo; habia por consiguiente 2 ayuntamientos y 2 casas municipales; pero ceso esta distincion por el Real decreto de division territorial en 1831, y desde entonces forma un solo ayuntamiento, para el cual se ha edificado en el año 1842 nueva casa consistorial, destinando la parte superior para sala de sesiones y residencia del alguacil y alcaide de la cárcel, que se estableció en el piso de abajo: la casa de parte de arriba sirve para escuela, en la cual hay un maestro dotado, por los fondos públicos y ademas cierta retribucion por parte de los 40 niños que concurren: á la misma escuela, aunque en local separado, asisten algunas niñas para aprender a leer y escribir: la casa de parte de abajo solo sirve, para encerrar madera y otros útiles: la misma division que existia en lo civil permanece todavia en lo eclesiastico: la parle de abajo corresponde á la diocesis de Cória, tiene parroquia dedicada á San Servando que se reedifico y amplió en 1720 y hasta 1815 estuvo servida por un cura de oposicion, pero desdee entonces viene siendo por un Ecónomo; tiene aneja la iglesia del inmediato pueblecito de Valdelamatanza en la provincia de Salamanca y ella misma es dependiente del curato de la Granja (1 legua): la parte de arriba corresponde á la diócesis de Plasencia; su iglesia es aneja a la de Gargantilla, y está servida por el párroco de este pueblo; de suerte que el de Aldeanueva á pesar de tener en su recinto dos iglesias se puede decir que carece de parroquia y sus vecinos sufren perjuicios considerables por esta confusion de autoridades eclisiasticas: ambas iglesias están pobre de ornamentos y alhajas como es lo natural, y tienen un solo cementerio reducido é inseguro: á 80 pasos al S. de las casas hay una fuente abundantísima de buen agua para uso de los habitantes con dos caños de hierro y dos pilones; á su inmediación se han plantado algunos árboles, y toda la obra se debe al ayuntamiento de 1840, que introdujo con ella una gran mejora en este punto; al N. hay un buen pozo que antiguamente sirvio para el consumo para los vecinos de aquel lado; al E. una grande ermita, ya desmantelada, y por último en todas direcciones, y con alguna alguna separacion del pueblo para evitar los fuegos, hay 80 oficinas que se llaman sequeros, para resecar el pimiento en rama antes de llevarlo á los molinos, Confina el Termino por N. con los de Valdelamatanza y Lagunilla, provincia de Salamanca; E. con los de Baños y Hervás; S. con los de Gargantilla y Segura. y 0. con los de la Abadía y Granja, á 1/2 legua, 1/4 y aun 1/8 legua: comprende 500 fanegas roturadas, una dehesa de encinas y alcornoques, un monte de castaños y robles, un ejido, muchos prados de heno; é infinitos huertos de árboles frutales, legumbres, viñedo y moreras: fertiliza esta admirable vegetacion el rio Ambroz que corre á 500 pasos del pueblo de E. á O., la garganta llamada de Andrés, la que cruza por el pueblo y se ha citado ya, y otros pequeños manantiales, que brotan por todas partes, dando la vida a estos laboriosos aldeanos que tienen ademas en estos rios 6 molinos harineros, y dos de aceite. El Terreno es llano en su mayor parte, con algunos pequeños barrancos y hondonadas, fuerte y feraz, con muchos guijarros rodados de gran magnitud; aproximándose á la sierra, arenoso y con grandes peñascos, por cuya razon no se cultiva. Cruza el pueblo y su termino la carretera general de Estremadura á Castilla, que en este punto lo es la misma Calzada de la Plata de los romanos bien conservada aunque bastante descarnada en el empedrado; los demas caminos son de pueblo á pueblo; regulares y capaces todos de admitir carros: Correos: aunque el conductor de la correspondencia de provincia pasa por las mismas calles, para Bejar y Salamanca, tiene el ayuntamiento que enviar un balijero a Plasencia tres veces á la semana: gasto superfluo que deberia evitarse, dejándola aquel conductor á su paso sin ninguna incomodidad. Produccion: la de cereales es muy escasa, pero en cambio es abundantisima la de pimiento, vino y frutas de todas clases; es regular la de lino. aceite, seda legumbres, bellota, castañas y heno. se mantienen 800 cabezas de ganado lanar, 400 cerdos gordos; 300 cabras, 100 vacas cerriles, los de labor, igual, numero de caballos y mulas, y mas de 5,000 colmenas que los vecinos de otros pueblos traen á disfrutar de las muchas flores que el término produce, y que los naturales no aprovechan. Industria: dedicados al cultivo de los huertos, apenas se ejercitan en otros oficios: hay sin embargo 4, tejedores y los menestrales necesarios para el servicio ordinario. Comercio: consiste por lo general en la venta del pimiento y demas frutas que poseen, abasteciendose en cambio de los cereales que les faltan: como pueblo de carrera hay muchas tiendas de merceria y comestibles para el abasto de los viajeros que generalmente hacen jornada en este punto, y contribuyen mucho á sus especulaciones; son estas mas notables en el mercado que se celebra todos los miércoles desde el dia de Todos los Santos hasta el de San Blas, al que ademas concurren algunas tiendas de paños y telas, y se hace gran venta de cerdos de todos los pueblos de la comarca, y algun ganado vacuno: se le concedió está gracia á fines del siglo pasado á peticion del partido. Poblacion: 170 vecinos, 931 almas.

    Es desconocido el año de su fundación, y menos cuáles han sido sus vicisitudes, empero observando los solidos puentes cuyas ruinas existen sobre el rio Ambroz el mismo nombre de este que lo toma al entrar en el término, las muchas inscripciones antiguas que hay repartidas por el pueblo, sirviendo de dinteles de puertas, y otros usos; teniendo en consideracion que este era uno de los pasos mas célebres de la antiquísima calzada romana, llamada de la Plata, segun las varias columnas miliarias y de triunfo que se conservan, con inscripciones legibles, las mas: los escombros y cimientos. visibles por la derecha del rio, y finalmente los enterramientos, medallas y otras antigüedades encontradas por los labradores, persuaden que existio en este punto la antigua y floreciente ciudad de Ambracia de los romanos, no la Cesalobriga que otros geógrafos han querido vanamente colocar en Aldeanueva: su historia moderna es tambien deplorable: en la guerra de Independencia fue totalmente destruida, quemada y saqueada; en la última civil, las fuerzas carlistas de Basilio Jara y otros, la incendiaron y saquearon de nuevo, pero siempre estos habitantes se han mostrado firmes y merecedores del nombre español: en 2 de mayo de 1838 un crecido número de su valiente M. N. acompañó al malogrado general Pardiñas, y tuvo no pequeña parte en la sorpresa de Basilio, verificada en Béjar la noche del mismo dia: sus oficiales están condecorados con la cruz de San Fernando de primera clase por esta y otras brillantes acciones; vivió y murio en este pueblo en el año 1849 el gran jurisconsulto D. Martin Batuecas, autor del catecismo politico y constitucional de los derechos y deberes del ciudadano, del que es dificil hallar un ejemplar, por el anhelo con que el tribunal de la Inquisicion lo busco e inutilizó, causando á su virtuoso autor largas y penosas prisiones."

Gaceta de Madrid  Publicación: 16/11/1857, nº 1777

Páginas: 1 - 2

Ayuntamiento Constitucional de Aldeanueva del Camino.

La plaza de Medico-cirujano titular de este pueblo y el de Gargantilla, distantes entre si un cuarto de legua escasa, se halla vacante, por traslacion a otro pueblo del que la obtenia. Su dotacion anual consiste en la suma de 9.000 rs vn, satisfechos por trimestres, 7.500 de los cuales son pagados de propios, y el resto tambien cobrado por el Ayuntamiento. Advirtiendo que el profesor tendra su residencia en Aldeanueva del Camino, haciendo una visita diaria a Gargantilla, y en casos extraordinarios siempre que la necesidad lo exija, aistiendo gratuitamente a los enfermos transeuntes de ambos pueblos, a los reconocimientos de quintos, casos de mano airada e inoculacion de vacuna.

Los aspirantes remitiran sus solicitudes, acompañadas de sus relaciones de meritos, a la Secretaria del Ayuntamiento de este pueblo dentro de los 30 dias de la aparicion de este anuncio en el periodico oficial de la provincia; en la inteligencia de que en el primer dia festivo, despues de transcurrido dicho termino, tendra lugar la eleccion por entrambas municipalidades.

Áldeanueva del Camino, 8 de Noviembre de 1857-- El Presidente del Ayuntamiento Rafael Rodríguez. Manuel Rubio Gil de Roda, Secretario

Gaceta de Madrid Publicación: 13/10/1871, nº 286

Departamento: Ministerio de Fomento

Páginas: 146 - 146

Dirección general de Instrucción pública.- Acuerdo para destinar la colección de libros núm. 168 que ha de servir de base á una Biblioteca popular, á la Escuela de Instrucción primaria que dirige en Aldeanueva del Camino (Cáceres).

Gaceta de Madrid Publicación: 09/10/1929, nº 282

Departamento: Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes

Páginas: 191 - 192

Real decreto aprobando el proyecto para la construcción de una escuela en Aldeanueva del Camino.

Gaceta de Madrid: Diario Oficial de la República Publicación: 16/03/1936, nº 76

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 2128 - 2128

Dirección general de Administración.- Prorrateo de las cantidades concedidas por jubilación por imposibilidad física del Secretario del Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino (Cáceres), D. Ricardo Serradilla Silva.

Con esta fecha se ha acordado en el expediente de jubilación por imposibilidad física del Secretario del Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino (Cáceres), D. Ricardo Serradilla Silva, el siguiente prorrateo con arreglo a los 3/5 del sueldo anual de 5.500 pesetas, si bien el Ayuntamiento referido de Aldeanueva del Camino contribuirá con arreglo a los 4/5 de referido sueldo, como mejora que le ha concedido al interesado

El Ayuntamiento de Casas del Monte abonará mensualmente 2,24 pesetas.

El de Gargantilla, ídem, 11,37 pesetas.

Y el de Aldeanueva del Camino, ídem. 353,05 pesetas.

Esta última Corporación abonará al jubilado el importe integro de su jubilación mensual, recaudando de las demás Corporaciones las sumas indicadas que les ha correspondido.

Madrid, 13 de Marzo de 1936.-El Director general, Miguel Cuevas.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 24/01/1940, nº 24

Departamento: Ministerio de Educación Nacional

Páginas: 617 - 617

Orden aprobando acta de recepción definitiva y de entrega de las obras de Aldeanueva del Camino (Cáceres) y devolución de la fianza al contratista.

Vista la instancia suscrita por don Emilio Santos Pérez, contratista de las obras con destino a Escuelas graduadas en Aldeanueva del Camino (Cáceres), solicitando la devolución de la fianza;

Resultando que el señor Santos Pérez, de su propiedad y para que le sirviese de garantía, consignó en 26 de abril de 1930, en la Caja general de Depósitos, la suma de catorce mil novecientas seis, pesetas con veintiocho céntimos, en metálico, según resguardo señalado con los núms. 526.260 de entrada y 46.125 de registro;

Resultando, que en certificación expedida por el Alcalde del Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino, se hace constar que no ha sida presentada ninguna reclamación contra la contrata, por concepto alguno y en relación con las mencionadas abras;

Resultando que por hallarse el edificio en perfectas condiciones y haber transcurrido el plazo de garantía; fue recibido definitivamente y entregado al Ayuntamiento, cual consta en la oportuna acta unida a este expediente;

Considerando que procede la aprobación de la expresada acta;

Considerando que con los documentos aportados se ha dado el debido cumplimiento a lo prevenido en los artículos 64, 68 y 70 del pliego de condiciones generales, aprobado por Real Decreto de 4 de septiembre de 1908;

Considerando que al haber cumplido el contratista su compromiso con el Estado, éste debe de acordar la devolución de la fianza constituida al efecto, previo pago del Impuesto de Derechos reales, en consonancia con lo prevenido en el párrafo tercero del articulo 171, del vigente Reglamento de dicho ímpuesto,

Este Ministerio, de acuerdo con lo informado por la Asesoría Jurídica, ha tenido a bien aprobar el acta de recepción definitiva y de entrega de las obras de referencia y la devolución de la fianza y disponer que por esa Ordenación de pagos. se devuelva a don Emilio Santos Pérez, contratista del servicio, el metálico a que se refiere el resguardo señalado con los números 526.260 de entrada y 48.125 de registro, una vez que haya satisfecho los correspondientes Derechos reales.

De Orden comunicada par el Excmo. Sr. Ministro lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V.I muchos años. Madrid, 11 de enero de 1944.--El Director general. Romualdo de Toledo. Sr. Ordenador de pagos de la Caja general de Depósitos (Ministerio de Hacienda)

Boletín Oficial del Estado Publicación: 09/08/1945, nº 221

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 1032 - 1032

Dirección General de Correos y Telecomunicación. (Correos.- Sección 4.ª (Red Postal).- Negociado de Centros y Enlaces).- Anunciando subasta para contratar la conducción del correo entre las oficinas del Ramo de Aldeanueva del Camino y su estación férrea.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 16/10/1945, nº 289

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 2332 - 2332

Dirección General de Correos y Telecomunicación (Correos.-Sección cuarta (Red Postal).-Negociado de Centros y Enlaces).-Anunciando subasta urgente para la conducción del correo, en Carruaje de tracción de sangre o caballeria, entre las oficinas del Ramo de Aldeanueva del Camino y su estación férrea.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 20/07/1946, nº 201

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 5733 - 5733

DECRETO de 5 de julio de 1946 por el que se autoriza la subasta de las obras de "Saneamiento de Aldeanueva del Camino (Cáceres)".

Boletín Oficial del Estado Publicación: 25/02/1951, nº 56

Departamento: Ministerio de Educación Nacional

Páginas: 840 - 841

Orden de 31 de enero de 1951 por la que se encarga a la Junta Provincial de Beneficencia de Cáceres del Patronato de la Fundación particular benéfico-docente instituida por don Eduardo Rubio Masides en Aldeanueva del Camino (Cáceres).

   Es curioso el hecho de encontrarse dividido eclesiásticamente el termino municipal, entre los Obispados de Plasencia y Coria, en el año 1806

    Según la Guía de los Archivos de la Iglesia en España, edición 2000.

    La Diócesis de Coria-Cáceres se divide actualmente en diez circunscripciones que se corresponden con las áreas de Coria, Cáceres, Casar de Cáceres, Valencia de Alcántara, Alcántara, Alcuéscar, Casar de Cáceres, Gata, Montehermoso y Casar de Palomero. Su extensión es de 10.057 kilómetros cuadrados, con una población de 224.394 habitantes, entre los que no se incluyen los del área de influencia de Plasencia y Guadalupe. El número de parroquias actuales se eleva a 154, con 128 sacerdotes diocesanos y 19 extradiocesanos.

    En términos históricos, todavía hoy se desconoce el origen y la fecha exacta de creación de la Diócesis de Coria, aunque se cree que fue fundada por San Silvestre en el año 338, en tiempos del emperador Constantino. Sí hay certeza escrita de que existía en el 589 por aparecer Jacinto, obispo de Coria, en las actas del III Concilio de Toledo.

    Inicialmente, la diócesis se denominaba únicamente de Coria. Algunos de sus obispos más destacados fueron Suero I (1157-1168), Arnaldo I (1157-1232), Fernando I (1261-1271), Pedro García de Galarza (1579-1604), Antonio Sánchez Cid y Carrascal (1815-1821) o Pedro Segura Sáez (1920-1926).

    El 21 de junio de 1957 es otra fecha clave. El papa Pío XII eleva a Cáceres a la cabecera de la diócesis conjuntamente con Coria. Por entonces el obispo era Manuel Llopis Ivorra, que se mantuvo en el cargo desde 1950 a 1977. Llopis construyó los nuevos seminarios de Coria y Cáceres y creó una asociación benéfica para construir casas para los necesitados de Cáceres (de ahí el actual barrio que lleva su nombre en la capital). En 1977 le sucede Jesús Domínguez Gómez, pastor muy querido por sus diocesanos, que permaneció en el obispado hasta 1990, cediendo el testigo a Ciriaco Benavente en 1992.

   El área territorial diocesana de la Sede Pacense fue durante siglos muy pequeña, ya que se extendía en una pequeña franja estrecha sobre la frontera portuguesa, desde Alburquerque hasta Zafra y Fregenal de la Sierra. El acontecimiento histórico más relevante para esta diócesis fue la publicación de la Bula “Quo Gravius” (1873), del Papa Pio IX, por la cual se suprimían los Prioratos de las Órdenes Militares de Santiago (Llerena) y de Alcántara (Magacela y Zalamea de la Serena), cuyos amplísimos territorios jurisdiccionales quedaron, en su gran mayoría, integrados en la Diócesis de Badajoz; con lo cual aumentaría en más de cinco veces su superficie territorial y su población.

   Ya en el s. XX, se modificarían de nuevos sus límites diocesanos por un Decreto de la Sede Apostólica (1958) que agregó al Obispado de Badajoz el Arciprestazgo de Castuera, que venía perteneciendo al de Córdoba, así como algunos pueblos de la Diócesis de Coria. En cambio, perdió el Arciprestazgo de Montánchez, que quedó agregado a la Sede Cauriense.

   Con estas modificaciones la Diócesis de Badajoz quedó con una extensión de 17.396 kilómetros cuadrados, y una población aproximada de seiscientos mil habitantes, que representan prácticamente la totalidad de la provincia de la Baja Extremadura.

   Por último, el día 28 de julio de 1994, Su Santidad el Papa Juan Pablo II, por la Bula “Universae Ecclesiae sustinentes” crea la nueva Provincia Eclesiástica de Mérida-Badajoz, que comprende a las tres diócesis extremeñas: Badajoz, Coria-Cáceres y Plasencia, y nombra primer Arzobispo de la nueva Sede Metropolitana a Monseñor Antonio Montero Moreno, que toma posesión de la Archidiócesis en el acto de ejecución de dicha Bula, en Mérida, el día 12 de Octubre de 1994.

    Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.

    Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del municipio.

    La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.

    En la actualidad es Ayuntamiento de la Provincia de Cáceres, Partido de Plasencia y de la Audiencia Territorial de Cáceres, en lo eclesiástico la parroquia de San Servando y Nuestra Señora del Olmo, del Arciprestazgo de Granadilla (Espíritu Santo), Cabeza de Arciprestazgo Guijo de Granadilla, Diócesis de Coria y Archidiócesis de Mérida-Badajoz


MONUMENTOS

D.O.E. Nº 33 de 21/03/2002

AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DEL CAMINO

Normas subsidiarias.- Anuncio de 5 de marzo de 2002, de aprobación del proyecto inicial del Plan General Municipal y el proyecto de Catálogo de Protección del Centro Histórico

Aprobado por el Pleno Municipal de fecha 14 de febrero de 2002, de acuerdo con lo establecido en el art. 77.2.2 de la Ley 15/2001 de 14 de diciembre se expone al público en este Ayuntamiento el Proyecto Inicial del Plan General Municipal y el Proyecto de Catálogo de Protección del Centro Histórico. Por un plazo de dos meses para atender las posibles reclamaciones.

Aldeanueva del Camino, a 5 de marzo de 2002. El Alcalde-Presidente, DIONISIO CASTILLEJO RODRÍGUEZ.

    Iglesia de San Servando, Situada en la denominada Parte de Abajo, obispado de Coria, fue levantada en el siglo XVI, con una ampliación posterior en el año 1720, es de estilo gótico de transición, con elementos netamente característicos de las iglesias extremeñas. Su fábrica es de mampostería con recios estribos y torre junto a la cabecera.

    El interior está formado por una sola nave más ancha que el ábside y está dividida en tres tramos por dos arcos de piedra de medio punto sobre columnas jónicas; en el último tramo se levanta el coro. En el frontal de la cabecera de la nave y a cada lado, existen dos hornacinas enmarcadas en sendos arcos de medio punto. La techumbre es de madera así como el piso, si bien este originariamente debió ser de baldosas.

    El abside o cabecera muestra mayor solidez, separado por una pequeña escalinata es toda de piedra, de forma cuadrada y se cubre con bóveda de crucería, en ella se aloja el Altar Mayor. Pieza muy destacada en esta iglesia es su retablo mayor; obra renacentista del siglo XVI que contiene 15 tablas pintadas cuyo tema gira en torno a los misterios Rosario.

   Iglesia Nuestra Señora del Olmo. Situada en Parte de Arriba, obispado de Plasencia, esta iglesia pertenece al siglo XV-XVI, al igual que la anterior es una fábrica de mampostería, con anchos contrafuertes y torre rectangular junto a la cabecera, a la que se accede por unas escaleras exteriores. Mantienen un estilo gótico de transición, con elementos netamente característicos de las iglesias extremeñas. En la actualidad quedan muy pocas en España de similares características y se considera como ejemplar único.

    El interior de la iglesia muestra dos volúmenes claramente diferenciados: la cabecera, más alta y estrecha y la nave, que posee menor interés arquitectónico. La nave, más corta que la de San Servando, y bastante más ancha que la Capilla Mayor, dividida en dos tramos por un arco de medio punto de piedra con sección ochavada, al final del último tramo se levanta el coro o tribuna. Al igual que en la otra iglesia existen sendas hornacinas en cada uno de los frontales de la nave, enmarcadas en este caso por un arco escarzano. La techumbre de la nave es de madera a tres planos.

    La bóveda gótica de la Capilla Mayor, en su totalidad de piedra, forma una estrella de ocho puntas. Se atribuye la autoría de esta bóveda a Juan de Alvar, maestro que trabajó en la Catedral de Plasencia.

    Ermita de Nuestra Señora del Olmo. Ermita levantada sobre vestigios romanos y hendida por el río Ambroz. Cantada por Gabriel y Galán. Magnífica bóveda de granito, atribuida a Herrera, el arquitecto del Escorial. La advocación es muy antigua, popular, con ricos mecenas que fueron generosos ya en el siglo XVI. La imagen actual, desaparecida la antigua, es de escayola. Su fiesta, el 15 de agosto.

    Ermita de la Virgen Madre de Dios. Situada en una finca particular.

    Puente romano.Es una obra de pequeñas dimensiones, un solo ojo, sobre el arroyo de la Buitrera y modos constructivos romanos que pueden observarse en varios sillares a pesar de las sucesivas modificaciones sufridas.

   Antonio Vegas en su Diccionario Geográfico Universal, Tomo V, publicado en Madrid en el año 1795. dice:

    "Puente: en la entrada y salida del Lugar de Aldea Nueva del Camino, en la Provincia de Estremadura, Partido de Plasencia, hay dos puentes sobre el rio Ambroz, llamados de la Doncella, muy bien construidos"

    Antonio Ponz en su "Viage de España", Tomo VIII, Segunda Edición publicado en Madrid el año 1784, escribe:

   "Entre el Villar, y Aldea nueva del Camino se descubren en la trasierra á mano derecha los lugares de Cabezavellosa , Casar del Monte , Ségura , y Gargantilla y en la llanura, á mano izquierda, por donde corre el rio Ambroz, la Zarzita, la Granja, y la Abadía, unos, y otros poco distantes del camino.

    Aldea nueva es pueblo de unos trescientos vecinos. Desde la ladera del monte donde está fundado, hasta lo alto, tiene bosque de castaños , como los demás lugares de semejante situacion, gran alivio para el sustento de los pobres; pero hoy tiene adehesado Plasencia este y los demas montes altos del partido, segun me dixeron, y que estarian así por algunos años, de que se quexan los necesitados vecinos. Al pasar por este pueblo me paré á leer la siguiente incripcion, que sirve de lintel á una casa:

FVLVIVS. R VFVS SE STATIENSIS ANN. L XV. H. S. E. S. T : L. FVLV - IVS. FIR . MVS. P.: F. C: ...

    Hay un puente bien construido al. entrar de Aldea nueva., y otro al salir sobre el rio Ambroz, y lo llaman de, la Doncella, Mas adelante se encuentra otro sobre un arroyo por donde atravesaba la calzada antigua, llamado de Romanillas, y es obra de Romanos; pero ya enteramente abandonado, é intransitable, aunque muy necesario en aquel parage. Así este, como el de la Doncella, que tambien se va á arruinar, debian componerse muy presto. Desde Aldea del Camino á Baños, se reconoce en algunos trechos la calzada romana. El lugar de Ervás queda á mano derecha en la subida, de una de las mas altas sierras, donde no es regular que falte nieve todo el año."


GASTRONOMÍA

    Entre la gran variedad destacan: las patatas escabechadas, la cazuela, la caldereta de cabrito, el magro con pimientos, el chorizo estofado, el guiso de morros, rabos y orejas de cerdo, las patatas con bacalao, la morcilla, la tortilla de espárragos trigueros, la tortilla española, los callos y las migas extremeñas, en ocasiones especiales como en las llamadas "tornabodas" (el día después de la boda).

    Entre los dulces las roscas, los coquillos, las magdalenas, las perrunillas, los mantecados y la sopa dulce. En Semana Santa el "bollo" (bizcocho dulce cubierto de azúcar) y del "hornazo" (especie de pan relleno de chorizo o huevo).

    Aldeanueva es conocida en toda España por su magnífico pimentón con la característica del secado tradicional al humo de leña de encina, del cual se producen actualmente más de un millón de kilos en las cuatro factorías que funcionan en la actualidad. Este producto de excepcional calidad hace que los platos cocinados con este ingrediente tengan un sabor inigualable; las migas extremeñas, el chorizo, la morcilla o los callos.

  Para saber mas acerca de las Marcas de Calidad de la región extremeña, pinchar aquí

    Para conocer la normativa de las Matanzas Caseras, pinchar aquí

   Está incluido en la denominación del cerdo ibérico Dehesa de Extremadura, para mas información sobre el cerdo y sus productos pinchar aquí

  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la zona Vino de la Tierra de Extremadura, para conocer mas sobre el vino de la Tierra, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí

    Para conocer el Registro de Envasadores y Embotelladores de aceite de oliva virgen extra y aceite de oliva virgen con designación de origen de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pinchar aquí.

    Si quieres conocer el panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen y la regulación de las organizaciones de operadores del sector oleícola, pincha aquí.

    Está incluido dentro de la Denominación de Origen Aceite de Gata, para conocer mas sobre este aceite, pinchar aquí

    Para conocer la Calidad de las Aguas potables, pinchar aquí

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen del Pimentón de la Vera, para conocer mas sobre el pimentón, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Está incluido en la protección de la Cabra Retinta Extremeña, para mas información sobre la cabra y sus productos pinchar aquí

   Si quieres saber sobre el Registro de Derechos de Replantación de Viñedos, pincha aqui

   Para mas información sobre Gastronomía extremeña, ir a Addenda de Gastronomía


FIESTAS

Núm.: 45 Lunes, 7 de marzo de 2011

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

Fiesta de Interés Turístico.- Orden de 15 de febrero de 2011 por la que se declara Fiesta de Interés Turístico de Extremadura la fiesta "Otoño Mágico" del Valle del Ambroz.

   Si quieres mas información sobre las Fiestas de Extremadura, pincha aquí

   Si te interesan las Plazas de Toros de Extremadura y la Normativa sobre espectáculos taurinos, pincha aquí

    Sobre el río Ambroz se encuentran los restos de lo que fuera plaza de toros con tablados de madera y escoba,


TURISMO

DOE núm. 30 MARTES, 13 DE MARZO DE 2001

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Medio Ambiente.- Decreto 36/2001, de 6 de marzo, por el que se declaran Árboles Singulares de Extremadura.

Alcornoque de la Fresneda. Quercus suber.

• Arbol monumental. Situado al borde de la carretera CC-V-138 (Aldeanueva del Camino-Valdelamatanza), a unos 1.600 metros del cruce con la carretera N-630. Esta carretera atraviesa el paraje El Alcornocal, de Aldeanueva del Camino (Cáceres), dentro del cual se localiza la «Cerca de la Fresneda» en la que se encuentra el árbol. Designación del punto: 30TTK625511.

• Biometría: Altura total: 21 m.; perímetro del tronco a 1,30 m.: 6,6 m.; diámetro máximo de copa: 27,5 m.

   A la espectacularidad de este árbol, singular por antonomasia, contribuye el hecho de que el tronco se bifurque a una altura de 3,8 m en tres ramas que, por su grosor, podrían pasar por alcornoques independientes.

    El estado de conservación del árbol es regular ya que presenta numerosas verrugas, ocasionadas por sacas de corcho mal hechas. Sufre, también, de una defoliación acusada y tiene mucha ramillería seca. El paraje que lo rodea está formado por una vaguada suave en la que se encuentran otros alcornoques, encinas, rebollos y fresnos.

DOE num. 85, miercoles 06 de mayo de 2015

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2015, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se hace pública la relación de cotos de pesca y masas de agua de la Comunidad Autónoma de Extremadura en los que se permite la suelta de trucha arco iris en aplicación de la disposición transitoria tercera del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.

La disposición transitoria tercera del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catalogo Español de Especies Exóticas Invasoras, establece que las comunidades y ciudades autónomas deberán hacer publica la relación de cotos en los que se permitirá previa autorización administrativa, las sueltas con especies aloctonas no catalogadas objeto de aprovechamiento piscícola o cinegético cuando no se vean afectadas por la prohibición del articulo 52.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. Esta relación, exclusivamente, podrá incluir los cotos en los que se hayan autorizado estas sueltas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

Por tanto, como órgano competente en materia piscícola de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO

Hacer publica la relación de cotos de pesca y masas de agua en los que se permite, previa autorización administrativa, las sueltas de la especie trucha arco-iris (Oncorhynchus mykiss), que se detallan en el anexo a esta Resolución.

Las sueltas deberán realizarse exclusivamente con ejemplares criados en cautividad, procedentes de cultivos monosexo y sometidas a tratamiento de esterilidad.

Merida, a 16 de abril de 2015. El Director General de Medio Ambiente, Enrique Julian Fuentes

ANEXO. Relación de cotos de pesca y tramos de agua en los que pueden realizarse sueltas de trucha arco-iris (Oncorhynchus mykiss).

COTO -- MASA DE AGUA --TÉRMINO MUNICIPAL

ARMIÑAN -- EMBALSE DE ARMIÑAN -- ALDEANUEVA DEL CAMINO
EL LOMO -- RÍO AMBROZ -- ALDEANUEVA DEL CAMINO

    ANUNCIO de 8 de febrero de 2005 por el que se somete a información pública la tramitación del coto de pesca denominado “El Lomo”, en Aldeanueva del Camino.

DOE núm. 24 MARTES, 29 DE FEBRERO DE 2000

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Pesca.-Anuncio de 16 de febrero de 2000, sobre la tramitación del coto de pesca denominado "Ambroz". Fase de información pública, en Aldeanueva del Camino. Por parte del Servicio de Conservación de la Naturaleza, Caza y Pesca de la Dirección General de Medio Ambiente, se está tramitando el expediente de constitución del coto de pesca denominado «Ambroz», junto con la Sociedad de Pescadores de Aldeanueva del Camino, y cuyos límites y condiciones se resumen a continuación:

– Masa de agua: Pantano de «Armiñán» y E. de Regulación.

– Límites del Coto:

• Superior: Cotas de máximo embalse.

• Inferior: Muro de las presas.

– Especie piscícola principal: Ciprínidos.

– Periodo de funcionamiento: Todo el año.

– Días hábiles de pesca: Martes, jueves, sábados, domingos y festivos.

– Cupo de capturas: Barbos: 20; carpas: 20.

– Número de permisos diarios: Doscientos.

– Características de los permisos: Extranjeros 4.ª, ribereños y miembros de sociedades colaboradoras 6.ª, otros 5ª.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Mérida, a 16 de febrero de 2000.–El Director General de Medio Ambiente, Leopoldo Torrado Bermejo

Boletín Oficial del Estado Publicación: 19/02/1954, nº 50

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 944 - 945

Orden de 25 de noviembre de 1953 por la que se aprueba el expediente de clasificación de las vías pecuarias.existentes en el término municipal de Aldeanueva del Camino (Cáceres).

Ilmo. Sr.: Visto el expediente de clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Aldeanueva del Camino (Cáceres) ;

Resultando que con fecha 25 de febrero de 1949, el señor Alcalde de Aldeanueva del Camino dirige oficio al Ilmo. Sr. Director general en el que solicita copia de la documentación de los cordeles o vías pecuarias de dicho termino;

Resultando que con fecha 23 de junio de 1953, el Alcalde de Aldeanueva del Camino solicita el deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Aldeanueva del Camino;

Resultando que, mediante propuesta de este Servicio de Vías Pecuarias, fue designado para realizar la inspección de las vías pecuarias del término de Aldeanueva del Camino el Perito Agrícola adscrito a esta Dirección General de Ganadería don José Luís Ruiz Martín, para que una vez realizada la visita emitiese el correspondiente informe y formulase el proyecto de clasificación

Resultando que con fecha 28 de febrero de 1953 fue remitido al Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino el proyecto de clasificación de las vías pecuarias de dicho término para su exposición al público y remisión de informe de dicha Corporación y del de la Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos, segun determina el artículo 21 del vigente Reglamento de Vías Pecuarias, de 23 de diciembre de 1944, tendrá que ser expuesta al público durante el plazo de quince días, pasados los cuales y diez mas se devolverá a esta Dirección General, incluyendo las reclamaciones que se hubieran presentado, remitiéndose igualmente una copia al señor Ingeniero Jefe de Obras Publicas de la provincia

Resultando que con fecha 11 de abril de 1959, el Alcalde de Aldeanueva del Camino remite el proyecto de clasificación con las diligencias de exposición al público e informes favorables al proyecto:

Resultando que en vista de las intrusiones efectuadas en las vias pecuarias del término municipal de Aldeanueva del Camino, de las que se tuvo conocimiento por el señor Alcalde de dicho término, figurando una variación en el deslinde efectuado en el año 1895, esta Dirección General creyó oportuno se redactase otro proyecto de clasificación en que quedasen claramente determinadas y aclaradas cuantas dudas habían surgido como consecuencia de las intrusiones citadas;

Resultando que redactado el nuevo proyecto de clasificación por el Perito Agrícola del Estado don José Luís Ruiz Martín, fue remitido al Alcalde de Aldeanueva del Camino para exposición al público y pasados los plazos reglamentarios fue devuelto con los informes preceptivos y diligencias reglamentarias;

Resultando que este proyecto de clasificación: de las vías pecuarias del termino municipal de Aldeanueva del Camino ha sido sometido a informe del señor Ingeniero inspector del Servicio;

Resultando que con efectos 3 de noviembre de 1953 fue enviado este expediente a informe de la Asesoría Jurídica del Departamento;

Vistos los artículos 5 al 13, ambos inclusive, del Decreto Reglamento de Vias Pecuarias de 23 de diciembre de 1944, y Reglamento de Procedimiento Administrativo de este Ministerio, de 14 de junio de 1935

Considerando que en la confección del proyecto se han observado las prescripciones de los artículos 8 al 13 del Reglamento de 13 de diciembre de 1941, habiéndose realizado su exposición al publico del citado proyecto durante el plazo reglamentario y emitidos los informes del Ayuntamiento y Hermandad Sindical de Agricultores y Ganaderos;

Considerando que el señor Ingeniero inspector del Servicio de vías Pecuarias don Ildefonso Moruza Ruiz, informa el proyecto formulado por el Perito Agrícola en el sentido de que debe aprobarse la clasificación;

Considerando que el informe emitido por la Asesoría Jurídica de este Ministerio con fecha de 6 de noviembre de 1953 es favorable a la aprobación del proyecto.

Considerando la petición de parcelas que se solicitan han de remitirse al momento en que se incoe el expediente de enajenación de los mismos:

Este Ministerio ha tenido a bien aprobar el expediente de clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Aldeanueva del Camino (Caceres), por el cual quedan clasificadas en la forma siguiente:

Vías pecuarias necesarias

1.- Colada denominada el Cordel de Roliedas. Anchura variable, siendo en su comienzo de 10 metros, para continuar en el resto del recorrido con anchura de 25 metros y a cinco o seis metros, que es el espacio determinado entre las cercas de la carretera en el ramal de enlace.

2.- Colada de Segura. Anchura variable, un minimun de dos metros y un máximo de nueve metros.

Adaptada a la separación entre las cercas que la limitan estando comprendidas entre una mínima de dos metros y una máxima de nueve metros.

3.- Cañada Real de Merinas. Anchura de 75,22 metros, equivalentes a 90 varas.

4.- Colada de Granja de Granadilla a Cañada Real de la Plata. Anchura de 10 metros.

Vía pecuaria excesiva

Cañada Real de la Plata o Aliste Zamorana. Se reduce a Cordel, con una anchura de 37.61 metros en la zona alejada del pueblo.

En la zona próxima al pueblo, antes y después de éste, desde donde la carretera principal entra en la anchura de cañada en el sitio del Palancar, hasta las primeras casas con edificación continua en el núcleo urbano pasadas las cercas de la calle del Mercado o General Mola. y al otro extremo del pueblo desde las ultimas casas hasta a la salida a la carretera principal, en el sitio de los Pozos, se reducirá a un paso o calle de 10 metros y en la. zona edificada de la población su anchura será la existente entre las edificaciones

Se considera como sobrante de esta vía la diferencia existente entre los 75,22 metros y 37,61, o sea 37.61 metros, por un lado, y 65,22 metros al reducir a una calle de 10 metros la anchura legal de cañada de 75,22 metros:

La descripción, longitud y características de cada una de estas vias pecuarias son las que en el proyecto de clasificación se especifican y detallan.

Si en el referido término municipal hubiera más vías pecuarias que las clasificadas no perdería su carácter de tales y podrán ser clasificadas posteriormente.

Lo que comunico a V,I,. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V.T. muchos años. Madrid, 25 de noviembre de 1953. CAVESTANY. Ilmo. Sr, Director general de Ganaderia.

DOE num. 70, jueves 10 de abril de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.- Anuncio de 26 de marzo de 2014 sobre exposición pública del comienzo de operaciones de deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada denominada Cordel de Rolleras", en el término municipal de Aldeanueva del Camino.

DOE num. 124, lunes 30 de junio de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.- Anuncio de 17 de junio de 2014 sobre exposición pública de la propuesta de deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada denominada Cordel de Rolleras", en el término municipal de Aldeanueva del Camino.

DOE num. 174, miercoles 10 de septiembre de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.- Resolución de 28 de agosto de 2014, del Consejero, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada "Cordel de Rolleras", en el término municipal de Aldeanueva del Camino, tramo: en todo su recorrido por el término municipal

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, y el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y el Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior, en relación con lo establecido Decreto del Presidente 23/2011, de 4 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, es competente para ejecutar los actos administrativos en materia de vías pecuarias.

En este sentido se ha llevado a cabo el procedimiento de deslinde de la vía pecuaria denominada “Cordel de Rolleras”, en el término municipal de Aldeanueva del Camino (Cáceres), tramo: “en todo su recorrido por el término municipal”, con base en los siguientes:

HECHOS

Primero. El expediente de deslinde de la vía pecuaria mencionada fue iniciado por acuerdo de 26 de marzo de 2014, publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 70, de 10 de abril de 2014, así como expuesto en el Ayuntamiento del respectivo término municipal, como se acredita mediante diligencia del Secretario del mismo.

Segundo. Conforme al acuerdo indicado en el antecedente de hecho anterior, las operaciones materiales de deslinde, previos los anuncios y comunicaciones reglamentarias, se llevaron a cabo entre el 21 de mayo de 2014 (acta de inicio) y el 26 de mayo de 2014 (acta de finalización del apeo).

Tercero. Mediante Anuncio de 17 de junio de 2014, publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 124, de 30 de junio de 2014, se lleva a cabo la exposición pública de la propuesta de deslinde, para que cuantos lo estimaran oportuno presentaran las alegaciones que en defensa de sus derechos tuvieran por conveniente.

Cuarto. En el plazo establecido al efecto no se presentaron alegaciones.

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.º En la tramitación del procedimiento se han observado todos los preceptos legales que le son de aplicación según lo previsto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Reglamento de Vías Pecuarias aprobado por el Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y la demás legislación que le resulta aplicable.

2.º La Orden de 25 de noviembre de 1953 (BOE de 19 de febrero de 1954) aprueba la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Aldeanueva del Camino, describiendo la Colada denominada Cordel de Rolleras.

El acto administrativo de deslinde debe ajustarse por imperativo legal a lo establecido en el acto de clasificación.

Vista la Propuesta de Resolución de Deslinde de la referida vía pecuaria, elevada por el Representante de la Administración, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas,

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada “Cordel de Rolleras”, en el término municipal de Aldeanueva del Camino (Cáceres), tramo: “en todo su recorrido por el término municipal”.

Frente a la presente resolución que pone fin a la vía administrativa puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación conforme al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación en el DOE.

Mérida, a 28 de agosto de 2014. El Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, José Antonio Echávarri Lomo

    En relación con la artesanía, es muy característica la cestería, aunque esta tradición sufre un gran retroceso y actualmente son muy pocas personas las que se dedican a este oficio, siendo años atrás uno de los trabajos más comunes y representativos del pueblo. A su paso encontrará artesanos que trabajan la madera y la cestería de castaño y varias fábricas de pimentón.

  Si quieres conocer los Bienes de Carácter Cultural, pincha aquí

   Si quieres conocer la Artesanía extremeña, pincha aquí

   Si quieres conocer mas sobre el Turismo Extremeño, alojamientos, tipos y normativa, pincha aquí

Si quieres conocer mas sobre la Vía de la Plata, pincha aquí

    Si quieres conocer mas sobre las Aguas Termales en Extremadura, pincha aquí

   Si estás interesado en la el origen y desarrollo de la ganadería extremeña, la Mesta, sus cañadas y costumbres, pincha aquí.

   Si quieres conocer mas sobre la Normativa de Competiciones, Conservación de la Pesca y Cotos, pincha aquí

   Si quieres conocer mas sobre la Naturaleza Extremeña, Normativa, Catalogo Especies Protegidas y Parques Naturales, pincha aquí

 Para conocer la caza en Extremadura, pincha aquí


MINERALES

   Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables:

 


ALOJAMIENTOS

  • Hotel Rural Tresmentiras c/ Matanzas 2927 48 43 33
  • Hostal Restaurante Roma Ctra. 630 Km. 435 927 48 40 38
  • Casa R. La Cañada del Jerte
  • Apartamentos R. El Camocho
  • Casa R. El Cerrillo
  • Apartamentos La Salamandra
  • Apartamentos Acebuche
  • Casa del Zarzo
  • Albergue Aurora Boreal
  • Camping Roma 2ª Categoría Ctra. N-630, km. 435 927 47 91 32

RESTAURANTES

  • Montesol Ctra. N-630, km. 43 927 48 43 35
  • Roma Ctra. N-630, km.435 927 48 40 38
  • Bar El Jaro Ctra. N-630, km. 438 927 48 41 71

webmaster@nuevoportal.com