Andando por Valdemorales

Valdemorales

    ÍNDICE

Datos Municipio.
Situación del Municipio
Datos del Ayuntamiento
Historia
Recinto amurallado
Monumentos
Gastronomía
Fiestas
Turismo
Minerales
Alojamientos
Personajes

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DATOS del MUNICIPIO

TIPO DE ENTIDAD:

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.):

ALTITUD:

POBLACIÓN:

DISTANCIA CÁCERES:

PARTIDO JUDICIAL: Cáceres

MANCOMUNIDAD: Sierra de Montanchez

COMARCA AGRARIA:

GENTILICIO:

BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA:
    Lucero de Extremadura
Título:   Con el alma dolorida
Publicación:   Badajoz : Dodo Records, D.L. 1992
    1 casete
Notas:   Lucero de Extremadura
Contenido:   Cielo de Extremadura ; Valdemorales ; Yo me enamoré de ti / Agustín Búrdalo
    Lucero. Otoño ; De Extremadura al Rocío ; Tus ojos negros / Paco Collado.
    Renunciaré / Antonio Jiménez, Manuel González. ¡Qué cosas tiene la noche! /
    Paco Collado. Igual que la mar / Agustín Búrdalo Lucero. No vuelvas con él /
    Antonio Jiménez y Diego Caballero

Cs/92/3563

 

 


SITUACIÓN del MUNICIPIO


DATOS del AYUNTAMIENTO

 

 

 MARTES, 2 DE NOVIEMBRE DE 1993

Número 127

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORALES

Escudos Heráldicos.-- Anuncio de 13 de octubre de 1993, sobre proyecto de adopción del Escudo y Bandera Municipal.

DOE núm. 66  JUEVES, 9 DE JUNIO DE 1994

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Escudos Heráldicos.- Orden de 23 de mayo de 1994, por la que se aprueba el Escudo Heráldico y Bandera Municipal, para el ayuntamiento de Valdemorales

El ayuntamiento de Valdemorales (Cáceres), ha instruido

expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico y

Bandera Municipal. Dicho expediente fue aprobado por el Pleno

Corporativo, en sesión de 8 de octubre de 1993, en el que se

expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del

nuevo blasón y enseña.

Consta en dicho expediente informe del Consejo Asesor de Honores

y Distinciones de la Junta de Extremadura, emitido con fecha 17

de mayo de 1994.

Considerando que la sustanciación de citado expediente se ha

ajustado en todo a lo preceptuado en el Decreto 13/1991, de 19

de febrero, por el que se regula el procedimiento para la

adopción, modificación o rehabilitación de Escudos y Banderas de

las Entidades Locales y en uso de las atribuciones conferidas por

referido Decreto,

D I S P O N G O

ARTICULO 1

Se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de Valdemorales (Cáceres),

cuyo diseño se recoge en el Anexo 1, con la siguiente descripción:

«Escudo de plata, aspa de San Andrés de gules acompañada de

cuatro hojas de higuera, de sinople. Al timbre Corona Real cerrada».

ARTICULO 2

Se aprueba la Bandera del Municipio de Valdemorales (Cáceres),

cuyo diseño se recoge en el Anexo ll, con la siguiente descripción:

«Bandera rectangular, de proporciones 2/3, formada por un paño

verde con un triángulo blanco que tiene sus vértices en los

vértices superiores de la bandera y en el centro de la parte

inferior de la misma, con el escudo municipal sobre el mismo».

Mérida, 23 de mayo de 1994.

El Consejero de Presidencia y Trabajo

JOAQUIN CUELLO CONTRERAS

 

 

 

 


HISTORIA

 

   Del Interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura, Partido de Merida paginas 363 a 381, realizado el día 7 de abril de 1791, se desprende;

 Interrogatorio Mérida

 

 

    Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.

    Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del municipio.

    La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.

 

RECINTO AMURALLADO

Declaración genérica del Decreto de 22 de abril de 1949. Ley 16/1985 sobre el Patrimonio Histórico Español.

MONUMENTOS


GASTRONOMÍA

  Para saber mas acerca de las Marcas de Calidad de la región extremeña, pinchar aquí

    Para conocer la normativa de las Matanzas Caseras, pinchar aquí

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen del cordero de Extremadura Corderex, para conocer mas sobre el cordero, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

   Está incluido en la denominación del cerdo ibérico Dehesa de Extremadura, para mas información sobre el cerdo y sus productos pinchar aquí

  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la zona Vino de la Tierra de Extremadura, para conocer mas sobre el vino de la Tierra, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí

    Está incluido dentro de la Denominación de Origen Aceite de Monterrubio, para conocer mas sobre este aceite, pinchar aquí

    Para conocer el Registro de Envasadores y Embotelladores de aceite de oliva virgen extra y aceite de oliva virgen con designación de origen de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pinchar aquí.

    Está incluido dentro de la Denominación de Origen Cereza del Jerte, para conocer mas pincha aquí

    Su quieres conocer el panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen y la regulación de las organizaciones de operadores del sector oleícola, pincha aquí.

    Está incluido dentro de la Denominación de Origen Aceite de Gata, para conocer mas sobre este aceite, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la Denominación de Origen Quesos de la Serena, para conocer mas sobre este queso, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la Denominación de Origen Queso de Ibores, para conocer mas sobre este queso, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la Denominación de Origen Torta del Casar, para conocer mas sobre este queso, pinchar aquí

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen de los vinos de Ribera del Guadiana, en la Subzona Tierra de Barros, para conocer mas sobre estos vinos, pinchar aquí

    Para conocer la Calidad de las Aguas potables, pinchar aquí

    Está incluido en la protección de la Cabra Retinta Extremeña, para mas información sobre la cabra y sus productos pinchar aquí

    Está incluido dentro de la Denominación de Pimentón de la Vera, para conocer mas, pinchar aquí

   Está incluido en la Denominación de Origen de Quesos de Castilblanco o de la Siberia, para ver mas pincha aquí

   Si quieres saber sobre el Registro de Derechos de Replantación de Viñedos, pincha aqui

   Para mas información sobre Gastronomía extremeña, ir a Addenda de Gastronomía


FIESTAS

   Si quieres mas información sobre las Fiestas de Extremadura, pincha aquí

   Si te interesan las Plazas de Toros de Extremadura y la Normativa sobre espectáculos taurinos, pincha aquí 


TURISMO

 

JUEVES, 29 DE MAYO DE 2003

Número 62

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

 

Vías pecuarias.- Anuncio de 16 de mayo de 2003, de exposición pública de comienzo de operaciones de deslinde de vía pecuaria en el término municipal de Valdemorales.

 

SÁBADO, 31 DE ENERO DE 2004

Número 12

 

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Anuncio de 15 de enero de 2004, de exposición pública de propuesta de deslinde de vías pecuarias en el término municipal de Valdemorales.

 

MARTES, 27 DE ABRIL DE 2004

Número 48

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Orden de 31 de marzo de 2004, por la que se aprueba el deslinde del Cordel de Trujillo. Tramo: En todo su recorrido en el término municipal. Término municipal de Valdemorales.

 

 

 

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   Si quieres conocer la Artesanía extremeña, pincha aquí

   Si quieres conocer mas sobre el Turismo Extremeño, alojamientos, tipos y normativa, pincha aquí

Si quieres conocer mas sobre la Vía de la Plata, pincha aquí

    Si quieres conocer mas sobre las Aguas Termales en Extremadura, pincha aquí

   Si estás interesado en la el origen y desarrollo de la ganadería extremeña, la Mesta, sus cañadas y costumbres, pincha aquí.

   Si quieres conocer mas sobre la Normativa de Competiciones, Conservación de la Pesca y Cotos, pincha aquí

   Si quieres conocer mas sobre la Naturaleza Extremeña, Normativa, Catalogo Especies Protegidas y Parques Naturales, pincha aquí

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MINERALES

   Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables:

 

MARTES, 25 DE ENERO DE 2000

Número 9

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Minas.- Anuncio de 12 de enero de 2000, sobre declaración de terrenos francos y registrables de la provincia de Cáceres.

ANUNCIO de 12 de enero de 2000, sobre declaración de terrenos francos y registrables de la provincia de Cáceres.

La Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas de la Junta de Extremadura hace saber: Que como consecuencia del Concurso de Registros Mineros convocado por Resolución de esta Dirección General de fecha 27 de octubre de 1999, publicada en el D.O.E. n.º 141, de 2 de diciembre, y resuelto el mismo por el Servicio de Ordenación Industrial, Energía y Minas en Cáceres, con fecha 4 de enero de 2000, han quedado francos y registrables, en la superficie que se indica, el terreno afectado por los Derechos Mineros que a continuación se relacionan, con expresión de número, nombre, superficie, recursos y términos municipales:

8777.–MINA DE TEBA - Estaño - 120 Ha. - Casas de Millán (Cáceres).

9611-1.–DANUBIO 1 - Sección C) - 19 cuadrículas mineras - Torremocha, Torrequemada y Plasenzuela (Cáceres).

9611-3.–DANUBIO III - Sección C) - 14 cuadrículas mineras - Torreorgaz y Cáceres (Cáceres).

9650-1.–RUANES - Granito - 4 cuadrículas mineras - Ruanes, Plasenzuela y Salvatierra (Cáceres).

9653-1.–GARROVILLAS FRACCION 1.ª - Sección C) - 7 cuadrículas mineras - Brozas y Navas del Madroño (Cáceres).

9653-2.–GARROVILLAS FRACCION 2.ª - Sección C) - 12 cuadrículas mineras - Brozas, Mata de Alcántara, Villa del Rey y Alcántara (Cáceres)

- Se exceptúan en la superficie afectada el granito como roca ornamental, objeto de la reserva definitiva a favor del Estado, «Mata de Alcántara, bloque 2», inscripción n.º 262-2.

9653-3.–GARROVILLAS FRACCION 3.ª - Sección C) - 8 cuadriculas mineras - Alcántara (Cáceres).

9653-2.–GARROVILLAS 2 - Granito - 1 cuadrícula minera - Brozas y Navas del Madroño (Cáceres).

Así mismo se declaran francos y registrables aquellos terrenos que formando parte de los derechos mineros adjudicados no se han solicitado por los concursantes en su totalidad.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el art. 73 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978 (B.O.E. n.º 295, de 11 de diciembre de 1978), declarando francos y registrables los terrenos antes indicados, admitiéndose nuevas solicitudes sobre los mismos, a partir de los ocho días siguientes al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

Cáceres, a 12 de enero de 2000.–El Jefe de Servicio de Ordenación

Industrial, Energía y Minas, PEDRO GARCIA ISIDRO.


 

SÁBADO, 4 DE OCTUBRE DE 1997

Número 116

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

Minas.- Anuncio de 19 de septiembre de 1997, sobre declaración de terrenos francos y registrables de la provincia de Cáceres.

CONSEJERIA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

ANUNCIO de 19 de septiembre de 1997, sobre declaración de terrenos francos y registrables de la provincia de Cáceres.

La Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Industria y Hacienda de la Junta de Extremadura, Hace saber: Que como consecuencia del Concurso de Registros Mineros convocado por Resolución de esta Dirección General de fecha 27 de Mayo de 1997, publicada en el D.O.E. n.º 67 de 10 de junio, y resuelto el mismo por el Servicio de Admón. Industrial, Energía y Minas en Cáceres, con fecha 14 de julio de 1997, han quedado francos y registrables, en la superficie que se indica, el terreno afectado por los Derechos Mineros que a continuación se relacionan, con expresión de número, nombre, superficie, recursos y términos municipales:

9.388 - FRESNEDOSA, FRACCION 1.ª-C - 94 - Pescueza, Ceclavín, Acehúche y Cachorrilla.

9.405-1 - SAN ANTONIO I - C-35 - Piornal, Arroyomolinos de la Vera, Pasarón de la Vera y Garganta la Olla.

9.406-1 - SAN ANTONIO ll - C-48 - Garganta la Olla, Piornal y Navaconcejo.

9.547-2. MARTA FRACCION 2.ª-C-6 - Valencia de Alcántara.

9.672 - SOLEDAD - C-52 - Abadía y Lagunilla (Salamanca).

9.733 MONTE CONSEJO C-C-119 - Arroyo de la Luz, Brozas y Cáceres.

9.748 HERRERIAS - C-115 - Alcuéscar, Cáceres, Montánchez y Carmonita (Badajoz).

9.797 - ALFA 1.ª-C-47 - Alcántara, Ceclavín, Acehúche y Garrovillas.

9.798-2 BETA 1 - C-110 - Cáceres.

9.801 - OLGA - C-4 - Oliva de Plasencia.

9.811 MINOSABA - C-297 - Castañar de Ibor, Navalvillar de Ibor, Fresnedoso de Ibor, Robledollano, Villar del Pedroso, Navezuelas y Cabañas del Castillo.

9.823 VALDECAÑAS I - C-126 - Almaraz, Mesas de Ibor, Belvís de Monroy, Valdecañas de Tajo, Bohonal de Ibor y Castañar de Ibor.

9.826 - FEM - C-216 - Torrejón el Rubio, Jaraicejo y Trujillo.

9.859 - DON MIGUEL - C-228 - Logrosán y Navalvillar de Pela (Badajoz).

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el art. 73 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978 (B.O.E. n.º 295 de 11 de diciembre de 1978), declarando Francos y Registrables los terrenos antes indicados, admitiéndose nuevas solicitudes sobre los mismos, a partir de los ocho días siguientes al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 19 de septiembre de 1997.–El Director General de Ordenacion

Industrial, Energía y Minas, ALFONSO PERIANES VALLE.


 

 

CONSEJERIA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

ANUNCIO de 1 de septiembre de 1997, sobre declaración de terrenos francos y registrables de la provincia de Badajoz.

La Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Industria y Hacienda de la Junta de Extremadura,

Hace saber: que como consecuencia del resultado del Concurso publicado en el «Diario Oficial de Extremadura» núm. 84, de fecha 18 de julio de 1995 y celebrado el día 29 de mayo de 1996, han quedado francos y registrables todos los terrenos comprendidos en los permisos de investigación y explotación que se indican a continuación, con expresión del número, nombre, mineral, superficie y términos municipales:

11.750.–CELESTE.- Todos los de la Sección C).- 192 cuadrículas.- Medina de las Torres, Aljucén, Carrascalejo, Mirandilla (Badajoz) y Montánchez (Cáceres).

11.903.–LA PEÑA.- Todos los de la Sección C).- 990 cuadrículas.- Puebla de Alcocer, Casas de Don Pedro, Talarrubias, Valdecaballeros (Badajoz) y Alía y Cañamero (Cáceres).

11.904.–CHENDAVILA.- Todos los de la Sección C).- 891 cuadrículas.- San Vicente de Alcántara, La Codosera y Alburquerque (Badajoz) y Valencia de Alcántara y Salorino (Cáceres).

11.925.–EL ALJIBE.- Todos los de la Sección C).- 1.521 cuadrículas.- Helechosa de los Montes, Castilblanco, Herrera del Duque (Badajoz), Santa Quiteria (Toledo), Bohonal y Anchuras (Ciudad Real) y Puerto Rey (Cáceres).

Asimismo se declaran francos y registrables aquellos terrenos que formando parte de los derechos mineros adjudicados no se han solicitado por los concursantes en su totalidad.

Lo que se hace público de conformidad con el art. 73 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, declarando francos y registrables los terrenos correspondientes a los permisos mencionados.

Se admiten nuevas solicitudes en horas de oficina (de 8,30 a 14,30 horas) en el Servicio de la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas - Sección de Minas- Ronda del Pilar 5 y 7, en Badajoz, transcurridos ocho días hábiles desde la presente publicación.

Mérida, 1 de septiembre de 1997.–El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, ALFONSO PERIANES VALLE.

 


 

ANUNCIO de 1 de abril de 1996, por el que se convoca concurso de diversos registros mineros.

Acordada por la Junta de Extremadura la publicación única en el Diario Oficial de Extremadura de los anuncios sobre información pública de los expedientes de minas, se publica a continuación anuncio aparecido en el Diario Oficial de Extremadura n.º 84, de 18 de julio de 1995, en el que el cómputo del plazo se iniciaba desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado, a los efectos de que el plazo se compute a partir de esta publicación.

La Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Industria y Hacienda de la Junta de Extremadura hace saber: Que como consecuencia de la caducidad de las concesiones de explotación, permisos de investigación y permisos de exploración que a continuación se detallan quedaron francos sus terrenos, esta Dirección General en aplicación del art. 53 de la Ley de Minas de 21 de julio de 1973, convoca concurso de los comprendidos en la provincia de Badajoz. En los incluidos dentro de una Zona de Reserva del Estado se especifican las sustancias para las que se han efectuado dichas reservas, con expresión de número, nombre, mineral, superficie y términos municipales.

11.903.-LA PEÑA.-Todos los de la Sección C).-990 cuadrículas.-Puebla de Alcocer, Casas de Don Pedro, Talarrubias, Valdecaballeros (Badajoz) y Alía y Cañamero (Cáceres).

11.904.-CHENDAVILA.-Todos los de la Sección C).-891 cuadrículas. San Vicente de Alcántara, La Codosera y Alburquerque (Badajoz) y Valencia de Alcántara y Salorino (Cáceres).

11.750.-CELESTE.-Todos los de la Sección C).-192 cuadrículas.-Medina de las Torres, Aljucén, Carrascalejo, Mirandilla (Badajoz) y Montánchez (Cáceres). Se exceptúan en parte de este registro «radiactivos» correspondientes a la Reserva Zona 68-Cáceres, Polígono 1, n.º 90.

11.925.-EL ALJlBE.-Todos los de la Sección C).-1.521 cuadrículas.- Helechosa de los Montes, Castilblanco, Herrera del Duque (Badajoz), Santa Quiteria (Toledo), Bohonal y Anchuras (Ciudad Real) y Puerto Rey (Cáceres). Este permiso de exploración se encuentra sobre la Reserva de VALDELACASA, inscripción n.º 133 para plomo, zinc, cobre, bismuto, antimonio, estaño, wolframio, oro, plata, níquel, cobalto, carbón, uranio, barita, fluorita y caolín.

 Las solicitudes se ajustarán a lo establecido en el art. 72 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978 (Boletín Oficial del Estado de 11 y 12 de diciembre), debiendo acompañar certificación acreditativa de no estar incurso en ninguna de las circunstancias comprendidas en el art. 20 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas (BOE num. 119, de 19 de mayo) y en la forma prevista en el artículo 21.5 de la misma Ley. Asimismo, los peticionarios deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1462/1985, referente a hallarse al corriente de pago en las obligaciones tributarias.

Las ofertas deberán presentarse por separado para cada uno de los números y nombres de los registros mineros que figuran en este anuncio, presentándose en el Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas, Sección de Minas, de esta Consejería de Economía, Industria y Hacienda en Ronda del Pilar 5 y 7, de Badajoz, de 8,30 a 14,30 horas, durante el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación.

La Mesa de apertura de solicitudes se constituirá a las doce horas de la mañana del día siguiente hábil a la expiración del plazo anteriormente citado. Obran en el Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas, Sección de Minas de Badajoz, a disposición de los interesados, durante el horario anteriormente citado (de 8,30 a 14,30) los datos relativos a la situación geográfica de las superficies sometidas a concurso.

Podrán asistir a la apertura de pliegos quienes hubiesen presentado peticiones.

Mérida 1 de abril de 1996.–El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, ALFONSO PERIANES VALLE. 

 


ALOJAMIENTOS

 

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