Andando por Carcaboso

Carcaboso

    ÍNDICE

Datos Municipio.
Situación del Municipio
Datos del Ayuntamiento
Historia
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Gastronomía
Fiestas
Turismo
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Alojamientos
Personajes

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DATOS del MUNICIPIO 40º02'57" N 006º12'50" Hoja MTN 597

TIPO DE ENTIDAD: Aldea

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 20,13

ALTITUD: 275

POBLACIÓN: 1098

DISTANCIA CÁCERES: 93

PARTIDO JUDICIAL: Plasencia

MANCOMUNIDAD: Valle de Alagón

COMARCA AGRARIA: Plasencia

GENTILICIO: Carcaboseños, Bilitris

OTRAS ENTIDADES:

    Valderrosas, poblado de colonización situado en el municipio de Carcaboso, en la provincia de Cáceres, España. Fue fundado entre los años 1960 y 1970 y tiene unos 50 habitantes. Está considerado como un barrio de Carcaboso, se planeo con servicios religiosos, educativos y deportivos; además de cooperativa láctea

BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA:


SITUACIÓN del MUNICIPIO

    Situado en la margen derecha del río Jerte, su nombre le viene de cárcabo o cárcava, hoya o zanja grande producida por una corriente impetuosa de agua. El terreno es muy arcilloso, donde se produce fácilmente este fenómeno erosivo; es en su mayor parte llano, con algunas ondulaciones pertenecientes a los cerros de Celadillas, Barrancas y las lomas de Mesecillas.

    Bañan el termino el rio Jerte y otros arroyos que desembocan en él: Chorreras del Santo y Valdeherreros.

    Es un municipio de los que componen la comarca del Valle del Alagón.

   La Asociación para el Desarrollo del Valle del Alagón (ADESVAL), es una Asociación sin ánimo de lucro, cuya finalidad es "promover cuantas iniciativas persigan el Desarrollo de nuestra comarca".

    La constituyen 27 municipios del Valle del Alagón, empresas, cooperativas, asociaciones y socios individuales, que participan en el tejido productivo de nuestra comarca.

    ADESVAL, tiene como principal ámbito de actuación el territorio que comprenden los municipios Cacereños de: Acehuche, Aceituna, Aldehuela de Jerte, Alagón del Río, Cachorrilla, Calzadilla, Carcaboso, Casas de Don Gómez, Casillas de Coria, Ceclavín, Coria, Galisteo, Guijo de Coria , Guijo de Galisteo, Holguera, Huelaga, Montehermoso, Morcillo, Pescueza, Portaje, Portezuelo, Pozuelo de Zarzón, Riolobos, Torrejoncillo, Valdeobispo, Villa del Campo y Zarza la Mayor.

Ministerio de la Gobernación (BOE de 04/09/1975 - Sección III)

(Referencia BOE-A-1975-18616)

Decreto 2069/1975, de 24 de julio, por el que se aprueba la constitución de una Mancomunidad formada por los municipios de Calzadilla, Villa del Campo, Guijo de Coria y Guijo de Galisteo (Cáceres), a los fines de abastecimiento de aguas.

  La Mancomunidad Integral Valle del Alagón se encuentra situada al norte de la provincia de Cáceres, limita al norte con Sierra de Gata, Hurdes y Sierra de Granadilla, al sur con Ribera de Fresnedosa, al este con Portugal y al Oeste con Plasencia.

   Su extensión territorial de 635 km2 y un total de 15.248 habitantes repartidos entre sus 14 municipios y dos pedanías: Aceituna, Alagón del Río, Aldehuela del Jerte, Calzadilla, Carcaboso, Galisteo, Guijo de Coria, Guijo de Galisteo (El Batán y Valrio), Huelaga, Morcillo, Montehermoso, Pozuelo de Zarzón, Valdeobispo y Villa del Campo.

   En 1976 el Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón y posteriormente en 1985, el Ayuntamiento de Aceituna se incorporan a la citada Mancomunidad. En 1993, se inicia expediente para la modificación de los Estatutos de la Mancomunidad, que permita dar cobertura legal a los nuevos servicios que se están prestando y a los próximos que se van a asumir; así como la incorporación de nuevos municipios, quedando inconcluso.

   En 1995 se produce la integración del municipio de Morcillo en la Mancomunidad participando de todos los servicios establecidos y programas desarrollados a excepción del Servicio de Abastecimiento de Agua, integración, que se produce en 1998 tras la entrada en servicio la red de abastecimiento de agua de Morcillo, Batán y Valrio.

    La Mancomunidad de San Marcos ha sido la matriz de una nueva Mancomunidad integral, con la adhesión de los municipios que formaban la Mancomunidad de Municipios del Valle del Alagón, Galisteo, Alagón del Río, Aldehuela del Jerte, Carcaboso y Valdeobispo así como los municipios de Huélaga y Montehermoso.

DOE núm. 172 Miércoles, 6 de septiembre de 2017

Artículo 1.º

Los municipios de Aceituna, Aldehuela del Jerte, Alagon del Rio, Calzadilla, Carcaboso, Galisteo, Guijo de Coria, Guijo de Galisteo, Huelaga, Montehermoso, Morcillo, Pozuelo de Zarzon, Valdeobispo y Villa del Campo, de la provincia de Cáceres, quedan constituidos en Entidad de carácter supramunicipal, Mancomunidad Integral de Municipios, con personalidad y capacidad jurídicas plenas para el ejercicio de las competencias y cumplimiento de los fines fijados en el Capitulo III de los presentes Estatutos.

Artículo 2.º1) La Mancomunidad se denominará “Mancomunidad Integral de Municipios del Valle del Alagon”, y su capitalidad será en el municipio de Pozuelo de Zarzón, sin perjuicio del cambio o alteración de la misma, cuando así lo acuerde mayoritariamente la Asamblea.

2) Será en la capitalidad de la Mancomunidad, donde preceptivamente, radicaran los Órganos de Gobierno y Administración, sin que ello impida la descentralización de servicios en otros municipios.

3) La sede social de la Mancomunidad, será la planta alta de la Casa Consistorial del municipio de Pozuelo de Zarzón, sin perjuicio de que se pueda adquirir inmueble destinado a ser sede de permanente en el futuro”.

    Según Pascual Madoz, en el año 1849 en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, en su tomo I:

   "ALAGON: rio de la provincia de Cáceres; tiene su origen en la de Salamanca; pero es en ella poco conocido por la escasez de sus aguas, y por la confusión que existe para designar su verdadera aparición: seguiremos en esto las noticias que nos parecen mas acertadas, separándonos del mapa de D. Tomás López y otros geógrafos: nace este rio en una abundantísima fuente, término de Aldeanueva de Campomojado, partido judicial de Alba de Tormes, á la falda meridional de la sierra de Herreros; recibe casi á su nacimiento las aguas que vienen de esta sierra, y asi, pobre aun, entra por el estremo meridional del término de Frades, partido de Sequeros, en el de Villar de Leche, alqueria del Endrinal, que atraviesa pasando junto al pueblo unos 50 pasos al S.; baja después á la villa de Monleon, en cuyo término recibe las aguas de Riofrio y Mandiles, sirve de límite meridional á la del Tornadizo, corre al N. de S. Esteban de la Sierra, NE. de Garcibuey, SO. de Santibañez donde le entran los rios Quilama y Pasajes, que vienen de la villa de Valero, E. de Miranda del Castañar, haciendo límite con Sta. Maria de lo Llano, hasta entrar en el término de Soto Serrano: 1/2 leg. al NE. de este pueblo, recibe al rio Francia por su derecha, y todos los arroyuelos del territorio, y por su izquierdo, en el llamado Vado del Toro, el rio Cuerpo de Hombre que viene de las sierras de Béjar ; asi, rico ya é inagotable, penetra en las escarpadas montañas de las Hurdes, partido de Granadilla, provincia de Cáceres; pasa por entre las alquerias Cabaloria y Rio Malo de Abajo, su rapida corriente se apodera de las aguas de los rios Cabezo y Batuecas, llega á Arroyo Franco, toma las del Vegas de Coria que trae embebidos otros arroyuelos, baja á la Pesga, y en el sitio denominado Boca de Oveja se le incorpora por la derecha el rio Angeles, que viene del Pino Franqueado y Casar de Palomero: baña el O. de las murallas de Granadilla , donde recibe por la izquierda las riberas Aldovareta y Aldovara , continúa á los términos del Guijo de Granadilla, Ahigal y Santibañez el bajo, en los que recibe por la izquierda el rio Ambróz, y por la derecha las riberas del Bronco, Palomero y Mohedas; sigue por Valdeobispo, Montehermoso y Galisteo, bebe á 1/4 legua al SO. del último las aguas del rio Jerte que viene de Plasencia por su izquierda, y descendiendo á los llanos de Morcillo, Marchagáz (despoblado de Coria), Coria, Casillas y Ceclavin, corriendo siempre en dirección SO, recoge por su derecha al rio Arrogo y ribera de Gata que trae embebidos todos los riachuelos de la sierra de su nombre: después de tan larga corriente, hecho dueño de tantos otros raudales, rico y poderoso, tropieza á 1/4 legua al N. de Alcántara con las aguas magestuosas del Tajo, y sucumbe ante su poder, no sin presentar una especie de choque, y como rehusando mezclar sus cristalinas aguas, con las turbias y oscuras de su competidor: tiene 7 puentes; el 1 se halla en la villa de Monleon, bastante largo y seguro: el 2 en la de S. Esteban de la Sierra, construido en él año 1588, á juzgar por este número que aparece grabado en una de sus piedras principales, y en uno de sus 4 arcos; es de piedra, bastante elevado, 50 pasos de largo y 5 de ancho, con sus pretiles hasta el pecho de un hombre, el 3 en Miranda, de piedra pizarrosa, situado en la calzada que va á Béjar y Salamanca: tiene 3 buenos arcos, mas de 50 pies de altura, 70 de largo y 14 de ancho, en estado completo de solidez después de la compostura que se le hizo en el año de 1842: el 4 en Soto Serrano de 3 ojos, firme y seguro: el 5 en Granadilla, grandioso y muy antiguo de piedra sillar labrada, con 6 arcos, iguales los 2 primeros, en progresión descendente los demás, de 20 varas en su mayor altura, 150 pasos de longitud, 8 de latitud y ademas los pretiles; el 6 cerca del Guijo, se llama el pontón, por cuanto es de un solo arco que se arroja atrevidamente de una márgen á otra del rio; sus cimientos están formados por terribles peñascos que hacen su aspecto mas imponente; los pretiles están derribados en la mayor parte; se cree obra del emperador Trajano; el 7 en Coria edificado en 1518, pero habiendo cambiado de curso el rio separándose de su antiguo álveo 120 varas, el puente ha quedado en seco, sirviendo tan solo para hacer mas llevadera la bajada de los barrancos, sobre que se halla la poblacion: tiene 5 ojos, 200 varas de largo y 54 palmos de altura. El suelo de este rio puede considerarse en 5 trozos: el 1 desde su nacimiento hasta el [mente de Solo Serrano que comprende 8 leguas de terreno desigual y márgenes escabrosas: en este trozo pierde su curso en el verano quedando siempre algunos charcos: el 2 basta el puente de Granadilla 4 leguas por las montañas de las Hurdes, terreno agrio, lleno de despeñaderos, arrastrando on su rápida corriente grandes piedras, y causando á los pobres Hurdanos innumerables perjuicios en sus avenidas, durante las cuales se ven bajar por el rio vigas y muchos de los muebles de que usan aquellos montañosos: ol 3 hasta Valdeobispo 4 legua, con muchos barrancos: el 4 hasta Casillas 8 leguas, de piso arenoso y firme por vegas no muy espaciosas, poco llanas, vadeable por muchos sitios; y últimamente hasta su confluencia con el Tajo 6 leguas en las que vuelve á engargantarse con márgenes tan escobrosas como las de Hurdes: antes de llegar á su desagüe y entro la embocadura del Arroyo-quince y las cercas    del Olivar del Acenchal, término de Alcántara, está el llamado Salto del Caballo ó como otros dicen del Gitano, que es una garganta de 2 varas de latitud y de 8 á 10 mas alta que ol nivel ordinario del rio, por donde este se precipita; toda su corriente es de 30 leguas de N. á S. y de NE. á SO.; arrastra en ella muchas pepitas de ORO, tanto que hay pueblos, principalmente en Montehermoso, en donde las mugeres metidas on el agua, se ocupan constantemente en limpiar las arenas del rio para estraer este precioso mineral: PRODUCE: mucha y esquisita pesca de truchas, hasta Granadilla; anguilas, barbos, y peces hasta de 30 libras de aqui adelanto; da movimiento á infinidad de molinos harineros, de aceito, aceñas, y á la preciosa máquina hidráulica para paños, propia de D. Dionisio Muñoz do Roda, establecida nuevamente á la vista de la ciudad de Coria."

    En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid, se refiere de la siguiente manera.

    "Jerte, Rio de España en la provincia de Estremadura, que nace en la sierra de Gredos, en las cercanias de Tornavacas, de un copioso manantial que se engruesa infinito con la liquidacion de las nieves de toda la cordillera. A 1 legua de su nacimiento pasa por el pueblo de Tornavacas, y á otra mas abajo por la villa de Jerte, cuyo nombre conserva; pero hasta otra legua mas allá, y 3 de su nacimiento, en que pasa por el pueblo de Cabezuela, aumentado con las aguas que bajan de las gargantas de Santa Maria de la Peña-negra ó de le Cerrada, la de Bezcoy y la del Pinar, que lleva tanto caudal como el, no es suficientemente caudaloso para poder llamarse rio, sino que más bien merece el nombre de torrente. Desde Cabezuela hasta el puente nuevo de Plasencia, en el espacio de 6 leguas, aunque la corriente de sus aguas es muy rápida, puede vadearse en estio, y aun en invierno cuando cesa la fuerza de las lluvias. Sigue despues en direccion de E. á O. por espacio de cerca de 14 leguas, en las cuales hay una multitud de vados, bañando los términos de Navalconcejo, Valde-astillas, Esperilla, el Torno, Plasencia, Carcaboso, Aldehuela y Galisteo, hasta perderse en el Alagon, como una legua mas abajo de esta villa, entre ella y la de Guijo de Galisteo."

    Forma parte de ADESVAL (Asociación de municipios para el Desarrollo del Valle del Alagon).


DATOS del AYUNTAMIENTO

Ayuntamiento de Carcaboso

Ctra. de Valdeobispo, s/n
10670 Carcaboso (Caceres)
927 40 20 02
927 40 24 86
ayuntamientode.carcaboso@extremadura.es

DOE núm. 33 MARTES, 28 DE ABRIL DE 1987

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Administración Local.-Orden de 21 de abril de 1987, por la que se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de Carcaboso.

El Ayuntamiento de Carcaboso (Cáceres), ha instruido expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico Municipal. Dicho expediente fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesión de 28 de octubre de 1986, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo proyecto del nuevo blasón.

Consta en dicho expediente el informe de la Real Academia de la Historia, emitido el día 23 de enero de 1987.

Considerando que la sustanciación de citado expediente, se ha ajustado en todo al artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en uso de las atribuciones conferidas por referido precepto,

D I S PON G O:

Artículo único: Vengo en aprobar el Escudo Heráldico del Municipio de Carcaboso, con la siguiente descripción: «Partido. Primero, de gules dos calderas ajedrezadas de ora y sable, puestas en palo con seis sierpes de sinople salientes de sus asas. Segundo, de azur las letras S-P-Q-R, de oro, puestas en situación de banda. Al timbre Corona Real cerrada»,

Dado en Mérida, a 21 de abril de 1987. El Consejero de la Presidencia y Trabajo, Jesús Medina Ocaña

DOE núm. 55 MARTES, 14 DE JULIO DE 1987

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Administración Local.- Orden de 8 de julio de 1987, por la que se aprueba la Bandera Municipal del Ayuntamiento de Carcaboso (Cáceres).

El Ayuntamiento de Carcaboso (Cáceres), ha instruida expediente administrativo para la adopción de la Bandera Municipal. Dicha expediente fue aprobada por el Pleno Corporativa, en sesión de fecha 28 de agosto de 1986, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibuja-proyecto de la nueva enseña local.

Consta en dicha expediente el informe favorable de la Real Academia de la Historia, emitida el día 19 de junio de 1987.

Considerando que la sustanciación de citado expediente, se ha ajustado en todo al articulo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en uso de las atribuciones conferidas por referido precepto,

DISPONGO

Artículo único: Vengo en aprobar la Bandera Local del Municipio de Carcaboso, con la siguiente descripción:

«Bandera cuadrada, de color verde en cuyo centro campea e1 Escudo Municipal».

Dado en Mérida, a 5 de julio de 1987. El Consejero de la Presidencia y Trabajo Jesús Medina Ocaña

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 31/03/1961, nº 77

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 4936 - 4936

Resolución de la Dirección General de Administración Local por la que se acuerda disolver la agrupación formada por los Ayuntamientos de Carcaboso y Aldehuela de Jerte (Cáceres) para sostenimiento de un Secretario común.

De conformidad con los artículos 343 de la vigente Ley de Régimen Local. 187 y 188 del Reglamento de 30 de mayo de 1952 y disposiciones concordantes,

Esta Dirección General ha resuelto:

1.° Disolver la agrupación que venían constituyendo los Municipios de Carcaboso y Aldehuela de Jerte (Cáceres) a efectos de sostener un Secretario común.

2.° Clasificar por separado las plazas de Secretario de cada uno de los indicados Municipios, con efectos de 1 de abril de 1961, en la siguiente forma:

Carcaboso, en undécima clase, con 18.750 pesetas. Aldehuela de Jerte, en duodécima clase, con 17.500 pesetas.

Madrid, 24 de marzo de 1961: El Secretario general, José Luís Vioris.


HISTORIA

    Las primeras referencias de asentamientos urbanos relacionados con Carcaboso se relacionan con la existencia de tumbas Megalíticas en el Cerro del Triquiñuelo, próximo al núcleo urbano actual, así como otros enterramientos hallados en las inmediaciones de la desembocadura del Arroyo del Santo. Cerca de la Chorrera, ha aparecido una tumba megalítica, de época desconocida.

    En la epoca romana, fue un lugar de paso debido a su proximidad a la Vía de la Plata; actualmente esta calzada separa los términos de Carcaboso y Plasencia. En este pueblo se conservan tres miliarios correspondientes a la Vía de la Plata empotrados y en buen estado en una pared de la calle Aldehuela y en la puerta de la iglesia, en la actualidad se encuentran en el Parque de los Miliarios. Junto al actual término de Carcaboso pasaba la Vía de la Plata, y cruzaba el río Jerte a través de un puente del que quedan escasos restos.

    La Vía Romana de la Plata, que se construyó, como el resto de calzadas romanas, con fines militares, atraviesa unos 37 Km. del territorio del Valle del Alagón, pasando por los términos municipales de Holguera, Riolobos, Galisteo, Aldehuela de Jerte, Carcaboso y Valdeovispo.

    El Carcaboso actual debió originarse como núcleo urbano de paso entre Plasencia y Montehermoso en el siglo XIII, como aldea sujeta al Señorio de Galisteo, posiblemente en la zona conocida como la Cárcaba, y de ahí derivaría el nombre del pueblo.

    Figura Galisteo entre las villas y lugares que Alfonso X El Sabio concedió en el 4 de julio de 1.268 a su primogénito Don Fernando de la Cerda. Fue cabeza de un Señorío que abarcaba con la Villa de Galisteo, las localidades de Montehermoso, Pozuelo, Baños, Guijo de Galisteo, Aceituna, Riolobos, Holguera, Rinconada, Malpartida, Aldehuela, Carcaboso. Aumentando este señorío posteriormente por el III conde de Osorno y III duque de Galisteo, Don Garci Fernández Manrique de Lara y Toledo, con el Arquillo, Pasarón y Torremenga.

    En el Año 1290, figura en un acta notarial fechada en Plasencia. En aquella época Carcaboso era aldea sujeta al señorío de Galisteo. Dicho señorío lo componían, además de Galisteo y Carcaboso, las localidades de Aldehuela del Jerte, Aceituna, Guijo de Galisteo, Holguera, Montehermoso, Pozuelo, Riolobos y Valdeobispo.

    En 1429, el rey Juan II hizo donación del Señorío de Galisteo a Don García Fernández Manrique, Conde de Castañeda y Osorio, uno de cuyos herederos obtuvo en 1451 el título de Conde de Galisteo, título que se elevó a Ducado en 1631. A él pertenecen los pueblos de Pasarón, Pozuelo, Torremenga, Montehermoso, Baños, Riolobos, Holguera, Aldehuela, Carcaboso, Valdeobispo, Aceituna.

   Año 1588, en los archivos del arciprestazgo de Galisteo asignan a Carcaboso una población de 40 vecinos, unos 200 habitantes aproximadamente.

    En el Interrogatorio de la Real Audiencia a Galisteo:

    Al primero capitulo dijeron: que este pueblo es villa, capital de jurisdizion real ordinaria, sujetos a ella nueve pueblos que comprehende y son Montehermoso, Guijo, Pozuelo, Azeituna, Riolobos, Holguera, Baldeobispo, Carcavoso y Aldeguela; es del partido y subdelegazion de la ciudad de Plasenzia, de la que dista tres leguas.

    Pascual Madoz en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, Tomo VIII publicado en Madrid en 1847, se refiere a Galisteo en los siguientes términos:

    "GALISTEO: arciprestazgo de la diócesis de Coria, provincia de Cáceres, cuyo titulo corresponde al cura parroco de aquella villa; los pueblos que el arciprestazgo comprende son los mismos que constituian el antiguo sexmo y estado de Galisteo, los cuales con el número de sus parroquias, santuarios, personal de ellos y categoria de los curatos, resultan del estado siguiente:

Aceituna, partido judicial de Granadilla
Aldehuela partido judicial de Plasencia.
Carcaboso partido judicial de Plasencia
Galisteo partido judicial de Plasencia.
Guijo de Galisteo partido judicial de Coria.
Holguera partido judicial de Coria.
Montehermoso partido judicial de Coria.
Pozuelo partido judicial de Coria,
Riolobos partido judicial de Coria.
Valdeobispo partido judicial de Plasencia.

    Esta villa fue cabeza del Estado de su nombre, que con la misma comprendia los lugares de Aldehuela, Aceituna, Carcaboso, Guijo de Galisteo, Holguera, Montehermoso, Pozuelo, Riolobos y Valdeobispo; perteneció al infante D. Fernando, que lo habia adquirido por donacion de su padre D. Alonso, rey de Leon en 1306,1 y aquel lo donó á D. Garcia Fernandez Manrique, conde de Osorno, recayendo por último en la casa del señor duque de Mantellano y del Arco, conde de Cervellon, que nombraba el corregidor y las justicias. Los mismos pueblos componian el sexmo de villa y tierra, aprovechando en comun los pastos y montes, los cuales fueron donados por el duque formando para su gobierno un cuaderno de leyes municipales en el año 1531, que fue sancionado por el mismo señor en 1547, cuyo sexmo quedó disuelto en 1837 por orden de la Diputacion provincial, adjudicando á cada pueblo la parte de terreno correspondiente."

   1 [Sic. Nota la fecha pertenece al Calendario antiguo, vulgarmente de la Era (Hispanica). El 1 de enero del 38 a.C., tras la pacificación oficial de toda Hispania, Octavio Augusto decretó la "Aera Hispanica", que se empleó para datar el tiempo en Hispania ]

   Antonio Ponz en su "Viage de España", Tomo VIII, Segunda Edición publicado en Madrid el año 1784, escribe:

   "Las dos leguas que se caminan de Oliva á Carcaboso, es en gran parte por por una vega, que mucho de ella se podría regar con un riachuelo que pasa por ella, y llaman Garganta de Oliva. Se llega despues á la orilla del rio Xerte, en un parage que no dista mas que legua y media de Plasencia, y solo se dexa la ribera para atravesar un monte no muy grande. Es Carcaboso lugar pequeño, á poca diferencia como Oliva. En el pórtico de la iglesia hay dos columnas miliárias: La una se puede leer, y tiene escrito lo siguiente.

IMP. CAES. DIVI. TRAIANI. PAR THICI. F. DIVI. NER VAE. NEPOS. TRAIA NVS. HADRIANVS AVG. PONTIF. MAX. TRIB. POT. V. COS. III. RESTITVIT. C. III.

    De la otra solo puede entresacarse lo siguiente:

IMP.. CA ... SEVERVS..... PI... FELIX. AVGVST. PONTIFEX. MAX. . .TRIB. POTEST...COS.... RESTITVIT C III

    En la pared de una Casa permanecen otras dos de estas columnas: en la una solo, se lee tal qual letra, por estar lo demas empotrado en la pared: la otra dice:

IMP. CAESAR. DIVI. TRAIANI. PAR. THICI. F. DIVI. NER. VAE. NEPOS. TRAIA. NVS. HADRIANVS. AVG..... TRIB. POT. V. COS III. RESTITVIT. C. III.

    Se vá siguiendo desde Carcaboso á Galisteo la ribera del rio Xérte, y á la legua se pasa por un pueblecillo llamado la Aldehuela, que al contrario de lo que por casi todas estas partes vemos, se vá reedificando, y aumentando, á que contribuye mucho el zelo del Sr. Obispo de Coria. Hay dilatadas vegas á una, y otra ribera de! rio, en que podian grandemente, aprovecharse sus aguas, si se tratase de regarlas. Hay tambien buena copia de retamares, y de otros arbustos de poca, ó ninguna utilidad. Casi todo él territorio es llano y no de los menos cultivados, sin embargo lo dicho."

    Del Interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura, Partido de Coria, realizado con fecha 19 de marzo de 1791, paginas 120 a 140, se desprende lo siguiente:

    "Pueblo de Carcaboso, partido de la villa de Galisteo, sudelegacion de la ciudad de Plasencia.

    En el lugar de Carcaboso en diez y siete dias del mes de marzo año de mil setecientos nobenta y uno, los señores Lorenzo Rodriguez alcalde pedaneo y Martin Franzisco, Manuel Espada regidores, Joseph Franzisco procurador sindico general del el, de acuerdo del el Señor Don Francisco Gasco Barquero cura parroco teniente de dicho lugar, los que abajo an de firmar los que sepan, juntos y conbocados para dar cumplimiento a las respuestas a los capitulos del ynterrogatorio, formado de orden del Consejo para el regente y ministros de la Real Audiencia de Estremadura en la villa de Caceres, y teniendo el dicho ynterrogatorio presente por ante mi el escribano fiel de fechos de el dan las respuestas en la manera y forma siguiente:

    Este lugar es aldea de señorio del Duque de Arco, aneja del partido de la villa de Galisteo, sudelegacion de la ciudad de Plasenzia, distante de uno y otro dos leguas; confina por el oriente al Rio de Jerte distante quatrocientos passos regulares, y por el medio dia con la Aldeguela distante una legua, y por el poniente el lugar de Montermoso distante dos leguas, y por el norte con el lugar de Valdeobispo distante una legua; todos de la mesma jurisdizion y dentro del territorio de la Audienzia nuebamente establecida en la villa de Caceres, probinzia de Estremadura, de quien dista doce leguas y corresponde a el obispado de Coria.

    Este dicho pueblo es del señorio que ba referido en la primera respuesta y de su jurisdizion y territorio, los sujetos que se elijen para el gobierno y administracion de justicia de el son un alcalde, un regidor decano que hace de alcalde de hermandad, un regidor menor, un procurador sindico y su ministro; la forma en que se elijen es que los que cumplen su tiempo que es un año nombran a los que an de ejercer el ofizio, con la condizion de que passa el alcalde a que se le reziba juramento por el señor alcalde de la villa de Galisteo, quien le da poder para que se le tome a los demas de justicia y guardas de panes.

    Los salarios que perciben son de fondo de propios segun el reglamento del año de mill setecientos sesenta y cinco es el de setenta reales repartidos entre los quatro de justizia a iguales partes; los alcaldes son pedaneos, su cono cimiento en las causas zibiles y criminales se entiende para el pago de algunas cantidades asta el numero de seiscientos tnaravedies, de los demas arreglos e ynjustizias se da quenta al juez del partido dentro del tercero día.

    Por lo que respecta a abogados no ay ninguno, ni procuradores, ni escribanos reales ni numerarios, solo un mero fiel de fechos cuyo salario es el de quinientos cinquenta reales; no se oserba en dicho pueblo arancel alguno mas que aquel que en uno o en otro casso particular de comision por el juez del partido se señala.

    Se compone dicho pueblo de quarenta vezinos aplicados a la agricultura y labor, no ay vezino alguno aplicado a otro ofizio o arte mecanico mas que a la labor; dibersiones las que aquí se conocen en los jobenes bayles de pande ro, tamboril en alguna u otra funcion o día de fiesta y en el de mayor edad en los juegos moderados de naypes, barra y calba; en quanto a jornaleros la ora comun de prinzipial y finalizar su trabajo es de sol a sol, que en este pueblo apenas ay quien se mantenga al puro jornal nostante ser todos labradores pobres.

    En este lugar ay tres abastos publicos arrendados, uno es la taberna, otra la abacería, otro la carniceria; cuyas medidas y pessas que en ellos se usan son arregladas a las de la cabeza del partido y las del pueblo por lo mismo.

    En este lugar ay una cassa de ayuntamiento, en la qual se zelebran los acuerdos y concejos necesarios para el gobierno de el y administracion de justicia, y unida a ella una carcel pequeña, y esta cassa y carcel esta para caerse por ser muy antigua, pues esta echa su representacion para azerla nueba y reconocida su tasa, y no ay mas cassas de ayuntamiento; y ay un archibo para los papeles de 1a escribania, no ay ypotecas en este pueblo ninguna.

    En este lugar los papeles que estan en el archibo de este concejo estan con la guardia y custodia que se requiere, pues no se echado deber que falte alguno de ella en las muertes de los escribanos. En este lugar no ay pleyto alguno por e1 motibo que las justizias de el no conocen de ellos, ni tampoco preso alguno por que las dichas justizias no sentenzian pleytos ni causa como ba dicho mas que asta el numero de seiscientos maravedies.

    Este lugar tiene las calles mui anchas y llanas por estar las cassas mui vajas y se procura su aseo y limpieza de ellas, y se allan en vuen estado por la causa de estar el tiempo bastante seco, que si estubiera mojado se hacen unos tolleros que apenas puede andar por ellas por ser la tierra de calidad mui pegajosa y no aber enrollados en las dichas calles.

    En este lugar ay cinco messones, en que entra uno que tiene la yglesia de el; se cruzan por el dos carreras, una que ba de la Sierra de Gata a Madrid y otra que ba a Salamanca calzada real, ay cruzados dos gargantones o riberas en la que ba a Salamanca donde an sucedido muchos destrabios en los pobres arrieros, y por lo que mira a la que ba a Madrid ay el Rio Jerte donde suceden muchos destrabios en tiempo de aguas, y por lo que mira a las gargantas la una esta tassada para hacer un puente, su costo todo en seis mill setecientos reales sobre poco mas o menos por maestros de la facultad y reclamado el hacerla, el motibo de no hacerse se ynora, y por lo que mira al otro garganton y al rio no podemos dar razon de su costo.

    En este lugar no ay mercado ni feria alguna, ni combiene el que las ayga, ni tampoco comerziantes de fruto alguno, ni tampoco compañia alguna para este fin. En este lugar no ay fabrica alguna de ningun espezie ni tintes, ni proporcion para tales cossas y por lo mismo no se da razon alguna.

    En este lugar ay propios, los que consisten en la dehesa boyal y sus arriendos de yerbas y vellotas, y una cassa que tienen arrendada, y el arrendamiento de las vellotas del exido patero, y la llabe del corral de concejo y el de la cassazilla, y peras de la dehessa, y el padron de herberas de las reses zerriles que ymbiernan en la dicha dehesa; que todo regulado por un quiquenio produce al año cinco mill quinientos nobenta reales y veinte y quatro maravedies, y sobran dos maravedies entre los cinco años y desto se pagan los gastos que tienen los propios todo el año. Este lugar esta encabezado por las penas de camara en diez y seis reales y quatro de la contaduria que son veinte, y no abido mas sobras en el año prosimo pasado que veinte maravedies.

    En este lugar ay posito, su numero de fanegas es de quinientas veinte y seis fanegas, siete zelemines de trigo y estas repartidas entre los vezinos labradores y senareros del pueblo, se paga la lizienzia del señor sudelegado de la ciudad de Plasenzia y estas con la obligazion de volberlas en el agosto deste año con un quartillo de cres. En cada fanega; y por lo que mira a maravedies se compone dicho posito de once mill quatrocientos setenta y nuebe reales, y para este caudal ay un arca de tres llabes y la troje tiene tambien tres llabes, la una tiene e1 alcalde, la otra el regidor mayor que hace de ynterbentor, otra el depositario; y se prebiene que este caudal no esta todo en el arca por el motibo de los muchos robos que hubo en el año pasado, esta todo repartido entre los vezinos del lugar con sus fianzas para volverlo a dicha arca, y por la fatiga y cargo que tienen los tres llaberos y el procurador y el escribano de la salida de trigo y reintregazion del dicho posito tienen de derecho de cada ciento uno lo mismo dinero que trigo y esto se reparte entre siete partes, una el alcalde y otra el ynterbentor y otra el procurador, dos el depositario y dos al escribano, y el mayordomo se le paga segun los dias que se ocupa y este del caudal del posito segun la orden del año pasado de mill setecientos nobenta y uno.

    En este lugar no ay mas ordenanzas que las que se oserban en la villa de Galisteo cabeza de partido. En este lugar no ay mas que un cura parroco teniente desta yglesia parroquial, este tiene sus aranceles aprobados por su superior y por ellos se maneja.

    En este lugar no ay mas que una parroquia, esta tiene de dotacion y emolumento una razion de nuebe de los diesmos de dicho lugar, lo mismo trigo que de las demas especies, y algunas fincas que le an dejado algunas personas debotas con algunas cargas de missas. En este lugar no ay mas cementerios que el ambito ynterior de la yglesia parroquial y no se a esperimentado peste procedida de enterrarse los cuerpos en dicha yglesia.

    No ay en la yglesia parroquial deste lugar veneficio simple ni curado, solo se alla fundada una capellania que por su fundazion pide la disfrute y goce el que es o fuere cura teniente de ella, sus fincas consisten en doscientos treynta pies de olibos mayores, una cassa, seis fanegadas de tierra de pan llebar y estas con tres años de descanso.

    En este lugar no ay ospital y por consiguiente solo se halla fundada una pia memoria, que consisten sus fincas en una pajar y al presente seis reses bacunas que a tiempos se alla mas crezido el numero y a tiempo menos, y la administra cura teniente, alcalde y regidor mayor, cuyos productos cortos se ymbierten en dotar a pobres guerfanas parientes de la fundadora si se allan y si no a otro qualesquiera guerfana del pueblo con la precisa circunstanzia de que sea pobre.

    En este lugar solo ay una cofradia (si merece el nombre de llamarse asi) y se llama la de la Vera Cruz, con de fin de asistir reciprocamente a los yntierros de unos a otros, y no tienen mas fincas que la voluntaria limosna de los hermanos para gastos de zera y derechos de cura y sacristan en los dichos yntierros, se gobierna y juzga a elecion de dos hermanos mayores que se nombran cada año.

    En este lugar solo ay una hermita con la avocacion de San Jobitas, sin hermitaño y sin rentas, la funcion que se le hace en su dia se reduce a missa cantada con sermon y procesion, cuyo costo se resarce todos los años de la limosna que le ofrecen la piedad de los fieles debotos y no se a oserbado asta aqui algun fondo o sobrante de espezial considerazion.

    En este lugar no ay escuela ni estudio de gramatica nostante mucha la necesidad que se esperimenta desta falta, pues apenas ay en dicho pueblo quien sepa leer malamente y mucho menos ayudar a missa y vastante ynoranzia en la dotrina cristiana, y de consiguiente queda manifiesta la necesidad de dicha ystrucion especialmente en la de primeras letras y no ay mas arbitrios para este establecimiento que se pudiera producirse de propios.

    En este lugar (no ay) administracion de correo, rentas reales ni loteria. En este lugar no ay yndibiduo alguno ni dependiente del Santo Tribunal de la Ynquisizion. En este lugar no ay regimiento de milizias ni otro alguno de otra clase, ni oficiales de bandera ni sargentos. En este lugar no ay al presente persona alguna que turbe la paz, orden y gobierno de justizia, ni que de escandalo publico.

    En este lugar solo ay un sangrador que en quanto sale alcanza (ademas de ofizio de sangrar) asiste a los enfermos del pueblo, su salario consiste en lo que por ajuste o escritura le ofrece el vezindario con respecto a su abilidad.

    En este lugar regulado por un quinquenio asciende la cosecha de granos de trigo a mill quinientas fanegas y la espezie de zenteno a quinientas fanegas, y para aszender a estas sumas es necesario salir a cultibar una tercera parte de tierra a fuera del termino; en quanto a la cosecha de zebada asziende a tan corto numero que aunque algunos años asziende a cien fanegas es el año que mejor se reconoce y algunos años nada por ser territorio nada aparente para dicha espezie ni para otra, fuera del menzionado trigo y zenteno no es para otro grano alguno; y de dichas especies se paga el diesmo corriente y usual, no podemos dar razon por no aber sobrantes, mas antes se necesitan comprar granos de a fuera para completar el consumo de dicho pueblo, que regularmente suele ser el prezio segun la escasez o abundanzia del año; y el desmatorio del termino deste lugar pertenecen a barios sujetos quales son: Señor Obispo de Coria, Señor Duque del Arco, cabildo de Coria, el señor cuara de la villa de Galisteo, la yglesia deste lugar y un prestamo; y en quanto a la disminucion o aumento de diesmos en alguna o otra espezie no se a notado cossa alguna particular de tiempo ynmemorial a esta parte asta el presente.

    En este lugar no ay guertas de riego ni de otro alguno plantio por yncapacidad de la tierra e ynproporcion de poderse regar. En este lugar no se reconoze mas cultibo en las tierras que lo acostumbrado solo del arado manejado este solo por bueyes de costumbre ynmemorial.

    En este lugar no ay fuentes ni pantanos ni otro algun jenero de manantios o beneros, probeese dicho pueblo y sus ganados de las corrientes del Rio Jerte que baja de la Vera de Plasenzia y vierten por el oriente en la ynmediacion deste pueblo a distancia de quatrocientos pasos, crianse en sus laderas que comprende el termino deste lugar algunos peces comunes pequeños como bardallos, bogas y barbos; se oserba la real orden de pesca y caza en los tiempos que prebiene la Real Pramatica. De cuyo rio se pudieran abrir algunas zanjas para amejorar algun pedazo de terreno o bega, cuya capacidad segun prudente juizio aszenderia a ciento sesenta fanegas de sembradura y la causa de no aberse puesto en ejecucion dicha mejora de tierra la ynoramos.

    En este lugar no ay puente ni barca alguna.

    En este lugar no ay molinos de azeyte ni arineros, ni maquina alguna para trillar en la cosecha mas que el passo de los bueyes y un trillo regular de madera pendiente del jugo que lo arrastra a direzcion del amo o de otro sujeto. En este lugar no ay terrenos yncultos sino es que todo el termino es de labor y algunas partes de el solo pasto y vellota.

    En este lugar no se reparten montes por suertes para rozarlo por que no ay monte bajo de roza, solo si se reparten algunos pedazos de monte alto de encinas por suertes para labrarlos y varbecharlos segun la cabida de yuntas y vezinos, sin perjudicar a los arboles antes si la misma labor les sirbe de probecho. En este lugar no ay azeybuches o matas de olibos silbestres, ni es tierra que de por si los pueda producir. En este lugar no ay montes poblados de arboles silbestres de especie alguna, como ni tampoco genero o espezie de yerbas algunas que puedan ser beneficiadas en fabrica alguna. En este lugar no ay montes ynpenetrables, todo el terreno es mas bien tratable que aspero. En este lugar no se suelen quemar montes ni bosques por el motibo que no los ay. En este lugar no ay costumbre de descasque de arboles de genero alguno.

    En este lugar no se a puesto en ejecucion la orden real de cerrar con pretesto de cultibos y plantios de arboles frutiferos data alguna o terreno.

    En este lugar no ay mas que una dehesa boyal, su producto es pasto y vellota aunque alguna rara vez por la escasez de tierra de labor se suele romper y sembrar algunos pedazos, cuyos valores los perziben los propios por ser dehesa de comun; comprende su terreno a ochocientas fanegas de sembradura de ynferior calidad.

    En este lugar no ay en su terreno señalado algun nuebo plantio, nostante que los ay en el territorio del partido a donde acudimos apostar quando somos combocados por el juez de su cabeza. (Enmendado) = nuebo= vale. En este lugar no ay castillos ni cassas de campo ni con ajeno territorio. En este lugar no ay en su termino sitio alguno que aiga solo en otro tiempo poblado o abitado.

    En este lugar no ay mas caza que conejos, liebres, perdices y esto con escasez en su termino; fieras no se descubren mas que lobos, zorras con bastante abundanzia y si al presente no se esperimenta tanta abundanzia como pocos años se esperimentaba es por las ordenes dadas por Su Magestad Catolico difunto el Señor Carlos Tercero (que Dios goce), el premiar a las fieras, digo a los sujetos que se emplean en su ystincion que regularmente se suelen matar cada año sobre veinte y quatro zorras y algunos de cria y algun raro lobo, cuyo premio por cada cabeza de zorra son dies reales y quatro por cada uno de los hijuelos, y siendo lobo quarenta y quatro reales y si loba ochenta y ocho y siendo encamada o con cria doce ducados y dos por cada uno de sus hijuelos.

    En este lugar no ay colmenares ni el terreno que comprende su termino sufre o esperimenta su cria por lo escaso de flores y yerbas.

    En este lugar el ganado que mejor se cria y que mas al presente abunda es el ganado de zerda por la buena proporcion de fruto de vellota en los valdios del partido, tambien suele abundar en obejas y cabras y algunas reses bacunas, que al presente ay en este dicho lugar doscientas reses bacunas ynclusas las de la Cofradia y las que se hallan empleadas en el serbizio de la labor, y algunos particulares vezinos que tienen zerdos en el pueblo con tres pastorias que tienen sus ganaderos todos asziende el numero deste ganado a quinientas cabezas, y una pastoria de obejas de trescientas cabezas y otra de cabras de ciento y cinquenta cabezas.

    En este lugar no ay minerales de espezie alguna ni canteras de marmol, ni de jaspe, ni de cal, ni de yeso, ni de otra especie.

    En este lugar para el aumento del ramo de la agricultura de la labor se halla una posesion o dehesa titulada la Casilla y la posee desde San Miguel asta veinte y cinco de abril una pia memoria fundada en al ciudad de Plasencia por un señor ylustrisimo de dicha ciudad llamado Don Pedro Gonzales de Azebedo, pero del veinte y cinco de abril asta San Miguel se reputa por valdido y por consiguiente y por distar deste pueblo ochocientos passos y allarse escaso de tierra de labor dentro de su termino, se a procurado romper y en efecto abido año que por la escasez dicha se an yntroducido a romperla los labradores y nunca los serranos que en ella pastan sus ganado an dado lugar a que se ejecutase la siembra, que por no establecer pleytos se a zessado con su rompizion con ser dicha dehesa valdio de la tierra como ba referido.

    Que son las respuestas de los cinquenta y siete capitulos del ynterrogatorio formado de orden del Consejo para el rejente y ministro de la villa de Caceres en la probincia de Estremadura y ba ympreso en cinco pliegos de papel de ofizio y lo firmaron de los señores de justizia y regidores, procuradores deste dicho lugar de Carcabosos en diez y nuebe dias del mes de marzo año de mill setecientos nobenta y uno, con el señor cura parroco teniente de dicho lugar, de que yo el escribano fiel de fechos de el doy fe, los dichos señores firmo el que supo. Manuel Espada. Joseph Francisco. Ante mi Gabriel Dominguez."

    En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid, se refiere a Carcaboso de la siguiente manera.

    "Carcaboso, Aldea Señorio de España, provincia de Estremadura, partido de Caceres, obispado de Coria, jurisdiccion de Galisteo. Alcalde Pedaneo, 58 vecinos, 237 habitantes, 1 parroquia, 1 pósito. En este pueblo hay inscripciones y otras antigüedades romanas. Situada a la margen N. del rio Gertes, que es vadeable casi en todos tiempos, y sus inmediaciones son tierras de labor y dehesas de pastos y encina. Tambien riega su termino la Garganta de la Oliva. Dista 24 leguas de la capital, 4 de Coria y 2 de Galisteo."

    En 1837 el Señorío de Galisteo fue disuelto, dando lugar a los municipios de Montehermoso, Pozuelo de Zarzón, Guijo de Galisteo, Morcillo, Aceituna, Aldehuela de Jerte, Carcaboso, Galisteo, Riolobos y Holguera.

    En 1842 estos nuevos municipios acordaron repartirse sus tierras y montes, dando lugar a los términos municipales. Estos términos fueron modificados por acuerdos entre los municipios, pues se acordó un plazo para cambiar los municipios hasta la forma actual.

    Según Pascual Madoz, en el año 1846 en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, en su tomo V, era:

   "Carcaboso: lugar con ayuntamiento en la provincia y audiencia territorial de Cáceres (13 leguas), partido judicial de Plasencia ( 2 ), diócesis de Coria ( 5 ), capitania general de Estremadura (Badajoz 26 ): Situado á la margen derecha del rio Gerte en terreno llano, le baten todos los vientos, con clima templado, y se padecen inflamatorias. Tiene 84 casas de un solo piso, construidas de piedra y barro, que forman calles irregulares y sin empedrar; hay casa de ayuntamiento, cárcel, escuela dotada con 600 rs., á la que asisten 34 niños, iglesia parroquial dedicada al apóstol Santiago, de curato perpetuo de entrada y provisión ordinaria, y en los afueras al NE. una ermita con la advocación de Sta. Jovita: se surte de aguas potables en el rio. Confina el termino por N. con el de Valdeobispo; E. Plasencia; S. Aldéhuela; O. Montehermoso, á dist. de 1 / 4 á 1 / 2 legua por todos los puntos, y comprende 800 fanegas de labor y mucho monte de encina: le baña el rio Gerte en dirección de NE. á O. El terreno es llano con algunos barrancos de tierra. Le cruza el camino provincial desde Cáceres al puerto de Baños, por el Cañaveral, el de Plasencia á Ciudad-Rodrigo, y los de travesía á los inmediatos: dividiendo el término con Plasencia al E. pasa la antigua calzada romana de la plata, de la cual se han llevado á este pueblo hace muchos años, unas columnas miliarias con inscripciones, en las cuales solo puede leerse lo siguiente:

CESAR IMP. DIC . NERO PONT. MAX. POST. TRAJANUS ADRIANUS.

    El correo se recibe en Plasencia por baligero, los martes y viernes, Prooduce: trigo, cebada, centeno y garbanzos; se mantiene ganado lanar, vacuno, cabrio y de cerda, y se cria caza menor, Poblacion: 60 vecinos, 328 almas. Capital Productivo.: 570, 700 rs. Impuestos: 28.535. Contribucion: 4,424 rs. 13 mrs. Presupuesto Municipal: 4,665, del que se pagan 1,464 al secretario por su dotación, y se cubre con el fondo de propios y arbitrios. Este lugar fue aldea del sexmo y corregimiento de Galisteo, perteneciente al señorio del duque de Montellano y del Arco."

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid núm. 219, de 13/09/1966

Decreto 2352/1966, de 23 de julio, por el que se declara de utilidad pública la concentración parcelaria de la zona de Carcaboso (Cáceres).

Los acusados caracteres de gravedad que ofrece la dispersión parcelaria de la zona de Carcaboso (Cáceres), puestos de manifiesto por los agricultores de la misma en solicitud de concentración dirigido al Ministerio de Agricultura, han motivado la realización por el Servicio Nacional de Concentracion Parcelaria y Ordenaci6n Rural de un estudio sobre las circunstancias y posibilidades técnicas que concurren en la citada zona, deducie6ndase de dicho estudia la conveniencia de llevar a cabo la concentración parcelaria por razon de utilidad publica, tanto mas cuanto que la zona esta dentro del Plan General de Colonizacion del pantano de Gabriel y Galan.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, formulada con arreglo a lo que establece el articulo ocho de la Ley de Concentracion Parcelaria, texto refundido de ocho de noviembre de mil novecientos sesenta y dos, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintidós de Julio de mil novecientos sesenta y seis,

DISPONGO:

Articulo primero.- Se declara de utilidad publica y de urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Carcaboso (Cáceres), cuyo perímetro será en principio el de la parte del término municipal de Carcaboso (Cáceres). delimitada de la siguiente forma: Norte, termino de Valdeobispo; Este, dehesa de San Pedro, dehesa de San Pedrillo y rio Jerte; Sur, rio Jerte, y Oeste, arroyo de Valdeherrero y dehesa de Valdeherrero. Dicho perímetro quedara en definitiva modificado en los casos a que se refiere el apartado b) del articulo diez de la Ley de Concentración Parcelaria, texto refundido de ocho de noviembre de mil novecientos sesenta y dos.

Articulo segundo.-Se autoriza al Instituto Nacional de Colonización y al Servicio Nacional de Concentración Parcelaria y Ordenación Rural para adquirir fincas con el fin de aportarlas a la concentración y se declara que las mejoras de interés agrícola privado que se acuerden gozaran de los beneficios máximos sobre colonización de interés local; todo ello en los casos y con los requisitos y efectos determinados en los párrafos c) y d) del articulo diez de la citada Ley de Concentración Parcelaria

Articulo tercero.- Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al cumplimiento del presente Decreto, facultándose al Ministerio de Agricultura para dictar las disposiciones complementarias que requiera la ejecución de lo dispuesto en el mismo.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintitrés de julio de mil novecientos sesenta y seis. FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Agricultura, ADOLFO DIAZ-AMBRONA MORENO

    Construcción de los puentes sobre el río Jerte. El primero de ellos se construyó hacia el año 1934/35 y el segundo entre los años 1992/93, con motivo del arreglo de la CC-204, carretera que une Pozuelo de Zarzón con Plasencia

    En el período 1960-70 se implanta el regadío a partir de la construcción del Embalse de Valdeobispo y del establecimiento de un nuevo núcleo de población (Valderrosas) destinado a servir de residencia a los colonos asentados en la nueva zona regable. Esto produjo un importante crecimiento de la población alcanzándose el máximo histórico en 1.970 con 1.560 habitantes.

   Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.

    Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del municipio.

    La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.

    En la actualidad es Ayuntamiento de la Provincia de Cáceres, Partido de Plasencia y de la Audiencia Territorial de Cáceres, en lo eclesiástico la parroquia de Santiago Apostol, del Arciprestazgo de Montehermoso (Santísimo Sacramento), Diócesis de Coria-Cáceres y Archidiócesis de Mérida-Badajoz


MONUMENTOS

    Iglesia Santiago Apóstol, pequeña construcción levantada en el XVI con mampostería y refuerzos de pizarra. La situación ruinosa de la primitiva Iglesia Parroquial, aconsejó acometer la remodelación del templo, que se inició en el año 1994. La nueva Iglesia, se inauguró el 25 de Marzo de 1995, siendo bendecida por el Obispo de Coria-Cáceres D. Ciriaco Benavente Mateos, se encuentra enlucida.

    Al interior presenta una pequeña planta rectangular, con una única nave dividida en tres tramos separados por arcos apuntados y cabecera plana, en cuya Altar Mayor destaca la imagen de Santiago Matamoros, obra del siglo XVI.

    El cuerpo principal de la primitiva Iglesia, fue modificado añadiendo una sacristía y un baptisterio con su pila bautismal. Adosados a la cabecera se encuentran la sacristía y el campanario, a los pies se sitúa un pequeño coro.

    Al exterior presenta el acceso al templo por medio de dos portadas, la del evangelio de medio punto realizada en cantería y la de los pies sencilla, destacando un gran rosetón sobre ella para dar luz al interior

    En la parte exterior derecha se encuentra el  Parque de Miliarios de la Vía de la Plata, entre las que se encuentran  dos columnas miliarias, de la época de los emperadores Trajano (98-117) y Adriano (117-138), contemporáneos a los Santos Mártires patronos de la población.

   Centro de interpretación "Vía de la Plata". Un centro informativo tanto de la calzada romana y de la Ruta Jacobea. Con maquetas ilustrativas y información para el peregrino.

    Antiguamente en la plazuela que se encuentra debajo de la actual Plaza de España se encontraba el Ayuntamiento, el Corral de Concejo y la casa en la que se recogían los diezmos.

    Sumario de las Antigüedades Romanas de Juan Agustín Cean-Bermudez, año 1832

   "Capara era la quinta mansion del camino romano que iba á Zaragoza por Salamanca desde Mérida. El trozo que hay desde esta última ciudad hasta Capara, es de 73 millas, y le repará el Emperador Vespasiano, como testifica la inscripcion que he copiado en el articulo de Merida, donde existe la columna en que esta grabada..

    Carcaboso, pueblo de la provincia de Extremadura en el partido de Plasencia, distante dos leguas de la villa de La Oliva. Si no fue pueblo antiguo, es ahora depósito de inscripciones romanas, llevadas de Capara y del camino militar que, iba de Mérida á Salamanca. En el pórtico de la iglesia existen dos columnas miliarias. La una contiene la siguiente inscripcion, bien conservada:

IMP. CAES DIVI. TRAIANI. PAR THICI. F DIVI. NER VAE. NEPOS. TRAIA NVS. HADRIANVS. AVG. PONTIF. MAX. TRIB. POT. V. COS III. RESTITVIT CIII

    De la otra solamente se puede leer lo que sigue:

IMP. . . CA........ SEVERVS. . . PI... FELIX. AVGVST. PONTIFEX. MAX. . TRIB. POTEST. . COS... RESTITVIT. CIII

    Existen otras dos columnas miliarias en la pared de una casa: de la una no se gozan mas que algunas letras, por estar empotrada. en la pared la mayor parte. La otra es igual en todo á la primera que esta en el pórtico de la iglesia, menos que del sexto renglon solo se lee AVG, porque lo demás está borrado."

    Traduccion: "El emperador César Trajano Adriano, hijo del Divo Trajano, vencedor de los Parthos y nieto del Divino Nerva Augusto por la potestad tribunicia quinta vez cónsul… hizo esta reparación, siendo el presente miliario el 103."

    En la obra "Claudio Constanzo y la epigrafía extremeña del siglo XIX, figura: "(135) [89] En Carcaboso lugar termino y Jurisdiccion de Galisteo cuatro leguas de Coria Obispado de la misma, en el Camino de la Plata que va desde Merida á Salamanca hay dos Columnas Redondas y en la parte superior se leen las Ynscripciones siguientes.

   IMP- CAESAR DIVI- TRAIANI- PARTHICI- F DIVI- NERVAE- NEPOS TRAIANVS ADRIANVS AVGVSTVS PONTIF- MAX TRIB- POT- V- COS III RESTITVIT- CII

   El Emperador Cesar Hijo de Divo Trajano Parthico, Nieto de Divo Nema Trajano, Hadriano, Augusto Pontifico Maximo obtubo el Poderio del Tribuno del Pueblo cinco veces, el Consulado tres y Restablecio este Caminó Millas Ciento dos.

    (136) [90] En Carcaboso.

    IMP- CAESAR DIVI- TRAIANI- PARTHICI F DIVI- NERVAE. NEPOSTRAIANVS- HADRIANVS AVGVSTVS- PONTIF- MAX TRIB- POT- V- COS- III RESTITVIT- CIII

    El Emperador César Hijo de Divo Trajano Parthico, Nieto de Divo Nerva, Trajano,Hadriano, Augusto, Pontifico Maximo obtubo el Poderio del Tribuno del Pueblo cinco vez, el Consulado tres, Y restablecio este Camino Millas ciento tres.".

    En los Manuscritos sobre antigüedades de la Real Academia de la Historia escrito por Juan Manuel, figura: "(9-0131-5). Anónimo, Copia de tres milarios conservados en Carcaboso, (Cáceres.).

    Siglo XVIII. Ms en fol. 1 p. sin numerar. 30,5 x 21 cm: ho¡a suelta. El texto no es de letra de Valdeflores pese a encontrarse entre sus papeles.

    Ms. visto y empleado por Hübner. La recuperación de este fragmento permite solucionar los errores de transcripcion que aparecen en CIL II: de II 4659 no figura ninguna referencia, pese a que en CIL II se transcribe "En Carcaboso en una posada". En CIL II 4661 se dice en el documento "En Carcaboso en una posada", mientras que Hübner rccoge en el postigo de la iglesia"; II 4660 no está "en el postigo de la iglesia sino "en el portico de la iglesia."

    De izquierda a derecha y de arriba a abajo se encuentran en al documento las siguientes inscripciones:

    - CIL II 0659 (Carcaboso, Cáceres): En Carcaboso.

    - CIL II 4661 (Carcaboso, Cáceres): En Carcaboso. En una posada.

    -CIL II 4660 (En Carcaboso, Cáceres): En Carcaboso. En el Pórtico de la iglesia."


GASTRONOMÍA

    La cocina es una cocina sencilla, de carácter rural, junto a los guisos de carne de cordero o los embutidos y preparados de cerdo, ocupa un lugar destacado los platos elaborados con el menudo y las vísceras de estos y de otros animales, además del pan, que es ingrediente principal de sopas o migas.

    Así mismo productos de temporada como los espárragos trigueros, las criadillas de la tierra, las tencas, Landrillas confeccionadas con pimentón, cebolla y laurel, vino blanco, ajo, perejil, pimientos. Ensalada de matanza compuesta por patatas, aceite, cebolla, ajo, sal, cueros de cerdo, naranjas. Morcillas de quico y morcillas frescas, es famosa la morcilla patatera.

    Destacan también dulces típicos como coquillos, floretas, perrunillas, roscas, buñuelos y tururillos.

  Para saber mas acerca de las Marcas de Calidad de la región extremeña, pinchar aquí

    Para conocer la normativa de las Matanzas Caseras, pinchar aquí

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen del cordero de Extremadura Corderex, para conocer mas sobre el cordero, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la zona Vino de la Tierra de Extremadura, para conocer mas sobre el vino de la Tierra, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí

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FIESTAS

    La Cruz Bendita, consiste en una Cruz fabricada en hierro de 3,5 m. de altura y totalmente engalanada de flores. A los pies del Altar se coloca una alfombra de flores en la que figura el Cáliz, la Sagrada Forma y un texto "Viva la Cruz Bendita". Se adorna un ramo con roscas, eje central de la ofrenda.

    Santos Faustino y Jovita, la fiesta litúrgica de los Santos patronos de Carcaboso es el 15 de Febrero, por razón de las faenas del campo y de las inclemencias del invierno, se trasladó a los dias 20, 21 y 22 de Septiembre.

    En el Año Cristiano de España Tomo II, de Joaquin Lorenzo Villanueva, publicado el año 1791, narra:

    "Febrero dia XV. Martirologio

    En Brescia el transito de los Santos Mártires Faustino y Jovita, los quales en tiempo del Emperador Adriano, habiendo vencido esclarecidamente muchas batallas de tormentos por la fe de Christo, recibieron como vencedores la corona del martirio.

    Los S.S Faustino y Jovita MM.

    Los Santos Faustino y Jovita Martires del siglo II de la Iglesia, eran hermanos, de casa ilustre, naturales de Brescia, en la Lombardia. En su mocedad daban muy buen exemplo á los Christianos, y el Obispo Apolonio enamorado del zelo, de la caridad y demas virtudes que en ellos resplandecían, ordenó á Jovita de Diácono, y á Faustino de Sacerdote. Envidioso el demonio del fruto que estos nuevos ministros hacían en la Iglesia, y de la tala y quema que ponían en la supersticiosa adoracion de los ídolos, atizó á Itálico, mal hombre y enemigo capital de los fieles, á que pusiese en la cabeza al Emperador Adriano llevase adelante la persecucion de la Iglesia que Trajano empezó, y que diese muerte á Faustino y Jovita, adalides y defensores de la religion Christiana. El Emperador encargó á Itálico este negocio, el qual llegado á Brescia, encarcelando á los santos hermanos, y viendo que ni por bien ni por mal podia arrancarlos de su propósito, aguardó la venida de Adriano á aquella ciudad, para que fuese suya la sentencia de aquella causa. La resolucion de Adriano fue, que asistiesen con él al sacrificio del sol, cuya estatua, luego que entraron en el templo, quedó como carbon, negra y espantosa, y cayó hecha polvo en las manos de los que fueron á limpiarla. Cómo se embraveceria el Emperador con este suceso, presto se echó de ver, pues condenó á los Santos á las fieras. Pero estas olvidaron para con ellos su natural crueldad, y despedazaron á muchos de los Idólatras. Adriano espantado de esta carniceria, temiendo que se alborotase el pueblo, los mandó llevar consigo á Milan, encadenados juntamente con Calocero, recien convertido á la fé. Alli hicieron con ellos atrocidades; les quebrantaron los huesos, les quemaron los costados, les llenaron la boca de plomo derretido; todo por demas, pues los Santos permanecian vivos milagrosamente: hasta que el Emperador no sabiendo qué partido tomar, hizo que los llevasen por las mas nobles ciudades de Italia, donde eran atormentadas, y con su constancia atraian gente á la milicia de Christo. El remáte de toda esto fue, que los degollaron en Brescia por los años 122, de Christo, y esta ciudad, que los venera por Patronos, es tambien tesorera de sus sagradas reliquias."

    El motivo de que San Jovita y su hermano San Faustino sean los patrones de Carcaboso según se cuenta en el libro de Fray Antonio Corredor 'Los Santos Martires Faustino y Jovita' es el siguiente:

"Durante la guerra de la Independencia, a principios del siglo XVIII, unos vecinos del pueblo se encontraron, malherido en el campo, a un clase de las tropas francesas. En lugar de rematarlo, lo recogieron y curaron hasta lograr su recuperación. El militar como muestra de agradecimiento, antes marcharse, regaló al pueblo una imagen del santo al que se había encomendado en aquella aventura. Este santo era San Jovita, y la imagen fue adquirida en la vecina localidad de Torrejoncillo. Y hacia el nordeste, en las afueras del pueblo, se le edificó una ermita. Después cuando las leyes estatales obligaron a trasladar los enterramientos fuera de la iglesias y de los poblados, se decidió construir el cementerio en el terreno que la ermita ocupaba. Trasladándose la imagen del santo a la iglesia parroquial, donde se venera desde entonces junto con San Faustino."

    Se celebra misa solemne y procesión con flauta y tamboril, ondeando la bandera, que de trecho en trecho, es desplegada y lanzada al viento en honor del Santo, con vivas a San Jovita y San Faustino. Se finaliza con la exposición a los fieles las reliquias de los santos donadas por la Diócesis de Brescia (Italia) donde se encuentran sus restos mortales

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TURISMO

   En los márgenes del río Jerte, cuenta con interesantes lugares para la acampada o el descanso como La Chopera; también para la pesca.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid núm. 17, de 20/01/1967

Orden de 12 de enero de 1967 por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Carcaboso, provincia de Cáceres.

Ilmo., Sr.: Visto el expediente seguido para la clasificación de las vías pecuarias existentes en el termino municipal de Carcaboso, provincia de Cáceres, en el que no se ha formulado reclamación alguna durante su exposición al publico, siendo favorables cuantos informes se emitieron y habiéndose cumplido todos los requisitos legales de tramitación

Vistos los artículos primero al tercero y quinto al 13 del Reglamento de Vías Pecuarias de 23 de diciembre de 1941, la Ley de Concentración Parcelaria de 8 de noviembre de 1962, la Orden ministerial comunicada de 29 de noviembre de 1956 en relación con los pertinentes de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958,

Este Ministerio, de acuerdo con la propuesta de la Dirección General de Ganadería e informe de la Asesoría Jurídica del Departamento, ha resuelto:

Primero.-Aprobar la clasificación de las vías pecuarias del termino municipal da Carcaboso, provincia de Cáceres, por la que se declara existen las siguientes:

Vías pecuarias necesarias.

Colada del camino de Montehermoso a Plasencia.- Anchura variable, 25 metros como máximo y 10 metros como mínimo.

El recorrido, dirección, superficie y damas características de las vías figura en el proyecto de clasificación, redactado par el Perito Agrícola del Estado don Federico Villora García, cuyo contenido se tendrá, presente en todo cuanto les afecta.

Segundo.- Esta resolución, que se publicara en el Boletín Oficial del Estado y Boletín Oficial de la provincia, para general conocimiento, agota la vía gubernativa, pudiendo los que no consideren afectados por ella interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en la forma, requisitos y plazos señalados en el articulo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en armonía con el articulo 52 y siguientes de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa,

Lo que comunico a V. I, para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 12 de enero de 1967.- Por delegación, F. Hernández Gil. -Ilmo. Sr. Director general de Ganadería.

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MINERALES

   Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables:

   El Minero Español, de Nicasio Anton Valle, año 1841

   "96. Plasencia. En 27 de marzo de 1596 se dio licencia para que se beneficiaran varias minas de oro, plata, cobre, ú otro metal en la dehesa de Losada, en el arroyo de la fuente del Esparragal, á la solana por bajo la fuente de Berinqués; como se va el arroyo arriba á mano izquierda. En 18 de marzo de 1628, se permitio beneficiaar cuatro minas de oro: una en la dehesa de los Caballos en el arroyo que llaman de Nieblas; otras dos encima de Fuente Dueñas en el barranco que llaman de Lobos, y la otra que venia desde el cañaveral, y pasaba por la villa de Arguillo á dar la vuelta á la veta hasta la dehesa de Berinqués. En los sitios de Esparragal y Berinqués, habia otras minas en tierra de la condesa de la Oliva, donde tienen el horno; y en 7 de abril de 1631 se dio licencia para que se beneficiasen todas las minas y lavaderos de oro descubiertos, y eran los siguientes: en Berinqués, Esparragal, la Parlada, Nuestra Señora de la Torre blanca junto á Tejada, Calzones y Calzoncillos, en Riolobo, en el arroyo de Niebla y dehesa de los Caballos, en Alagon, en Jerte, en Montehermoso, en Carcaboso, á la umbria de Berinqués, á la garganta de la Oliva, en Berrozana y en tierra de la condesa de la Oliva."

    BORNITA En honor del mineralogista alemán Von Born (1742 - 1791), pertenece a clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Presenta un color Rojo cobrizo a pardo. En contacto con el aire se cubre de una capa iridiscente. Brillo Metálico, aunque a veces presenta patina. Se presenta formando cristales cúbicos, dodecaédricos y más raramente octaédricos. Las caras suelen aparecer desgastadas o curvadas. Las masas pueden ser compactas o granulares (cobre abigarrado). La alteración provoca reflejos de color azul o violeta (cuello de pichón).

    Se puede encontrar asociado o en compañía de los siguientes minerales; pirita, magnetita, galena, esfalerita, cuarzo, enargita, calcosina, calcopirita, covellina, crisocola, malaquita, azurita, cuprita y calcita.

    Es una de las principales menas de cobre.

Su formula química es: Cu5FeS4

    CALCOPIRITA, su nombre deriva de la palabra griega que significa "cobre" y de pirita. Pertenece a la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color amarillo latón con frecuentes irisaciones y tonos verdes y brillo metálico.

    Son raros los cristales tetraédricos u octaédricos, siendo a menudo estriados. Generalmente aparece en masas compactas, botroidales y reniformes.

    Aparece en filones hidrotermales de alta y de media temperatura. En placeres como consecuencia de procesos de metamorfismo. Es menos frecuente encontrarla asociada a rocas básicas de origen ígneo y en formaciones de origen orgánico

    Una de las principales menas de cobre. Debido al alto contenido en metales nobles, estos se recuperan en los barros anódicos de los procesos electrolíticos del cobre

La fórmula química es CuFeS2

    ORO Deriva de la palabra latina "aurus" ,pertenece a la clase de los Elementos Nativos. Se color es Amarillo con diversas tonalidades en función de las impurezas y su brillo es Metálico.

    Presentación: Son rarísimos los cristales octaédricos, cúbicos o rombododecaédricos y sus combinaciones. Se suele presentar en granos muy pequeños e informes, láminas y pajuelas. Las formas dendríticas son muy raras. En los placeres son comunes los agregados compactos y redondeados. La forma más corriente de presentarse es en masas arborescentes, con cristales alargados en la dirección del eje ternario; también diseminado en capas aplastadas, escamoso o macizo. La forma más frecuente para placeres es la llamada "pepita", masas macizas redondeadas por el rodamiento, que pueden variar de tamaño.

    El oro generalmente se emplea en aleaciones midiéndose su ley en quilates. El oro puro tiene 24 quilates. El oro blanco es una aleación de oro y paladio. Se utiliza como patrón monetario, en joyería, en odontología y en electrónica (soldaduras). También se usa para la fabricación de material científico de diversos tipos, su alta conductividad eléctrica le hace adecuado para soldaduras electrónicas

Su formula quimica es: Au

    PLATA, Etimología del femenino del adjetivo plattus (plato, chato) que, en el siglo X, se sustantivó con el sentido de lámina Blanco de plata. Pertenece a los elementos nativos, color blanco. En la naturaleza, la plata suele aparecer cubierta por una capa negra y oscura de sulfuro, que es necesario limpiar para descubrir el verdadero color del mineral.

    Se encuentra en estado nativo (generalmente aleada con cobre y oro), formando minerales como la argentita, que es sulfuro de Plata o asociado a otros sulfuros (argentita), óxidos (uraninita), arseniuros (esmaltita) en algunos tipos de yacimientos metalíferos. Es mucho más abundante que el oro, se encuentra mezcladas con sulfuros o en zonas de oxidación de otros depósitos.

    Forma de presentarse: Los cristales suelen ser cúbicos, octaédricos o maclados siempre de pequeñas dimensiones. También se puede encontrar en forma de filamentos, dendritas, o arborescencias. Lo mas frecuente es encontrar masas hojosas o escamosas

   Debido a su rareza no suele emplearse como mena de plata. Generalmente la plata se extrae de las galenas argentíferas. También se encuentra formando parte de los barros anódicos que aparecen en la electrolisis del cobre.

    Aplicación: es el mejor conductor térmico y eléctrico. Se emplea en joyería y orfebrería, en la fabricación de útiles de laboratorio, en medicina, fotografía, acuñación de moneda y en electrónica debido a su alta conductividad.

    Limpieza y conservación. Es muy sensible al aire viciado de ácido sulfhídrico y está cubierta por una ligera pátina de sulfuro. Para eliminar la capa de sulfuro que recubre la plata basta con sumergir la muestra en una solución de ácido nítrico Es conveniente limpiar las muestras con una rápida inmersión en ácido nítrico, protegiéndolas después con una laca transparente.

Su formula química es: AG


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